Promoción y difusión de cortometrajes y documentales aragoneses por festivales, tanto a nivel nacional como internacional.
Profesionales vinculados al mundo del audiovisual aragonés que cumplan al menos una de las siguientes condiciones:
- Director nacido en Aragón, o residente en la Comunidad Autónoma desde un año anterior a la fecha finalización del plazo de solicitud de participación en esta convocatoria.
- Productor o empresa productora con domicilio social en Aragón, desde un año anterior a la fecha de finalización del plazo de solicitud de participación en esta convocatoria.
En el caso de coproducción, la productora o productoras aragonesas deben ser propietarias de al menos un 50% de los derechos del audiovisual.
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
6 meses
Convocar a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios dependientes del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte que imparten enseñanazas correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato y centros de Educación Especial p...
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Los centros docentes públicos y privados concertados que impartan las enseñanzas correspondientes a la educación infantil segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria y bachilerato. institutos o centros privados concertados que impartan educación secundaria obligatoria de la comunidad autónoma de Aragón.
Podrán solicitar participar en esta convocatoria los centros docentes públicos y privados concertados que impartan las enseñanzas correspondientes a educación infantil segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato y centros de Educación Especial que han desarrollado y siguen desarrollando prácticas educativas que versan sobre metodologías o prácticas específicas.
Habrá disitntas fases de valoración para finalmente poder conceder la distinción. Una valoración inicial con respecto a la información estadística aportada por los centros. Pasan a la segunda fase de valoración en centros los centros cuyas puntuaciones y resultados son los más altos.La fase de valoración en centros consta de observaciones directas en aula para apreciar el desempeño de la metodología, a miembros de la comunidad educativa, entrevistas personales y un portfolio.
Finalidad:Esta convocatoria pretende reconocer, destacar y dar visibilidad a la trayectoria de aquellos centros docentes no universitarios que se han distinguido por sus actuaciones y por el esfuerzo compartido de la comunidad educativa con la finalidad de:
a) Reconocer a aquellos centros educativos que dentro de sus actuaciones toman la decisión consensuada de innovar.
b) Ayudar a consolidar las actuaciones ejemplares que desarrollan los centros docentes.
c) Facilitar la difusión y transferencia de las actuaciones innovadoras.
d) Mostrar y difundir actuaciones ejemplares
e) Orientar e inspirar a otros centros docentes
Solicitud de participación preceptiva a través del enlace suministrado
Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales
Las distinciones otorgadas tendrán una válidez de tres cursos escolares 2014-2015, 2015-2016, 2016-2017
Solicitud de participación, certficado del director de centro de la aprobación de participación por el claustro y de haber informado al Consejo Escolar, datos específicos e información a aportar.
Descargar formularios:
Convocatoria al Reconocimiento de Actuaciones Ejemplares de centro de los centros escolares en la Comunidad Autónoma de Aragón
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1770, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios:
CONVOCATORIA AYUDAS A EMPRESAS ARAGONESAS RELACIONADAS CON LA MINERÍA NO ENERGÉTICA
ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO
PYME vinculada a la minería no energética, con algún centro de trabajo en la comunidad autónoma de Aragón que realice su actividad investigadora, productiva o transformadora en Aragón.
PYME vinculada a la minería no energética. Personas físicas o jurídicas. En el caso de actuaciones relacionadas con un derecho minero, se deberá acreditar la vigencia del mismo en la fecha de solicitud de la subvención.
1. Decreto 24/2009, de 24 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las empresas relacionadas con la minería no energética en la Comunidad Autónoma de Aragón.
2- Convocatoria anual de ayudas (Orden de 19 de marzo de 2012, del Consejero de Industria e Innovación, publicada en el Boletín Oficial de Aragón nº 64, de 2 de abril de 2012)
Solicitud según formato establecido en la convocatoria, formulario según Anexo 1 de la convocatoria, etiqueta de identificación fiscal, documento justificativo de constitución de la empresa.
03/04/2012
03/05/2012
Se trata de subvenciones a fondo perdido y tienen carácter de minimis de acuerdo con el Reglamento (CE) nº1998/2006. Los proyectos subvencionables se refieren a:
- Desarrollo de nuevos proyectos mineros de explotación y/o transformación innovadores en su sector.
