Autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas de lucha canaria.
Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Objeto
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- Autorizar a las empresas operadoras para organizar, explotar y comercializar apuestas externas que recaigan sobre acontecimientos deportivos de lucha canaria, previo contrato o convenio suscrito con la Federación de Lucha Canaria, en los locales y espacios autorizados.
- A quién está dirigido:
- Empresas
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- Personas físicas o jurídicas constituidas conforme a las determinaciones de la normativa en materia de juegos y apuestas, que reúnan los requisitos señalados en el artículo 7 del Reglamento de apuestas externas de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 98/2014, de 16 de octubre.
- Tasas:
- (113) Tasa administrativa inherente al juego
- (91) Autorización de organiación, explotación y comercialización
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- de autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas de lucha canaria.
Otra documentación de interés:La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- de autorización para la organización, explotación y comercialización de apuestas externas de lucha canaria.
- Proyecto de explotación, integrado por:
- Memoria explicativa de la actividad de la empresa operadora de apuestas externas
- Memoria descriptiva de la organización, explotación y comercialización de apuestas externas proyectada (con sujeción a lo dispuesto por el Reglamento)
- de implantación
- de negocio
- Propuesta de normas de organización y funcionamiento de las apuestas externas
- Tecnología, sistemas y elementos a utilizar
- Calidad y medidas de seguridad de los locales y espacios en los que se prevea comercializar apuestas externas.
- o convenio suscrito con la Federación Canaria de Lucha.
Otra documentación de interés:- documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos a las personas físicas o jurídicas solicitantes
- Para acreditar el cumplimiento del requisito de "no estar incursos sus titulares, accionistas, partícipes, administradores y directivos en los supuestos de inhabilitación previstos en la Ley de los Juegos y Apuestas":
- declaración responsable
- Informe de institución financiera.
- Justificante de pago de tasa administrativa inherente al juego
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Gestión del Juego Las Palmas Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Viceconsejería de Administraciones Publicas y Transparencia
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 7.9 de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los juegos y apuestas y artículo 10.2 del Reglamento de apuestas externas de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 98/2014, de 16 de octubre.
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa autonómica
Artículo 41 del Reglamento de apuestas externas de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 98/2014, de 16 de octubre.
Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
4509
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220745
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