Generalitat de Cataluña

  • Las personas o las entidades privadas que pretendan exhibir o subastar públicamente objetos de joyería, platería, antigüedades u obras de arte, en locales o establecimientos no dedicados habitualmente a estas actividades, deben comunicarlo previamente a:

    • La Dirección General de Administración de Seguridad del Departamento de Interior cuando tengan lugar en el área de Barcelona.
    • El Servicio Territorial del Departamento de Interior correspondiente en caso de que tengan lugar en los otros territorios.
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    A quién va dirigido

    A personas o entidades privadas organizadoras de exhibiciones o subastas públicas ocasionales.

    Comunicar exhibiciones y subastas

    Plazos

    La comunicación debe presentarse con una antelación que en ningún caso puede ser inferior a los 15 días hábiles a la fecha prevista de realización de la exhibición o la subasta.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Una vez recibida la comunicación, la Dirección General de Administración de Seguridad o el Servicio Territorial del Departamento de Interior la enviará a la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra a fin de que ésta compruebe las características del local en función de los objetos a exhibir o subastar y emita un informe en relación con las medidas de seguridad y vigilancia a adoptar, si procede.

    Por internet

    Instrucciones para rellenar el formulario

    1. El sistema validará los datos comprobando los que son obligatorios. Si se detectan errores en los datos introducidos o faltan datos obligatorios, el sistema avisará mediante el mensaje de error correspondiente.
    2. Una vez validado el proceso y los datos, el sistema generará un recibo (que contiene, entre otros datos, el número de registro y el día y la hora de presentación) que acredita que el documento ha quedado registrado en el sistema correctamente.
    3. El formulario contiene un anexo obligatorio de datos específicos, donde se deben relacionar los objetos que se tienen que exhibir o subastar y el valor económico del conjunto. Este anexo obligatorio se tiene que cumplimentar y tramitar conjuntamente con el formulario de solicitud.
    4. No hay que firmar el formulario, pero si que hay que firmar el envío mediante:

     

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • El objetivo de este programa es favorecer el crecimiento de la pequeña y mediana empresa (PYME) mediante el asesoramiento experto y acompañamiento en los diferentes ámbitos que inciden en la competitividad de la empresa para que ésta profesionalice su gestión, innove, sea exportadora regular y consiga incrementar sus resultados en términos de facturación, exportación y número de trabajadores.

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    Plazo: hasta el 23 de diciembre de 2014 o agotamiento de presupuesto.

    A quién va dirigido

    A pequeñas y medianas empresas con establecimiento operativo en Cataluña con actividad en el sector industrial, comercial o de servicios y con voluntad y capacidad de crecimiento.

    1. Empresas a partir de 4 años de vida (a la fecha de la solicitud).
    2. Empresas con un mínimo de 10 y un máximo de 250 trabajadores.
    3. Empresas que facturen al menos 1 millón de euros y un máximo de 50 millones de euros en el último ejercicio cerrado.
    4. Pertenezcan a un ámbito sectorial estratégico identificado en la estrategia de especialización inteligente (RIS3).
    5. Dispongan de capacidad financiera para afrontar el crecimiento. A tal efecto, se excluirán las empresas que:
      • Tengan fondos propios negativos en el ejercicio cerrado previo a la presentación de la solicitud.
      • Que el beneficio neto / importe neto de la cifra de negocios sea inferior al -5% durante los dos ejercicios cerrados anteriores a la presentación de la solicitud.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 23 de diciembre de 2014, o hasta agotar el presupuesto.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Cuestionario técnico del proyecto en un documento pdf.
    2. Escritura de constitución o de adaptación de estatus debidamente registrada, en el caso de que ésta no esté inscrita en el Registro mercantil o de cooperativas.
    3. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad solicitante, en caso de que éste no esté inscrito en el Registro Mercantil.
    4. Declaración conforme no se ha recibido ni solicitado ninguna otra ayuda para los mismos gastos subvencionables, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.
    5. Si hay, detalle de las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso, especificando la cuantía, la fecha de concesión y el ente otorgante.

    La documentación adicional mencionada en los puntos 4 y 5 forma parte del impreso de solicitud.
    En el caso de que alguno de estos documentos ya haya sido presentado en convocatorias anteriores de ACCIÓ, no es necesaria su presentación en esta convocatoria siempre que el solicitante presente una declaración responsable donde se especifiquen estos documentos, la fecha en que se presentaron en ACCIÓ y se haga constar que siguen siendo vigentes.
    La firma de la solicitud implica la autorización a la Administración de la Generalidad de Cataluña para la función de comprobación de oficio de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña y de las obligaciones con la Seguridad Social por parte del solicitante.

    Requisitos

    1. En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalitat de Catalunya 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94, de 20.4.2005); el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el cual se regulan los enclaves laborales (BOE nº. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC nº. 3196, de 2.8.2000).
    2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat de Catalunya, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
    3. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
    4. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 90 bis, apartados a), b), c), d) y e) y 92.2.i) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
    5. No haber sido sancionadas, en resolución firme, para la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
    6. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

    El cumplimiento de estos requisitos se tendrá que acreditar mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    En la solicitud los beneficiarios deberán firmar declaración jurada conforme, para confirmar que:

    • El gerente participará en una reunión previa antes del inicio del programa con el equipo gestor del mismo.
    • El equipo directivo de la empresa participará en la sesión de modelo de negocio prevista en el marco del programa.
    • La empresa tiene voluntad de crecer un mínimo del 5% en facturación.