- Proyectos de investigación geológico minera.
- Proyectos de mejora de transformación directa en Aragón de materias primas extraídas en Aragón.
- Proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
- Proyectos de caracterización técnica de minerales extraídos en Aragón.
- Proyectos de mejora medioambiental y de seguridad y salud laboral
Seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria
S
02-0196
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Seis meses contados desde la fecha de publicación de la convocatoria
Convocar a los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón a que soliciten participar en el Programa franco-aragonés de inmersión lingüística para alumnado 'Cruzando Fronteras', durante el curso 2018-2019.
centros docentes sostenidos con fondos públicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte que impartan Educación Secundaria.
1. Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón que imparten las enseñanzas correspondientes a educación secundaria obligatoria.
2. Los centros solicitantes deberán contar con alumnado de 3º de ESO interesado en participar en el Programa que, en el momento de la solicitud, esté estudiando curricularmente la materia de ?Lengua francesa? y que continúe matriculado en dicha materia durante el curso 2018-19
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el ?Boletín Oficial de Aragón?.
Anexo I y Proyecto (según anexo II).
Si el centro es seleccionado, tras la resolución definitiva Anexos III, IV, V, VI, VII, VIII y IX
Descargar formularios:
Convocatoria centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de Aragón para participar en el Programa ´'Cruzando Fronteras'
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
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Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios:
Convocar a los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón a que soliciten auxiliares de conversación con el fin último de dotar a dichos centros de auxiliares de conversación.
centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes del Departamento de Educación,Cultura y Deporte que impartan Educación Primaria, Educación Secundaria y Enseñanzas de Idiomas de Régimen Especial.
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Seis meses a contar desde la fecha de la publicación de la convocatoria.
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a consolidar la creación, producción y difusión, tanto nacional como internacional, de las producciones de artes visuales, realizadas por galerías de arte aragonesas desde el 14 de noviembre de 2017 hasta el 13 de noviembre de 2018.
a) Creación, producción y dif...
Galerías de arte.
- Domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Personas físicas o jurídicas titulares de la galería.
- Actividad principal: exposición abierta al público de obras de arte con finalidad comercial y la colaboración en la difusión de las artes plásticas y visuales.
Las ayudas concedidas no podrán superar:
- El 80% del presupuesto presentado.
- El 80% del presupuesto presentado en concurrencia con otras subvenciones y ayudas.
- La cuantía máxima a conceder será de 20.000 euros.
La cuantía de la ayuda no podrá ser inferior a 500 ?.
Solicitud que figura como Anexo I a la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación que acredite la personalidad de la entidad solicitante:
-Personas jurídicas: escritura pública, documento de constitución de la empresa y NIF, así como documentación que acredite al representante y DNI/NIE o autorización a la Dirección General de Cultura para acceder a la consulta por medios electrónicos.
-Personas físicas: fotocopia del DNI/NIE o autorización para acceder a la consulta por medios electrónicos.
b) Certificado actualizado de situación en el Censo de Actividades Económicos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria en el que conste el alta en el epígrafe correspondiente a la actividad propia de las galerías de arte.
c) Documentación que acredite la antigüedad de la galería y escritura notarial del local destinado a la galería o contrato de arrendamiento.
d) Memoria descriptiva del proyecto para el que se solicita la subvención, incluyendo nº de exposiciones programadas y fechas de previstas, nombre de los artistas implicados (con mención expresa de su carácter o no de aragoneses, con vecindad administrativa en Aragón), ferias de arte previstas y relación de medios técnicos necesarios.
e) Presupuesto calculado sin IVA, con desglose de gastos de actividad.
f) Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación, indicando: aportaciones del solicitante e ingresos obtenidos y pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas.
g) Declaraciones responsables (todas figuran en Anexo I):
1. De no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario indicando en la Ley General de Subvenciones.
2. De las subvenciones, ayudas o ingresos concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia .
3. De las ayudas de minimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
4. Del cumplimiento de los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.
5. Del cumplimiento y realización de la actividad en todas las subvenciones concedidas con anterioridad para el mismo destino y finalidad por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de sus Organismos Autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y Sociedades Mercantiles integrantes del sector público de la comunidad Autónoma. De no haber percibido ayudas, manifestarlo en la declaración responsable.
h) Resumen de las actividades llevadas a cabo durante los 3 últimos años, en caso de que la galería lleve ejerciendo la actividad con indicación de: nº de exposiciones realizadas, fechas de realización y ferias de arte en las que ha participado.
i) Ficha de terceros en caso de no haberla aportado con anterioridad.
