Ayudas a inversiones en transformación y comercialización de alimentos

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Subvención directa destinada a fomentar los proyectos de inversión innovadores que lleven a cabo las empresas que realizan procesos de transformación y comercialización de los productos agrarios.

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Plazo: del 27 de octubre al 26 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

A quién va dirigido

Personas físicas, jurídicas y sus agrupaciones que sean titulares responsables de la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda y que soportan la carga financiera de las inversiones subvencionables.

Organismo responsable

Normativa

Trámites relacionados

Solicitar la ayuda

Plazos

El plazo para presentar la solicitud comienza el 27 de octubre y finaliza el 26 de noviembre de 2015.

Documentación

1ª Fase de concesión:
Para solicitar la ayuda habrá que rellenar la solicitud que encontrará en el PASO 1. En este modelo habrá que anexar:
- Plano de Planta diferenciando las inversiones proyectadas de las existentes.


2ª fase de concesión:
En caso de que se haya alcanzado la puntuación mínima para pasar a la segunda fase de concesión, se deberá aportar la siguiente documentación a los servicios territoriales donde pertenezca el establecimiento que ha solicitado la ayuda:

  • En el caso de personas jurídicas, certificado del órgano competente, según los estatutos de la entidad, del acuerdo de solicitar la ayuda, de emprender la actuación para la que se solicita la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes. No será necesario este certificado en el caso de administrador único.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa medioambiental, en concreto el permiso ambiental o bien su solicitud a la administración competente.
  • En caso de mataderos nuevos necesario que el autor / a del proyecto acredite que cumple la normativa en materia de bienestar animal.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de la normativa de seguridad laboral.
  • Registro Sanitario de Industrias y de Productos Alimentarios de Cataluña No será necesario presentarlo si se ha autorizado al DARP a que se refiere el apartado 6.5.
  • Permiso de obra o bien su solicitud, en su caso.
  • Evaluación del impacto ambiental previsto de conformidad con la normativa medioambiental específica, cuando pueda tener efectos negativos en el medio ambiente.
  • Proyecto técnico básico, firmado por una persona técnica y visado por el colegio profesional correspondiente, en caso de que el valor de la obra civil, maquinaria e instalaciones objeto de solicitud supere los 150.000,00 euros de inversión o la potencia instalada supere los 20 kW. El proyecto debe cumplir lo establecido en estas bases y en la normativa comunitaria relativa a la medida de inversiones, así como demás legislación aplicable. En el caso de solicitar también la ayuda contemplado en el artículo 2.1.a), se puede presentar el mismo proyecto por ambos ayudas, sin embargo, deberán diferenciarse claramente las inversiones y presupuestos que se presentan en cada uno de estas ayudas.
  • En caso de mataderos nuevos necesario que el autor / a del proyecto acredite que cumple la normativa en materia de bienestar animal.
  • Facturas proforma u ofertas. En los casos en que los gastos que debe realizar la persona solicitante superen la cuantía de 50.000,00 euros en el supuesto de coste por ejecución de obra, o de 18.000,00 euros en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría o asistencia técnica, la persona solicitante deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten. Cuando se produzca esta circunstancia, se deberá adjuntar al proyecto una memoria razonada en relación con la oferta escogida. La elección entre las ofertas presentadas se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, y deberá justificarse esta elección expresamente en una memoria en el proyecto, cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa. Si no se hace así, se subvencionará la oferta económica. Las 3 ofertas deben provenir de empresas que no formen parte del mismo grupo de sociedades, de acuerdo con los supuestos que establece el artículo 42 del código de comercio. Las facturas proforma o ofertas deberán describir y detallar suficientemente la operación para identificar cada uno de los elementos y precios correspondientes, con el fin de verificar el costo razonable de los mismos.
  • Cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria, correspondientes a los dos últimos ejercicios y debidamente firmados, siempre que no se hayan presentado con anterioridad. Los modelos a presentar, normal o abreviado, son los que establecen las normas de elaboración de las cuentas anuales del Plan general contable.
  • Copia de la certificación del acuerdo de aprobación de las cuentas anuales, si la persona solicitante está obligada a depositar las cuentas anuales en el Registro Mercantil o en el de cooperativas.
  • Cuentas anuales consolidadas del grupo, si la persona solicitante es una sociedad que forma parte de un grupo de sociedades que esté obligada a elaborar cuentas anuales consolidadas.
  • Informe de la auditoría, si la persona solicitante está obligada a someter sus cuentas anuales a verificación contable.
  • Modelo 200-Impuesto sobre Sociedades. Correspondiente al último ejercicio.
  • Estudio de viabilidad de la inversión o un plan de empresa en caso de que no estén incluidos en el proyecto técnico
  • Documento de información técnico (A0772.2015-DO06) + (A0772.2015-DO08)
  • Declaración de la empresa solicitante relativa a PYMES y grandes empresas (A0772.2015-DO07).
  • Documentación acreditativa de los préstamos suscritos, en su caso.
  • Documentación que acredite las ayudas solicitadas, concedidos o cobrados por la misma inversión, especificando: cuantía, fecha de concesión y en su caso, el ente correspondiente.
  • Documentación justificativa de los criterios de prioridad y de atribución indicados en el apartado 4, que el interesado se haya puntuado en la solicitud de la ayuda, en su caso:
    • Relación con el productor de base:
      Las empresas que hayan señalado la obtención de más del 50% de materia prima de los productores, deberán aportar facturas de compra, declaraciones de suministro y contratos de las partes relacionadas.
    • Internacionalización:
      Declaración del IVA u otra documentación oficial.
    • Plan estratégico o RIS3CAT:
      contrato o convenio con centro de investigación o investigación, otra documentación acreditativa.

