Generalitat de Cataluña

  • En el Registro de Empresas Instaladoras y Conservadoras de Grúas Torre (RICGT) se inscriben las empresas que se dedican a la instalación y al mantenimiento de las grúas torre. Al inscribirse en el registro, se recibe un certificado de inscripción.

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    Para realizar trabajos de mantenimiento es necesario que los profesionales tengan la titulación adecuada y la empresa cuente con operarios calificados y la correspondiente autorización.

    A quién va dirigido

    A las empresas, ya tengan personalidad física o jurídica, que quieran dedicarse a la instalación y al mantenimiento de grúas torre.

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribirse en el Registro

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento previamente a iniciar la actividad.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    • Requisitos

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Otras informaciones

    1. La inscripción como empresa mantenedora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial, y habilita para actuar en todo el territorio de Cataluña.
    2. La inscripción tiene una vigencia de un año.

    Presencialmente

    Descargar formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Solicitar un duplicado del certificado de inscripción

    Plazos

    La solicitud se puede realizar en cualquier momento.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Modificar la inscripción

    Plazos

    Se debe solicitar cuando se produce la modificación de los datos del certificado de inscripción.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    • Requisitos

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    1. Se entiende por "Modificación de datos" la que suponga variaciones esenciales de los datos anteriormente declarados (cambios de denominación, de titular, convalidaciones y otras modificaciones que supongan cambios en la inscripción existente).
    2. No se amplía el periodo de vigencia del certificado, se mantiene la misma fecha de caducidad que ya tenía.
    3. La solicitud de cambio de titular de la inscripción como empresa instaladora y/o mantenedora se puede hacer en cualquier demarcación territorial.

    Presencialmente

    Descargar el formulario y marcar la modalidad de modificación.

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Cambiar de titular

    Plazos

    Se solicita en el momento en que el titular de la empresa cambia de nombre.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Otras informaciones

    1. La solicitud de cambio de titular de la inscripción como empresa instaladora y/o mantenedora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    2. Se ampliará por un año la vigencia del certificado de inscripción.

    Presencialmente

    Descargar el formulario y marcar la modalidad de modificación.

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Obtener un certificado de no sanción

    Plazos

    El certificado de no sanción de empresa se puede solicitar en cualquier momento.

    Requisitos

    Solo podrán obtener el certificado de no sanción aquellas empresas que no estén inhabilitadas para el ejercicio de la actividad. La OGE no resolverá y, por lo tanto, enviará al órgano técnico responsable las solicitudes de certificados sobre empresas inhabilitadas o en situación irregular.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Otras informaciones

    El certificado de no sanción se puede pedir en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    Es necesario que la empresa tenga su registro vigente.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Renovar la inscripción

    Plazos

    Se debe solicitar antes de la caducidad de la inscripción.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Otras informaciones

    1. La renovación del registro de empresa instaladora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    2. Se ampliará por un año el periodo de vigencia del certificado de inscripción.

    Presencialmente

    Descargar el formulario y marcar el apartado de renovación.

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Dar de baja la inscripción

    Plazos

    Se solicitará en el momento en que se deje de desarrollar definitivamente la actividad.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Pueden solicitar la baja de uno o más ámbitos de actuación de forma simultania. Si solicitan la baja de todos los ámbitos de actuación de la empresa, el Registro se dará de baja.

    La solicitud de baja de la inscripción como empresa instaladora y/o mantenedora se puede hacer en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.

    Descargar el formulario

    Presencialmente

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    El formulario de solicitud también se puede enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    El formulario de solicitud también se puede enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

  • El Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña es público, tiene naturaleza administrativa y es de carácter obligatorio.

    La inscripción:

    • Otorga la condición de agente inmobiliario homologado i da el derecho de hacer pública esta condición.
    • Permite acreditar que la persona que figura en el Registro reúne los requisitos y condiciones adecuados para ejercer la actividad.

    Son agentes inmobiliarios las personas físicas o jurídicas que se dedican de manera habitual y retribuida a prestar servicios de mediación, asesoramiento y gestión en transacciones inmobiliarias con relación a operaciones de compraventa, alquiler, permuta o cesión de bienes inmuebles y los derechos correspondientes, incluyendo la constitución de estos derechos (artículo 55 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda).

    La finalidad de este Registro es favorecer la transparencia en el sector de la vivienda y garantizar la protección de los consumidores. Garantiza a la ciudadania que el agente inmobiliario se encuentra con capacitat para dar un servicio eficiente y de calidad, ya que certifica que tiene una formación académica pertinente, experiencia en el ámbito en el que se desenvuelve y solvencia económica.