La documentación del apartado a), b) y c) se aportará compulsada o en original.
Descargar formularios:
CONVOCATORIA DE AYUDAS A GALERÍAS DE ARTE DE ARAGÓN
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 207, de 18 de noviembre de 2003)
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006)
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón(BOA nº 68 de 10 de abril de 2015).
Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 57 de 23 de marzo de 2016)
ORDEN ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 111 de 13 de junio de 2017)
ORDEN ECD/1743/2017, de 8 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 218, de 14 de noviembre de 2017)
Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 (BOA nº 48 del 8 de marzo de 2018)
ORDEN ECD/705/2018 de 9 de mayo, por la que se convocan ayudas a galerías de arte de Aragón para el año 2018 (BOA nº 88 de 9 de mayo de 2018)
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
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Gestión del trámite
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Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de producción y difusión vinculadas a la música, en las siguientes modalidades:
a) Ayudas a la producción: para la creación de una obra musical en las fases de grabación y edición de CDs, DVDs o videoclips.
b) Ayudas a giras y actuaciones fuera de Aragón: LEER MÁS
Empresas de producción y difusión musical (solistas, grupos musicales, salas de conciertos y otras relacionadas con la gestión de la música).
No podrán ser beneficiarios:
- Los que concurran en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 Ley 38/2003 de 17 de noviembre.
- Los que no acrediten el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por el sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Quedan excluidas las entidades sin ánimo de lucro.
- Las empresas de Management no podrán solicitar, en la modalidad de Distribución y Difusión, para la producción y/o giras y actuaciones fuera de Aragón, de sus artistas representados, si éstos, han solicitado por el mismo concepto en las modalidades a) y b).
1. Empresas de producción y difusión musical (solistas, grupo musicales, salas de concierto de gestión privada, y otras relacionadas con la gestión de la música).
2. Domicilio en Aragón.
3. Desarrollar su actividad básica en nuestra Comunidad Autónoma.
4. Estar dadas de alta el IAE en alguno de los siguientes epígrafes:
-Actividades profesionales relacionadas con la música (epig. 031, 032, 033, 039).
-Actividades empresariales. Servicios recreativos y culturales (epíg. 9651, 9654, 9691)
-Actividades empresariales. Agencia de colocación de artistas (epíg. 983)
Las ayudas concedidas no podrán superar las siguientes cuantías:
-50% del importe total del proyecto presentado en caso de Producción, de Distribución y Difusión y Programación en salas de gestión privadas.
-80% del importe total del proyecto en la modalidad de Giras y actuaciones fuera de Aragón.
-La cuantía máxima de la ayuda no podrá superar los 12.000? en la modalidad de giras y a 15.000? en las modalidades de Producción, Distribución y Difusión y Programación musical en salas.
Solicitud que figura como Anexo I a la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación que acredite la personalidad de la entidad solicitante.
- Personas jurídicas: escritura pública o documento de constitución u otro que acredite este extremo y NIF.
- Empresarios individuales: fotocopia del DNI/NIE o autorización a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para acceder a la consulta o verificación, a través de medios electrónicos.
Certificado actualizado alta en IAE en los epígrafes relacionados en apartado de requisitos.
b) Documentación que acredite la representación y DNI/NIE del representante o autorización a la Dirección General de Cultura y Patrimonio para acceder a la consulta o verificación, a través de medios electrónicos.
c) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obterner subvenciones. (Anexo I)
d) Declaración de subvenciones, ayudas o ingresos, concedidos o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada para el mismo proyecto, indicando la cuantía y procedencia (Anexo I).
e) Declaración de las ayudas de mínimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores (Anexo I).
f) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos (Anexo I).
g) Declaración responsable que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad por el sector público de la Comunidad Autonoma de Aragón(Anexo I).
h)Presupuesto, sin IVA, detallando los gastos.
i)Presupuesto ingresos explicativo del plan de financiación (recursos propios, ingresos de entidades público y/o privadas)
j)Dosier de prensa o material propaganda
k)Ficha terceros.
