Gobierno de Aragón

  • Tipo A. Subvenciones a inversiones en materia de minimización de residuos y emisiones a la atmósfera.

    Personas físicas y las personas jurídicas que sean titulares de actividades empresariales y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

  • Plazo de tramitación:

    Fuera de plazo

    Plazo de resolución:

    3 MESES

    La finalidad de estas subvenciones es favorecer el mantenimiento del empleo de los trabajadores con discapacidad que figuren contratados por los centros especiales de empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón y que presenten, debido al tipo o al elevado grado de discapacidad que padecen, especiales dificultades para su inserción laboral. Esta subve...

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    Quién puede solicitarlo

    Centros Especiales de Empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón

    Requisitos y observaciones

    Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades que reúnan los siguientes requisitos:
    a) Poseer la calificación administrativa de centro especial de empleo y contar con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Aragón autorizados e inscritos en el correspondiente Registro de Centros Especiales de Empleo.
    b) Haber sido beneficiarios, por los trabajadores destinatarios finales de la subvención y durante el tiempo por el que resulte aplicable la misma, de la subvención del 50% del salario mínimo interprofesional prevista en la letra a) del artículo 11 de la Orden EIE/282/2016, de 17 de marzo.
    c) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
    Servicio de Atención Telefónica: 901 501 000
    Para añadir documentación a lo largo del proceso, deberá realizarse a través de 'Aportaciones voluntarias', mediante el siguiente enlace: https://servicios3.aragon.es/sss_pub/login

    Qué documentación necesito

    Formulario de solicitud, al que se deberá acompañar la siguiente documentación:
    - Declaración responsable, conforme al modelo normalizado.
    - En caso de no haber prestado consentimiento para la comprobación por el INAEM del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, se aportarán los correspondientes certificados expedidos por el Órgano Competente.
    - Declaración de plantilla
    Además de la documentación citada, deberá presentarse cualquier otra que sea requerida en orden a acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
    Descargar formularios:
    SOLICITUD SUBVENCIÓN INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD - PLAN COMPLEMENTARIO 2019
    2. Declaración de plantilla
    3. Declaración Responsable

    Lugar y forma de presentación

    De manera presencial en las Oficinas de información y registro

    Normativa

    Decreto 212/2010, de 30 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se crea el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
    BASES REGULADORAS: ORDEN EIE/1426/2016, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones complementarias para favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción que mantengan una relación laboral de carácter especial en el ámbito de los centros especiales de empleo.
    CONVOCATORIA 2019: ORDEN EPE/1362/2019, de 4 de octubre, por la que se convocan para el año 2019 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1426/2016, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones complementarias para favorecer la estabilidad en el empleo de los trabajadores con discapacidad severa que presentan especiales dificultades de inserción que mantengan una relación laboral de carácter especial en el ámbito de los centros especiales de empleo.

    Organismo responsable

    Departamento de Economía, Planificación y Empleo

    Más información

    Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1643, indícanoslo para darte una mejor información

    Gestión del trámite

    INICIAR TRÁMITE ONLINE

    Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

    Tener un certificado digital.
    Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

    Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

    Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
    Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

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    Descargar formularios:

    SOLICITUD SUBVENCIÓN INTEGRACIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD - PLAN COMPLEMENTARIO 2019

    2. Declaración de plantilla

    3. Declaración Responsable

  • Ampliar el importe de las subvenciones para el mantenimiento de puestos de trabajo en Centros Especiales de Empleo destinadas a subvencionar el coste salarial correspondiente a puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad, a que se refiere el artículo 4.B) 2 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo, en una cantidad de 750 euros por cada trabajador con discapacidad con especiales dificultades para su inserción laboral que estuviesen contratados por los centros especiales de empleo a 1 de julio de 2013.

    Centros especiales de empleo calificados e inscritos en el Registro de Centros Especiales de Empleo de la Comunidad Autónoma de Aragón

  • Plazo de tramitación:

    Fuera de plazo

    Plazo de resolución:

    6 meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de las solicitudes.

    Ayudas Tipo 3, de subvención de inversiones en materia de desarrollo sostenible turísticas que corresponden a la medida 3.1.3. Calidad de vida en zonas rurales y diversificación de la economía rural del Programa de Desarrollo Rural de Aragón 2007-2013, financiado con el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER), de la orden de varias línea...

