Generalitat de Cataluña

  • El régimen de pago básico es el sistema de ayudas directas de la PAC 2014-2020. Este régimen consta de la ayuda de pago básico, la ayuda de pago verde y la ayuda complementaria al pago básico para los jóvenes agricultores que cumplan determinados requisitos. Se introduce un nuevo régimen simplificado para pequeños agricultores que conlleva ciertas ventajas respecto a los requisitos y obligaciones a cumplir.

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    Plazo: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.

    A quién va dirigido

    A los agricultores que dispongan de derechos de pago básico en 2015. Deben ser agricultores activos y mantener la actividad agraria en la totalidad de la explotación.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar

    Plazos

    Plazo: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del01.02.2016al 15.06.2016

    Por internet

    Hay que descargarse el programa DUN 2016 para poder hacer la declaración electrónicamente. Para descargar los datos de retorno de la DUN 2015, es necesario disponer de un código de usuario / usuaria y de una clave de acceso, datos que el DARP facilitará por carta.
    Para presentar por Internet la DUN, es necesario el certificado de firma electrónica reconocido por la Agencia Catalana de Certificación.
    Las entidades colaboradoras también pueden enviar las declaraciones firmadas electrónicamente, siempre que, previamente, dispongan de la autorización correspondiente de la persona declarante.
    Consultar las entidades colaboradoras http://agricultura.gencat.cat/dun
    Hay que marcar la casilla al trámite de la DUN, al que se encuentra vinculado.

    Renunciar

    Plazos

    Plazo: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del01.02.2016al 15.06.2016

    Por internet

    Hay que descargarse el programa DUN 2016 para poder hacer la declaración electrónicamente. Para descargar los datos de retorno de la DUN 2015, es necesario disponer de un código de usuario / usuaria y de una clave de acceso, datos que el DARP facilitará por carta.
    Para presentar por Internet la DUN, es necesario el certificado de firma electrónica reconocido por la Agencia Catalana de Certificación.
    Las entidades colaboradoras también pueden enviar las declaraciones firmadas electrónicamente, siempre que, previamente, dispongan de la autorización correspondiente de la persona declarante.
    Consultar las entidades colaboradoras http://agricultura.gencat.cat/dun
    Hay que marcar la casilla al trámite de la DUN, al que se encuentra vinculado.

  • El objetivo de las ayudas a las inversiones de transformación y / o comercialización de los productos agrícolas del anexo I del Tratado FUE es que contribuyan a la mitigación del cambio climático.

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    A quién va dirigido

    Personas físicas, jurídicas y sus agrupaciones que sean titulares responsables de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y que soportan la carga financiera de las inversiones subvencionables.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes comienza el 27 de octubre y finaliza el 26 de noviembre de 2015.

    Documentación

    1ª Fase de concesión:
    Para solicitar la ayuda habrá que rellenar la solicitud que encontrará en el PASO 1. En este modelo habrá que anexar:
    - Plano de Planta diferenciando las inversiones proyectadas de las existentes
    - Memoria medioambiental de las actuaciones a realizar. (A1082.2015-DO03)


    2ª fase de concesión:
    En caso de que se haya alcanzado la puntuación mínima para pasar a la segunda fase de concesión, se deberá aportar la siguiente documentación a los servicios territoriales donde pertenezca el establecimiento que ha solicitado la ayuda:

    • En el caso de personas jurídicas, certificado del órgano competente, según los estatutos de la entidad, del acuerdo de solicitar la ayuda, de emprender la actuación para la que se solicita la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes. No será necesario este certificado en el caso de administrador único.
    • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa medioambiental, en concreto el permiso ambiental o bien su solicitud a la administración competente.
    • En caso de mataderos nuevos necesario que el autor / a del proyecto acredite que cumple la normativa en materia de bienestar animal.
    • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa de seguridad laboral.
    • Registro Sanitario de Industrias y de Productos Alimentarios de Cataluña No será necesario presentarlo si se ha autorizado al DARP a que se refiere el apartado 6.5.
    • Permiso de obra o bien su solicitud, en su caso.
    • Evaluación del impacto ambiental previsto de conformidad con la normativa medioambiental específica, cuando pueda tener efectos negativos en el medio ambiente.
    • Proyecto técnico básico, firmado por una persona técnica y visado por el colegio profesional correspondiente, en caso de que el valor de la obra civil, maquinaria e instalaciones objeto de solicitud supere los 150.000,00 euros de inversión o la potencia instalada supere los 20 kW. El proyecto debe cumplir lo establecido en estas bases y en la normativa comunitaria relativa a la medida de inversiones, así como demás legislación aplicable. En el caso de solicitar también la ayuda contemplado en el artículo 2.1.a), se puede presentar el mismo proyecto por ambos ayudas, sin embargo, deberán diferenciarse claramente las inversiones y presupuestos que se presentan en cada uno de estas ayudas.
    • En caso de mataderos nuevos necesario que el autor / a del proyecto acredite que cumple la normativa en materia de bienestar animal.
    • Facturas proforma u ofertas. En los casos en que los gastos que debe realizar la persona solicitante superen la cuantía de 50.000,00 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 18.000,00 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la persona solicitante deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. Cuando se produzca esta circunstancia, se deberá adjuntar al proyecto una memoria razonada en relación con la oferta escogida. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, y deberá justificarse esta elección expresamente en una memoria en el proyecto, cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Si no se hace así, se subvencionará la oferta económica. Las 3 ofertas deben provenir de empresas que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del código de comercio. Las facturas proforma o ofertas deberán describir y detallar suficientemente la operación para identificar cada uno de los elementos y precios correspondientes, con el fin de verificar el costo razonable de los mismos.
    • Cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, correspondientes a los dos últimos ejercicios y debidamente firmados, siempre que no se hayan presentado con anterioridad. Los modelos a presentar, normal o abreviado, son los que establecen las normas de elaboración de las cuentas anuales del Plan general contable.
    • Copia de la certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales, si la persona solicitante está obligada a depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil o en el de cooperativas.
    • Cuentas anuales consolidadas del grupo, si la persona solicitante es una sociedad que forma parte de un grupo de sociedades que esté obligada a elaborar cuentas anuales consolidadas.
    • Informe de la auditoría, si la persona solicitante está obligada a someter sus cuentas anuales a verificación contable.
    • Modelo 200-Impuesto sobre Sociedades. Correspondiente al último ejercicio.
    • Estudio de viabilidad de la inversión o un plan de empresa en caso de que no estén incluidos en el proyecto técnico
    • Documento de información técnico (A1082.2015-DO06) + (A1082.2015-DO08)
    • Declaración de la empresa solicitante relativa a PYMES y grandes empresas (A1082.2015-DO07).
    • Documentación acreditativa de los préstamos suscritos, en su caso.
    • Documentación que acredite las ayudas solicitadas, concedidos o cobrados por la misma inversión, especificando: cuantía, fecha de concesión y en su caso, el ente correspondiente.
    • Documentación justificativa de los criterios de prioridad y de atribución indicados en el apartado 4, que el interesado se haya puntuado en la solicitud de la ayuda, en su caso:
      • Relación con el productor de base:
        Las empresas que hayan señalado la obtención de más del 50% de materia prima de los productores, deberán aportar facturas de compra, declaraciones de suministro y contratos de las partes relacionadas.
      • Internacionalización:
        Declaración del IVA u otra documentación oficial.