Documentación específica para:
-Modalidad de Producción:Proyecto detallado de la actividad que incluirá: plazo de ejecución, curriculum vitae de solistas y grupos musicales participantes en el proyecto indicando: años de actividad, grabaciones, actuaciones realizadas en los 5 últimos años, nº artistas y técnicos participantes, expresando su condición o no de aragoneses (con vecindad administrativa) ,empresa donde se realizará la grabación y edición, precisando su domicilio fiscal.
-Modalidad de giras y actuaciones fuera de Aragón: plazo de ejecución, curriculum vitae de solistas/grupos musicales participantes con indicación de: años de actividad, actuaciones realizadas en los 5 últimos años, nº de artistas y técnicos participantes con indicación de su condición o no de aragoneses,con vecindad administrativa y lugar donde se desarrollarán las actuaciones.
-Modalidad de ayudas a Distribución y Difusión: incluirá el historial de la empresa con indicación de los años de actividad, nº de artistas representados y sus contratos de representación, relación de grabaciones editadas con sus CDs correspondientes, publicaciones o páginas web de difusión de la música (con un ejemplar de las publicaciones y con referencia de la página web), nº artistas y técnicos del proyecto (haciendo constar su condición o no de aragoneses, con vecindad administrativa y fotocopia del DNI), ferias/festivales nacionales o internacionales en los que haya participado con acreditación de las ferias o festivales correspondientes y los conciertos, festivales o galas organizadas con documentación suficiente que lo acredite del año 2017. Aportará también la relación de medios técnicos necesarios.
-Modalidad de Programación Musical en salas de gestión privada: documentación que acredite la gestión privada de la sala (escritura pública o contrato de arendamiento), seguro de la sala, proyecto detallado de la programación.
Toda la documentación se aportará en papel.
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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA MÚSICA EN ARAGÓN
Anexo II Música 2018
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 207, de 18 de noviembre de 2003)
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006)
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón(BOA nº 68 de 10 de abril de 2015).
Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 57 de 23 de marzo de 2016)
ORDEN ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 111 de 13 de junio de 2017)
ORDEN ECD/1743/2017, de 8 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 218, de 14 de noviembre de 2017)
Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 (BOA nº 48 del 8 de marzo de 2018)
ORDEN ECD/739/2018, de 19 de abril, por la que se convocan ayudas a la música en Aragón para el año 2018(BOA Nº92 de 15 de mayo de 2018 )
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
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Gestión del trámite
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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA MÚSICA EN ARAGÓN
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Subvenciones para la realización de cortometrajes de ficción, documentales o de animación de duración inferior a 30 minutos, desde el 13 de diciembre de 2018 a 13 de noviembre de 2019, en las siguientes modalidades:
a) Realización de cortometrajes con una duración máxima de 30 minutos, que sea la primera producción realizada por un direc...
Empresas del sector audiovisual con domicilio en Aragón y que estén dadas de alta en el epígrafe 961 del IAE
Empresas del sector audiovisual con domicilio en Aragón y que estén dadas de alta en el epígrafe de producción audiovisual del Impuesto de Actividades Económicas, epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.
La cuantía de la ayuda concedida no podrá superar:
MODALIDAD A: el 80% del presupuesto total del proyecto hasta un máximo de 7.000 euros.
MODALIDAD B: el 80% del presupuesto total del proyecto hasta un máximo de 10.000 euros.
En ninguna de las modalidades se podrá superar la cantidad solicitada.
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 500 ?.
-Solicitud que figura como Anexo I a la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación que acredite la personalidad de la entidad solicitante.
Personas jurídicas: escritura pública, documento de constitución de la empresa documentación y NIF.
Empresarios individuales: fotocopia del DNI/NIE, si se opone a la comprobación, mediante el Sistema de Consulta de Verificación de datos.