    Quedan excluidas del programa:

    • Las empresas que hayan recibido una ayuda de ACCIÓ a través de la convocatoria del Programa Expansiona't de la Resolución EMO/797/2014 de 2 de abril de 2014 y las empresas que hayan recibido una ayuda de ACCIÓ a través de la convocatoria del Programa de Crecimiento y Diversificación de Mercados (Programa Expansiona't 2013) de la Resolución EMO/2301/2013 de 29 de octubre 2013, sólo en el caso de que quieran realizar proyectos del mismo ámbito.

    El programa consta de 4 fases:

    Fase 1: Sesión de trabajo individual (workshop) de Modelo de negocio
    El equipo directivo de la empresa debe participar en una sesión de trabajo para analizar su modelo de negocio. Durante una mañana los consultores de ACCIÓ liderarán la sesión para conocer la estrategia global de la empresa y su situación actual, a través de la metodología Business Model Canvas, de análisis de modelo de negocio. El objetivo de la sesión es identificar las áreas de mejora de la empresa y priorizar el proyecto a implementar que permitirá a la empresa dar un salto cualitativo en términos de crecimiento.

    Fase 2: Analisis y definición del proyecto
    En base a las conclusiones obtenidas en la fase 1, la empresa tiene que escoger uno de los 7 proyectos posibles:

    1. Gestión y estrategia empresarial: Marketing y Ventas (incluido marketing digital).
    2. Gestión y estrategia empresarial: Operaciones y logística.
    3. Gestión y estrategia empresarial: Organización y RRHH.
    4. Gestión y estrategia empresarial: Finanzas y control de gestión.
    5. Gestión y estrategia empresarial: Estrategia (elaboración de un plan estrategico).
      • Objectivo: Los proyectos de gestión y estrategia empresarial tienen por objetivo implementar mejoras en la gestión empresarial que contribuyan significativamente a la mejora de los resultados de la empresa.
      • Metodología: La empresa escogerá el asesor externo (acreditado por ACCIÓ) experto en gestión o en estrategia que implementará el proyecto. Una vez identificado el asesor, se realizará una segunda sesión individual donde participará el equipo directivo de la empresa, el asesor elegido y el equipo de consultores de ACCIÓ. El objetivo de esta sesión es definir el modelo de negocio a medio plazo con el fin de que el proyecto de mejora a realizar contribuya a alcanzar los objetivos marcados por parte de la empresa, esté alineado y sea coherente con el modelo a futuro.
    6. Crecimiento internacional: Para poder realizar esta tipología de proyecto las empresas beneficiarias deben exportar más del 15% de su facturación y disponer de personal dedicado total o parcialmente a la exportación.
      • Objectivo: El objetivo es llevar a cabo un proyecto de internacionalización en un mercado concreto ya sea introduciendo en un nuevo mercado o bien profundizando en la estrategia de internacionalización en un mercado donde la empresa ya está presente.
      • Metodología: Se realizará una segunda sesión donde participará el equipo directivo de la empresa, el director de Exportación (imprescindible), y el equipo de consultores de ACCIÓ, para debatir y contrastar la estrategia internacional de la empresa mediante la revisión y actualización de su plan de crecimiento internacional, de manera que se identifiquen los mercados exteriores con mayor potencial.

      La empresa seleccionará un máximo de 3 mercados de los que quiere obtener información de primera mano y contrastar su potencial con los directores de los Centros de Promoción de Negocio de ACCIÓ, expertos de mercado en destino.
      La empresa escogerá uno de los mercados para implementar el proyecto. Antes del inicio de la fase 3 se definirá con el Consultor de ACCIÓ, experto en el mercado elegido, el alcance del Plan de Actuaciones que el Centro de Promoción de Negocios llevará a cabo en el marco del programa.
    7. Innovación en desarrollo de producto
      • Objectivo: El objetivo del proyecto es apoyar a la empresa en establecer una metodología de gestión de la innovación para sistematizar y mejorar la gestión de la cartera de productos de la empresa, ya sea con el lanzamiento de nuevos productos como de la revisión de los ya existentes. Se excluye el desarrollo de un producto.
      • Metodología: Se realizará una segunda sesión donde participará el equipo directivo de la empresa y el equipo de consultores de ACCIÓ. El objetivo de esta sesión es analizar el proceso de gestión de la innovación de la empresa, establecer una metodología que permita desarrollar productos de manera más eficiente y definir el plan de actuaciones a realizar en el proyecto de implementación que permita alcanzar los objetivos marcados por parte de la empresa.

      La empresa escogerá el asesor externo experto en innovación (acreditado por ACCIÓ) que implementará el proyecto.

    Fase 3: Implementación del proyecto

    • Proyectos de gestión y estrategia empresarial: la empresa dispone de 120 horas de asesoramiento externo para implementar proyectos de mejora en una de las siguientes áreas: Marketing y Ventas, Operaciones y logística, Organización y RRHH, Finanzas y control de gestión y Estrategia (elaboración de un plan estratégico). Los proyectos de Marketing y Ventas que requieran la definición e implementación de actuaciones en el ámbito del marketing digital, tienen la opción de utilizar parte o la totalidad de las 120 horas de asesoramiento externo para este tipo de actuaciones.

    • Proyectos en el ámbito del Crecimiento Internacional: la empresa dispone de 120 horas de dedicación de un Centro de Promoción de Negocios de ACCIÓ para realizar las acciones necesarias para introducirse o consolidarse en un mercado exterior (búsqueda de canales de comercialización o aprovisionamiento, implantación de la empresa en el mercado, estudios o prospección de mercado, selección de personal, seguimiento de contactos, entre otros).

