Certificado Inscripción Asociaciones
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
Objeto
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- Acreditar inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias.
- A quién está dirigido:
- Asociaciones
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- - La Asociación debe estar inscrita en el Registro de Asociaciones de Canarias.
- - La Junta Directiva u órgano de gobierno debe tener mandato en vigor.
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Solicitud
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Entidades Jurídicas
Quién resuelve
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- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- No tiene
- Recursos:
- No cabe recurso
Normativa
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Normativa autonómica
Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias. (BOC nº 218, de 10.11.2014)
Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias (BOC nº 47, de 10.03.2003)
Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias (BOC. nº 38, de 21.2.2007)
Normativa estatal
Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. (BOE nº 73, de 26,03,2002)
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4603
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220954
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