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    A quién va dirigido

    A las personas físicas o jurídicas que quieran ejercer de Agentes Inmobiliarios establecidos en Cataluña.
    No se deben inscribir las personas físicas o jurídicas siguientes:

    • Administradores de fincas que realizan exclusivamente las actividades reguladas en el artículo 54 de la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.
    • Agentes inmobiliarios que actúan en Cataluña de manera habitual desde algún estado de la Unión Europea o de fuera de Cataluña, sin establecimiento abierto al público en este ámbito territorial (Cataluña).
    • Personas que actúan en Cataluña de manera no habitual y sin retribución en la prestación de servicios relacionados con las transacciones inmobiliarias, según lo que establece la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Inscribirse en el Registro

    Plazos

    Actualmente no hay plazos. El plazo transitorio para los agentes que estaban ejerciendo la actividad de mediación inmobiliaria el 10 de marzo de 2010 concluyó a los seis meses.

    Documentación

    En el caso de solicitudes presentadas de forma individual por la persona interesada

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud de inscripción / declaración responsable:

    1. Póliza de seguro de responsabilidad civil
    2. Garantía (seguro de caución o fianza subscrita)
    3. Acreditación de la capacitación profesional: titulación universitaria o los certificados de los conocimientos en materia inmobiliaria

    En el caso de solicitudes presentadas de forma colectiva a través del colegio profesional o de una asociación profesional

    No hay que adjuntar documentación complementaria a la solicitud. En la declaración colectiva se hace constar que todas las personas colegiadas o asociadas reunen las condiciones y los requisitos establecidos y que están debidamente cubiertas por la póliza de responsabilidad civil y la garantía que prevee la normativa.

    Para inscripciones de personas jurídicas, hay que aportar también la acreditación de la persona firmante de la solicitud de inscripción al registro como representante adecuada de la empresa, es decir escrituras de constitución donde figura la persona firmante como administradora o apoderada.

    Requisitos

    Requisitos de ubicación y de atención

    1. Los agentes inmobiliarios deben disponer de establecimiento abierto al público, a menos que presten los servicios a distancia por vía electrónica o telemática. Tienen la consideración de establecimiento abierto al público el domicilio profesional, los locales comerciales y las oficinas o despachos que cumplan todos los requisitos y dispongan de los permisos, licencias y altas fiscales requeridas legalmente para ejercer la actividad.

    2. Los agentes que prestan servicios exclusivamente por vía electrónica o telemática deberán disponer de una dirección física.

    Requisitos de capacitación y actuación profesional

    1. Los agentes inmobiliarios deben estar capacitados profesionalmente para el ejercicio de la actividad. La capacitación profesional se acreditará de una de las siguientes maneras:
      • Con una titulación universitaria relacionada:
        • Administración y dirección de empresas
        • Arquitectura
        • Ciencies empresariales
        • Ciencia política y gestión pública
        • Ciencies políticas y de la Administración
        • Dirección de empresas BBA
        • Derecho
        • Economía
        • Ingeniería de la edificación
      • Con certificados de asistencia y aprovechamiento a cursos de formación en materia inmobiliaria en centros de estudio reconocidos por el Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña (ver apartado Otras informaciones) sobre las siguientes materias:
        • derecho de propiedad
        • derecho inmobiliario
        • legislación de arrendamientos urbanos
        • derecho hipotecario
        • derecho urbanísticos y de la vivienda
        • derecho tributario inmobiliario
        • valoraciones inmobiliarias
        • la promoción inmobiliaria
        • marketing y comercialización
        • derecho profesional inmobiliario
        • actividad profesional
        • código deontológico
        • Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña
        • derecho del consumo: los derechos de las personas consumidoras en la adquisición y el arrendamiento de viviendas.
    2. Los agentes inmobiliarios deben cumplir las obligaciones y los principios de actuación establecidos en la legislación vigente y en los códigos profesionales de conducta.
    3. En el caso de las personas jurídicas, deben cumplir los dos requisitos anteriores, las personas administradoras o, en su caso, las personas miembros del Consejo de Administración de la sociedad, así como la persona responsable de cada establecimiento abierto al público.

