Ayudas económicas, con carácter de emergencia, para la adquisición de enseres domésticos destinadas a las unidades familiares o de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder ayudas económicas de emergencia a las personas afectadas por la erupción volcánica en La Palma para la adquisición de enseres domésticos.

¿Quién puede solicitarlo?

Unidades familiares y de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Requisitos principales

  • Estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de la Palma.

Plazos

La inscripción en el registro de afectados estará abierta hasta 6 meses después de que finalice la situación de emergencia.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La solicitud de inscripción en el Registro de personas afectadas se puede realizar en cualquier momento a partir del 3 de noviembre de 2021 y hasta 6 meses después de la finalización de la situación de emergencia.

Resumen

Ayudas económicas de emergencia para la adquisición de enseres domésticos destinadas a las unidades familiares o de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Quién puede usar este servicio:

  • Ciudadanos
  • Unidades familiares y de convivencia

Lo que necesitas

Requisitos previos:

  • Estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de la Palma, regulado en el artº 8 del Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre, por el que se regula el marco general para la tramitación de los procedimientos de concesión de ayudas con carácter de emergencia, destinadas a paliar las necesidades derivadas de la situación de emergencia producida por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.

Costes:

  • Cuantía mínima de 10.000,00 euros

Cómo hacerlo

Pasos del proceso:

  1. La inscripción en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de la Palma, regulado en el artº. 8 del Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre, otorgará la condición de solicitante.
  2. La solicitud de dicha inscripción se podrá realizar en cualquier momento a partir del día 3 de noviembre de 2021 y, hasta 6 meses después de finalización de la situación de emergencia.

Medios de presentación:

  • Electrónico
  • Presencial

Después de hacerlo

Plazos de resolución:

  • 3 meses

Efectos del silencio administrativo:

  • Desestimatorio (Artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Recursos:

  • Potestativo de Reposición

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Quién tramita:

Normativa:

Enlaces de interés:

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