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    Quién puede solicitarlo

    Personas físicas y jurídicas que sean titulares de actividad empresarial y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón

    Requisitos y observaciones

    Las actividades subvencionables son las siguientes:
    Línea 1) Actividades dirigidas al fomento del desarrollo sostenible en Areas de Influencia Socioeconómica de Espacios Naturales Protegidos, Refugios de Fauna Silvestre y zonas sometidas a procedimientos de aprobación de Planes de Ordenación de Recursos Naturales mediante inversiones turísticas.
    Sólo podrán optar a éste Tipo de ayudas las viviendas de Turismo Rural con una capacidad igual o inferior a 12 plazas y cualquier otro tipo de alojamiento con una capacidad igual o inferior a 40 plazas. Los campings y albergues podrán optar, en cualquier caso, a este Tipo de ayudas.
    El plazo de presentación de solicitudes finalizará transcurridos 20 días naturales a contar a partir del día siguiente al de la entrada en vigor de la presente Orden.
    Para las actuaciones subvencionables contempladas en los Tipos 2 y 3 de la disposición cuarta, sólo se podrá presentar una única solicitud de ayuda por Línea, en la presente convocatoria. La actuación obrante en la solicitud no podrá ser modificada durante la tramitación de la ayuda salvo en los casos previstos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (B.O.E.nº. 276 de 18 de noviembre de 2003).
    Las actuaciones excluidas de la presente convocatoria son:
    - Las fases de una actuación global, salvo que una vez finalizadas éstas la inversión global sea puesta en servicio y explotación antes del 31 de diciembre de 2011.
    - Compra de maquinaria móvil.
    - Remolques.
    - Equipos electrónicos.
    - Campañas de publicitarias.
    - Herramientas.
    También quedan excluidas de la presente convocatoria, las actuaciones que a continuación se relacionan cuando supongan al menos el 50% del presupuesto:
    - Labores de mantenimiento en inmuebles.
    - Actuaciones en tendidos eléctricos, excepto las que estén encaminadas a la minimización de su impacto con la avifauna.
    A todos los efectos, y para las ayudas Tipo 3, se considerarán gastos no subvencionables:
    - Los intereses deudores.
    - Los gastos financieros.
    - Los gastos de garantía bancaria.
    - El Impuesto sobre el Valor Añadido.
    - La vivienda, salvo en el caso de fomento da actividades turísticas.
    - Los impuesto personales o sobre la renta y las contribuciones a cualesquiera regímenes de previsión social.
    - Los intereses de demora, los recargos, multas coercitivas y sanciones administrativas y penales.
    - Los gastos de procedimientos judiciales.
    - Los descuentos efectuados en contratos o facturas en la adquisición de bienes y servicios.
    - Los gastos relativos a los siguientes subcontratos:
    - Los que aumenten el coste de ejecución de la operación sin un valor añadido.
    - Los celebrados con intermediarios o asesores en los que el pago consista en un porcentaje del coste total de la operación, a no ser que el beneficiario justifique dicho pago por referencia al valor real del trabajo realizado o los servicios prestados.
    - Las inversiones que se limiten a sustituir un edificio existente, o una parte del mismo, por un edificio nuevo y moderno, sin ampliar la capacidad de producción en más de un 25% o sin introducir cambios fundamentales en al naturaleza de la producción o la tecnología correspondiente. No se considerarán inversiones sustitutivas la demolición total de un edificio agrario de 30 años o más y su sustitución por otro moderno ni la renovación general de un edificio. Una renovación se considerará general cuando su coste suponga como mínimo el 50% del valor del edificio nuevo.
    - Los gastos anteriores a la solicitud de ayuda o al acta de no inicio, si esta es anterior a aquélla.