    • Proyectos en el ámbito de la innovación en desarrollo de producto: la empresa dispone de 120 horas de asesoramiento externo para establecer una metodología de gestión de la innovación en el desarrollo de producto.


    La duración de los proyectos será de 4 meses.
    Durante la fase de implementación de proyecto se hará mínimo una reunión de seguimiento por parte de los consultores de ACCIO.

    Fase 4: Sesiones colectivas de presentación de proyectos.
    Una vez finalizados los proyectos se organizarán sesiones colectivas en las que el/la director/a general o el/la gerente de cada empresa presentará los resultados obtenidos en el desarrollo del proyecto. El objetivo es compartir experiencias y conocimientos en el ámbito de la internacionalización, la innovación y la gestión empresarial entre las empresas participantes (sin que sean competencia).

    Intensidad de la ayuda

    En las fases 1, 2 y 4 se subvenciona el 100% del coste del servicio, valorado en 2.000 ?.
    En la fase 3, se subvenciona el 60% del coste del servicio, valorado en ? 7,800 (coste por la empresa de 3.120 ?).
    Observaciones
    A lo largo de la duración del programa, las empresas podrán disfrutar de los servicios que ofrece ACCIÓ tales como: diagnóstico de los canales digitales, apoyo en la búsqueda de financiación, apoyo en la incorporación de talento, sesiones colectivas para ámbitos sectoriales o retos estratégicos, diagnosis de gestión de la innovación (IMP3rove), análisis de las capacidades tecnológicas.
    Para proyectos de gestión y estrategia empresarial, no se consideran subvencionables los siguientes proyectos:

    • Las actuaciones destinadas a la simple reducción de costes en la actividad económica habitual de la empresa.
    • Los estudios y los analisis sin implantación.
    • La implantación de sistemas de información.
    • Los estudios de mercado.
    • El EFQM o cualquier sistema de certificación.
    • Innovaciones de producto.

    Esta línea se acoge al Reglamento (UE) n. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352 de 01.24.2013) y el Reglamento (UE ) n. 875/2007 de la Comisión, de 24 de julio de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas de mínimis en el sector pesquero.
    Los ámbitos sectoriales estratégicos identificados en la estrategia de especialización inteligente (RIS3) son: Industria Agroalimentaria, Industrias de la Química, Energía y Recursos, Industrias de la Movilidad Sostenible, Industria del Diseño, Industrias Culturales y basadas en la Experiencia, Industrias de la Salud y Ciencias de la Vida, Sistemas Industriales. Para más información consultar: www.accio.gencat.cat/cat/empresa-ACC1O/politica-industrial-sectorial

    Plazos

    Del26.07.2014al 23.12.2014

    Se recomienda encarecidamente mantener una entrevista previa a la presentación de la solicitud con los consultores de ACCIÓ:
    expansionat.accio@gencat.cat

    Por internet

    Manual de instrucciones para instalar, configurar y utilizar la aplicación de solicitud
    Las solicitudes se tendrán que formalizar con los impresos normalizados que están disponibles en la web de ayudas de ACCIÓ.
    Esta posibilidad no excluye la obligación de presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de la solicitud, a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').
    Consultar el horario de registro de documentación

    Por correo postal

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').
    Consultar las instrucciones para el registro administrativo

  • El consumo de explosivos para la realización de voladuras especiales requiere la autorización del órgano competente. El peticionario deberá presentar un proyecto de voladura especial, firmado por un técnico titulado de minas y visado por el colegio correspondiente.
    Se podrán aceptar proyectos tipo, cuando las voladuras especiales constituyan una actividad repetitiva, respetando en todas ellas los parámetros técnicos y medidas previstas en la primera voladura.
    Una vez esté aprobado este consumo de explosivos, la ejecución de cada voladura debe estar dirigida por un técnico titulado de minas, responsable de la misma.

    Leer más

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

    A quién va dirigido

    A empresas que utilicen explosivos para la realización de voladuras especiales.

    Organismo responsable

    Normativa

    Aprobar un proyecto de uso de explosivos

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación a adjuntar a la solicitud:

    Documentación

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la oficina OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez se dispone de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalidad de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    Los proyectos deben contener:

    1. Construcciones, vías de comunicación, depósitos y conducciones de fluidos, sistemas de transporte, centros de producción o transformación de energía eléctrica, líneas de transporte y distribución de energía y en general, cualquier tipo instalación susceptible de influencia directa por la voladura , donde la distancia emplazamiento previsto está comprendido entre determinados valores (relacionados en la ITC 10.3.01).
    2. Planes de tiro.
    3. Horario y plazo previsto para las voladuras, así como las medidas de seguridad adoptadas. En caso de empresas que habitualmente ejecuten voladuras, esto se puede sustituir por la disposición interna de seguridad.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE), así como a las oficinas de registro de entrada.

    Por correo electrónico

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE), así como a las oficinas de registro de entrada.

  • Para poder instalar máquinas de tipo B o recreativas con premio, o de tipo C o de azar; para su explotación; para darlas de baja, o para llevar a cabo otros trámites que están relacionados, la normativa vigente describe los diversos procedimientos preceptivos que deben seguirse para obtener los permisos, comunicaciones, etc.

    Las máquinas de tipo B o recreativas con premio se pueden instalar en los espacios siguientes: salones de juego; dependencias habilitadas al efecto en salas de bingo autorizadas; locales autorizados a instalar máquinas de tipo C; establecimientos de hostelería, de restauración oa otros establecimientos con características similares. También se pueden instalar en los establecimientos que se dedican a las actividades siguientes: bar musical; restaurante musical; discoteca; sala de baile; sala de fiestas con espectáculo; café teatro y café concierto; establecimientos de régimen especial, y establecimientos públicos con reservados anexos.