En ambos casos, Certificado actualizado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de la situación en el Censo de Actividades Económicas en el que conste el alta en el epígrafe 961, correspondiente a empresas de producción de películas y servicios relacionados con la misma.
b) Documentación que acredite al representante y DNI/NIE, en caso de oposición a la comprobación de datos.
c) Certificados de AEAT, DG de Tributos de la C.A. de Aragón y TGSS de estar al corriente de las obligaciones, en caso de oposición a la comprobación de datos
d) Declaraciones responsables (todas figuran en Anexo I):
1. De no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario indicando en la Ley General de Subvenciones.
2. De las subvenciones, ayudas o ingresos concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia .
3. De las ayudas de minimis percibidas en el ejercicio fiscal actual y en los dos ejercicios fiscales anteriores.
4. Del cumplimiento de los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos.
5. Del cumplimiento y realización de la actividad en todas las subvenciones concedidas con anterioridad para el mismo destino y finalidad por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de sus Organismos Autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y Sociedades Mercantiles integrantes del sector público de la comunidad Autónoma. En caso de no haber percibido ayudas, manifestarlo en la declaración responsable.
6. Para la mod. A, declaración de no haber realizado ninguna producción audiovisual que se haya registrado en un Depósito Legal.
7.De no haber sido objeto de sanción administrativa ni sentencias firmes por acciones/omisión discriminatorias por razón de género.
e) Memoria descriptiva del proyecto detallado para el que se solicita la subvención indicando la modalidad (A o B), relacionando el equipo de producción y colaboradores - director, guionista, director de fotografía, compositor de música y producción ejecutivo, actores y actrices- haciendo mención expresa de su carácter o no de aragoneses con vecindad administrativa, el calendario de trabajo y las localizaciones y documentación acreditativa.
f) En la mod. B, historial de la empresas, audivisuales realizados, slecciones o premios obtenidos del director, productor y empresas solicitante, con lo documentación acreditativa.
g) Sinopsis argumental
h) Guión literario
i) Plan de difusión de la obra
j) Presupuesto desglosado por partidas (sin IVA) del proyecto para la que se solicita la subvención
k) Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación, indicando las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos o pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas
l) Dossier de prensa en caso de tenerlo
m) Ficha de terceros, en caso de no haberla aportado con anterioridad
Esta documentación se presentará en formato papel, en un dosier encuadernado y, además, en soporte digital, incluyendo la documentación técnica especificada en los apartados e) a l).
La documentación exigida en los apartados a) y b) deberán aportarse en original o fotocopia compulsada.
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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LA PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL PARA LA REALIZACIÓN DE CORTOMETRAJES POR EMPRESAS DEL SECTOR AUDIOVISUAL
ANEXO II Ayudas a la producción audiovisual para la realización de cortometrajes
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 207, de 18 de noviembre de 2003)
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006)
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón(BOA nº 68 de 10 de abril de 2015).
Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 57 de 23 de marzo de 2016)
ORDEN ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 111 de 13 de junio de 2017)
ORDEN ECD/1743/2017, de 8 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 218, de 14 de noviembre de 2017)
ORDEN ECD/1881/2018, de 22 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 231, de 29 de noviembre de 2018)
Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 (BOA nº 48 del 8 de marzo de 2018) prorrogada para el ejercicio 2019
ORDEN ECD/393/2019, de 29 de marzo, por la que se convocan ayudas a la producción audiovisual en el año 2019, para la realización de cortometrajes por empresas del sector audiovisual. (BOA nº 79 del 25 de abril de 2019)
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
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ANEXO II Ayudas a la producción audiovisual para la realización de cortometrajes
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para actividades de producción y distribución vinculadas a las artes escénicas, en las siguientes modalidades:
a) Producción de espectáculos de artes escénicas en cualquiera de teatro, danza y/o circo, para ser estrenados antes del 14 de noviembre de 2019.
b) Giras y act...
Empresas de producción y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o circo que reúnan los requisitos exigidos.
No podrán ser beneficiarios de estas ayudas:
1. No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades que concurran en alguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de la Ley General de Subvenciones.
2. Aquellos que no acrediten el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que les hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en los ejercicios anteriores por la Comunidad autónoma de Aragón, sus Organismo Autónomos y entidades de Derecho Público, fundaciones, consorcios y sociedades mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de Aragón, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.
