Ayudas económicas, con carácter de emergencia, para la adquisición de enseres domésticos destinadas a las unidades familiares o de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La
Información Rápida
Objetivo
Conceder ayudas económicas de emergencia a las personas afectadas por la erupción volcánica en La Palma para la adquisición de enseres domésticos.
¿Quién puede solicitarlo?
Unidades familiares y de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Requisitos principales
- Estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de la Palma.
Plazos
La inscripción en el registro de afectados estará abierta hasta 6 meses después de que finalice la situación de emergencia.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La solicitud de inscripción en el Registro de personas afectadas se puede realizar en cualquier momento a partir del 3 de noviembre de 2021 y hasta 6 meses después de la finalización de la situación de emergencia.
Resumen
Ayudas económicas de emergencia para la adquisición de enseres domésticos destinadas a las unidades familiares o de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanos
- Unidades familiares y de convivencia
Lo que necesitas
Requisitos previos:
- Estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de la Palma, regulado en el artº 8 del Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre, por el que se regula el marco general para la tramitación de los procedimientos de concesión de ayudas con carácter de emergencia, destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Costes:
- Cuantía mínima de 10.000,00 euros
Cómo hacerlo
Pasos del proceso:
- La inscripción en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de la Palma, regulado en el artº. 8 del Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre, otorgará la condición de solicitante.
- La solicitud de dicha inscripción se podrá realizar en cualquier momento a partir del día 3 de noviembre de 2021 y, hasta 6 meses después de finalización de la situación de emergencia.
Medios de presentación:
- Electrónico
- Presencial
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 3 meses
Efectos del silencio administrativo:
- Desestimatorio (Artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Recursos:
- Potestativo de Reposición
Ayuda
Quién tramita:
Normativa:
- Autonómica:
- Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo
- Orden departamental nº 1036, de fecha 19/11/2021
- Orden departamental n.º 130, de 22 de fecha 22/02/2022
- DECRETO ley 6/2022, de 20 de mayo
- Estatal:
- Real Decreto 820/2021, de 28 de septiembre
Enlaces de interés:
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