    Qué documentación necesito

    a)Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y en su caso de la actividad empresarial. En el caso de las ayudas del Tipo 2 y Tipo 3 estos documentos serán:
    1.- Personas físicas: Documento Nacional de Identidad y declaración de renta de las personas físicas del ejercicio anterior.
    2.- Personas jurídicas: Escritura de constitución de la Sociedad y Estatutos de la misma, en su caso, inscritos en el Registro Mercantil, Número de Identificación Fiscal y declaración del impuesto de sociedades del ejercicio anterior.
    b) Declaración jurada de no encontrarse el solicitante incurso en ninguna de las circunstancias que dan lugar a la inhabilitación para la obtención de subvenciones o ayudas públicas a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (B.O.E.nº. 276 de 18 de noviembre de 2003).
    c) En caso de que el Departamento de Economía Hacienda y Empleo no disponga de los datos bancarios del solicitante para la domiciliación del pago o si los datos existentes debieran ser modificados, se adjuntará debidamente cumplimentado y sellado por la entidad financiera el modelo Ficha de Terceros. La presentación de este documento no presupone la aprobación de la subvención solicitada.
    d) Para entidades privadas e instituciones sin ánimo de lucro, documento acreditativo del acuerdo adoptado por la entidad para efectuar la solicitud de subvención, así como de la representación de la persona que la suscriba.
    f) En su caso, acreditación de disponer de todas las licencias y autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad o de estar en trámite de conseguirlas, en este caso se deberá disponer de la autorización o licencia antes de la finalización del plazo de justificación de la subvención.
    g) Con carácter general una Memoria descriptiva de la finalidad para la que se solicita la subvención, con un presupuesto suficientemente detallado de la misma y previsión de los plazos de ejecución de la actividad o inversión. En el caso de que la personalidad del solicitante revista carácter mercantil deberá añadirse una memoria descriptiva de la actividad económica de la entidad.
    h) Únicamente se admitirán facturas proforma en el caso de suministros.
    i) En caso de que las inversiones pudieran ser ejecutadas con los propios medios del beneficiario, este deberá remitir un presupuesto detallado en el que se haga constan el coste del material empleado para la ejecución de la inversión, la maquinaria propia utilizada, el número de horas invertido y el coste por hora, siendo este el que viniese reflejado en el convenio vigente del ramo interesado para el año 2011 y de la provincia en que se realice la inversión.
    j) Con carácter particular en las actuaciones del Tipo 2 y 3 Subvención de inversiones en materia de desarrollo sostenible, se aportará:(Mirar Orden).
    k) Cuando se trate de actuaciones sobre terrenos o bienes inmuebles concretos, certificación acreditativa de la plena disponibilidad de dichos bienes para ejecutar la actuación mediante fotocopia compulsada de la escritura pública completa, nota simple del registro de la propiedad u otro documento con validez legal. En el tipo 2 y 3 se podrá presentar además, en su caso, autorización de propietario. l) Cuando la actuación se localice en un lugar concreto, se aportará plano de situación de la misma a escala 1:5.000, preferentemente SIGPAC, sin perjuicio de los demás planos de detalle que exija la definición técnica de la actuación.m) Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas concurrentes en la actuación, o de que no se ha solicitado ninguna.s) En las actuaciones acogidas al Tipo 2 y 3 se podrá solicitar la realización del Acta de no inicio, después de presentar la solicitud en registro y presentando las autorizaciones necesarias en cada caso. Este documento no presupondrá la aprobación de la subvención solicitada.
    Descargar formularios:
    SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DESTINADA A INVERSIONES EN MATERIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE TURÍSTICAS PARA LA CONSERVACIÓN, MEJORA Y CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.
    ANEXO 2 ? ACEPTACIÓN O RENUNCIA DE LA AYUDA
    ANEXO 4 ? RELACIÓN DE MUNICIPIOS INCLUIDOS EN AREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS, REFUGIOS DE FAUNA SILVESTRE Y ZONAS SOMETIDAS A PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE PLANES
    ANEXO 5 ? DECLARACIÓN JURADA
    ANEXO 6 ? PERMISOS Y LICENCIAS
    ANEXO 7 ? PRECIOS MÁXIMOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE MEDIO PROPIOS
    ANEXO 8 - INSTRUCCIONES PARA LA SEÑALIZACIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS
    ANEXO 8 - INSTRUCCIONES PARA LA SEÑALIZACIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS (IMAGEN)
    FICHA DE TERCEROS

    Lugar y forma de presentación

    De manera presencial en las Oficinas de información y registro

    Normativa

    Decreto 228/2004, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 132 de 10 de noviembre de 2004)
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003)
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Orden anual del Departamento de Medio Ambiente, por la que se efectúa convocatoria, de varias líneas de ayuda para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 222 de 15 de noviembre de 2010)

    Organismo responsable

    Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

    Más información

    Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1111, indícanoslo para darte una mejor información

    Gestión del trámite

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    Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

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    Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

    Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

    Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
    Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

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    SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DESTINADA A INVERSIONES EN MATERIA DE DESARROLLO SOSTENIBLE TURÍSTICAS PARA LA CONSERVACIÓN, MEJORA Y CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.

    ANEXO 2 ? ACEPTACIÓN O RENUNCIA DE LA AYUDA

    ANEXO 4 ? RELACIÓN DE MUNICIPIOS INCLUIDOS EN AREAS DE INFLUENCIA SOCIOECONÓMICA DE ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS, REFUGIOS DE FAUNA SILVESTRE Y ZONAS SOMETIDAS A PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE PLANES

    ANEXO 5 ? DECLARACIÓN JURADA

    ANEXO 6 ? PERMISOS Y LICENCIAS

    ANEXO 7 ? PRECIOS MÁXIMOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE MEDIO PROPIOS

    ANEXO 8 - INSTRUCCIONES PARA LA SEÑALIZACIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS

    ANEXO 8 - INSTRUCCIONES PARA LA SEÑALIZACIÓN DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS (IMAGEN)

    FICHA DE TERCEROS

  • Plazo de tramitación:

    Fuera de plazo

    Plazo de resolución:

    6 meses a contar desde la terminación del plazo de presentación de las solicitudes.

    Ayudas Tipo 1 de subvenciones en inversiones y acciones de desarrollo y ordenación de los montes de propiedad privada, de la orden de varias líneas de ayudas para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del Medio Ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Quién puede solicitarlo

    Las personas físicas, las personas jurídicas que sean titulares de actividades empresariales o que desarrollen actividades sin ánimo de lucro, ya tengan en este último caso carácter asociativo o fundacional, siempre que, las asociaciones o fundaciones se hallen debidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.