3. Quedan excluidos los peticionarios que ostenten la forma jurídica de entidad sin ánimo de lucro.
Empresas de producción y distribución de artes escénicas, de teatro, de danza y/o circo, que se encuentren inscritas en situación de alta en el censo de empresarios, y tengan como actividad principal cualquiera de los epígrafes de actividades artísticas concordantes con las referidas artes escénicas. Dichas empresas deben tener el domicilio en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
La ayuda concedida no podrá superar el 80% del presupuesto del proyecto en todas las modalidades ni el 80% del coste de la actividad en concurrencia con otras ayudas.
La cuantía máxima a percibir será:
a) 70.000 ? en la mod. de Producción.
b) 15.000 ? en la mod. de Giras y actuaciones fuera de Aragón.
c) 80.000 ? en la mod. de Programación.
Solicitud, que figura como Anexo I a la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación, común a todas las convocatorias:
a) Escritura pública o documento de constitución de la empresa o documentación suficiente que pruebe este extremo (NIF de la empresa) y documentación que acredite al representante y fotocopia del DNI / NIE del mismo si se opone a la comprobación mediante sistema de consulta de verificación de datos. Si ya se ha aportado esta documentación en anteriores convocatorias se comunicará el año en que se presentó y se hará una declaración jurada de que no ha habido cambios en la misma.
b) Declaración de minimis percibidas por el solicitante en el ejercicios fiscal actual y en los dos anteriores (Anexo I)
c) Certificado actualizado de la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria) de la situación de la empresa en el Censo de Actividades Económicas, en el que conste el epígrafe correspondiente a la actividad desarrollada.
d) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartados 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo I).
e) Declaración de las subvenciones, ingresos o ayudas concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia (Anexo I).
f) Declaración responsable de que cumple los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos (Anexo I).
g) Certificación emitidas por la entidad concedente (Administración Comunidad Autónoma, Organismos Autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y sociedad mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma) que acredite el cumplimiento y realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas por las referidas entidades para el mismo proyecto.
h) Presupuesto, calculado sin IVA, detallando los gastos de la actividad.
i) Plan de financiación con indicación de: las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto.
j) Ficha de terceros, indicando nº de cuenta en el que realizar el ingreso de la subvención (salvo que se hubiese aportado con anterioridad).
k)Declaración responsable de no haber sido sancionado por acciones discriminatorias por razón de género.
En la modalidad de Producción, además de la documentación anterior:
a) Proyecto detallado de la actividad, constando: plazo de ejecución, una relación nominal en la que figure el personal artístico y técnico (con mención expresa de su condición o no de aragoneses) y una relación con los medios técnicos necesarios.
b) Anexo II y Anexo III (consultar convocatoria)
c) Autorización del autor.
En la modalidad de Giras y actuaciones fuera de Aragón:
a) Proyecto detallado de la actividad, constando: plazo de ejecución, una relación nominal en la que figure el personal artístico y técnico (con mención expresa de su condición o no de aragoneses) y una relación con los medios técnicos necesarios.
b) Anexo II y Anexo IV (consultar convocatoria).
En la modalidad de Programación en Salas:
a) Acreditación de la gestión privada de la sala: Escritura pública o contrato de arrendamiento.
b)Seguro de la Sala
c) Proyecto de la actividad haciendo constar: plazo de ejecución, años actividad empresa, si son aragonesas las compañías actuantes,nº representaciones realizadas desde el 14 de noviembre de 2017 hasta el 13 de noviembre de 2018, los programas complementarios desarrollados y relación de medios técnicos.
d)Anexo II
La documentación deberá presentarse en formato papel y en soporte digital.
Descargar formularios:
CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS ARTES ESCÉNICAS
Anexo II
Anexo III
Anexo IV
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 207, de 18 de noviembre de 2003)
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006)
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón(BOA nº 68 de 10 de abril de 2015).
Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 57 de 23 de marzo de 2016)
ORDEN ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 111 de 13 de junio de 2017)
ORDEN ECD/1743/2017, de 8 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 218, de 14 de noviembre de 2017)
ORDEN ECD/1881/2018, de 22 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimon (BOA nº 231 del 29 de noviembre de 2018)
Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 (BOA nº 48 del 8 de marzo de 2018) prorrogada para el ejercicio 2019
ORDEN ECD/731/2019, de 10 de junio, por la que se convocan ayudas a las artes escénicas para el año 2019. (BOA nº 124 del 27 de junio de 2019)
Departamento de Educación, Cultura y Deporte
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CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS ARTES ESCÉNICAS
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de actividades culturales a desarrollar desde el 30 de noviembre de 2017 hasta el 13 de noviembre de 2018, organizadas por asociaciones y fundaciones, siempre que:
1. El objeto de la solicitud no esté contemplado en otra convocatoria.
...