    Requisitos

    1. Que manipulan o transforman, y comercializan productos agrarios del anexo I del Tratado FUE, excepto los productos de la pesca y los forestales.
    2. Que cumplen las normas mínimas de respeto del medio ambiente, seguridad laboral, higiene y, si procede, de bienestar animal, de acuerdo con la normativa específica en vigor.
    3. Que la empresa es viable económicamente.
    4. Que no se encuentra en situación de crisis, de acuerdo con la Comunicación 2014 / C 249 / C / 01 de la Comisión, de 31 de julio de 2014.
    5. Que pertenecen al sector mayorista.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Inversiones subvencionables
    Son susceptibles de subvención los siguientes gastos, efectuadas con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda:
    1) La construcción y la compra, incluido el arrendamiento financiero si la compra se realiza dentro del período de justificación, de bienes inmuebles, así como la mejora de la obra civil, incluidas las instalaciones inherentes a la obra civil. A efectos del cálculo de la cuantía de inversión subvencionable, al valor de compra de un inmueble se descontará el valor del suelo que repercuta sobre el inmueble, valorado por un técnico competente en la materia.
    El importe de la compra del bien inmueble, está limitado a un máximo del 30% de las inversiones totales del proyecto.
    2) La compra, incluida la compra a través de arrendamiento financiero si ésta se realiza dentro del período de justificación, la instalación de nueva maquinaria y bienes de equipo, incluidos las instalaciones telefónicas, las fotocopiadoras y el hardware informático , hasta el valor de mercado del producto.
    3) La adquisición o desarrollo de programas informáticos, y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
    El importe de la compra de los elementos mencionados en este apartado, está limitado a un máximo del 30% de las inversiones totales del proyecto.
    4) Los costes generales vinculados a las inversiones contempladas en las letras 1) y 2) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
    El importe del conjunto de los gastos de este apartado está limitado a un máximo del 12% de las inversiones previstas en los puntos 1) y 2).

    Plazos

    Del27.10.2015al 26.11.2015

    Por internet

    Para tramitar la solicitud por Internet es necesario disponer de firma electrónica.
    Instrucciones genéricas para la tramitación del formulario electrónico:

    El único medio válido para presentar las solicitudes es la vía electrónica. A tal efecto se dispondrá de un formulario electrónico que habrá que firmar mediante firma digital válida antes de enviar hacerlo desde el espacio habilitado a tal efecto en este mismo portal.
    El límite máximo de peso para poder enviar el formulario electrónico de solicitud (incluido documentación anexa) es 5 MB y, para rellenar correctamente el formulario necesario disponer del software Adobe Reader 9.2 o versiones posteriores. El software Adobe Reader es de descarga gratuita.
    El formulario que se descargue del entorno sólo puede utilizarse una vez.
    Si el error se detecta antes de enviar el formulario se puede rectificar siguiendo las siguientes indicaciones:

    • Abrir el formulario
    • Situar el cursor sobre la firma y, con el botón derecho del ratón, seleccionar la opción "Borrar la firma".
    • Pulsar el botón del formulario "desbloquear". En este momento ya se puede ir al campo del formulario en el que se haya detectado el error para modificarlo. Posteriormente hay que volver a validar el formulario, firmarlo y guardarlo. En este momento ya se puede enviar.

    Si el error se detecta una vez enviado, se deberá descargar nuevamente y rellenarlo correctamente.

    Para tramitar la solicitud debe firmar electrónicamente con un certificado digital válido como:

    • Certificado de persona jurídica: se trata de un certificado emitido a favor de una entidad jurídica. La custodia de cada certificado digital de persona jurídica es responsabilidad de la persona física que lo solicita. En este sentido, se recomienda utilizarlo sólo cuando se actúa directamente, es decir, sin utilizar la figura de representante legal y siendo la persona física que lo solicita la que dispone de plenos poderes legales en la empresa.
    • Certificado de representante: en este caso la persona se identifica con la calificación de representante legal o apoderado general de la empresa, con las prerrogativas legales que supone.

  • El objetivo de estas ayudas es el fomento de inversiones que generen actividad económica mediante acciones dirigidas a la reactivación económica y la creación de empleo, a establecer políticas específicas para los jóvenes del mundo rural, promover acciones dirigidas a la mitigación y adaptación al cambio climático y la protección de los recursos naturales, y a estimular la innovación y la transferencia de conocimientos en el sector agroalimentario.

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    Plazo máximo: 16 de enero de 2017.

    A quién va dirigido

    • A personas físicas
    • A personas jurídicas (públicas o privadas)

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 16 de enero de 2017,

    Documentación

    Los proyectos presentados serán sometidos a una puntuación de acuerdo con los criterios de selección de cada grupo de acción local.

    A) Fase 1: en el momento de presentar la solicitud de ayuda
    1. Documentación común a los beneficiarios de naturaleza pública y privada:
    a) Datos de identidad de la persona solicitante o de quien la represente correspondientes al DNI/NIF/NIE u otro documento que lo acredite, en su caso, si no ha autorizado al DARP a obtener esta información de acuerdo con lo establecido en el apartado 9.6, y
    b) Declaración con el detalle de las fuentes de financiación de la inversión, con la documentación correspondiente que lo acredite, y
    c) Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia de ello, en su caso.

    2. En el caso de personas físicas y jurídicas de naturaleza privada:
    a) Proyecto firmado por un profesional competente, de la inversión a realizar con la descripción de las obras, presupuesto desglosado, planos, etc. que permita la ejecución total de las obras a realizar, o bien
    Memoria valorada y detallada de las actuaciones para las cuales se solicita la ayuda.
    b) Documentos acreditativos de gasto:
    - Facturas proforma o
    - Presupuestos.
    Nota: en los casos en los que el gasto subvencionable supere los 50.000,00 euros de coste de ejecución de obra, o 18.000,00 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, deberá incorporar:
    - Tres ofertas de diferentes proveedores (la elección entre las ofertas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía) y,
    - En caso de no elegir la oferta económica más ventajosa, se deberá acompañar el proyecto de una memoria razonada en relación con la oferta elegida, y
    - En caso de que no haya un número suficiente de entidades que lo suministren, habrá que justificarlo debidamente.
    Las tres ofertas deben provenir de empresas que no estén vinculadas a la persona beneficiaria y que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del código de comercio.

