MICROEMPRESAS INICIATIVAS LOCALES EMPRENDEDORAS (MILE)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

6 meses.

Promover y apoyar la creación de nuevas microempresas basadas en el emprendimiento, como un instrumento dinamizador de la economía y de la creación de puestos de trabajo, a través del otorgamiento de las siguientes ayudas económicas:
- Subvenciones por creación de empleo estable.
- Subvención financiera.
- Subvención para asistenci...

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Quién puede solicitarlo

Podrán ser beneficiarias aquellas microempresas que hayan obtenido del Insstituto Aragonés de Empleo la calificación de Iniciativa Local Emprendedora, siempre que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón y siempre que no haya transcurrido un plazo superior a un año desde el inicio de la actividad empresarial.

Requisitos y observaciones

Con carácter general, podrán ser beneficiarias de estas subvenciones aquellas microempresas que hayan obtenido del Instituto Aragonés de Empleo la calificación de Iniciativa Local Emprendedora (MILE), siempre que tengan su domicilio fiscal y desarrollen su actividad en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón, y siempre que no haya transcurrido un plazo superior a un año desde el inicio de la actividad empresarial.
- Además, deberán cumplir los siguientes requisitos según el tipo de subvención solicitada:
Para la subvención por creación de empleo estable, los recogidos en el artículo 20 de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo.
Para la subvención financiera, los que recoge el artículo 21 de la Orden antes citada.
Para la ayuda por asistencia técnica y apoyo gerencial, los establecidos en el artículo 22 de la citada orden.
Para la subvención por la contratación de expertos técnicos cualificados, los recogidos en el artículo 23 de la citada orden.
Los plazos de presentación de solicitudes se encuentran recogidos en los apartados 6 a 9 del artículo 28 de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo del Gobierno de Aragón.
Servicio de Atención Telefónica: 901 501 000
Correo electrónico: inaem@aragon.es

Qué documentación necesito

Con carácter general, deberá presentarse la documentación que señala el artículo 27 de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo del Gobierno de Aragón, atendiendo especialmente a los requisitos específicos para cada tipo de supuesto subvencionable, recogidos en los sucesivos apartados de dicho artículo.
Descargar formularios:
SOLICITUD DE SUBVENCIÓN MICROEMPRESAS MILE
2. DECLARACIÓN RESPONSABLE
3. INFORME DEL PRÉSTAMO A SUBVENCIONAR
4. INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

Normativa autonómica:
Ley de Subvenciones de Aragón: - Ley 5/2015, de 25 de marzo de 2016, de Subvenciones de Aragón.
BASES REGULADORAS: ORDEN EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
CORRECCIÓN de errores de la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
CONVOCATORIA 2018: ORDEN EIE/2251/2017, de 27 de diciembre, por la que se convocan para el año 2018 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/469/2016, de 20 de mayo, por la que se aprueba el Programa Emprendedores y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción del empleo autónomo y la creación de microempresas en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Normativa estatal:
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organismo responsable

Departamento de Economía, Planificación y Empleo

Más información

Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1433, indícanoslo para darte una mejor información

Gestión del trámite

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Antes de iniciar el trámite online necesitarás:

Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.

Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.

Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.

INICIAR TRÁMITE ONLINE

Descargar formularios:

SOLICITUD DE SUBVENCIÓN MICROEMPRESAS MILE

2. DECLARACIÓN RESPONSABLE

3. INFORME DEL PRÉSTAMO A SUBVENCIONAR

4. INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES


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