Asociaciones y fundaciones.
Podrán solicitar las ayudas las asociaciones y fundaciones con domicilio en la Comunidad Autónoma de Aragón que estén inscritas en el Registro General de Asociaciones y en el Registro de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Estas ayudas son compatibles con la obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos y privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre que la suma de todas no supere el 100% del presupuesto de la actividad.
-La cuantía máxima a conceder será de 15.000 euros.
-La cuantía máxima individualizada no podrá ser inferior a 500 ?.
Solicitud que figura como Anexo I a la convocatoria, acompañada de la siguiente documentación:
a) Documentación que acredite la personalidad de la entidad solicitante: fotocopia de la inscripción en el Registro de Asociaciones o en el de Fundaciones, fotocopia del N.I.F. y fotocopia de los Estatutos de la asociación o fundación. La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.
b) Documentación que acredite al representante: acta actualizada de la Junta directiva donde conste la composición y el nombramiento del representante, fotocopia del NIF o documento acreditativo equivalente en el caso de extranjeros, o autorización a la Dirección General de Cultura para acceder a la consulta a través de medios electrónicos. La documentación se presentará en original o fotocopia compulsada.
c) Memoria descriptiva de la finalidad para la que se solicita la subvención, plazo estimado de ejecución de la actividad, fechas de ejecución, ámbito de actuación (si excede del autonómico, nacional o internacional), relación de personal, técnicos o empresas a las que se encarguen actividades para el proyecto, con indicación expresa del carácter de aragoneses o no, o de vecindad administrativa en Aragón en el caso de personas físicas. También deberá hacer constar los medios técnicos necesarios para realizar la actividad.
d) Presupuesto de la actividad, calculado con IVA, detallando los gastos a realizar en la ejecución.
e) Presupuesto de ingresos explicativo del plan de financiación (con indicación de las aportaciones del solicitante y los ingresos obtenidos o pendientes de obtener de otras entidades públicas o privadas para la ejecución del proyecto).
f) Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en los apartados 2 y 3 del art 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Anexo I)
g) Declaración de las subvenciones concedidas, ayudas e ingresos, concedidas o en trámite de concesión por cualquier otra administración, entidad pública o privada, nacionales o europeas relativas a la misma actividad, indicando la cuantía y procedencia (Anexo I).
h) Declaración de las ayudas de minimis percibidas por el solicitante en el ejercicio fiscal actual y en los dos anteriores (Anexo I).
i) Declaración responsable que acredite el cumplimiento y la realización de la actividad en todas las subvenciones anteriormente concedidas para el mismo destino y finalidad por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Organismos Autónomos y entidades de Derecho Público, Fundaciones, Consorcios y Sociedades Mercantiles integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma. En caso de no haber recibido ninguna ayuda por parte de estas entidades, deberá manifestarlo en una declaración responsable (Anexo I).
j) Ficha de terceros en caso de no haberla aportado con anterioridad.
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CONVOCATORIA DE AYUDAS ACTIVIDADES CULTURALES DE ASOCIACIONES Y FUNDACIONES
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones (BOE nº 207, de 18 de noviembre de 2003)
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 176, de 25 de julio de 2006)
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón(BOA nº 68 de 10 de abril de 2015).
Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 57 de 23 de marzo de 2016)
ORDEN ECD/763/2017, de 31 de mayo, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 111 de 13 de junio de 2017)
ORDEN ECD/1743/2017, de 8 de noviembre, por la que se modifica la Orden ECD/217/2016, de 24 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de cultura y patrimonio cultural (BOA nº 218, de 14 de noviembre de 2017)
Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018 (BOA nº 48, de 8 de marzo de 2018)
ORDEN ECD/688/2018 de 16 de abril, por la que se convocan ayudas para actividades culturales de asociaciones y fundaciones para el año 2018 (BOA nº 87 de 8 de mayo de 2018)
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