    3. En el caso de entidades públicas:
    Proyecto técnico elaborado de acuerdo con los requerimientos establecidos en el Real decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de contratos del sector público.
    B) Fase 2: expedientes con presupuesto que han superado la Comisión de elegibilidad y la técnica:
    1. En el caso de personas físicas y jurídicas de naturaleza privada:
    a) Documentación actualizada de la titularidad del lugar donde se realiza la inversión:
    - Nota simple del Registro de la Propiedad, o bien
    - Copia del contrato de concesión municipal, o bien
    - Copia del contrato de alquiler, liquidado, o bien
    - Copia del contrato de cesión de uso, liquidado, o bien
    Nota: en el caso de presentar copia del contrato de cesión de uso entre personas físicas que sean familiares de primer grado, no será necesario liquidar, pero deberán aportar: -Libro de familia, o bien Certificado del registro civil o similar para acreditar el grado de parentesco.
    Nota: en los casos de contrato de concesión municipal, alquiler o de cesión de uso el periodo de vinculación debe ser igual o superior al establecido en el punto 9.1 de estas bases reguladoras, y debe estar vigente en el momento de la solicitud de ayuda.
    b) En el caso de creaciones de empresa o ampliaciones con un cambio de uso o en una nueva ubicación: certificado de compatibilidad urbanística (que acredite que la actividad que se quiere desarrollar está permitida en el lugar donde se quiere realizar la inversión).
    c) En el caso de que sea una empresa en funcionamiento: copia de la comunicación, autorización o licencia ambiental definitiva.
    d) Declaración responsable relativa a la condición de ser pyme.
    2. En el caso de personas jurídicas de naturaleza privada, también deberá presentar:
    a) Copia del documento acreditativo de la personalidad jurídica (escritura de constitución, estatutos, posteriores modificaciones, en su caso) de la entidad solicitante. Si esta documentación está disponible en el registro de entidades jurídicas (asociaciones o fundaciones) o en el Registro de cooperativas o en el Registro de sociedades agrarias de transformación (SAT), el DARP lo verificará de oficio, y
    b) Certificado actualizado de inscripción en el registro administrativo correspondiente. En caso de que se trate de un registro gestionado por el DARP, no será necesario aportar certificación de inscripción. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas, en el Registro de cooperativas o en el Registro de sociedades agrarias de transformación (SAT), el DARP lo verificará de oficio.
    c) Certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.
    3. En el caso de entidades públicas:
    a) Acuerdo del Pleno municipal o del órgano competente, para la aprobación de la realización de la actuación y para acogerse a la convocatoria de ayuda Leader,
    b) Acreditación de la presentación de las cuentas de la entidad a la Sindicatura de Cuentas.
    c) Documentación actualizada de la titularidad del lugar donde se realiza la inversión:
    - Nota simple del Registro de la Propiedad, o bien
    - Copia del contrato de alquiler, liquidado, o bien
    - Copia del contrato de cesión de uso, liquidado, o bien
    - Certificación de la entidad solicitante de la libre disponibilidad de los terrenos necesarios para realizar las obras o inversiones objeto de ayuda, o bien
    - Inscripción en el Libro de bienes inmuebles del ayuntamiento correspondiente.

    Requisitos

    Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas que cumplan los siguientes requisitos en el momento de presentar la solicitud:
    a) Que realicen inversiones elegibles en el ámbito territorial Leader de un mínimo de 12.000,00 euros, sin IVA, para los solicitantes privados, y de un mínimo de 40.000,00 euros, sin IVA, en el caso de los públicos.
    b) Que realicen proyectos dirigidos a alguno de los fines del apartado 1 de estas bases, que sean aprobados por la Dirección General de Desarrollo Rural a propuesta de los GAL seleccionados.
    c) Que los proyectos sean viables económica y técnicamente.
    d) Que estén al corriente de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Generalidad de Cataluña.
    e) Que se comprometan a llevar la contabilidad del negocio subvencionado en función de la normativa vigente que les sea aplicable.
    f) En el caso de personas jurídicas (con ánimo de lucro o sin), deberá figurar, en el objeto social de sus estatutos, la actividad para la que se solicita la ayuda.
    g) En el caso de personas jurídicas, que la empresa cumpla el requisito de ser pyme, de acuerdo con la Recomendación 2003/361 / CE, de 6 de mayo de 2003, sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas.
    h) Que sean propietarias, usufructuarias, concesionarias, arrendatarias o cesionarias de las instalaciones donde se quieren realizar las obras o inversiones en el momento de realizar la solicitud, y que esta situación se mantenga durante el período de compromiso de mantenimiento de la actividad del apartado 9.1. En el caso de no ser propietario o usufructuario, que dispongan del consentimiento por escrito de la/s persona/s propietarias o usufructuarias para realizarlas.
    i) En caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo en la plantilla de la empresa prevista en el artículo 42.1 del Texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
    j) En caso de empresas de plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar en sus centros de trabajo casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y para intervenir, de acuerdo con los agentes sociales, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    k) En el caso de empresas y entidades, no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
    l) En el caso de empresas de más de 250 trabajadores, además, deben disponer de un plan de igualdad entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 17/2015, de 21 de julio .
    m) En el caso de asociaciones y fundaciones, tener sus estatutos adaptados a la Ley 5/2011, de 19 de julio, de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, antes del 31 de diciembre de 2012.
    n) En el caso de fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
    o) En el caso de establecimientos abiertos al público, que cumplan la normativa de política lingüística.
    p) En el caso de que la ayuda subvencione actividades que impliquen contacto habitual con menores, disponer de las certificaciones legalmente establecidas, o haberlas solicitado antes de la resolución de concesión, para acreditar que el personal de la empresa o entidad que solicita la ayuda no ha sido condenado por sentencia firme por delito contra la libertad e indemnidad sexual, y que en caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto o actividad subvencionada, se compromete a realizar la comprobación oportuna con respecto al caso.
    q) Cumplir la obligación respecto a la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral, y con este fin, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Hasta al 16.01.2017

    La tramitación telemàtica de la ayuda será obligatoria para las entidades y para las personas a las que se refiere el artículo 4.2 de la Ley 39/205, de 1 de octubre, y optativa para las personas físicas.

    Por internet

    Para presentar la solicitud debe tener los documentos adjuntos preparados y guardados en su unidad. Una vez estén, acceder a este enlace para descargar el formulario de presentación y anexarse antes de su envío.

