Autorización de apertura y funcionamiento de Casinos.
Objeto
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- Autorizar la apertura y funcionamiento de un Casino de Juego respecto del que previamente se ha autorizado su instalación.
- A quién está dirigido:
- Empresas
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
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- El solicitante deberá ser la sociedad titular y dentro del plazo señalado en la autorización de instalación, treinta días antes, como mínimo, a la fecha prevista para la apertura del Casino.
- Tasas:
- (113) Tasa administrativa inherente al juego
- (52) Autorizaciones de apertura
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
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- Dentro del plazo señalado en la autorización de instalación, treinta días antes, como mínimo, a la fecha prevista para la apertura del Casino.
Por internet
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- Autorización de Apertura y funcionamiento de Casino
Otra documentación de interés:La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Autorización de Apertura y funcionamiento de Casino
- Certificación acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias.
- Certificado de antecedentes penales
- Copia de alta censal de comienzo, modificación o cese en los tributos que procedan.
- Certificación acreditativa de haber constituido fianza en metálico o por aval bancario de 601.012,10 uros.
- Documento de alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
- Escritura de constitución
Otra documentación de interés:- Copia de los contratos de trabajo del personal y documentos profesionales.
- Indicación de casas suministradoras del material de juego y de los modelos.
- Propuesta de horario máximo de funcionamiento de Salas de Juego.
- Relación del Personal con datos de identificación.
- Relación detallada de los juegos a practicar con indicación del número de mesas, límites de las apuestas, número y tipo de máquinas y número de carruseles en que se integran.
- Copia autenticada del instrumento de intervención administrativa municipal correspondiente.
- Justificante del pago de la tasa administrativa inherente al juego
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Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Gestión del Juego S/C de Tenerife Servicio de Gestión del Juego Las Palmas
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Viceconsejería de Administraciones Publicas y Transparencia
- Plazo de resolución:
- 3 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 7.9 de la Ley 8/2010, de 15 de Julio, de los Juegos y Apuestas.
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa autonómica
Artículo 12 del Reglamento de Casinos de Juego de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 204/2001, de 3 de diciembre.
Resolución, de 20 de mayo de 2014, de la Viceconsejería de Administración Pública, por la que se aprueban diversos modelos normalizados de solicitud en materia de juegos y apuestas.
Ley 8/2010, de 15 de Julio, de los Juegos y Apuestas.
Decreto 52/2012, de 7 de junio, por el que se establece la relación de actividades clasificadas y se determinan aquellas a las que resulta de aplicación el régimen de autorización previa
Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos.
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
1280
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220848
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