    Requisitos de solvencia

    1. Una póliza de seguro de responsabilidad civil vigente durante todo el tiempo que desarrolle la actividad que garantice los daños y perjuicios que puedan causar durante el ejercicio de su actividad por un capital mínimo a asegurar de:
      • 100.000 euros por siniestro y 600.000 euros por año y por establecimiento abierto al público en Cataluña
      • 150.000 euros por siniestro y 1.000.000 euros por año en caso de desarrollar la actividad a través de medios electrónicos o telemáticos
    2. Una garantía: seguro de caución o fianza suscrita con una entidad aseguradora o financiera debidamente autorizada, según su normativa específica. El importe mínimo por año de cobertura es de:
      • 60.000 euros por establecimiento abierto al público en Cataluña
      • 300.000 euros por agente si el agente inmobiliario desarrolla su actividad exclusivamente a través de medios electrónicos o telemáticos

    (La garantía se ejecuta por acuerdo expreso entre las personas destinatarias de las cantidades recibidas y las personas que las entregaron, o bien en virtud de sentencia judicial, laudo arbitral firme o resolución administrativa firme que se pronuncie sobre los derechos de las personas interesadas en las cantidades mencionadas.)

    Requisitos de identificación visual

    Una vez registrado, el agente se compromete a hacer uso del distintivo que le otorga la condición de agente inmobiliario homologado por la Generalitat de Cataluña y que certifica y garantiza a la ciudadanía que reúne los requisitos y las condiciones adecuadas para ejercer la actividad de agente inmobiliario. El distintivo obligatorio contiene un número único. El distintivo deberá utilizarse como minino:

    1. como una placa, en un lugar visible para el público
    2. en el material de papelería (existeix un manual de identidad visual para agentes registrados )
    3. en cualquier tipo de publicidad que realize el agente

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    El Registro se adscribe al departamento competente en materia de vivienda, y depende de la Secretaría de Vivienda y Mejora Urbana, que tiene la responsabilidad. La gestión del Registro la lleva a cabo la Agencia de la Vivienda de Cataluña.

    Agentes registrados

    Se puede consultar los datos de los agentes inmobiliarios registrados en la página web de la Agencia de la Vivienda de Cataluña (Buscador de agentes registrados)

    Cambios y modificaciones

    Todas las personas inscritas en el Registro deben actualizar los datos facilitados cuando se produzca cualquier modificación. En este caso, la persona titular debe aportar, individualmente o mediante el colegio o la asociación profesional, una declaración responsable donde se especifiquen los cambios que ha habido. Las modificaciones de los datos del Registro, la suspensión temporal y la cancelación de la inscripción a instancia de la parte interesada se tramitarán con el mismo procedimiento que se ha especificado para la inscripción.

    Centros de estudios reconocidos para impartir los cursos requeridos para ser agente inmobiliario

    En el siguiente enlace puede consultar los centros de estudios reconocidos así como las titulaciones universitarias reconocidas y las ramas de conocimiento que deben contener los cursos.

    Presencialmente

    La solicitud de inscripción / declaración responsable hace constar que el agente inmobiliario:

    • Dispone de establecimiento abierto al público.
    • Tiene otorgados los permisos, las licencias y las altas fiscales correspondientes para llevar a cabo los servicios y las actividades de mediación en materia de servicios inmobiliario.
    • Se compromete a desarrollar su actividad de acuerdo con los principios de actuación y códigos de conducta sobre la ética profesional, la ética de comportamiento, el secreto profesional, las comunicaciones comerciales y la transparencia en las remuneraciones.
    • Tiene la capacitación profesional requerida.
    • Dispone de la póliza de seguro de responsabilidad civil profesional y que ha suscrito las garantías en las cuantías y modalidades establecidas.
    • Se compromete a mantener las condiciones y los requisitos, para ejercer la actividad de agente inmobiliario.
    • Autoriza a las personas que gestionan el Registro de Agentes Inmobiliarios de Cataluña a hacer las comprobaciones necesarias sobre las cuestiones declaradas en los apartados anteriores, y se compromete a aportar la documentación que, si pega|ocurre, le requieran a efectos de acreditarlas.

    La solicitud / declaración responsable se puede presentar:

    • De forma individual, la persona interesada o a través de otras entidades o de asociaciones de agentes inmobiliarios.
    • De forma colectiva, a través del colegio profesional o de una asociación profesional regulada por la Ley 7/2006, de 31 de mayo, de ejercicio de las profesiones tituladas y de los colegios profesionales.

    Se puede presentar en distintos lugares:

  • Las Agrupaciones de Defensa Sanitaria son entidades con personalidad jurídica propia que siguen un programa sanitario común aprobado por el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural y que cuentan como mínimo con un/a veterinario/a encargado/a de llevar a cabo las funciones sanitarias relacionadas con los programas aprobados.