    Las de tipo C o de azar, sólo se pueden instalar en las zonas que tienen habilitadas los casinos de juego para este fin.

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    Video tutorial de tramitación

    A quién va dirigido

    A las empresas operadoras titulares de máquinas inscritas en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar y los establecimientos que tienen instaladas máquinas recreativas con premio y de azar o que quieren instalar.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la suspensión temporal de máquinas de tipo B y C

    Plazos

    La solicitud de suspensión temporal deberá presentarse con una antelación mínima de 15 días hábiles respecto de la fecha en que debe ser efectiva la suspensión temporal.

    Documentación

    Se debe aportar el justificante de pago de la tasa.

    Requisitos

    1. La empresa titular de la máquina debe estar inscrita en el Registro de empresas de máquinas recreativas y de azar como empresa operadora de máquinas recreativas y de azar.
    2. La máquina debe ajustarse a uno de los modelos homologados por la Dirección General de Tributos y Juego e inscritos en el Registro de modelos de esta Dirección General.
    3. El permiso de explotación debe estar vigente.
    4. El número de permisos de explotación respecto de los cuales se puede conceder la suspensión temporal para cada empresa operadora no puede ser superior al 20% del total de máquinas que tiene autorizadas.
    5. En el caso de empresas que disponen de un número de permisos de explotación inferior a cinco, se puede autorizar la suspensión temporal de un permiso.
    6. Al inicio del trimestre correspondiente, la máquina recreativa con premio o de azar debe estar almacenada.

    Tasas

    Por Internet

    El importe de la tasa es de 53,20 ?.

    Presencialmente

    El importe de la tasa es de 59,10 ?.

    Tipos de máquinas

    Son máquinas tipo B, o recreativas con premio, las que a cambio del precio de la partida ofrecen a la persona usuaria un tiempo de utilización y, eventualmente, de acuerdo con el programa de juego, un premio en metálico.

    Son máquinas de tipo C, o de azar, las que, a cambio del precio de la partida, ofrecen al usuario un tiempo de utilización y, eventualmente, un premio que depende siempre del azar.

    Por internet

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Solicitar la autorización de la instalación de máquinas en locales de hostelería, restauración o en locales similares

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    1. Los planos del local suscritos por una persona facultativa competente, donde se exprese el lugar, situación y superficie útil del local y la ubicación de las máquinas. En el caso de los recintos feriales, hoteles, campings y salones deportivos, en los planos debe constar la efectiva existencia de un local o dependenciaexpresamente habilitado para la instalación de las máquinas; también se haráconstar la situación y superficie útil del local y la ubicación y el número de máquinas que se quieren instalar.
    2. Un documento que acredite la disponibilidad del local (original y copia, o copia compulsada).
    3. En caso de que la persona titular sea una persona jurídica, la escritura de constitución, debidamente inscrita, y la identificación de sus componentes (original y copia, o copia compulsada). Los documentos que acreditan que se ha sollicitado la licencia municipal o que se ha presentado la comunicación previa correspondiente, de acuerdo con lo que dispone la normativa sobre espectáculos públicos y actividades recreativas (original y copia, o copia compulsada).
    4. Justificante de pago de la tasa administrativa correspondiente.

    Requisitos

    La persona solicitante debe ser titular de un establecimiento que se ajuste a alguna de las siguientes tipologías:

    1. Que se dedique a la hostelería, la restauración o que tenga características similares.
    2. Que se dedique a la actividad de bar musical, bar restaurante, discoteca, sala de baile, sala de fiestas con espectáculo, café teatro o café concierto, establecimiento de régimen especial o establecimiento público con reservados anexos.

    Tasas

    El importe de la tasa es de 59,10 ?.

    Altres Informacions

    En este tipo de establecimiento, se pueden instalar máquinas de tipo B.

    Según el tipo de establecimiento, el número máximo de máquinas que se pueden instalar y explotar es el siguiente:

    • Dos máquinas tipo B en que pueda intervenir una sola persona jugadora, indistintamente, o bien una de tipo B en los que puedan intervenir como máximo dos personas jugadoras, en los establecimientos de hostelería, restauración y otros de características similares y también en establecimientos dedicados a las actividades de bar musical, restaurante musical, discoteca, sala de baile, sala de fiestas con espectáculo, café teatro y café concierto, establecimientos de régimen especial y establecimientos públicos con reservados anexos.
    • En este mismo tipo de establecimiento, si la superficie útil es superior a los 50 metros cuadrados, se pueden instalar hasta tres máquinas tipo B en que pueda intervenir una sola persona jugadora, indistintamente, o bien una de B en que pueda intervenir una sola persona jugadora y otra de tipo B en la que puedan intervenir como máximo dos personas jugadoras.


    Régimen de las autorizaciones de instalación:

    Las autorizaciones para la instalación de máquinas tienen validez mientras tenga la licencia municipal de apertura del establecimiento.
    Pueden ser revocadas por pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento.
    Los cambios de titularidad de los establecimientos requieren la obtención de una nueva autorización de instalación.
    La falta de actividad en el local durante más de un año supone el inicio de un expediente de cancelación de la autorización de instalación.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Rescindir una autorización de emplazamiento de máquinas de tipo B y C

    Plazos

    La rescisión se puede formalizar en cualquier momento de la vigencia del autorización de emplazamiento.

