Autorización para las enseñanzas de prácticas deportivas náuticas
Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Objetivo
Autorizar la enseñanza de prácticas deportivas náuticas en escuelas de vela ligera, crucero, motonáutica, pesca deportiva y esquí náutico.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos y Empresas
Requisitos principales
- No se exigen requisitos previos.
Plazos
Todo el año
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite obtener la autorización para impartir enseñanzas de prácticas deportivas náuticas en las escuelas de vela ligera, crucero, motonáutica, pesca deportiva y esquí náutico.
Quién puede usar este servicio: Ciudadanos y empresas.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud
- Autorización de Capitanía Marítima en relación a la zona que se pretende destinar a prácticas.
- Memoria detallada de actividades
- Título oficial de estudios
Costes y plazos:
- No se exigen tasas.
- Plazo de resolución: 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud de forma electrónica o presencial.
Medios de presentación:
- Electrónico
- Presencial: Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo de presentación: Todo el año.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 3 meses
Efectos del silencio administrativo:
- Estimatorio
Recursos:
- Recurso de Alzada
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales:
Normativa:
- Resolución de 21 de diciembre de 1992, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla la Orden de 2 de octubre de 1980, que aprueba el Reglamento de las Escuelas Deportivas Náuticas. (BOE Nº 24, de 28.1.1993).
- Orden de 2 de octubre de 1980 por la que se aprueba el Reglamento de las Escuelas Deportivas Náuticas. (BOE Nº 248, de 15.10.1980).