    Requisitos y observaciones

    Las actividades subvencionables son las siguientes:
    Línea 1 Claras y eliminación de residuos.
    Línea 2 Resalveos de monte bajo de quercíneas para la generación de monte medio y eliminación de residuos.
    Línea 3 Eliminación de madera quemada y restos generados.
    Línea 4 Reposición de marras
    El plazo de presentación de solicitudes finalizará transcurridos 20 días naturales a contar a partir de la entrada en vigor de la presente Orden.
    Quedan excluidas de esta convocatoria las actuaciones en coníferas con diámetro normal mayor de 22 cm, las que generen leñas de quercíneas con mercado, las actuaciones sobre parcelas acogidas a reforestación de tierras agrarias y la redacción de proyectos, excepto los de ordenación.
    Servicio de Planificación y Gestión Forestal

    Qué documentación necesito

    a) Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y en su caso de la actividad empresarial.
    b) Declaración jurada de no encontrarse el solicitante incurso en ninguna de las circunstancias que dan lugar a la inhabilitación para la obtención de subvenciones o ayudas públicas a tenor de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (B.O.E.nº. 276 de 18 de noviembre de 2003). c) En caso de que el Departamento de Economía Hacienda y Empleo no disponga de los datos bancarios del solicitante para la domiciliación del pago o si los datos existentes debieran ser modificados, se adjuntará debidamente cumplimentado y sellado por la entidad financiera el modelo Ficha de Terceros. La presentación de este documento no presupone la aprobación de la subvención solicitada. d) Para entidades privadas e instituciones sin ánimo de lucro, documento acreditativo del acuerdo adoptado por la entidad para efectuar la solicitud de subvención, así como de la representación de la persona que la suscriba. e) Para instituciones sin ánimo de lucro, certificado vigente de inscripción de la institución sin ánimo de lucro en el registro público correspondiente y copia de los estatutos. f) En su caso, acreditación de disponer de todas las licencias y autorizaciones necesarias para el ejercicio de la actividad o de estar en trámite de conseguirlas, en este caso se deberá disponer de la autorización o licencia antes de la finalización del plazo de justificación de la subvención. g) Con carácter general una Memoria descriptiva de la finalidad para la que se solicita la subvención, con un presupuesto suficientemente detallado de la misma y previsión de los plazos de ejecución de la actividad o inversión. En el caso de que la personalidad del solicitante revista carácter mercantil deberá añadirse una memoria descriptiva de la actividad económica de la entidad. h) Únicamente se admitirán facturas proforma en el caso de suministros. i) En caso de que las inversiones pudieran ser ejecutadas con los propios medios del beneficiario, este deberá remitir un presupuesto detallado en el que se haga constan el coste del material empleado para la ejecución de la inversión, la maquinaria propia utilizada, el número de horas invertido y el coste por hora, siendo este el que viniese reflejado en el convenio vigente del ramo interesado para el año 2011 y de la provincia en que se realice la inversión. k) Cuando se trate de actuaciones sobre terrenos o bienes inmuebles concretos, certificación acreditativa de la plena disponibilidad de dichos bienes para ejecutar la actuación mediante fotocopia compulsada de la escritura pública completa, nota simple del registro de la propiedad u otro documento con validez legal. l) Cuando la actuación se localice en un lugar concreto, se aportará plano de situación de la misma a escala 1:5.000, preferentemente SIGPAC, sin perjuicio de los demás planos de detalle que exija la definición técnica de la actuación. m) Declaración de otras ayudas solicitadas o concedidas concurrentes en la actuación, o de que no se ha solicitado ninguna. t) Para las ayudas incluidas en el apartado cuarto, Tipo 1 Inversiones y acciones de desarrollo y ordenación de los montes de propiedad privada, se presentará la siguiente documentación técnica una vez resuelto favorablemente el expediente a que de lugar.
    Descargar formularios:
    SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DESTINADA A INVERSIONES Y ACCIONES DE DESARROLLO Y ORDENACIÓN DE LOS MONTES DE PROPIEDAD PRIVADA PARA LA CONSERVACIÓN, MEJORA Y CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE EN LA COMUNIDAD.
    ANEXO 2 ? ACEPTACIÓN O RENUNCIA DE LA AYUDA
    ANEXO 3 ? INVERSIONES Y ACCIONES DE DESARROLLO Y ORDENACIÓN DE LOS MONTES DE PROPIEDAD PRIVADA
    ANEXO 5 ? DECLARACIÓN JURADA
    ANEXO 6 ? PERMISOS Y LICENCIAS
    ANEXO 7 ? PRECIOS MÁXIMOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE MEDIO PROPIOS
    FICHA DE TERCEROS

    Lugar y forma de presentación

    De manera presencial en las Oficinas de información y registro

    Normativa

    Decreto 228/2004, de 2 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la concesión de subvenciones para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 132 de 10 de noviembre de 2004)
    Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE núm. 276, de 18 de noviembre de 2003)
    Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    Orden anual del Departamento de Medio Ambiente, por la que se efectúa convocatoria, de varias líneas de ayuda para el desarrollo de programas, actividades o inversiones dirigidas a la conservación, mejora y calidad del medio ambiente en la Comunidad Autónoma de Aragón. (BOA núm. 222 de 15 de noviembre de 2010)

    Organismo responsable

    Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

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    Gestión del trámite

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    Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

    Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

    Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
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    SOLICITUD DE SUBVENCIÓN DESTINADA A INVERSIONES Y ACCIONES DE DESARROLLO Y ORDENACIÓN DE LOS MONTES DE PROPIEDAD PRIVADA PARA LA CONSERVACIÓN, MEJORA Y CALIDAD DEL MEDIO AMBIENTE EN LA COMUNIDAD.

