TECG - Solicitud de EXPEDICIÓN/RENOVACIÓN de tarjeta marítima de las categorías de Patrón de Moto Náutica A y Patrón de Moto Náutica B.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    TECG - Solicitud de EXPEDICIÓN/RENOVACIÓN de tarjeta marítima de las categorías de Patrón de Moto Náutica A y Patrón de Moto Náutica B.

    Objeto del trámite

    Obtener la autorización administrativa necesaria para el gobierno de las motos náuticas teniendo en cuenta lo siguiente:
    - Patrón de Moto Náutica A, para el manejo de motos náuticas de potencia igual o superior a 110 CV.
    - Patrón de Moto Náutica B, para el manejo de motos náuticas de potencia superior a 55 CV e inferior a 110 V.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Las personas físicas interesadas en obtener estos títulos náuticos que cumplan los siguientes requisitos:

    Requisitos

    - Haber cumplido dieciocho años de edad. Los menores que hayan cumplido dieciseis años podrán obtener los títulos anteriores siempre que tengan el consentimiento de sus padres o tutores, u otro documento acreditativo.
    - Reunir las condiciones psicofísicas necesarias de acuerdo con lo establecido en el anexo VIII del Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento.
    - Haber aprobado el examen teórico correspondiente.
    - Acreditar la realización del curso práctico que establece el Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, del Ministerio de Fomento, por el que se actualizan las medidas de seguridad para la utilización de las motos náuticas.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Tasas 2019
    Expedición, Renovación y convalidación: Patrón de Moto Náutica A y B: 35,30 euros
    BENEFICIOS FISCALES EN FAMILIAS NUMEROSAS Y EN FAMILIAS MONOPARENTALES:
    a) Exención total del pago de las tasas, en familias (numerosas o monoparentales) de categoría especial.
    b) Bonificación del 50% del importe de las tasas, en familias (numerosas o monoparentales) de categoría general.
    PAGO DE LA TASA
    DE FORMA TELEMÁTICA:
    A través del Pago Telemático Genérico:
    Para aquellas personas que cuenten con DNI electrónico o personas físicas o jurídicas con certificado electrónico emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica, y habiendo generado previamente la tasa por Internet a través del Sistema Sar@ o con el impreso cumplimentado obtenido de las Direcciones Territoriales, podrán realizar el pago telemáticamente.
    Ver manual en información complementaria: "Manual Pago Telemático Genérico"
    Ver enlace en información complementaria: "Pago Telemático Genérico"
    DE FORMA PRESENCIAL:
    A través de Oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras.
    Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
    El modelo de tasa lo puede descargar desde la dirección de internet que se indica a continuación:

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://www.citma.gva.es/web/actividades-nauticas/inf-admin/tasas-naut/modelos-046-sara

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    - También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
    - Y, preferentemente, en:

    REGISTRO DE LA OFICINA PROP - VALENCIA, GREGORIO GEA I
    C/ GREGORIO GEA, 27
    46009 València
    Tel: 012
    OFICINA PROP - CASTELLÓN, HERMANOS BOU
    AVDA. HERMANOS BOU, 47
    12003 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES - ALICANTE
    AVDA. AGUILERA, 1
    03007 Alacant/Alicante
    Tel: 012

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=2277

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
    ** DNI o documento equivalente en caso de extranjeros
    ** Certificado de familia numerosa
    EXPEDICIÓN DE LA TARJETA DE IDENTIDAD MARITIMA
    - Certificado de superación del curso práctico de una duración mínima de 3 horas.
    - Certificado médico oficial según Anexo VIII del Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento.
    - Justificante del pago de la tasa.
    RENOVACIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD MARITIMA
    - Certificado médico oficial según Anexo VIII del Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento.
    - Justificante del pago de la tasa.
    - Tarjeta de identidad Marítima original.
    CONVALIDACIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD MARÍTIMA
    - Certificado médico oficial según Anexo VIII del Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento.
    - Copia del título a convalidar.
    - Justificante del pago de la tasa.
    PÉRDIDA O SUSTRACCIÓN DE LA TARJETA DE IDENTIDAD MARÍTIMA
    - Copia de la denuncia correspondiente.
    - Justificante del pago de la tasa.
    - Certificado médico oficial o certificado de reconocimiento médico en vigor para embarque expedido por el Instituto Social de la Marina, en las condiciones que establece el Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento.
    No será necesaria la presentación del certificado médico, si ha transcurrido un periodo menor de dos años desde la fecha de obtención o renovación de cualquier título, o desde la fecha de obtención o renovación de cualquier título, o desde la realización de alguno de los exámenes, en el ámbito de competencias de la Generalitat Valenciana.
    - Declaració de veracitat de la documentació aportada.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE EXPEDICIÓN, RENOVACIÓN O CONVALIDACIÓN DE LAS TITULACIONES PARA GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO

    DECLARACIÓN

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Presentación de la solicitud y documentación requerida.
    - Estudio de la documentación.
    - Expedición o renovación de la tarjeta.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra los resultados de la revisión de exámenes, podrá interponerse recurso de alzada, a tenor de lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 02/10/2015).

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=2277

    Tramitación

    La presentación de solicitudes podrá realizarse telemáticamente, pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página.
    Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
    También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite).

  • Información complementaria

    Sanciones

    La utilización inadecuada de las motos náuticas contraviniendo lo dispuesto en el Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas, podrá ser objeto de sanción administrativa con sujeción al procedimiento previsto en los artículos 113 y siguientes de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

    Enlaces

    Escuelas homologadas: prácticas Básicas de Seguridad y Navegación

    Pago Telemático Genérico

    CL@VE-PERMANENTE

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo, del Ministerio de Fomento, por el que se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE núm. 61, de 12/03/2002).
    - Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas (DOGV nº 8202, de 30/12/2017)
    - Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, que regula las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE nº 247, de 11/10/2014).
    - Resolución de 23 de noviembre de 2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueba la convocatoria ordinaria de exámenes teóricos para la obtención de títulos náuticos para el gobierno de embarcaciones de recreo para el año 2017 (DOCV núm. 7947, de 30/12/16).

    Lista de normativa

    Ver el Real Decreto 259/2002 de 8 de marzo

    Ver el Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre

    Ver Resolución de 23 de noviembre de 2016


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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