Ayudas económicas, con carácter de emergencia, para la adquisición de enseres domésticos destinadas a las unidades familiares o de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La
Información Rápida
Objetivo
Conceder ayudas económicas de emergencia a las unidades familiares o de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en La Palma para la adquisición de enseres domésticos.
¿Quién puede solicitarlo?
Unidades familiares y de convivencia afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Requisitos principales
- Estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Plazos
La inscripción en el Registro de personas afectadas se puede realizar desde el 3 de noviembre de 2021 hasta 6 meses después de la finalización de la situación de emergencia.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
La inscripción en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma otorga la condición de solicitante de las ayudas, sin necesidad de presentar una solicitud adicional.
Resumen
Ayudas económicas de emergencia para la compra de enseres domésticos, destinadas a familias afectadas por las erupciones volcánicas en La Palma.
Quién puede usar este servicio:
- Unidades familiares y de convivencia afectadas.
Antes de empezar:
- Es necesario estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma.
Lo que necesitas
Requisitos previos:
- Estar inscrito en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma, según el Decreto ley 14/2021.
Costes:
- Cuantía mínima de 10.000,00 euros.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Inscribirse en el Registro de personas afectadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma. La inscripción otorga la condición de solicitante de las ayudas.
Medios de presentación:
- Electrónico.
- Presencial.
Plazo de presentación:
- La inscripción en el Registro de personas afectadas se puede realizar desde el 3 de noviembre de 2021 hasta 6 meses después de la finalización de la situación de emergencia.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 3 meses.
Efectos del silencio administrativo:
- Desestimatorio (si el trámite se inicia de oficio), según el Artículo 25 de la Ley 39/2015.
Recursos:
- Potestativo de Reposición.
Ayuda
Quién tramita:
Normativa:
- Decreto ley 14/2021, de 28 de octubre.
- Decreto 36/2009, de 31 de marzo.
- Orden departamental nº 1036, de fecha 19/11/2021.
- Orden departamental n.º 130, de 22 de fecha 22/02/2022.
- DECRETO ley 6/2022, de 20 de mayo.
- Real Decreto 820/2021, de 28 de septiembre.
Enlaces de interés:
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