Solicitud de inscripción para la realización de las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores. Prueba específica (Arte Dramático, Cerámica, Danza, Diseño y Música).

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de inscripción para la realización de las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores. Prueba específica (Arte Dramático, Cerámica, Danza, Diseño y Música).

    Objeto del trámite

    La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que el acceso a las enseñanzas artísticas superiores requieren estar en posesión del título de bachiller o haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, así como la superación de las correspondientes pruebas específicas a que se refieren los artículos 54, 55, 56 y 57.
    A tal efecto el ISEACV realizará al menos una convocatoria anual de la prueba específica de acceso a las enseñanzas artísticas superiores. La prueba se realizará en los Centros Superiores de Enseñanzas Artísticas, que realizarán como mínimo una convocatoria al año. La superación de la prueba específica de acceso tendrá validez para el curso académico correspondiente.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Requisitos

    Estar en posesión del título de Bachiller o
    Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o
    Personas que, sin reunir los requisitos indicados anteriormente, hayan superado una prueba de madurez (art. 69.5 LOE).

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Tasas 2019: Modelo 9778
    52,52 euros para las pruebas de acceso a Títulos Superiores de Enseñanzas Artísticas.
    72,82 euros para las pruebas de acceso a Títulos de Máster en Enseñanzas Artísticas.

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-impuestos-declaraciones-tasas-046-conseducacion

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Plazos de inscripción convocatorias 2019 pruebas específicas de acceso:
    La inscripción a las pruebas específicas de acceso se realizará, según el plazo establecido por cada centro, en el horario habitual de Secretaría del mismo centro docente al que se desee acceder.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    En el centro donde se vaya a realizar la prueba.

    https://atenea.ha.gva.es/sara/servlet/com.hacienda.pdf.pdf417.ServletRecogidaDatosSimulador?ID_SIMUL=SIMU046-9778

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Solicitud de inscripción para la realización de las pruebas en la que el alumno/a elegirá la especialidad, o especialidades, que desea cursar.
    - Fotocopia del documento nacional de identidad.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO. Prueba específica sin requisitos (art.69.5 LOE).30

    SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS DE ACCESO. PRUEBA ESPECÍFICA

    ACREDITACIÓN DE SUPERACIÓN DE LA PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Prueba específica de acceso
    1. El ISEACV realizará al menos una convocatoria anual de la prueba específica de acceso. La prueba se realizará en los centros superiores de enseñanzas artísticas, que realizarán como mínimo una convocatoria al año. La superación de la prueba específica de acceso tendrá validez para el curso académico correspondiente.
    2. El ISEACV autorizará anualmente, a propuesta de los centros, la estructura y el contenido de la prueba específica de acceso, cuya finalidad será la valoración de los conocimientos, habilidades y aptitudes necesarios para cursar con aprovechamiento estos estudios.
    3. El tribunal determinará los contenidos de los distintos ejercicios de la prueba específica de acceso a que se refiere el anexo II de la Resolución de 13 de marzo de 2019.
    4. Asimismo publicará el calendario que contendrá las fechas de inscripción, realización de las pruebas de acceso y matriculación del alumnado.
    - Calificación
    1. La valoración de la prueba de acceso se expresará en función de una escala numérica de 0 a 10, con expresión de tres decimales que permitirá la ordenación de las solicitudes de admisión para la adjudicación de las plazas ofertadas.
    2. La superación de la prueba de acceso exige obtener una calificación igual o superior a 5,000. En caso de que la prueba de acceso se organice mediante la realización de más de una prueba, estas serán evaluadas individualmente siendo la calificación final del aspirante la resultante de la media aritmética de las diferentes pruebas realizadas, salvo que específicamente se disponga otro procedimiento en los anexos correspondientes.
    - Adjudicación de plazas
    Para la adjudicación de plazas en los centros, los aspirantes que hayan superado la prueba específica de acceso serán ordenados según las calificaciones finales obtenidas.
    Las adjudicaciones seguirán el siguiente orden de preferencia:
    1.º Aspirantes que hayan superado la prueba de acceso en el centro donde deseen cursar las enseñanzas.
    2.º Aspirantes que hubieran superado la prueba de acceso en distinto centro.
    - Tribunal
    1. Para proponer y evaluar las distintas pruebas se constituirá un único tribunal por centro, nombrado por el/la director/a del ISEACV, a propuesta del/a director/a del centro, del que formarán parte un número impar de miembros.
    2. El tribunal estará constituido por los siguientes miembros: a. El/la presidente/a. b. Un mínimo de cuatro vocales, uno de los cuales actuará como secretario/a.
    3. Cuando el número de aspirantes así lo aconseje se podrá nombrar un mayor número de vocales.
    4. La dirección del centro, en función de las especialidades, de los itinerarios y del número de aspirantes, podrá nombrar comisiones de apoyo para la realización de las pruebas cuyas funciones serán las del cuidado de aulas, corrección de exámenes así como aquellas otras que para el adecuado desarrollo del proceso, asigne el tribunal.
    - Reclamación de calificaciones
    Si una vez efectuada por el tribunal las aclaraciones solicitadas a la vista de las pruebas y demás medios que le sirvieron como elementos de juicio para calificar, se mantiene la reclamación, esta se presentará mediante escrito motivado, dirigido al/a presidente/a del tribunal dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que la calificación fue notificada públicamente.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra la resolución del presidente del tribunal se podrá interponer recurso de alzada ante el/la director/a del ISEACV en el plazo de un mes a contar desde la resolución denegatoria.

  • Información complementaria

    * CALENDARIO DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
    Las pruebas específicas de acceso de los Centros docentes de enseñanzas artísticas superiores se realizarán de acuerdo a las siguientes fechas para cada uno de los centros a los que se desee acceder:
    1. Escola Superior d'Art Dramàtic de València
    - Del 1 al 15 de julio
    2. Escola Superior de Ceràmica de l'Alcora
    - 11 de julio
    - 6 de septiembre
    3. Escola d'Art i Superior de Ceràmica de Manises
    - 28 de junio
    - 6 de septiembre
    4. Conservatori Superior de Dansa d'Alacant
    - 11 y 12 de julio
    - 5 y 6 de septiembre
    5. Conservatori Superior de Dansa de València
    - 8 y 9 de julio
    - 5 y 6 de septiembre
    6. Escola d'Art i Superior de Disseny d'Alacant
    - 18 de junio
    - 5 de septiembre
    7. Escola d'Art i Superior de Disseny d'Alcoi
    - 10 de julio
    - 5 de septiembre
    8. Escola d'Art i Superior de Disseny de Castelló
    - 19 de junio
    - 6 de septiembre
    9. Escuela de Arte y Superior de Diseño de Orihuela
    - 3 y 4 de julio
    - 4 y 5 de septiembre
    10. Escola d'Art i Superior de Disseny de València
    - 16 de julio
    11. Conservatori Superior de Música d'Alacant
    - Del 2 al 4 de julio
    - Del 4 al 6 de septiembre
    12. Conservatori Superior de Música de Castelló
    - 11 y 12 de julio
    - 6 de septiembre
    13. Conservatori Superior de Música de València
    - Del 19 al 28 junio
    - Del 4 al 6 de septiembre
    * HORARIO Y LUGAR DE REALIZACIÓN
    A partir de las 9.00 horas en el centro al que se aspire acceder
    * PLAZAS DISPONIBLES
    El ISEACV, a propuesta de los centros, determinará el número de plazas disponibles para iniciar los estudios de las distintas enseñanzas artísticas superiores. De esta oferta se hará la siguiente reserva:
    a) El 20 por ciento de las plazas disponibles, para el alumnado que tenga acceso directo.
    b) El 2 por ciento de las plazas disponibles totales de acceso de cada centro para personas aspirantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales u otros trastornos graves, con reconocimiento oficial, que hayan superado la prueba específica de acceso.
    c) Las plazas restantes se ofrecerán para el alumnado que acceda mediante la realización de la prueba de acceso.
    Las plazas que no se adjudiquen en las opciones a) y b) se acumularán a la opción c).

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas artísticas superiores y se determina el marco normativo para la implantación de los planes de estudios correspondientes a los títulos oficiales de graduado o graduada en las diferentes enseñanzas artísticas superiores, en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6517, de 10/05/11).
    - Resolución de 13 de marzo de 2019, de la dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, por la que se dictan instrucciones y convoca la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores
    - Resolución de 4 de abril de 2019, de la Dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, por la que se designa al tribunal encargado de realizar la prueba específica para personas sin requisitos académicos (art. 69.5 LOE), previsto en las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Artes Plásticas (Cerámica), Danza, Diseño y Música.

    Lista de normativa

    Ver Decreto 48/2011, de 6 de mayo

    Resolución de 13 de marzo de 2019, de la dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, por la que se dictan instrucciones y convoca la prueba de acceso a las enseñanzas artísticas superiores

    Ver la Resolución de 4 de abril de 2019, de la Dirección del Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana, por la que se designa al tribunal encargado de realizar la prueba específica para personas sin requisitos académicos (art. 69.5 LOE), previsto en las pruebas de acceso a las enseñanzas artísticas superiores de Arte Dramático, Artes Plásticas (Cerámica), Danza, Diseño y Música.

    Lista de seguimiento

    Designación Tribunal hacer prueba especifica


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