Exhibiciones y subastas públicas de objetos de joyería, antigüedades y obras de arte
Información Rápida
Objetivo
Permite a empresas y particulares comunicar la celebración de exhibiciones o subastas públicas de objetos de joyería, antigüedades y obras de arte en locales no dedicados habitualmente a estas actividades.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, profesionales y particulares que organicen exhibiciones o subastas públicas de objetos de joyería, antigüedades y obras de arte en locales no dedicados habitualmente a estas actividades.
Requisitos principales
- Ser una empresa, profesional o particular que organiza la exhibición o subasta.
- Comunicar la exhibición o subasta con al menos 15 días hábiles de antelación.
Plazos
La comunicación debe realizarse con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de la exhibición o subasta.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la tramitación y las medidas de seguridad a adoptar.
Información adicional
Tras la comunicación, la administración puede requerir medidas de seguridad y vigilancia adicionales, cuyo incumplimiento puede acarrear sanciones.
Resumen
Este trámite permite a empresas y particulares comunicar a la administración la celebración de exhibiciones o subastas públicas de objetos de joyería, antigüedades y obras de arte que se realicen de forma no habitual en locales o establecimientos.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas y profesionales
- Particulares
Lo que necesitas
- Comunicar la exhibición o subasta con una antelación mínima de 15 días hábiles.
- Formulario de comunicación (disponible online o presencial).
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- La comunicación debe realizarse con 15 días hábiles de antelación.
Cómo hacerlo
- Comunicar:
- Online: A través del formulario electrónico con idCAT Mòbil o certificado digital (empresas y profesionales).
- Presencialmente: Presentando el formulario en las oficinas correspondientes (solo particulares).
- Consultar el estado del trámite:
- A través de Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Llamando al teléfono 012 (con identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La administración puede requerir medidas de seguridad y vigilancia adicionales.
- La respuesta se recibirá electrónicamente (empresas y profesionales) o por correo postal (particulares).
Después de hacerlo
- La Dirección General de Administración de Seguridad o el Servicio Territorial del Departamento de Interior enviará la comunicación a la Policía de la Generalidad – Mossos d'Esquadra para que compruebe las características del local y emita un informe sobre las medidas de seguridad y vigilancia a adoptar.
- La persona titular de la Dirección General de Administración de Seguridad o del Servicio Territorial del Departamento de Interior podrá ordenar la adopción de medidas de seguridad y vigilancia.
- El incumplimiento de las medidas acordadas puede comportar la incoación del expediente sancionador correspondiente y la adopción de medidas cautelares.
Ayuda
- Contacto:
- Dirección General de Administración de Seguridad.
- Servicios Territoriales del Departamento de Interior.
- Recursos adicionales: