Cancelación de la inscripción de entidades inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
Información Rápida
Objetivo
Permite la cancelación de la inscripción de entidades deportivas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
Requisitos principales
- Cumplir con la Orden de 5 de julio de 2002, que regula el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
Plazos
Todo el año.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El silencio administrativo es estimatorio, lo que significa que si no hay respuesta en 3 meses, se considera aprobada la cancelación.
Resumen
Este trámite permite a las entidades deportivas inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias solicitar la cancelación de su inscripción.
Quién puede usar este servicio:
- Asociaciones inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
Antes de empezar:
- Asegúrate de tener el certificado de aprobación de la cancelación de la inscripción (Anexo X).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Anexo X - Certificado de aprobación de la cancelación de la inscripción (disponible para descargar en la sección de documentación).
Requisitos previos:
- Cumplir con la Orden de 5 de julio de 2002, por la que se regula el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la sede electrónica del Gobierno de Canarias.
- Localiza el trámite de Cancelación de la inscripción de entidades inscritas en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
- Completa el formulario electrónico y adjunta el Anexo X.
- Presenta la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- El trámite es completamente electrónico.
Tiempos de espera:
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Recibirás una notificación con la resolución de la Dirección General de la Actividad Física y el Deporte.
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, la entidad será dada de baja en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias.
Ayuda
Contacto:
- Servicio de Deportes del Gobierno de Canarias.
Recursos adicionales:
- Dirección General de Deportes
- Ley 1/2019, de 30 de enero, de la Actividad Física y el Deporte de Canarias (BOC N.º 27 de 08.02.2019)
- Orden de 5 de julio de 2002, por la que se regula el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
- Resolución de la Dirección General de Deportes N.º LRS2019JA00043 de 21/01/2019 por la que se establecen las condiciones y el procedimiento para la presentación telemática obligatoria de los documentos en los procedimientos que se tramiten en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de preguntas frecuentes en la tarjeta administrativa.