    Presencialmente

    Debe presentarse, preferentemente, en la sede de los Grupos de Acción Local establecidas en el anexo de la Orden de ayudas Grupo de acción local Leader

    • Asociación para el Desarrollo Rural de la Cataluña Central
      - Puig-reig (Berguedà), en el Edificio del convento de la Colonia de Cal Pons, pl. Sant Josep, s/n, código postal 08692.
      - Santa Creu del Jutglar (Lluçanès) Consorcio para la Promoción de los Municipios del Lluçanès, c. Vell, 3, código postal 08515.
      - Moià (Moianès) Consorcio para la Promoción de los Municipios de El Moianès, c. de Les Joies, 11-13, código postal 08180.
    • Asociación para el Desarrollo Rural Integral de la Zona Nororiental de Cataluña (ADRINOC)
      - Olot (Garrotxa), en la av. Onze de Seiembre, 22, 2º, código postal 17800.
      - Figueres (Alt Empordà), c. Nou, 48, 2ª, código postal 17600.
    • Asociación para la Gestión del Programa Leader Ripollès Ges Bisaura
      - Ripoll (Ripollès), c. Joan Miró, 2-4, Pol. Ind. Els Pintors, código postal 17500.
    • Consorcio Leader de Desarrollo Rural del Campo
      - Montblanc (Conca de Barberà) en c. Daroca, 1, código postal 43400.
    • Consorcio GAL Alt Urgell ? Cerdanya
      - La Seu d'Urgell (Alt Urgell), en el paseo Joan Brudieu, 15, código postal 25700.
    • Consorcio para el Desarrollo del Baix Ebre y Montsià
      - Tortosa (Baix Ebre), en la plaza Alfonso XII, 7 1º B, código postal 43500.
    • Asociación Leader de Ponent
      - Mollerussa (Pla d'Urgell), en c. Prat de la Riba, 1, código postal 25230.
    • Consorcio Grupo de Acción Local Noguera Segrià ? Norte
      - Balaguer (Noguera), en el paseo Àngel Guimerà, 28-30, código postal 25600.
    • Consorcio Leader Pirineo Occidental
      - Tremp (Pallars Jussà), en la c. Pau Casals, 14 bajos, código postal 25620.
    • Consorcio para el Desarrollo de la Cataluña Central
      -Cervera (Segarra), en el paseo Jaume Balmes, 3, código postal 25200.
    • Consorcio Intercomarcal de Iniciativas Socioeconómicas
      - Móra d'Ebre (Ribera de Ebro), en la plaza Sant Roc, 2, código postal 43740.
      - Gandesa (Terra Alta), en la av. Catalunya, 31, código postal 43780.

  • El objeto de esta convocatoria es otorgar ayudas a universidades, centros de investigación y fundaciones hospitalarias, así como a empresas para el desarrollo de un proyecto de doctorado industrial, en cualquier ámbito de conocimiento y cualquier sector empresarial. El proyecto de investigación se desarrollará en el marco estratégico de una empresa y, a la vez, en el seno de un grupo de investigación de una universidad, centro de investigación o fundación hospitalaria, donde el doctorando debe llevar a cabo su formación investigadora, que debe dar lugar a una tesis doctoral en el marco del Plan de doctorados industriales de la Generalidad de Cataluña.

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    - Contacto: Jesús Ruiz de la Torre (jruizdelatorre@gencat.cat) Telefono: 93.310.50.81

    - El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 5 de diciembre de 2016

    A quién va dirigido

    Por parte del entorno académico se pueden beneficiar de esta convocatoria los organismos de investigación, en concreto las universidades públicas y privadas del sistema universitario de Cataluña, así como los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias con sede en Cataluña.

    Por parte del entorno empresarial se pueden beneficiar de esta convocatoria, siempre que no sean organismos de investigación o entes dependientes de estos:

    a) En los proyectos DI-COF-CAT (cofinanciados con centro de trabajo en España), las empresas, excepto los centro TECNIO con personalidad jurídica, así como los departamentos, las delegaciones y los servicios territoriales de la Generalidad de Cataluña.

    b) En los proyectos DI-COF-UE (cofinanciados con centro de trabajo fuera de Cataluña, pero en la UE), las empresas con centro de trabajo fuera de Cataluña

    c) En los proyectos DI-ESP (ayudas específicas), las empresas con centro de trabajo en Cataluña o fuera de Cataluña, en este último caso siempre que sea dentro de la UE

    Cualquiera que sea la modalidad, las entidades del entorno empresarial y el académico deben haber firmado un convenio de colaboración para llevar a cabo conjuntamente el desarrollo de un proyecto de DI, de acuerdo con el procedimiento de participación en el Plan DI 2016, recogido en la página web doctoratsindustrials.gencat.cat. En estos proyectos pueden participar otras instituciones de acuerdo con lo que se prevea en el convenio correspondiente.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud en la convocatoria de doctorados industriales finalizará el 5 de diciembre de 2016

    Documentación

    La solicitud, de acuerdo con el formulario normalizado, puede presentarla indistintamente el organismo de investigación o la empresa que hayan firmado el convenio de colaboración para el desarrollo del proyecto. En primer lugar, se debe descargar el formulario de la web a un disco local. Una vez cumplimentado se adjuntará a este formulario la documentación anexa requerida en pdf y se envía.

    La solicitud consta de dos partes:

    - Formulario

    - Documentación anexa

    El formulario se puede rellenar con los datos generales y guardar tantas veces como sea necesario mientras se trabaja.La documentación anexa tiene que adjuntarse electrónicamente al mismo formulario. Está formada por los cuatro documentos siguientes, que se deben tener preparados en pdf, no sobrepasando los pesos indicados:

    - Certificado/s académico/s del doctorando, donde conste la nota media del expediente en los estudios superiores que permitan el acceso al doctorado, que debe ser igual o superior a 6,50 sobre 10. Máximo 1 Mb de peso.

    - Documento de admisión al doctorado o de la matrícula de doctorado del doctorando. Máximo 1 Mb de peso

    - Acta de selección, donde conste el listado de personas candidatas entrevistadas, así como el resumen o los criterios de selección utilizados para la decisión final. Máximo 1 Mb de peso.

    - Convenio de colaboración convenientemente firmado entre las entidades participantes, que contenga los mínimos establecidos en el convocatoria. Máximo 3 Mb de peso.

    Requisitos

    Por parte del entorno académico se pueden beneficiar de esta convocatoria los organismos de investigación, en concreto las universidades públicas y privadas del sistema universitario de Cataluña, así como los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias con sede en Cataluña.

    Por parte del entorno empresarial se pueden beneficiar de esta convocatoria, siempre que no sean organismos de investigación o entes dependientes de estos:

    a) En los proyectos DI-COF-CAT (cofinanciados con centro de trabajo en España), las empresas, excepto los centro TECNIO con personalidad jurídica, así como los departamentos, las delegaciones y los servicios territoriales de la Generalidad de Cataluña.

    b) En los proyectos DI-COF-UE (cofinanciados con centro de trabajo fuera de Cataluña, pero en la UE), las empresas con centro de trabajo fuera de Cataluña

    c) En los proyectos DI-ESP (ayudas específicas), las empresas con centro de trabajo en Cataluña o fuera de Cataluña, en este último caso siempre que sea dentro de la UE

    Cualquiera que sea la modalidad, las entidades del entorno empresarial y el académico deben haber firmado un convenio de colaboración para llevar a cabo conjuntamente el desarrollo de un proyecto de DI, de acuerdo con el procedimiento de participación en el Plan DI 2016, recogido en la página web doctoratsindustrials.gencat.cat. En estos proyectos pueden participar otras instituciones de acuerdo con lo que se prevea en el convenio correspondiente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Plazos

    Del23.03.2016al 05.12.2016

    Por internet

    La solicitud se tiene que presentar únicamente por Internet.