    ANEXO 2 ? ACEPTACIÓN O RENUNCIA DE LA AYUDA

    ANEXO 3 ? INVERSIONES Y ACCIONES DE DESARROLLO Y ORDENACIÓN DE LOS MONTES DE PROPIEDAD PRIVADA

    ANEXO 5 ? DECLARACIÓN JURADA

    ANEXO 6 ? PERMISOS Y LICENCIAS

    ANEXO 7 ? PRECIOS MÁXIMOS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE MEDIO PROPIOS

    FICHA DE TERCEROS

  • Plazo de tramitación:

    Fuera de plazo

    Plazo de resolución:

    3 meses desde la publicación del concurso

    Premiar la mejor labor editorial desarrollada cada año, reconociendo asi el libro mejor editado por sus características formales

    Quién puede solicitarlo

    Empresas editoriales ubicadas en Aragón

    Requisitos y observaciones

    Los editores podrán concurrir a este premio con todas aquellas obras que reúnan las siguientes condiciones:
    1.- Las obras deberán tener la condición de libro
    2.- Editadas entre el 1 de enero y 31 de diciembre el año de la convocatoria
    3.- Editadas en Aragón
    Quedan excluidos del concurso los libros que carezcan de depósito legal e I.S.B.N.

    Qué documentación necesito

    La solicitud irá acompañada de:
    - Dos ejemplares de cada obra presentada
    - En el caso de reediciones que supongan mejoras o variaciones respecto a la primera edición, un ejemplar de la primera edición.
    - Una breve descripción argumental de las obras resaltando los elementos que, a juicio del editor, constituyen los méritos de la publicación.

    Descargar formularios:
    SOLICITUD DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO AL LIBRO MEJOR EDITADO EN ARAGÓN

    Lugar y forma de presentación

    De manera presencial en las Oficinas de información y registro

    Normativa

    1.-
    Decreto 22/2013, de 19 de febrero, del Gobierno de Aragón
    por el que se regulan los premios a la creación literaria y al sector del libro en Aragón (BOA nº 43, de 1 de marzo de 2013)
    2.-
    Orden de 9 de enero de 2014, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte
    , por la que se convoca el 'Premio al Libro mejor editado en Aragón 2013'(BOA nº 21 de 30 de enero de 2014)

    Organismo responsable

    Departamento de Educación, Cultura y Deporte

    Más información

    Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 646, indícanoslo para darte una mejor información

    Gestión del trámite

    ME GUSTARÍA QUE ESTE TRÁMITE
    ESTUVIERA DISPONIBLE ONLINE

    Descargar formularios:

    SOLICITUD DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO AL LIBRO MEJOR EDITADO EN ARAGÓN

  • Plazo de tramitación:

    Fuera de plazo

    Plazo de resolución:

    6 meses

    La concesión de subvenciones a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas

    Quién puede solicitarlo

    Las asociaciones, organizaciones y agrupaciones de titulares de explotaciones porcinas y otras figuras equivalentes, incluidas las agrupaciones de defensa sanitaria, cooperativas, y sociedades agrarias de transformación, integradas en su mayoría por explotaciones de porcino, que presenten un proyecto conjunto de gestión de purines.

    Requisitos y observaciones

    La asociación, organización o agrupación debe cumplir:
    - No tener la consideración de empresa en crisis. (punto 2 de la Comunicación de la Comisión 2004/C244/02).
    - Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
    Las explotaciones porcinas incluidas en el proyecto deben cumplir:
    - Estar inscritas en el Registro General de Explotaciones y disponer del correspondiente libro de registro debidamente actualizado.
    - Declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima en materia de ordenación, bienestar, identificación, sanidad animal, medioambiente e higiene.
    - Disponer de instalaciones de almecenamiento de estiércoles necesarios y de acuerdo con la normativa vigente.
    - Ajustarse a la definición de pequeña y mediana empresa (Anexo I del Reglamento (CE) nº 800/2008 de la Comisión).
    Las explotaciones agrícolas integradas en el Proyecto de gestión deberán:
    - Declaración responsable de que se cumple la normativa sectorial mínima correspondiente, en materia de protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos utilizados en la agricultura, -código de buenas práctica agrarias- y del cumplimiento de medidas: para la protección y conservación del suelo
    - Registrar las cantidades de estiércol aplicadas en la fertilización del terreno.
    - Declaración responsable mediante la que se manifiesta el cumplimiento de los requisitos para la consideración de PYME.
    Cuando proceda, en el caso de empresas gestoras integradas en el proyecto, deben cumplir los criteros de buenas prácticas agronómicas en la gestión de estiércoles.
    Se tramita en el Servicio de Seguridad Agroalimentaria.
    Pueden dirigirse también a las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto.
    -- Ficha de terceros (si es necesario)
    El beneficiario de la subvención deberá manifestar la aceptación de la subvención en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión, mediante la presentación del modelo que se adjunta como Anexo dirigido al Director General de Alimentación. En caso contrario, se producirá la pérdida de la eficacia de la resolución de concesión de la subvención.

    Qué documentación necesito

    a) Documentación que corresponde presentar a la asociación, organización, agrupación o figura equivalente solicitante:
    - Proyecto de gestión de purines, según se detalla en el Anexo de la convocatoria
    - Copia del Estatuto o Reglamento interno de la persona jurídica solicitante y, en su caso, copia de los correspondientes contratos o acuerdos entre el solicitante y los demás agentes participantes en el proyecto.
    - Documentación justificativa de la condición de PYME de la asociación, organización, agrupación o figura equivalente beneficiaria, así como las explotaciones ganaderas integrantes.

    - En el caso de tratarse de proyectos pilotos, declaración del beneficiario en la que se exprese claramente que conoce y acepta que los resultados del proyecto piloto, serán puestos en conocimiento del público, al menos en Internet, en la página web del Ministerio de Medioambiente, y Medio Rural y Marino.

    - Declaración por la que se manifiesta no estar dentro de la categoría de empresa en crisis.
    b) Las EXPLOTACIONES PORCINAS además de la documentación anterior, deben aportar:
    - Número de inscripción en el Registro General de Explotaciones Ganaderas.
    - Declaración responsable
    - Declaración por la que se manifiesta no estar dentro de la categoría de empresa en crisis.
    - Documentación justificativa de la condición de PYME, que podrán consistir en una declaración responsable.
    c) Las EXPLOTACIONES AGRARIAS deberán presentar, además de la documentación del apartado a) la siguiente:
    - Declaración responsable de que cumplen la normativa sectorial mínima correspondiente.
    - Registro de las cantidades de estiércoles aplicadas en el terreno utilizando preferentemente el Libro Registro de Aplicación de Fertilizantes, basado en el III Programa de Actuación en Zonas Vulnerables de Aragón. (BOA 3 junio 2009)
    - Declaración por la que se manifiesta no estar dentro de la categoría de empresa en crisis.

    Descargar formularios:
    SUBVENCION A PROYECTOS DE MEJORA DE LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE LAS EXPLOTACIONES PORCINAS
    DECLARACION RESPONSABLE
    MODELO DE ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
    REQUISITOS DE LOS PROYECTOS DE GESTIÓN DE PURINES

    Lugar y forma de presentación

    De manera presencial en las Oficinas de información y registro

    Normativa

    - Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas (BOE nº 58 de 8 de marzo de 2000), modificado por el Real Decreto3483/2000, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 324/2000, de 3 de marzo, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las explotaciones porcinas (BOE nº 11, de 12 de enero de 2001).
    - Real Decreto 987/2008, de 13 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas (BOE nº 160 de 3 de julio de 2008)
    - Orden de 18 de mayo de 2009, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se aprueba el III Programa de Actuación sobre las Zonas Vulnerables a la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias designadas en la Comunidad Autónoma de Aragón
    (BOA nº 104, 3 junio 2009 )
    - ORDEN de 19 de enero de 2011, del Consejero de Agricultura y Alimentación, por la que se convocan subvenciones destinadas a determinados proyectos de mejora de la gestión medioambiental de las explotaciones porcinas, para el año 2011.(BOA nº 34 de 17 de febrero de 2011)

    Organismo responsable

    Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

    Más información

    Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 451, indícanoslo para darte una mejor información

    Gestión del trámite

    INICIAR TRÁMITE ONLINE

    Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

    Tener un certificado digital.
    Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

    Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

    Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
    Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

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    Descargar formularios:

    SUBVENCION A PROYECTOS DE MEJORA DE LA GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL DE LAS EXPLOTACIONES PORCINAS

    DECLARACION RESPONSABLE

    MODELO DE ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN

    REQUISITOS DE LOS PROYECTOS DE GESTIÓN DE PURINES

  • La concesión de subvenciones destinadas al fomento y desarrollo del sector equino para el año 2011


    - Las pequeñas y medianas empresas agrarias destinadas a la producción y cría de équidos.

    - Las entidades asociativas o sus agrupaciones, las agrupaciones de productores de la especie equina y las agrupaciones de defensa sanitaria reconocidas de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1880/1996, de 2 de agosto, por el que se regulan las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas.

    - Las pequeñas y medianas empresas agrarias equinas dedicadas a la transformación y comercialización de carne de caballo o sus asociaciones legalmente reconocidas, sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren subvencionables, que realicen la actividad para la que se otorga la ayuda y que mantengan dicha actividad durante un período no inferior a cinco años contados a partir del momento en que aquella se haya iniciado.

    - Pequeñas y medianas empresas no agrarias y aquellas otras instituciones que ofrezcan servicios a terceros con participación de équidos, excluyendo los hipódromos.

    - Los que cumplan lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto 1643/2008, en el caso de formación en producción equina relacionada con la producción y cría de équidos; en el caso de formación en el ámbito de la producción, transformación y comercialización de carne de caballo, los que cumplan lo dispuesto en el artículo 15 de la citada norma y en el caso de formación de profesionales dentro del ámbito ecuestre, los que cumplan lo dispuesto en el artículo 19 de dicho Real Decreto.

  • La concesión de subvenciones destinadas a las agrupaciones de productores en los sectores ovino y caprino para el ejercicio 2012.

    a) Constitución y desarrollo de la estructura común de gestión.
    b) Inversión en explotaciones agrarias integradas en la Agrupación, considerándose como inversión: la construcción, adquisición y mejora de inmuebles, la maquinaria, el equipo y costes generales relacionados.
    c) Dotación de servicios de sustitución y asesoría. En el caso de agrupaciones beneficiarias de estas subvenciones en ejercicios anteriores, dotación de servicios y actividades de formación.
    d) Inversiones para la adaptación funcional para implantación de programas de mejora de la calidad.
    e) Constitución de agrupaciones, inversiones, dotaciones de servicios de sustitución y asesoría e inversiones para la adaptación funcional para implantación de programas de mejora de la calidad en zonas con dificultades específicas. En el caso de agrupaciones beneficiarias de estas subvenciones en ejercicios anteriores, dotación de servicios y actividades de formación.
    Las agrupaciones de la comunidad autónoma de Aragón, cuya personalidad jurídica como explotación asociativa sea alguna de las definidas en el artículo 6 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de modernización de las explotaciones agrarias, compuestas por productores en actividad de los sectores ovino y caprino, ubicados en una o varias comunidades autónomas, que representen, en conjunto, un censo adecuado al objeto de su actividad, cuyo valor mínimo se contempla en el anexo I del Real Decreto 1703/2011, de 18 de noviembre; y para las agrupaciones beneficiarias en ejercicios anteriores en el anexo I del Real Decreto 104/2008, de 1 de febrero, que cumplan los requisitos y compromisos establecidos en el artículo 4 de los correspondientes reales decretos precitados y en el apartado duodécimo de esta orden.

  • Plazo de tramitación:

    Fuera de plazo

    Plazo de resolución:

    6 meses

    La concesión de subvenciones para las siguientes actividades:
    a)La información y la asistencia técnica a los apicultores y a las organizaciones de apicultores con el fin de mejorar las condiciones de producción y de extracción de la miel.
    b) La lucha contra las agresiones y enfermedades de la colmena.
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    Quién puede solicitarlo

    - Las cooperativas apícolas, ADS y demás entidades representativas del sector con personalidad jurídica propia.
    - Las personas físicas o jurídicas titulares, incluidas las comunidades de bienes, de una explotación apícola clasificada en el Registro general de explotaciones ganaderas (en adelante REGA) como trashumante
    - Las entidades titulares de laboratorios que efectúen o puedan efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel

    Requisitos y observaciones

    a) En el caso de las COOPERATIVAS APICOLAS, A.D.S. y demás ENTIDADES REPRESENTATIVAS del sector con personalidad jurídica propia, deberán estar integradas mayoritariamente por apicultores titulares de una explotación apícola inscrita en el Registro General de Explotaciones (en adelante R.E.G.A.), que lleven realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la presentación de la solicitud y estén en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento competente.
    b) En el caso de las PERSONAS FISICAS O JURIDICAS, incluidas las COMUNIDADES DE BIENES, titulares de una explotación apícola, que deberá estar inscrita en el REGA, llevarán realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año anterior al de la presentación de la solicitud, estarán en posesión del Libro de Explotaciones Ganaderas para explotaciones apícolas expedido por los Servicios Veterinarios del Departamento competente, sus colmenares no estarán en situación de abandono, contarán con un mínimo de 50 colmenas, dispondrán de un seguro de responsabilidad civil y realizarán al menos un tratamiento al año frente a varroosis de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel.
    Se exceptúan del requisito de antigüedad en la actividad, aquellos apicultores cuya explotación ha sido transferida a su favor mediante un cambio de titularidad a consecuencia de una herencia, jubilación, o incapacidad laboral y fuera pariente, como máximo, en cuarto grado; así como, los casos de cambios de titularidad producidos entre derecho habientes o copropietarios y los supuestos de fuerza mayor.
    c) Las ENTIDADES TITULARES DE LABORATORIOS, no tendrán ánimo de lucro y estarán capacitados para efectuar análisis de las características físico-químicas de la miel.
    Si al presentar su presentar su solicitud por vía telemática (formulario, anexos y documentos escaneados en pdf ) les surge alguna dificultad técnica dirigirse al soporte técnico, al correo electrónico soptecovt@aragon.es ó llamando al teléfono 976 289414 (de 8:00 a 18:00 de lunes a jueves y de 8:00 a 16:00 los viernes).
    Pueden dirigirse también a las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto (horario 9 a 14 h.)
    Se tramita en el Servicio de Ayudas a la sostenibilidad agraria
    tramites.agma.sag@aragon.es
    tfno.: 976714000-ext.1484
    -- Si es necesario para darse de alta o comunicar variaciones en el domicilio o cuenta corriente y evitar posibles perjuicios en el momento de realizar el pago deberán presentar la Ficha de terceros
    Enlace al Ministerio:
    Plan nacional de apicultura

