Autorizaciones de cambio de titularidad en contratos de compraventa de vivienda protegida de promoción pública mortis causa
Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administraciónObjeto
- Autorizar el cambio de titularidad de los contratos de compraventa de viviendas protegidas de promoción pública, pertenecientes al parque público de la Comunidad Autónoma de Canarias, cuando el titular o titulares hubiesen fallecido.
- A quién está dirigido:
- Ciudadanos
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 3: Descarga y envío electrónico de formularios
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
- Solicitud
- En caso de fallecimiento: Certificado de defunción, declaración de últimas voluntades y testamento o declaratoria de herederos.
- Resolución de la inscripción de los solicitantes en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
- Solicitud
- En caso de fallecimiento: Certificado de defunción, declaración de últimas voluntades y testamento o declaratoria de herederos.
- Resolución de la inscripción de los solicitantes en el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
- Órgano que tramita:
- Servicio de Promoción Pública Las Palmas I.C.V.
Quién resuelve
- Órgano que resuelve:
- Instituto Canario de la Vivienda (ICV)
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
Normativa autonómica
ORDEN de 24 de septiembre de 2009, por la que se regula el régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.
Normativa estatal
Real Decreto 3148/1978, de 10 de noviembre, por el que se desarrolla el Real Decreto-Ley 31/1978, de 31 de Octubre, sobre Política de Vivienda.