    Documentación

    Presencialmente:

    Las dos copias de la autorización de emplazamiento objeto de rescisión (ejemplar para conservar el local y ejemplar para la empresa operadora).
    Justificante de pago de la tasa

    Requisitos

    • Debe estar vigente una autorización de emplazamiento.
    • La rescisión debe estar suscrita por la empresa operadora titular de la máquina y por la persona titular de la autorización de instalación del local, con reconocimiento de firma de esta última. El reconocimiento de firma no es necesario en caso de que coincidan ambos titulares.

    Tasas

    Por Internet

    El importe de la tasa es de 53,20 ?.

    Presencialmente:
    El importe de la tasa es de 59,10 ?.

    Otras informaciones

    • La rescisión de la autorización de emplazamiento de máquinas recreativas o de azar se puede formalizar en cualquier momento mientras esté vigente la autorización de emplazamiento.
    • La rescisión de la autorización de emplazamiento requiere el acuerdo mutuo entre la empresa operadora y el titular del establecimiento.

    Tipo de máquina

    • Tipo B, o recreativas con premio: son las que, a cambio del precio de la partida, ofrecen al usuario un tiempo de utilización y, eventualmente, de acuerdo con el programa de juego, un premio en metálico.
    • Tipo C, o de azar: son las que, a cambio del precio de la partida, ofrecen al usuario un tiempo de utilización y, eventualmente, un premio que depende siempre del azar.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Solicitar cambio de titularidad de máquinas de tipo B y C

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Por Internet (actualmente este canal no está operativo).
    Presencialmente:

    1. Los dos ejemplares del permiso de explotaciónde la máquina y de la comunicaciónde alta de máquina (ejemplar para la empresa operadora y ejemplar para incorporar a lamáquina).
    2. El original, o copia compulsada, del contrato de transmisión de la máquina.
    3. La solicitud de autorización de emplazamientoo comunicaciónde emplazamiento
    4. El justificante de pago de la tasa.

    En caso de que con el cambio de titularidad se produzca la rescisión de la autorización deemplazamiento actual de la máquina,hay que aportar,al mismo tiempo, la documentación correspondiente a la rescisión de la autorizaciónb de emplazamiento.

    Tasas

    Presencialmente

    El importe de la

  • Para tramitar las solicitudes de exportación, el órgano competente de la Generalitat de Cataluña es la Dirección General de Archivos, Bibliotecas, Museos y Patrimonio, a través de la Subdirección General de Archivos y Museos.
    Para finalizar el expediente el plazo es de 3 meses, que se comparten entre la administración de la Generalitat de Catalunya y la administración del Estado.

    Leer más

    Es conveniente presentar las solicitudes de exportación temporal con la suficiente antelación.

    A quién va dirigido

    Al propietario del bien o al representante debidamente autorizado.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la exportación

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    • La solicitud debe ir acompañada de documentación gráfica.
    • Las peticiones de exportación temporal procedentes de un museo, una biblioteca, un archivo u otras instituciones públicas deberán incluir también: un informe favorable de la Dirección de la Institución, un informe sobre las características y el estado de conservación del bien, las medidas de seguridad concertadas, las características técnicas de la sala de exposición y los datos relativos al transporte y al seguro.

    Tasas

    La autorización de una exportación definitiva fuera de la Unidad Europea está sujeta a unas tasas regladas que gestiona y recauda el Ministerio de Cultura, a través de la Subdirección General del Patrimonio Histórico.

    Otras informaciones

    Es necesaria la autorización expresa y el control de aduanas, para la salida temporal o definitiva del territorio español -con destino en todos los países del mundo, incluidos los integrantes de la Unión Europea- de los siguientes bienes culturales:

    1. Bienes integrantes del patrimonio cultural catalán y/o del patrimonio histórico español que tengan 100 años, o más, de antigüedad.
    2. Bienes inscritos, o con expediente incoado para la inscripción, en el Catálogo del Patrimonio Cultural Catalán y/o en el Inventario General de bienes del patrimonio histórico español.

    También se podrá autorizar la salida temporal de los bienes siguientes:

    1. Bienes culturales de interés nacional y/o bienes de interés cultural, o que tengan incoado expediente para su declaración.
    2. Bienes declarados inexportables como medida cautelar hasta su inclusión en alguna de las categorías de protección del patrimonio cultural.

    Con respecto a los trámites de Comercio y de Aduanas, es preciso dirigirse a los siguientes organismos:

    1. Delegación de Comercio o Cámara de Comercio.
    2. Dirección General de Aduanas.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • Son elementos de sensibilización que, de forma lúdica y divertida, ayudan a comunicar los conceptes básicos de la recogida selectiva y fomentan la participación de la población. Los elementos disponibles son:

    • L'inflable per reciclar saltant
    • El Pop del Reciclatge
    • Orgànica
    • Dóna la volta, del residu al recurs
    • Experiències d'autocompostatge a Catalunya
    Leer más

    El Pop del reciclatge sólo se puede reservar telefónicamente.

    A quién va dirigido

    A entidades y administraciones locales de Cataluña.

    Organismo responsable

    Solicitar

    Plazos

    Aquest tràmit es pot sol·licitar en qualsevol moment

    Tasas

    No hi ha taxes associades a aquest tràmit

    Por internet

    Hoja de aceptación.

    Por teléfono

    Antes de rellenar el formulario es necesario llamar primero a la Agència de Residus de Catalunya, Departament de Comunicació tlf. 935 673 300

  • Es necesario realizar la inscripción de la extinción de una fundación privada en el Registro de fundaciones.

    Leer más

    Si el trámite se hace en línea tiene una reducción del 50%.

    A quién va dirigido

    A las fundaciones privadas que estén inscritas en el Registro de Fundaciones.