    Qué documentación necesito

    PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD: Los solicitantes deben presentar el Formulario principal junto al anexo I. SOLICITUD DE LA SUBVENCIÓN
    a) Si es PERSONA JURIDICA se deberá acompañar:
    1- Documentos que acrediten la personalidad jurídica del solicitante, copia de los estatutos y certificación de la inscripción en el registro público correspondiente, si no obran en poder de la Administración o han sufrido modificaciones.
    2-Documento en el que conste el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.
    3- Documento que acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud si no obra en poder de la Administración o ha sufrido modificaciones.
    4- Relación de socios integrantes de la entidad con información del número de colmenas que poseen, NIF y código de explotación apícola (en soporte informático)
    b) Fotocopia del libro de explotaciones ganaderas con el censo actualizado en el año 2019, hojas 2,3,4 y 5. Se incluirá la hoja de aplicación de los tratamientos veterinarios, así como las hojas de traslados de colmenas durante todo el año 2018/2019. En su caso Programa de trashumancia de explotación apícola.
    c) Certificado de la entidad bancaria, o sellado de la solicitud por la entidad bancaria, en el que se acredite la titularidad de la cuenta por la que desea el solicitante que sea ingresada la ayuda.
    d) En su caso, certificado de pertenencia a una ADS.
    e) Certificado del veterinario responsable sanitario de la explotación o, en su caso, del veterinario de la ADS a la que pertenezca, relativo al cumplimiento, durante el año 2018, de las actuaciones obligatorias contenidas en el Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel (R.D. 608/2006, de 19 de mayo)
    f) Fotocopia de la póliza y el último recibo abonado del seguro de daños y responsabilidad civil de las colmenas.
    g) Documentación específica para las actividades subvencionables:
    - Memoria con la programación y contenido de los cursos de formación, charlas y actividades diversas de divulgación.
    - Memoria con la programación y contenido de las actividades a desarrollar por los técnicos y especialistas contratados para la asistencia técnica de los apicultores.
    - Memoria técnica de las actividades a desarrollar por la ADS, que consistirá en un resumen del programa sanitario de la Agrupación.
    - Memoria técnica de las actividades a desarrollar por los laboratorios apícolas, programas de formación de personal técnico y puesta a punto de técnicas de análisis de residuos.
    - En el supuesto de que el solicitante sea una persona física o jurídica titular de una explotación apícola, una memoria con las actuaciones a realizar y los gastos previstos.
    - En todos los casos se acompañará a la memoria de un presupuesto de las inversiones a realizar, respaldado por facturas pro-forma en aquellos casos de adquisición de equipos, maquinaria y colmenas, así como de las posibles fuentes de financiación.
    Quedarán eximidos de la presentación de la documentación de los puntos a) 4, d) y e) si ésta es certificada de manera telemática por la ADS correspondiente como entidad acreditada, a través de la web: Plataforma aplicaciones del Dpto. Desarrollo Rural y Sostenibilidad
    SOLICITUD DE PAGO: pPosteriormente a la comunicación de la concesión los solicitantes presentarán: Formulario principal, junto al Anexo II Solicitud de pago acompañados de la documentación justificativa especificada en la convocatoria.
    Descargar formularios:
    SUBVENCION PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA APICULTURA . Formulario principal
    ANEXO I. Solicitud de la subvención
    ANEXO II. Solicitud de pago
    ANEXO. Documentación que obra en poder de la administración

    Lugar y forma de presentación

    De manera presencial en las Oficinas de información y registro

    Normativa

    - Reglamento (CE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la Organización Común de Mercados de los Productos Agrarios.
    - Orden DRS/518/2018, de 19 de marzo, por la que se desarrollan las bases reguladoras de las subvenciones en materia de mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, previstas en el Real Decreto 930/2017, de 27 de octubre, por el que se regula el régimen de ayudas a la apicultura en el marco de los programas nacionales anuales (BOA nº 64, 3 abril 2018)
    - ORDEN DRS/82/2019, de 24 de enero, por la que se convocan subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura, para el año 2019 (BOA nº 33, 18 febrero 2019)

    Organismo responsable

    Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

    Más información

    Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 810, indícanoslo para darte una mejor información

    Gestión del trámite

    INICIAR TRÁMITE ONLINE

    Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

    Tener un certificado digital.
    Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

    Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

    Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
    Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

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    SUBVENCION PARA LA MEJORA DE LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE LOS PRODUCTOS DE LA APICULTURA . Formulario principal

    ANEXO I. Solicitud de la subvención

    ANEXO II. Solicitud de pago

    ANEXO. Documentación que obra en poder de la administración

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