Autorización a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos peligrosos.
Objeto
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- Pronunciamiento de la administración que permite a las personas físicas o jurídicas, como operadores, el desarrollo de operaciones de valorización y eliminación de unos residuos peligrosos concretos, con una capacidad por operación específica (incluido sus ampliaciones y modificaciones*)
- *Incluye la modificación del listado de códigos de residuos previamente autorizados
- A quién está dirigido:
- Empresas, Ciudadanos y Asociaciones
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
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- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Solicitud de autorización a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos peligrosos
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Memoria de la actividad de tratamiento redactada por técnico competente en la materia, con firma y sello de al empresa.
- Seguro o garantía financiera y justificante de pago
- Aval o fianza
- Declaración responsable de la empresa o certificado de la cualificación de los empleados.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
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- Solicitud de autorización a persona física o jurídica (operador) para realizar operaciones de tratamiento de residuos peligrosos
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- Memoria de la actividad de tratamiento redactada por técnico competente en la materia, con firma y sello de al empresa.
- Seguro o garantía financiera y justificante de pago
- Aval o fianza
- Declaración responsable de la empresa o certificado de la cualificación de los empleados.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Dirección General de Protección de la Naturaleza
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Protección de la Naturaleza
- Plazo de resolución:
- 10 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Desestimatorio Artículo 27.10 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados
- Recursos:
- Recurso de Alzada
Normativa
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Normativa estatal
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados (BOE núm. 181, de 29/07/2011)
Ley 11/2012, de 19 de diciembre, de medidas urgentes en materia de medio ambiente (BOE núm. 305, de 20/12/2012)
Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la lista europea de residuos (BOE núm. 43, de 19/02/2002)
Corrección de errores de la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y lista europea de residuos (BOE núm. 61, de 12/03/2002)
Normativa europea
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
3390
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
221052
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