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribir la extinción

    Plazos

    1. Se puede solicitar en cualquier momento.
    2. El plazo para presentar la documentación es de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud.
    3. Una vez generada la carta de pago, hay que hacer el ingreso de la tasa en el plazo de 10 días hábiles. Si transcurrido este plazo no se ha abonado el importe correspondiente, se entenderá la petición como desestimada y se cerrará el procedimiento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Certificación de los acuerdos relativos a la extinción de la fundación, tomados por el Patronato en la reunión convocada al efecto. Deben constar, al menos, los siguientes extremos:
      • Lugar y fecha de la reunión.
      • Puntos aceptados como orden del día.
      • Nombre y apellidos de los patronos asistentes a la reunión.
      • Transcripción de los acuerdos y forma de aprobación (unanimidad, mayoría absoluta, etc.).
      • Causa legal de la disolución de la fundación y de los elementos de juicio que ha tomado en consideración el patronato a la hora de acordarla, teniendo en cuenta de que se han de subsumir en una de las causas legales establecidas y que no es procedente esuperarla con la modificación de la finalidad fundacional.
      • Designación de la entidad que se propone como adjudicataria del remanente patrimonial de la fundación. Se consignará todos sus datos identificativos, y en caso de que la entidad benificiaria no esté inscrita en uno de los registros de la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, se presentará la copia de los estatutos y la composición de el órgano de gobierno vigente.
      • Resumen de los asuntos tratados y de las intervenciones de las que se haya solicitado constancia.
    2. Certificado de la constitución del órgano liquidador, del inventario y del balance referidos al día del comienzo de la liquidación (artículo 314-6.1 del Codi civil de Catalunya), con la justificación de las diferencias que pueda haber con las últimas cuentas anuales presentadas al Protectorado. (1) En el supuesto de que haya trabajadores afectados, se especificarán y concretar las medidas previstas por el órgano liquidador para garantizar sus derechos, así como el contenido del acuerdo con sus representantes (en caso de que se haya llegado) o el estado de las negociaciones que se lleven a cabo (en el caso que no sea así).
    3. Certificado del órgano liquidador (2) sobre: ??a) La publicación del acuerdo de disolución de la fundación en liquidación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya ya dos diarios de máxima difusión en la provincia o la comarca donde la fundación en liquidación tenga su domicilio. En esta publicación se expresará el derecho de los acreedores de la entidad a obtener el texto íntegro del acuerdo y formular observaciones, aportar información u oponerse a su ejecución, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la fecha que se publique. b) Si se ha formulado alguna manifestación o no respecto de la extinción, en caso afirmativo, el certificado debe recoger íntegramente (3).
    4. Certificado del acuerdo por el que la entidad propuesta como adjudicataria acepta el remanente resultante de la realización de los bienes de la fundación en liquidación o cesión global de los activos y pasivos de la fundación en liquidación, con la condición suspensiva de que el Protectorado autorice llevar a cabo la adjudicación antes no se ejecute.
    5. Las cuentas finales de liquidación (resultantes de las operaciones de liquidación).
    6. Certificado mediante el cual el patronato haga constar que aprueba las cuentas finales de liquidación y la gestión del liquidador.
    7. Solicitud de cancelación de los asientos en el Registro de Fundaciones de la fundación en liquidación (artículo 314-6.2.dif del Codi civil de Catalunya).

    __________

    (1) Estos documentos se ajustarán a las normas del Plan General de Contabilidad y sus adaptaciones sectoriales.

    (2) Sólo se presentará si la liquidación se realiza por medio de la cesión global de activos y pasivos.

    (3) Junto con el certificado, deberá presentarse una fotocopia de la publicación hecha en los dos diarios de máxima difusión en la provincia o la comarca donde la fundación en liquidación tenga su domicilio.

    Requisitos

    1. Ser miembro del Patronato.
    2. Ser persona interesada con plena capacidad de actuar.
    3. Ser representante de las personas indicadas.
    4. Los cargos de los patrones deben ser vigentes.

    Tasas

    157,50 ?

    El pago de la tasa se puede hacer en los cajeros automáticos Servicaixa o por internet, mediante la opción de pagos en línea de la web de CaixaBank. Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante.
    La justificación del pago de la tasa sólo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio. Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se tiene que volver a pagar la tasa.
    En el caso de la Oficina de Atención Ciudadana de Girona, además de hacer el trámite se puede realizar el pago de la tasa.