Requisitos

  1. Que manipulan o transforman, y comercializan productos agrarios del anexo I del Tratado FUE, excepto los productos de la pesca y los forestales.
  2. Que cumplen las normas mínimas de respeto del medio ambiente, seguridad laboral, higiene y, si procede, de bienestar animal, de acuerdo con la normativa específica en vigor.
  3. Que la empresa es viable económicamente.
  4. Que no se encuentra en situación de crisis, de acuerdo con la Comunicación 2014 / C 249 / C / 01 de la Comisión, de 31 de julio de 2014.
  5. Que pertenecen al sector mayorista.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Inversiones subvencionables
Son susceptibles de subvención los siguientes gastos, efectuadas con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda:
1) La construcción y la compra, incluido el arrendamiento financiero si la compra se realiza dentro del período de justificación, de bienes inmuebles, así como la mejora de la obra civil, incluidas las instalaciones inherentes a la obra civil. A efectos del cálculo de la cuantía de inversión subvencionable, al valor de compra de un inmueble se descontará el valor del suelo que repercuta sobre el inmueble, valorado por un técnico competente en la materia.
El importe de la compra del bien inmueble, está limitado a un máximo del 30% de las inversiones totales del proyecto.
2) La compra, incluida la compra a través de arrendamiento financiero si ésta se realiza dentro del período de justificación, la instalación de nueva maquinaria y bienes de equipo, incluidos las instalaciones telefónicas, las fotocopiadoras y el hardware informático , hasta el valor de mercado del producto.
3) La adquisición o desarrollo de programas informáticos, y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
El importe de la compra de los elementos mencionados en este apartado, está limitado a un máximo del 30% de las inversiones totales del proyecto.
4) Los costes generales vinculados a las inversiones contempladas en las letras 1) y 2) tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.
El importe del conjunto de los gastos de este apartado está limitado a un máximo del 12% de las inversiones previstas en los puntos 1) y 2).

Plazos

Del27.10.2015al 26.11.2015

Por internet

Para tramitar la solicitud por Internet es necesario disponer de firma electrónica.

Instrucciones para la tramitación del formulario electrónico:

  1. El único medio válido para la presentación de las solicitudes es el de la vía electrónica. A tal efecto se dispondrá de un formulario electrónico que convendrá firmar mediante firma digital válida antes de enviarlo desde el espacio habilitado a tal efecto en este mismo portal.
  2. El límite máximo para poder enviar el formulario electrónico de solicitud (incluido documentación aneja) es 5 MB y, para rellenar correctamente el formulario hay que disponer del software Adobe Reader 9.2 o versiones posteriores. El software Adobe Reader es de descarga gratuita
  3. El formulario que se descargue del entorno sólo podrá ser utilizado una vez. En consecuencia, si por cualquier motivo se detecta que se ha tramitado la solicitud con algún error, para rectificarlo se deberá descargar de nuevo y rellenarlo con los datos correctos.
  4. Si el error se detecta antes de enviar el formulario se puede rectificar siguiendo las siguientes indicaciones:
    • Abrír el formulario
    • Situar el cursor sobre la firma y, con el botón derecho del ratón, seleccionad, la opción "Borra la firma".
    • Clicar el botón del formulario "desbloquear". En ese momento ya se podra ir al campo del formulario en el que se haya detectado el error para modificarlo. Posteriormente se deberà volver a validar el formulario, firmarlo y guardarlo.En esos momentos ya se podrà enviar.
  5. Para tramitar la solicitud se debe firmar electrónicamente con un certificado digital válido de persona jurídica. Son los siguientes:
    • Certificado de persona jurídica: se trata de un certificado emitido a favor de una entidad jurídica. La custodia de cada certificado digital de persona jurídica es responsabilidad de la persona física que lo solicita. En este sentido, se recomienda utilizarlo sólo cuando se actúa directamente, es decir, sin utilizar la figura de representante legal y siendo la persona física que lo solicita la que dispone de plenos poderes legales en la empresa.
    • Certificado de representante: en este caso la persona se identifica con la calificación de representante legal o apoderado general de la empresa, con las prerrogativas legales que supone.

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en 'Trámites gencat'


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

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Tel. 902627781

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