Autorización de apertura y funcionamiento de sala de bingo.
Objeto
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- Autorizar la apertura y funcionamiento de la sala de bingo a la sociedad anónima o entidad titular de la misma dentro del plazo señalado en la autorización de instalación.
- A quién está dirigido:
- Empresas
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- Ser el titular de la Autorización de instalación de la Sala de Bingo
- Tasas:
- (113) Tasa administrativa inherente al juego
- (42) Autorizaciones de apertura por categorías
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
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- Dentro del plazo de vigencia de la autorización de instalación, que es de un año desde la fecha en que se concede.
Por internet
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- Solicitud de autorización de apertura y funcionamiento de sala de bingo.
Otra documentación de interés:La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud de autorización de apertura y funcionamiento de sala de bingo.
- Documento acreditativo de haber constituido la fianza.
- Justificante de abono de la tasa por servicios administrativos.
Otra documentación de interés:- Relación del personal que haya de prestar servicios en la sala, especificando los puestos de trabajo que cada uno ocupa.
- Libro de actas a que se refiere el artículo 43 del Reglamento para su diligenciamiento.
- Relación del número de máquinas recreativas tipo B a instalar, así como el número de dichas máquinas que se prevea vayan a estar interconectadas.
- Documentación que prevea la normativa sobre actividades clasificadas
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife Servicio de Gestión del Juego Las Palmas
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Viceconsejería de Administraciones Publicas y Transparencia
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículos 7.9 y 11 de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa autonómica
Artículos 14 y 15 del Reglamento del juego del bingo en la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 77/2015, de 7 de mayo.
Resolución, de 22 de diciembre de 2014, de la Viceconsejería de Administración Pública, por la que se aprueban diversos modelos normalizados de solicitud en materia de juegos y apuestas.
Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2085
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220806
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