Autorización a los centros de buceo para la práctica y/o enseñanza de actividades deportivas-recreativas subacuáticas
Objeto
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- Autorizar a los centros de enseñanza de buceo para la práctica y/o enseñanza de actividades deportivas-recreativas subacuáticas.
- A quién está dirigido:
- Empresas y Asociaciones
- Inicio del trámite:
- Interesado
- Grado de administración electrónica:
- Nivel 4: Tramitación electrónica completa
- Se publica en la Ventanilla Única Europea:
- No
- Requisitos previos:
- No se exigen
- Tasas:
- No se exigen
Medios de presentación
-
- Electrónico:
- Presencial:
- Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Plazo de presentación:
- Todo el año
Por internet
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- Solicitud
- Comunicación con denominación del centro de buceo, domicilio social, tipo de actividades a realizar y número máximo de usuarios.
- Escritura de propiedad
- Descripción y plano de las instalaciones del centro de buceo
- Comunicación previa inicio actividad ante el Ayuntamiento correspondiente
- Relación de materiales y equipos del centro de buceo
- Relación de todo el personal del centro de buceo junto con copia de sus titulaciones en vigor
- Contrato laboral
- Relación de las embarcaciones de apoyo, con indicación de las personas responsables de las mismas
- Póliza de seguros
- Informe de la Capitanía Competente, en materia de seguridad y navegación marítima en relación a la delimitación de la zona donde se pretende actuar sobre carta náutica
- Concierto con el centro hospitalario o médico con el que se haya previsto la asistencia médica
- Título que habilite para la utilización de una cámara hiperbárica
- Plan de emergencia y evacuación
- Alta censal de actividad empresarial en el IAE
- Alta en el IGIC
- Contrato de arrendamiento
- En caso de personas jurídicas
- Escritura de constitución
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- En caso de disponer de compresor de carga de botellas
- Acreditar la autorización por parte de la Consejería competente en materia de Industria.
La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.
Presencial
-
- Solicitud
- Comunicación con denominación del centro de buceo, domicilio social, tipo de actividades a realizar y número máximo de usuarios.
- Escritura de propiedad
- Descripción y plano de las instalaciones del centro de buceo
- Comunicación previa inicio actividad ante el Ayuntamiento correspondiente
- Relación de materiales y equipos del centro de buceo
- Relación de todo el personal del centro de buceo junto con copia de sus titulaciones en vigor
- Contrato laboral
- Relación de las embarcaciones de apoyo, con indicación de las personas responsables de las mismas
- Póliza de seguros
- Informe de la Capitanía Competente, en materia de seguridad y navegación marítima en relación a la delimitación de la zona donde se pretende actuar sobre carta náutica
- Concierto con el centro hospitalario o médico con el que se haya previsto la asistencia médica
- Título que habilite para la utilización de una cámara hiperbárica
- Plan de emergencia y evacuación
- Alta censal de actividad empresarial en el IAE
- Alta en el IGIC
- Contrato de arrendamiento
- En caso de personas jurídicas
- Escritura de constitución
- Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta)
- En caso de disponer de compresor de carga de botellas
- Acreditar la autorización por parte de la Consejería competente en materia de Industria.
(Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)
Es necesario la descarga de Adobe Reader.
Quién tramita
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- Órgano que tramita:
- Servicio de Estructuras Pesqueras
Quién resuelve
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- Órgano que resuelve:
- Dirección General de Pesca
- Plazo de resolución:
- 6 meses
- Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
- Estimatorio
- Recursos:
- Potestativo de Reposición
Normativa
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Normativa autonómica
Decreto 35/2006, de 25 de abril, por el que se regulan los centros de buceo y las enseñanzas deportivas-recreativas subacuáticas en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC Nº 86, de 5.5.2006).
Normativa europea
Directiva de Servicios 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior (DO L376, de 27.12.2006).
Códigos identificativos
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Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2391
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Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
220791
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