Autorización de cierre de centros, servicios y establecimientos sanitarios que requirieron autorizaci ón de instalación
Objeto
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- Cierre de centros sanitarios incluidos en el Art.7 del Decreto 68/2010. El resto de centros, establecimientos y servicios precisan sólo comunicación con 15 días de antelación.
- A quién está dirigido:
- Empresas, Ciudadanos, Administración y Asociaciones
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
- Condición:
- Los centros, establecimientos y servicios precisan sólo comunicación con 15 días de antelación.
- Presentarán solicitud de cierre todos los centros sanitarios incluidos en el Art.7 del Decreto 68/2010
- Condición:
Por internet
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Otra documentación de interés:La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud de autorización sanitaria de cierre.
- Persona Jurídica
- Certificación del acuerdo de cierre, si procede, copia de los estatutos.
- Documentación acreditativa de la identidad del interesado (DNI, NIE o pasaporte)
Otra documentación de interés:- Memoria detallada justificativa del cierre
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Acreditación y Autorización
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Dirección del Servicio Canario de Salud
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Observaciones
- Presentarán solicitud de cierre todos los centros sanitarios incluidos en el Art.7 del Decreto 68/2010.El resto de centros, establecimientos y servicios precisan sólo comunicación con 15 días de antelación.
En el caso de que la dirección de notificación sea la misma que la del centro que cierra, es necesario aportar una dirección postal a la que remitir escritos ulteriores.
Normativa
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Normativa autonómica
DECRETO 68/2010, de 17 de junio, por el que se regula la autorización y registro de los centros, servicios y establecimientos sanitarios de Canarias. (BOC, nº126, de 29.06.2010)
Normativa estatal
Orden SCO/1741/2006, de 29 de mayo, por la que se modifican los anexos del Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE, nº 134, de 06.06.2006)
REAL DECRETO 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (BOE nº 254, de 23.10.2003)
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
877
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221149
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