    Otras informaciones

    1. La disolución es un procedimiento normalmente complejo, tanto por su contenido como por las formalidades que legalmente se deben seguir. Por este motivo el Protectorado tiene entre otras funciones, la de asesorar a los órganos de gobierno para el cumplimiento de sus obligaciones.
    2. El procedimiento de disolución debe ceñirse a lo dispuesto en la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas (en adelante CCC), modificada por la Ley 7/2012, de 15 de junio, de modificación del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, así mismo, se ajustará a lo dispuesto en los estatutos de la fundación, y, en su caso, la normativa de la entidad cesionaria.
      Respecto del CCC, tienen un relieve especial los artículos 335-4, 335-5, 335-6, 336-2, 314-4, 314-5 (1), 314-6, 314-7 y 314-8.
      La disolución de la persona jurídica abre el período de liquidación, hasta cuyo fin la entidad conservará su personalidad jurídica. Durante este período, la persona jurídica debe identificar en sus relaciones de tráfico como "en liquidación" (artículo 314-4.1 del CCC).
      La acreditación del acuerdo de disolución se realizará mediante un certificado de la fundación en el que se especifiquen los aspectos jurídicos y económicos que llevan a constatar la existencia de una de las causas legales de disolución. Asimismo, deberá acreditarse la constitución formal del órgano liquidador y todas las actuaciones que está obligado a llevar a cabo.
      Según el artículo 335-6, en relación con el artículo 314-4.2, ambos del CCC, resulta que la liquidación que toda disolución conlleva puede llevarse a cabo mediante la realización de los bienes de la entidad o de la cesión global de activos y pasivos. Para esta última modalidad, el artículo 314-7 dispone que el acuerdo de cesión se publicará en los términos que reglamentariamente se establezcan.
      Mientras no se publique este reglamento, se puede entender por analogía de lo dispuesto por el artículo 314-1.5 del CCC que el acuerdo de disolución con liquidación mediante la cesión global de activos y pasivos se publicará en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y en dos diarios de máxima difusión en la provincia o la comarca donde la fundación en liquidación tenga su domicilio, y deberá expresar el derecho de los acreedores de la entidad a obtener el texto íntegro del acuerdo y oponerse.
      Esta publicación se tiene que acreditar ante el Protectorado. Además, se debe aportar un certificado de la fundación en liquidación en la que conste si se ha formulado o no manifestación alguna al respecto de dicha extinción, y, en caso afirmativo, el certificado deberá recogerlo íntegramente. Sin embargo, para la disolución con liquidación mediante la realización de los bienes de la fundación en liquidación, el Código civil de Cataluña no prevé ningún tipo de publicación.
    3. La fundación debe haber cumplido todas las obligaciones legales respecto del Protectorado, como la presentación de las cuentas anuales o la inscripción de las modificaciones del Patronato en el Registro de Fundaciones.
    4. La disolución de la fundación, la tiene que solicitar expresamente una persona legitimada para hacerlo.

    ____________

    (1) El apartado 3 del artículo 314-5 ha sido derogado por la Ley 7/2012, de 15 de junio, de modificación del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Para rellenar correctamente el formulario debe disponer del software Adobe Reader (versión 9.1 o superior)

    Consulte cómo descargar formularios en PDF
    Consulte cómo configurar el Adobe Reader
    Se puede presentar en los lugares citados en Puntos de tramitación y también por algunas de las vías previstas por el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    En el caso de la Oficina de Atención Ciudadana de Girona, además de hacer el trámite se puede realizar el pago de la tasa.

  • La fianza de restauración tiene por objeto garantizar la protección del medio ambiente y la ejecución de los trabajos de restauración incluidos en la correspondiente autorización.
    La fianza que debe estar depositada se revisa anualmente para que sea proporcional al riesgo ambiental que conlleva la actividad. Esta revisión puede dar lugar a un retorno parcial o que se tenga que constituir un depósito complementario.
    En el transcurso de la explotación cuando se produce una duplicidad de la fianza, por cambio de titular, cambio de aval u otros motivos, se llevarán a cabo los trámites de retorno de la fianza duplicada.
    A la finalización de la actividad, la Administración debe comprobar, a instancia del titular, que la restauración se ha realizado correctamente, y que se puede iniciar el plazo de garantía establecido en la autorización, posteriormente, una vez transcurrido este plazo se debe comprobar que la restauración se ha desarrollado favorablemente y, por tanto, se puede devolver la fianza.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A personas físicas o jurídicas titulares de una autorización minera vigente.

    Organismo responsable

    Normativa

    Revisar la fianza

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Habrá que presentar planos de la explotación en caso de que el titular no tenga que presentar el Plan de labores del año en curso.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    El titular puede aportar documentación adicional si lo considera oportuno.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Solicitar la visita de inspección final

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    El titular puede aportar la documentación adicional que considere oportuna.

    Tasas

    172,15?

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Devolver la fianza

    Plazos

    Aquest tràmit es pot sol·licitar en qualsevol moment

    Requisitos

    Los titulares pueden aportar una copia de la transmisión de la autorización minera o copia del resguardo de la fianza. Si no lo hacen la Administración ya lo comprobará de oficio.

    Tasas

    No hi ha taxes associades a aquest tràmit

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • La Ficha de aceptación (FA) es el documento normalizado que, para cada tipo de residuo, debe suscribirse entre el productor o poseedor de residuos y la empresa gestora.

    Documentos de seguimiento del transporte de residuos:

    • La Hoja de Seguimiento (FS) es el documento que debe acompañar cada transporte individual de residuos a lo largo de su recorrido.
    • La Hoja de Seguimiento Itinerante (FSI) es el documento de transporte de residuos que permite la recogida con un mismo vehículo y de forma itinerante de hasta un máximo de veinte productores o poseedores de residuos. Es el documento que se adjunta a los transportes itinerantes de residuos.
    • El Justificante de recepción de residuos (JRR) es el albarán que entrega el gestor de residuos al recibir cantidades inferiores a las especificadas en el anexo 1 que no estén documentadas en la Hoja de Seguimiento FS
    • Ficha de destino este es un documento normalizado que debe suscribir el productor o poseedor de un residuo y el destinatario del mismo y que tiene por objeto el reconocimiento de la aptitud del residuo para ser aplicado en un determinado suelo , para un uso agrícola o en provecho de la ecología. El productor o el poseedor y el destinatario de los residuos son responsables solidarios de las obligaciones derivadas de la formalización de la ficha de destino. Se entiende por destinatario la persona física o jurídica poseedora de los terrenos en que se aplicarán los residuos. La ficha de destino debe presentarse debidamente llenada y acompañada de la documentación técnica específica según la tipología de residuo : Orgánicos , Alpechín y Fruta de retirada.
    Leer más

    En la tramitació de las hojas de seguimiento, hojas de seguimiento itinerante y fichas de acceptación virtuales se aplicara una bonificación del 30% sobre la cuota de la tasa.

    A quién va dirigido

    A empresas productoras y gestoras de residuos..

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ficha y las hojas

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Requisitos

    És necessari que els productors i gestors de residus estiguin inscrits en els seus registres corresponents i a la base de dades de l'Agència de Residus de Catalunya.

    Tasas

    Tarifes ARC

    Por internet

    Para acceder al Sistema Documental de Residuos es necesario tener clave y contraseña. Esta se puede pedir a través de la opción que hay en menu principal del SDR. A continuación solo se tiene que acceder a la opción créditos.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Solo para recoger las fichas encargadas y pagadas, aportando como justificante la factura que previamente se ha enviado via correo electrònico desde la Agència de Residus de Catalunya.

  • Las filmaciones, rodajes, sesiones fotográficas o similares en la red viaria interurbana están sujetas a autorización administrativa previa del Servicio Catalán de Tráfico.

    Leer más

    A quién va dirigido

    Ciudadanos y empresas productoras.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitud

    Plazos

    Mínimo 10 días hábiles de antelación a la fecha de celebración.

    Documentación

    Documentación imprescindible para proceder a la tramitación:

    1. Instancia normalizada para cada producción con la declaración responsable debidamente firmada.
    2. Tramo de vía concreto con continuidad, según la codificación actual, y descripción de origen y destino si son vías no catalogadas (caminos forestales pavimentados, vías agrarias anchas, ...), mediante una relación escrita detallada y planos con detalle y claridad suficiente , todo ello, como un solo tramo seguido.
    3. Fechas y horario previsto de la producción, excluyendo los horarios nocturnos o los días con restricciones a la circulación según la resolución anual del Servicio Catalán de Tráfico.
    4. Identificación y permiso o licencia de conducir vigente del responsable de seguridad vial, con inclusión de un teléfono móvil operativo de contacto.
    5. Número aproximado de vehículos o personas previstas que comparecerán en la producción.
    6. Propuesta de medidas de señalización en caso de corte de la vía. Con inclusión preceptiva de la relación de cruces y punto de regulación asumidos por los medios propios de la organización, señalización vertical informativa y de balizamiento, así como el resto de avisos que sean necesarios para no provocar molestias a los usuarios habituales de las vías incluidas .

    Requisitos

    Sin perjuicio de que se pueda incluir en el acondicionamiento de la autorización, las productoras, en general, quedan obligadas a las siguientes prescripciones, además de disfrutar de un seguro de responsabilidad civil para poder hacer frente a los posibles daños que provoque la actividad (sea por los vehículos de acuerdo con la normativa propia de aplicación o por el propio organizador de la producción, por un importe mínimo de 600.000 euros):

    • A la finalización de la actividad de filmación o rodaje solicitada de uso excepcional de la vía, antes de la apertura del tramo de carretera al tráfico en general, la vía deberá quedar en el mismo estado en que se encontraba al cerrarla al tráfico ordinario, por lo que nunca quede ningún obstáculo en la vía, sea cual sea su naturaleza.

    • En caso de afectaciones, aunque sean mínimas, sobre los elementos funcionales de la carretera (señalización, firme, vallas, rótulos, ...) se deberá pedir directamente la pertinente autorización al titular de la vía, el cual deberá estar enterado por si procede reclamar el pertinente resarcimiento en caso de no proceder según lo expuesto.

    • El solicitante no podrá dejar residuos, de ningún tipo, en la vía ni sus márgenes, obligando a dejar el entorno en las mismas condiciones iniciales de limpieza y orden en que lo encontró.

    • A pesar de la actividad de filmación o rodaje se realiza en un tramo de vía cerrado al tráfico en general, los vehículos implicados deberán tener las medidas de seguridad adecuadas, a fin de que la actividad no suponga una exposición al riesgo injustificada por el hecho de producirse en un medio donde se debe garantizar su inmediato uso público.

    • El solicitante deberá comprobar, bajo su exclusiva responsabilidad, que el día de la filmación, rodaje o sesión fotográfica es viable realizarlo de manera normal, todo exonerando a la Administración de posibles impedimentos (cambios en el paisaje, mejoras recientes de la vía, alteraciones meteorológicas, ...).

    • Los cortes de vía intermitentes que se deben realizar para poder realizar las presas de filmación, rodaje o sesión fotográfica no podrán tener, en general, una duración superior a 10 minutos de retención, sin perjuicio de que pueda determinar la Policía de la Generalitat - Mossos d'Esquadra en cada caso en ejercicio de las funciones requeridas.

    En el caso de que en la autorización se prescriben de forma específica medidas accesorias de señalización (conos, ...) el coste de estas implementaciones irán íntegramente a cargo de los solicitantes.

    Tasas

    La tramitación de este expediente administrativo está sujeto a la liquidación de las siguientes tasas:

    1. Tasa por las actuaciones y los servicios del Servicio Catalán de Tráfico (tasa de autorización).

    2. Tasa por los servicios prestados por la Policía de la Generalitat - Mossos de escuadra (acompañamientos prescritos en las autorizaciones del Servicio Catalán de Tráfico), según establece el artículo 22.4 del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio.

    Otras Informaciones

    Más información en la web del Servicio Catalán de Tráfico

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    El solicitante organitzador tiene que presentar una solicitud normalizada para cada caso, con el fin de solicitar la autorización previa, adjuntando la documentación exigida con la suficiente antelación que se describe a continuación.

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