    Consultar las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.

  • El objetivo de las ayudas es compensar parcialmente al estudiante de los costes de la matrícula universitaria de estudios oficiales en uno de los centros adscritos siguientes:

    • Escuela Superior Politécnica TecnoCampus, adscrita a la Universidad Pompeu Fabra.
    • Escuela Superior de Ciencias Sociales y de la Empresa TecnoCampus, adscrita a la Universidad Pompeu Fabra.
    • Escuela Superior de Ciencias de la Salud TecnoCampus, adscrita a la Universidad Pompeu Fabra.
    • Escuela Superior de Enfermeria del Mar de Barcelona, adscrita a la Universidad Pompeu Fabra.
    • Escuela Massana, Centro de Arte y Diseño, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Centro de la Imagen y la Tecnología Multimedia, adscrita a la Universidad Politécnica de Cataluña.
    • Escuela Universitaria de Ciencias Sociales, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Escuela Universitaria de la Salud de Manresa, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Escuela Universitaria de Sant Pau de Barcelona, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    Leer más

    Contacto: Roser Pinto roserpinto@gencat.cat

    El plazo de presentación de la solicitud es desde el día 7 de mayo al 6 de junio de 2016.

    El plazo de presentación de solicitudes es desde el 25 de junio al 25 de julio de 2016 para las siguientes escuelas:

    • Escuela Universitaria de Ciencias Sociales, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Escuela Universitaria de la Salud de Manresa, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Escuela Univesitaria de Sant Pau de Barcelona, adscrita a la Univesdad Autónoma de Barcelona.

    A quién va dirigido

    • A los alumnos universitarios matriculados en alguno de los centros adscritos indicados anteriormente.
    • Están excluidos los alumnos de estudios de máster, postgrado, cursos de especialización y títulos propios reconocidos por las universidades.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo de presentación de las solicitudes es des de el 7 de mayo al 6 de junio del 2016.

    El plazo de presentación de solicitudes es del 25 de junio al 25 de julio del 2016 para las siguientes escuelas:

    • Escuela Universitaria de Ciencias Sociales, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Escuela Universitaria de la Salud de Manresa, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.
    • Escuela Univesitaria de Sant Pau de Barcelona, adscrita a la Universidad Autónoma de Barcelona.

    Requisitos

    Requisitos generales
    Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea o, en caso del alumnado no comunitario, estar incluido a la ley orgánica de 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social y, por tanto, se requiere que el estudiante mayor de 18 años se encuentre en situación de residencia.
    Requisitos académicos
    Estar matriculados en alguno de los centros mencionados a la convocatoria, para el curso 2013-2014, y de un mínimo de 60 créditos (en caso de estudios de grado), y de 55 créditos en los estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de primer ciclo, de primero y segundo ciclo, o sólo de segundo ciclo, en el caso de matrícula por curso completo. Y de un mínimo de 30 créditos (en caso de estudios de grado), y de 27,5 créditos en los estudios dirigidos a la obtención de un título oficial de primer ciclo, de primero y segundo ciclo, o sólo de segundo ciclo, en los casos de matrícula semestral (por cada semestre)
    En el caso de los estudios nocturnos, del número de créditos que resulte de dividir el total de créditos que integran el plan de estudios entre el número de años que lo forman. Cumplir el resto de requisitos académicos detallados en la convocatoria.
    Requisitos económicos
    No superar los umbrales de renta familiar disponible y de patrimonio detallados en la convocatoria.

    Tasas

    No hay tasas asociadas por este trámite.

    Otras informaciones

    El importe de la ayuda se establecerá en un tanto alzado para compensar parcialmente los costes de matrícula universitaria en centros adscritos.

    Plazos

    Del25.06.2016al 25.07.2016

    Por internet

    Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea a través de Trámites gencat

  • El objetivo de estas ayudas es desarrollar una política activa de apoyo al sector industrial e impulsar una política de clúster coherente con la agenda de especialización económica inteligente (RIS3CAT) elaborada por la Generalidad de Cataluña, y que contribuya a situar la industria como motor de la actividad económica, garantizando un crecimiento inteligente, sostenible e integrador.

    Leer más

    Plazo de solicitud: del 14 de Octubre al 14 de Noviembre de 2016.

    A quién va dirigido

    Ayudas para la consolidación de estructuras de los clústers integrados en el programa:

    • A los clústers integrados del Programa Catalunya Clústers

    Ayudas para proyectos de refuerzo competitivo empresarial de entidades de apoyo a la empresa:

    • A las entidades de apoyo a la empresa con establecimiento operativo en Cataluña que demuestren haber realizado proyectos de refuerzo de la competitividad empresarial

    Ayudas para proyectos de cooperación internacional (BSR):

    • A las entidades de apoyo a la empresa con establecimiento operativo en Cataluña que tengan una dilatada experiencia en la ejecución de proyectos de refuerzo de la competitividad

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    Presentación de solicitudes:

    Del 14 de Octubre al 14 de Noviembre de 2016

    Plazos de ejecución

    Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2016:

    Ayudas para la consolidación de estructuras de los clústers integrados al Programa Catalunya Clusters

    Del 1 de Enero de 2016 al 30 de Junio del 2017:

    Ayudas para proyectos de refuerzo competitivo empresarial de entidades de apoyo a la empresa

    Ayudas para proyectos de cooperación internacional

    Documentación

    Junto con el formulario de solicitud, se debe presentar la siguiente documentación:

    1. Memoria técnica del proyecto en un documento PDF. La información contenida en este documento PDF que se envía telemáticamente a ACCIÓ será la utilizada para realizar la valoración de la solicitud presentada.
    2. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la empresa solicitante, en caso de que éste no esté inscrito en el Registro Mercantil.


    En caso de que alguno de estos documentos ya haya sido presentado en convocatorias anteriores a ACCIÓ, no será necesaria su presentación en esta convocatoria, siempre que el solicitante presente una declaración donde se especifiquen estos documentos, la fecha en la que se presentaron a ACCIÓ y se haga constar que continúan siendo vigentes. En el caso que se hayan producido modificacions en la documentación presentada, haya prescrito su periode de vigencia o hayan transcurrido más de 5 años des de la finalización del procedimento por el que se entregó, habrá que presentar necesariamente la nueva documentación.

