Solicitud de inscripción en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de inscripción en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana.

    Objeto del trámite

    Este registro de carácter público, tiene por objeto disponer de la información permanente y actualizada sobre los agentes sociales valencianos de la cooperación al desarrollo, garantizando la simplificación y eficacia en su acceso, como tales, a las subvenciones públicas de la Generalitat, de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    1. Todas las organizaciones no gubernamentales de desarrollo y demás agentes de la cooperación internacional al desarrollo de la Comunitat Valenciana definidas en el artículo 24.2 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 24 y 25 de dicha ley.
    2. Igualmente podrán inscribirse en este registro las entidades que cumplan los requisitos del articulo 24.3 de la ley 6/2007 de 9 de febrero de la Generalitat y que tengan sede social o delegación en la Comunidad Valenciana.
    3. La inscripción en este registro es sin perjuicio de la inscripción en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional y regulado por el Real Decreto 993/1999, de 11 de junio.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
    Y preferentemente en:

    REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE TRANSPARENCIA, RESPONSABILIDAD SOCIAL, PARTICIPACIÓN Y COOPERACIÓN
    PASEO ALAMEDA, 16
    46010 València
    Tel: 961922254

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    La inscripción se producirá a instancia de la parte interesada, mediante solicitud normalizada al efecto y en la que constaran los siguientes datos:
    1. El Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana se instalará en soporte informático, en el que deberán anotarse, para cada uno de los agentes, los siguientes datos:
    a) Los relativos a la constitución de agente social.
    b) Tipo de agente social: organización no gubernamental para el desarrollo, u otros agentes sociales o entidades que tengan entre sus fines la realización de actividades de cooperación al desarrollo.
    c) El objeto y finalidades del agente social.
    d) Órganos de gobierno y representación de la entidad, e identidad de las personas que forman parte de dichos órganos.
    e) Domicilio social y diferentes sedes o delegaciones de las que disponga.
    f) Datos de inscripción en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en el caso de que se trate de una ONGD.
    g) Fecha de extinción o disolución del agente, en su caso.
    h) Modificaciones de cualquiera de los datos que constan previamente inscritos.
    i) Cualquier otro dato que determine la normativa en vigor
    2. En la primera inscripción habrán de constar, en su caso, los siguientes datos:
    a) Número de inscripción asignado en el Registro.
    b) Fecha de inscripción.
    c) Denominación.
    d) NIF.
    e) Tipo de agente social.
    f) Domicilio social, sede central y delegación o delegaciones en la Comunitat Valenciana y, en su caso, en el resto de España.
    g) Teléfono, fax, correo electrónico y página web.
    h) Objeto y fines.
    i) Fecha de inscripción en el Registro de Organizaciones no Gubernamentales para el Desarrollo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en el caso de las ONGD.
    j) Ámbito geográfico y sectorial de actuación.
    k) Identificación de las personas promotoras o fundadoras, si son personas físicas, y la razón social si son personas jurídicas y, en ambos casos, la nacionalidad y el domicilio.
    l) Fecha de aprobación de los estatutos y de inscripción en el registro público correspondiente.
    m) Identificación de las personas que integran el órgano de gobierno.
    n) Número y relación del personal remunerado y número de personal voluntario que colabore regularmente con el agente para la realización de actividades de cooperación al desarrollo en la Comunitat Valenciana.
    o) Cualquier otro dato, cuando así lo determine la normativa en vigor.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE AGENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

    SOLICITUD DE MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN EN EL REGISTRO DE AGENTES DE LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    La solicitud de inscripción se tramitará conforme a lo establecido en la Ley 39/2015.
    MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN
    Los agentes de la cooperación internacional al desarrollo deberán comunicar cualquier modificación o actualización de los datos inscritos, en el plazo de un mes, con excepción de los reseñados en el apartado n) que deberán realizarse en el plazo de seis meses, a cuyo fin deberán presentar los documentos que lo acrediten.
    CANCELACIÓN
    La inscripción de un Agente de la Cooperación Internacional al Desarrollo en la Comunitat Valenciana podrá ser cancelada, a instancia de parte interesada o de oficio, en los siguientes casos:
    a) Por extinción o disolución de la entidad.
    b) Por incumplimiento de los requisitos exigidos en el artículo 24 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat para ser considerados Agentes de la cooperación internacional al desarrollo de la Comunitat Valenciana.
    c) Por incumplimiento de la obligación de comunicar y acreditar alguna modificación o actualización sustancial de la documentación aportada para la inscripción registral, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 del presente Decreto.
    d) Por voluntad propia.
    RESOLUCIÓN
    La persona titular del centro directivo de la Generalitat en materia de cooperación al desarrollo ostenta la competencia para dictar las resoluciones de inscripción, modificación o cancelación de este registro.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).

  • Información complementaria

    * FUNCIONES DEL REGISTRO
    a) Practicar la inscripción de los agentes de la cooperación internacional al desarrollo de la Comunitat Valenciana.
    b) La actualización de los datos registrales, y en su caso, la cancelación.
    c) Expedir certificaciones, notas informativas o copia de los asientos que constan en el Registro.
    d) Constituir un archivo de la documentación sobre las entidades que, en virtud de lo previsto en el artículo 24.4 de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, soliciten la concesión de subvenciones.
    e) Custodiar y conservar la documentación aportada por los agentes.
    f) Constituir una base de datos generales para hacer estudios y estadísticas sobre la realidad de la cooperación al desarrollo en la Comunitat Valenciana.
    g) Facilitar la consulta de los documentos y datos obrantes en el Registro, en las condiciones previstas la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
    h) Facilitar la información que le sea solicitada sobre los requisitos para la inscripción y cualquier cuestión sobre el funcionamiento del Registro.
    * EFECTOS DE LA INSCRIPCIÓN
    1. La inscripción en el Registro no tendrá efecto constitutivo.
    2. La inscripción en el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana será requisito imprescindible para que dichos agentes puedan recibir subvenciones de la Generalitat en esta materia.
    3. La inscripción y cancelación tendrán efectos desde la fecha de la resolución que las acuerde.
    4. La inscripción eximirá de presentar la documentación que ya conste en el Registro en los procedimientos de solicitud de las subvenciones previstas en el artículo 23.2.d) de la Ley 6/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, según se establezca en la correspondiente normativa reguladora.

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Decreto 39/2009, de 6 de marzo, del Consell, por el que se regula el Registro de Agentes de la Cooperación Internacional al Desarrollo de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 5971, de 10/03/09).
    - Ley 18/2017, de 14 de diciembre, de la Generalitat, de cooperación y desarrollo sostenible (DOGV nº 8191, de 15/12/2017).

    Lista de normativa

    Ver Decreto 39/2009, de 6 de marzo

    Ver Ley 18/2017, de 14 de diciembre


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.