AUTORIZACIÓN DE PRUEBAS DEPORTIVAS, MARCHAS CICLISTAS Y OTROS EVENTOS

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administración

Finalidad

Regular el procedimiento de concesión de autorización para la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y aquellos eventos en que participen vehículos históricos conceptuados como tales de acuerdo con el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio por el que se aprueba su Reglamento regulador, o de más de 25 años de antigüedad en número superior a 10, en los que se establezcan una clasificación de velocidad o regularidad inferior a 50 Km. por hora de media, así como su participación en acontecimientos o manifestaciones turísticas, concentraciones, concursos de conservación o elegancia y, en general, cualquier clase de evento en los que no se establezca clasificación alguna sobre la base del movimiento de los vehículos, ya sea en función de su velocidad o de la regularidad. . (Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo).

Destinatarios

Organizadores de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, ya sean personas físicas o jurídicas que asuman ante la Administración o el público la celebración de aquéllas.

Plazo de presentación

La solicitud se presentará con una antelación mínima de 30 días hábiles respecto a la fecha de celebración de la prueba.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehí­culos a motor y seguridad vial (B.O.E. 306, de 23-12-03)

DECRETO 173/1999, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos. (D.O.E. 131, de 9-11-99)

DECRETO 124/1997, de 21 de octubre, de modificación del Decreto 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias transferidas en materia de Espectáculos Públicos. (D.O.E. 126, de 28-10-97)

DECRETO 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos. (D.O.E. 21, de 20-02-96)

Plazo normativo para resolver

10 días hábiles desde la presentación de la solicitud

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa




Solicitud acompañada de:
a) Permiso de organización expedido por la federación deportiva correspondiente, cuando así lo exija la legislación deportiva.
b) Memoria de la prueba en el que se hará constar:
1º Nombre de la actividad y, en su caso, número cronológico de la edición.
2º Reglamento de la prueba.
3º Croquis preciso del recorrido, fecha de celebración, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos puntos determinantes del recorrido y promedio previsto tanto de la cabeza de la prueba como del cierre de ésta.
4º Identificación de los responsables de la organización, y concretamente del director ejecutivo, y del responsable de seguridad vial, que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado.
5º Número aproximado de participantes previstos.
6º Proposición de medidas de señalización de la prueba y del resto de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles lugares peligrosos, así como la función que deba desempeñar el personal auxiliar habilitado, todo ello mediante informe detallado y que será comunicado en su momento por el responsable de la seguridad vial de la prueba o las fuerzas del orden al personal responsable de la vigilancia de estos puntos conflictivos.
7º Justificante de la contratación de los seguros de responsabilidad civil y de accidentes a los que se refiere el artículo 14 del Anexo II del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, que exige que todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales (350.000 Euros por víctima) y materiales (100.000 por siniestro) establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.

REAL DECRETO 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehí­culos a motor y seguridad vial (B.O.E. 306, de 23-12-03)

DECRETO 173/1999, de 2 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos. (D.O.E. 131, de 9-11-99)

DECRETO 124/1997, de 21 de octubre, de modificación del Decreto 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias transferidas en materia de Espectáculos Públicos. (D.O.E. 126, de 28-10-97)

DECRETO 14/1996, de 13 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias transferidas en materia de espectáculos públicos. (D.O.E. 21, de 20-02-96)

Director/a General de Justicia e Interior o Director/a Territorial de la Junta de Extremadura en la provincia afectada según proceda.

Plazo normativo para resolver

10 días hábiles desde la presentación de la solicitud

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Impugnación ví­a administrativa



í?rgano gestor

SECRETARíA GENERAL DE POLíTICA TERRITORIAL Y ADMINISTRACIí?N LOCAL
AVDA. VALHONDO, S/N EDIFICIO III MILENIO - Mí?DULO 2 - 2ª PLANTA
06800 MERIDA
sgptal.marpat@gobex.es
924006302

Oficinas de la administración

Centro de Atención Administrativa de Guareña

Carretera Oliva de Mérida S/N, 06470, Guareña

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Barcarrota

Calle BADAJOZ 72, 06160, Barcarrota

Tel. 924025709

Oficina Comarcal Agraria (O.C.A) de Jarandilla de la Vera

Avenida Soledad Vega Ortiz 1, 10450, Jarandilla de la Vera

Tel. 927016820

Dirección General de Personal Docente

Avenida Valhondo S/N, 06800, Mérida

Tel. 924008004

Centro de Atención Administrativa de Montánchez

Plaza España 1, 10170, Montánchez

Centro de Empleo de Casar de Palomero

Calle Variante 16, 10640, Casar de Palomero

Tel. 927015775

Centro de Empleo de Mérida 1

Calle Cristobal Colón 5, 06800, Mérida

Tel. 924003035

Centro de Atención Administrativa de Monesterio

Calle Ramón y C Ajal 55, 06260, Monesterio

Centro Socio Sanitario Adolfo Días Ambrona de Mérida

Carretera Valverde KM 2, 06800, Mérida

Tel. 924388081

E.O.E.P. Equipo de Atención Temprana de Coria

Calle Correderea 34, 10800, Coria

Tel. 927013032

Gerencia de Área de Salud de Cáceres

Calle San Pedro de Alcántara 3, 10001, Cáceres

Tel. 927256364

Fundación Centro de Cirugia de Mínima Invasión

Carretera N-521 KM 41,8, 10071, Cáceres

Tel. 927005003

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.