    Requisitos

    Con carácter general, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
    2. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
    4. No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctores previstas y abonado las cantidades requeridas por este concepto.
    5. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    6. Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, de acuerdo con la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales; el Real Decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de los riesgos laborales.
    7. Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
    8. Cumplir lo dispuesto en el artículo 92.5 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña en cuanto al cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social de los discapacitados establecida por la legislación vigente.

    El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la firma de las declaraciones que incluye el formulario de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones de muestreo o exhaustivas para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Se consideran entidades de apoyo a la empresa:

    • Las organizaciones públicas o privadas, sin ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia, que de manera habitual presten servicios a las empresas que tengan como objeto la mejora de la competitividad de las empresas y dispongan de recursos materiales y humanos para impulsar y orientar los proyectos mencionados.
    • Las entidades con participación mayoritaria de capital público que presten de manera habitual servicios empresariales de apoyo a la competitividad de las empresas y promuevan proyectos que se ajusten a lo establecido en estas bases sin perseguir, en los proyectos mencionados, la obtención de beneficios.

    No puden participar en esta convocatoria:

    1. Las empresas dedicadas a la producción primaria de los productos agrícolas.
    2. Las empresas que operen el sector de la transformación y comercializaciñon de productos agrícolas en los casos siguientes:
      1. Cuando el importo de la ayuda se determine en función del precio o de la cantidad de productos de este tipo adquiridos a productores primarios o comercializados por las empresas interesadas
      2. Cuando la ayduda esté supeditada a qué una parte o la totalidad de la misma se repercuta a los productores primarios.
    3. Las empresas del sector pesquero en aquellos casos que se establecen en el artículo 1 del Reglamento (UE) núm. 875/2007 de la Comissión, de 24 de Julio de 2007, relativo a la aplicación de los artículos 87 i 88 del Tratado CE a las ayudas de minimis en el sector pesquero.

    Tipología de proyectos subvencionables

    1. Actividades que conformen los Planes anuales de los Clústers
    2. Proyectos de refuerzo de la competitividad
    3. Proyectos destinados a facilitar la internacionalización, la especialización inteligente, el aprendizaje y el desarrollo de competencias transnacionales

    Gastos subvencionables:

    1. Gastos externos relacionados con el proyecto (máxima intensidad 75%).
    2. Viajes fuera del territorio español relacionados con el proyecto (máxima intensidad 75%)
    3. Viajes de fuera del territorio catalán hacia Cataluña de ponentes, expertos o similares (máxima intensidad 75%).
      1. Por el concepto viaje se deben aplicar las limitaciones siguients: Alojamiento máximo de 120?/persona y noche. Únicamente billetes en clase turista.
    4. Horas de dedicación para la gestión del proyecto del personal de la entidad de apoyo a la empresa que actua como entidad solicitante (máxima intensidad 75% del gasto subvencionable aceptada por este concepto).
    5. Gastos relacionades con la promoción (máxima intensitat 50%)

    Presupuesto destinado: 1.000.000 ?

    Observaciones:

    1. Criterios de valoración: en función de la tipologia
    2. Ayuda sujeta a minimis
    3. En concurrencia competitiva

    Plazos

    Del14.10.2016al 14.11.2016

    Por internet

    ?

    ?

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa.

    En el caso de proyectos de cooperación internacional en el marco de la inciativa BSR (Baltic Sea Region), addicionalmente se debe rellnar el formulari de solicitud que se encuentra en este enlace: http://www.bsrstars.se/project/bsr-innovation-express/ (the online application portal). La respuesta obtenida se deberà adjuntar a la memoria técnica del proyecto.
    Consultar el horario de registro de documentación

    Por correo postal

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa.

    En el caso de proyectos de cooperación internacional en el marco de la inciativa BSR (Baltic Sea Region), addicionalmente se debe rellnar el formulari de solicitud que se encuentra en este enlace: http://www.bsrstars.se/project/bsr-innovation-express/ (the online application portal). La respuesta obtenida se deberà adjuntar a la memoria técnica del proyecto.

    Consultar las instrucciones para el registro administrativo

  • Ayudas para proyectos de inversión ubicados en Cataluña y que se consideren de alto impacto. Serán considerados proyectos de alto impacto, los proyectos tanto de empresas ya establecidas en Cataluña como de empresas no establecidas, con proyectos de inversión de activos fijos y/o proyectos de creación de empleo en Cataluña, así como con proyectos de I+D.

    Leer más

    Plazo de solicitud: hasta el 20 de octubre de 2016

    A quién va dirigido

    A empresas que lleven a cabo proyectos de inversión empresarial que cumplan alguno de los requisitos solicitados.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 20 de octubre de 2016.

    Documentación

    Con las solicitudes se debe adjuntar la documentación següent:

    1. Memoria del servicio solicitado en formato PDF.
      La información incluida en esta memoria será la que se utilizará para valorar la solicitud presentada.
    2. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad solicitante, en caso que este no esté inscrito en el Registro Mercantil.
      En el caso que este documento se haya persentado en convocatorias anteriores de ACCIÓ no será necesario presentarlo, siempre que el solicitante aporte una declaración responsable en la que especifique el documento en contreco, la fecha de presentación y se haga constar que és vigente. En el caso en qué se hayan producido modificaciones en la documentación presentada, haya preescrito su periodo de vigencia o hayan transcurrido más de 5 años des de la finalización del procedimiento por el qual se presentó, habrá que adjuntar necesariamente la nueva documentación.

    En el caso de proyectos estratégicos para la economia catalana, definidos en la base 5 del annexo 1 de las bases reguladoras, que comporten la diversificación de la actividad de la empresa, también se deberá adjuntar:

    1. Balance de la empresa del anterior ejercicio fiscal donde conste el valor contable de los activos de la empresa.

    Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en las bases reguladoras y en esta convocatoria, se requerirá la persona solicitante porque en un plazo de diez días hábiles enmiende el defecto o adjunte los documentos preceptivos, con indicación que, si no lo hace, se considerará que desiste de su petición, con resolución previa, de acuerdo con el que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
    Este requerimiento se hará, previo consentimiento de la persona solicitante, mediante el envío de un correo electrónico a la dirección que el solicitante haya dado, a estos efectos, dentro del impreso de solicitud de la ayuda y su notificación se entenderá practicada, a todos los efectos legales, en el momento en que se produzca el acceso del solicitante a su contenido. Cuando habiendo constancia de la puesta en disposición de la notificación a la dirección electrónica, transcurran diez días naturales sin que se acceda a su contenido, se entenderá que se ha rechazado la notificación, salvo que de oficio o a instancia del destinatario se compruebe la imposibilidad técnica o material de acceder.

    Requisitos

    Los proyectos deberán cumplir alguno de los requisitos siguientes:

    1. Para los proyectos de creación de empleo, en función de la tipología del proyecto la creación mínima de:
      • 50 nuevos puestos de trabajo en proyectos de Centros de Servicios.
      • 15 nuevos puestos de trabajo en proyectos de Centros de Decisión de ámbito suprarregional.
      • 15 nuevos puestos de trabajo en proyectos Industriales.
      • 15 nuevos puestos de trabajo en proyectos de Centros Logísticos.

    2. Para los proyectos de inversión empresarial en activos fijos, 3 millones de euros de gasto mínimo aceptado, en activos fijos materiales e inmateriales.
    3. Para los proyectos que creen empleo y que realicen inversiones en activos fijos, los requisitos definidos en los apartados 1 y 2) anteriores.
    4. Para los proyectos de creación o ampliación de R+D+i:
      1. Creación de un mínimo de 8 puestos de trabajo vinculados a la R+D+i o,
      2. Creación de un mínimo de 5 puestos de trabajo vinculados a l'actividad de R+D+i y una inversión en equipamiento científico o de laboratorio de como mínimo 500.000 euros
    5. Para los proyectos estratégicos para la economía catalana, una inversión mínima de 5 millones de euros de gasto aceptada en activos fijos productivos y la creación de un mínimo de 50 puestos de trabajo. Estos proyectos se han de localizar en alguno de los municipios del mapa de ayudas de estado de finalidad regional (ver mapa).

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Pueden consulten la información sobre la tipología de los proyectos subvencionades, los gastos subvencionables, la cuantía máxima de la ayuda, etc. en el siguiente enlace.

    Plazos

    Del22.09.2016al 20.10.2016

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida, a ACCIÓ.

    Por correo postal

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida.

  • Subvención directa destinada a fomentar los proyectos de inversión innovadores que lleven a cabo las empresas que realizan procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios.

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    Plazo: del 27 de octubre al 26 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

    A quién va dirigido

    Personas físicas, jurídicas y sus agrupaciones que sean titulares responsables de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y que soportan la carga financiera de las inversiones subvencionables.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud comienza el 27 de octubre y finaliza el 26 de noviembre de 2015.

    Documentación

    1ª Fase de concesión:
    Para solicitar la ayuda habrá que rellenar la solicitud que encontrará en el PASO 1. En este modelo habrá que anexar:
    - Plano de Planta diferenciando las inversiones proyectadas de las existentes.


    2ª fase de concesión:
    En caso de que se haya alcanzado la puntuación mínima para pasar a la segunda fase de concesión, se deberá aportar la siguiente documentación a los servicios territoriales donde pertenezca el establecimiento que ha solicitado la ayuda:

    • En el caso de personas jurídicas, certificado del órgano competente, según los estatutos de la entidad, del acuerdo de solicitar la ayuda, de emprender la actuación para la que se solicita la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes. No será necesario este certificado en el caso de administrador único.
    • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa medioambiental, en concreto el permiso ambiental o bien su solicitud a la administración competente.
    • En caso de mataderos nuevos necesario que el autor / a del proyecto acredite que cumple la normativa en materia de bienestar animal.
    • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa de seguridad laboral.
    • Registro Sanitario de Industrias y de Productos Alimentarios de Cataluña No será necesario presentarlo si se ha autorizado al DARP a que se refiere el apartado 6.5.
    • Permiso de obra o bien su solicitud, en su caso.
    • Evaluación del impacto ambiental previsto de conformidad con la normativa medioambiental específica, cuando pueda tener efectos negativos en el medio ambiente.
    • Proyecto técnico básico, firmado por una persona técnica y visado por el colegio profesional correspondiente, en caso de que el valor de la obra civil, maquinaria e instalaciones objeto de solicitud supere los 150.000,00 euros de inversión o la potencia instalada supere los 20 kW. El proyecto debe cumplir lo establecido en estas bases y en la normativa comunitaria relativa a la medida de inversiones, así como demás legislación aplicable. En el caso de solicitar también la ayuda contemplado en el artículo 2.1.a), se puede presentar el mismo proyecto por ambos ayudas, sin embargo, deberán diferenciarse claramente las inversiones y presupuestos que se presentan en cada uno de estas ayudas.
    • En caso de mataderos nuevos necesario que el autor / a del proyecto acredite que cumple la normativa en materia de bienestar animal.
    • Facturas proforma u ofertas. En los casos en que los gastos que debe realizar la persona solicitante superen la cuantía de 50.000,00 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 18.000,00 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la persona solicitante deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. Cuando se produzca esta circunstancia, se deberá adjuntar al proyecto una memoria razonada en relación con la oferta escogida. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, y deberá justificarse esta elección expresamente en una memoria en el proyecto, cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Si no se hace así, se subvencionará la oferta económica. Las 3 ofertas deben provenir de empresas que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del código de comercio. Las facturas proforma o ofertas deberán describir y detallar suficientemente la operación para identificar cada uno de los elementos y precios correspondientes, con el fin de verificar el costo razonable de los mismos.
    • Cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, correspondientes a los dos últimos ejercicios y debidamente firmados, siempre que no se hayan presentado con anterioridad. Los modelos a presentar, normal o abreviado, son los que establecen las normas de elaboración de las cuentas anuales del Plan general contable.
    • Copia de la certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales, si la persona solicitante está obligada a depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil o en el de cooperativas.
    • Cuentas anuales consolidadas del grupo, si la persona solicitante es una sociedad que forma parte de un grupo de sociedades que esté obligada a elaborar cuentas anuales consolidadas.
    • Informe de la auditoría, si la persona solicitante está obligada a someter sus cuentas anuales a verificación contable.
    • Modelo 200-Impuesto sobre Sociedades. Correspondiente al último ejercicio.
    • Estudio de viabilidad de la inversión o un plan de empresa en caso de que no estén incluidos en el proyecto técnico
    • Documento de información técnico (A0772.2015-DO06) + (A0772.2015-DO08)
    • Declaración de la empresa solicitante relativa a PYMES y grandes empresas (A0772.2015-DO07).
    • Documentación acreditativa de los préstamos suscritos, en su caso.
    • Documentación que acredite las ayudas solicitadas, concedidos o cobrados por la misma inversión, especificando: cuantía, fecha de concesión y en su caso, el ente correspondiente.
    • Documentación justificativa de los criterios de prioridad y de atribución indicados en el apartado 4, que el interesado se haya puntuado en la solicitud de la ayuda, en su caso:
      • Relación con el productor de base:
        Las empresas que hayan señalado la obtención de más del 50% de materia prima de los productores, deberán aportar facturas de compra, declaraciones de suministro y contratos de las partes relacionadas.
      • Internacionalización:
        Declaración del IVA u otra documentación oficial.
      • Plan estratégico o RIS3CAT:
        contrato o convenio con centro de investigación o investigación, otra documentación acreditativa.

    Requisitos

    1. Que manipulan o transforman, y comercializan productos agrarios del anexo I del Tratado FUE, excepto los productos de la pesca y los forestales.
    2. Que cumplen las normas mínimas de respeto del medio ambiente, seguridad laboral, higiene y, si procede, de bienestar animal, de acuerdo con la normativa específica en vigor.
    3. Que la empresa es viable económicamente.
    4. Que no se encuentra en situación de crisis, de acuerdo con la Comunicación 2014 / C 249 / C / 01 de la Comisión, de 31 de julio de 2014.
    5. Que pertenecen al sector mayorista.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Inversiones subvencionables
    Son susceptibles de subvención los siguientes gastos, efectuadas con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda:
    1) La construcción y la compra, incluido el arrendamiento financiero si la compra se realiza dentro del período de justificación, de bienes inmuebles, así como la mejora de la obra civil, incluidas las instalaciones inherentes a la obra civil. A efectos del cálculo de la cuantía de inversión subvencionable, al valor de compra de un inmueble se descontará el valor del suelo que repercuta sobre el inmueble, valorado por un técnico competente en la materia.
    El importe de la compra del bien inmueble, está limitado a un máximo del 30% de las inversiones totales del proyecto.
    2) La compra, incluida la compra a través de arrendamiento financiero si ésta se realiza dentro del período de justificación, la instalación de nueva maquinaria y bienes de equipo, incluidos las instalaciones telefónicas, las fotocopiadoras y el hardware informático , hasta el valor de mercado del producto.
    3) La adquisición o desarrollo de programas informáticos, y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
    El importe de la compra de los elementos mencionados en este apartado, está limitado a un máximo del 30% de las inversiones totales del proyecto.
    4) Los costes generales vinculados a las inversiones contempladas en las letras 1) y 2) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
    El importe del conjunto de los gastos de este apartado está limitado a un máximo del 12% de las inversiones previstas en los puntos 1) y 2).

    Plazos

    Del27.10.2015al 26.11.2015

    Por internet

    Para tramitar la solicitud por Internet es necesario disponer de firma electrónica.

    Instrucciones para la tramitación del formulario electrónico:

    1. El único medio válido para la presentación de las solicitudes es el de la vía electrónica. A tal efecto se dispondrá de un formulario electrónico que convendrá firmar mediante firma digital válida antes de enviarlo desde el espacio habilitado a tal efecto en este mismo portal.
    2. El límite máximo para poder enviar el formulario electrónico de solicitud (incluido documentación aneja) es 5 MB y, para rellenar correctamente el formulario hay que disponer del software Adobe Reader 9.2 o versiones posteriores. El software Adobe Reader es de descarga gratuita
    3. El formulario que se descargue del entorno sólo podrá ser utilizado una vez. En consecuencia, si por cualquier motivo se detecta que se ha tramitado la solicitud con algún error, para rectificarlo se deberá descargar de nuevo y rellenarlo con los datos correctos.
    4. Si el error se detecta antes de enviar el formulario se puede rectificar siguiendo las siguientes indicaciones:
      • Abrír el formulario
      • Situar el cursor sobre la firma y, con el botón derecho del ratón, seleccionad, la opción "Borra la firma".
      • Clicar el botón del formulario "desbloquear". En ese momento ya se podra ir al campo del formulario en el que se haya detectado el error para modificarlo. Posteriormente se deberà volver a validar el formulario, firmarlo y guardarlo.En esos momentos ya se podrà enviar.
    5. Para tramitar la solicitud se debe firmar electrónicamente con un certificado digital válido de persona jurídica. Son los siguientes:
      • Certificado de persona jurídica: se trata de un certificado emitido a favor de una entidad jurídica. La custodia de cada certificado digital de persona jurídica es responsabilidad de la persona física que lo solicita. En este sentido, se recomienda utilizarlo sólo cuando se actúa directamente, es decir, sin utilizar la figura de representante legal y siendo la persona física que lo solicita la que dispone de plenos poderes legales en la empresa.
      • Certificado de representante: en este caso la persona se identifica con la calificación de representante legal o apoderado general de la empresa, con las prerrogativas legales que supone.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en 'Trámites gencat'

  • Esta operación compensa el lucro cesante y el incremento de costes asociados a prácticas respetuosas con el medio ambiente que soportan los operadores ecológicos.

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    Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
    Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.

    A quién va dirigido

    Se podrán beneficiar de las ayudas las personas físicas o jurídicas que sean agricultores activos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
    Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Plan agroambiental en el que se describa la situación de partida de la explotación, así como los objetivos que se pretenden alcanzar.

    Requisitos

    Estar inscritos en el Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica (CCPAE) y cumplir las obligaciones que se derivan. La solicitud de inscripción en el CCPAE deberá haberse realizado antes del 30 de junio del año en que se solicita la ayuda.
    Mantener alguna de las superficies mínimas de cultivo siguientes:
    - Cultivos herbáceos: 2 ha
    - Hortícolas: 0,5 ha
    - Olivo, frutos secos y vid: 2 ha
    - Frutales (fruta dulce y cítricos): 1 ha

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Incompatibilidades con otras líneas de ayuda

    • Gestión sostenible de zonas húmedas.
    • Gestión y recuperación de prados de siega
    • Mejora de los hábitats esteparios de Red Natura 2000
    • Sistemas alternativos a la lucha química
    • Producción integrada
    • Gestión de fertilizantes
    • Gestión sostenible de zonas húmedas
    • Agricultura ecológica 2007-2013

    Plazos

    Del01.02.2016al 15.06.2016

    Por internet

    Hay que marcar la casilla en el trámite de la DUN, al cual se halla vinculado.

  • El objetivo de esta línea de ayuda es mejorar la biodiversidad en los agroecosistemas frágiles donde pueda haber especies relictas, mediante actuaciones dirigidas a promover sistemas de explotación apícola que incluyan una mayor base territorial.

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    Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
    Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 201

    A quién va dirigido

    A titulares de explotaciones apícoles.

    Sólo se podrán acoger a estas ayudas las personas con compromisos de contrato global de explotación vigentes o provenientes de subrogación.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    Plazo ordinario: del 1 de febrero hasta el 15 de junio de 2016.
    Plazo extraordinario con penalización: hasta el 10 de julio de 201

    Documentación

    La solicitud, que ha de presentarse mediante la Declaración Única Agraria, se tendrá que acompañar de la documentación siguiente:

    1. Si es solicitante de superficies provenientes de subrogación: plan agroambiental en el que se describe la situación de partida de la explotación, así como los objetivos a alcanzar.
    2. Comunicación de la ubicación de los asientos y sus movimientos.

    Requisitos

    • Estar inscrito en el Registro de explotaciones. Solicitar la actuación agroambiental para un mínimo de 150 colmenas.
    • La superficie de acogida será la de vegetación entomófila, caracterizada por ecosistemas para biodiversidad frágil propios de pastizales y agrosistemas propios de la dehesa, así como las de zonas con biodiversidad frágil y vegetación autóctona.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Contrato global de explotación

    Plazos

    Del01.02.2016al 15.06.2016

    Por internet

    Marcar la casilla del trámite de la DUN al cual está vinculado.

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