    • La solicitud de autorización sirve para el reconocimiento de nuevas entidades, estableciendo su ámbito territorial de actuación.
    • Cuando la ADS ya existe pero se quieren hacer cambios, hay que seguir la modalidad de ampliar el ámbito de actuación.
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    A quién va dirigido

    A agricultores y ganaderos.
    A asociaciones ya constituidas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Ampliar el ámbito de actuación

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Para cada explotación que forme parte paralelamente se habrá de adjuntar el impreso:

    Comunicación de alta/baja de vinculación de una explotación a una ADS

    Requisitos

    Acuerdo de la junta de la ADS formalmente constituida.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Presencialmente

    Se ha de presentar en:

    Solicitar la autoritzación

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

    1. Copia del NIF de la entidad.
    2. Copia de los estatutos de la ADS y acta fundacional. Y, en su caso, copia de las posteriores modificaciones y del acuerdo de nombramiento del / de la representante legal.
    3. Listado actualizado de los / las ganaderos / as integrantes de la agrupación, marca oficial de las explotaciones y censo.
    4. Hoja de relación de veterinarios / as de una ADS y hoja de compromisos correspondiente debidamente firmado.
    5. Programa sanitario firmado por el / la veterinario / a responsable de la ADS.

    Relación de veterinarios/as de una ADS

    Comunicación de cambio de los/las veterinarios/as de una ADS

    Hoja de compromisos del/de la veterinario/a de una ADS de porcino
    Hoja de compromisos del/de la veterinario/a de una ADS de bovino
    Hoja de compromisos del/de la veterinario/a de una ADS de ovino-caprino
    Hoja de compromisos del/de la veterinario/a de una ADS de cunicultura
    Hoja de compromisos del/de la veterinario/a de una ADS apícola
    Hoja compromisos director/a técnico/a veterinario/a ADS acuicultura

    Solicitud autoritzación veterinario/a responsable sanitario ADS acuicultura

    Requisitos

    Las ADS deben precisar un ámbito geográfico determinado.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Presencialmente

    Se ha de presentar en:

  • Las entidades legalmente constituidas que tienen entre sus finalidades la protección y defensa de los animales pueden solicitar al Departamento de Territorio y Sostenibilidad ser reconocidas como entidades colaboradoras.
    De esta manera, el Departamento puede acordar con estas asociaciones el cumplimiento de tareas relacionadas con la protección y defensa de los animales, en los temas previstos por la normativa vigente.

    La inscripción en el registro es voluntaria, pero es un requisito necesario para poder solicitar subvenciones económicas relativas a la protección y la defensa de los animales.

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    A quién va dirigido

    A asociaciones sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que tengan por finalidad la defensa y la protección de los animales, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Protección de los Animales.

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribirse en el registro

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Copia compulsado de los estatutos de la entidad legalmente inscritos y resolución de la inscripción en el Registro de entidades jurídicas.
    2. Relación de instalaciones de que dispone la entidad (si se trata de un núcleo zoológico)
    3. Memoria explicativa de las actividades y los servicios prestados durante los últimos dos años o desde la creación de la entidad si es inferior a dos años.
    4. Presupuesto para el año de presentación de la solicitud.

    Requisitos

    1. Ser entidades sin ánimo de lucro.
    2. Estar legalmente constituidas.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    1. Si la entidad todavía no se ha creado, se debe poner en contacto con la Dirección General de Derecho y Entidades (calle Pau Claris, 81 de Barcelona, teléfono 933 164 100).
    2. En el registro de asociaciones de protección y defensa de los animales constarán los datos siguientes: número de inscripción que les corresponda, la denominación, el domicilio, el ámbito territorial y las finalidades de la asociación.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe presentar un escrito en el que se indiquen el nombre y los apellidos de la persona, los hechos y las razones de la petición, la dirección en la que se deben notificar las respuestas de la Administración, lugar y fecha, así como firma de la persona solicitante y nombre del órgano al que se dirige la solicitud, tal como explica el artículo 70 de la Ley 30/1992 del 26 de noviembre.

  • Los centros que utilizan animales para la experimentación o para otras finalidades científicas, deben estar inscritos en el Registro de Centros de Cría, Suministradores y Usuarios de Animales de Experimentación.

    Hay que solicitar la renovación de la inscripción en el registro cuando

    1. se produzcan cambios significativos en la estructura y / o en las actividades que puedan afectar negativamente el bienestar de los animales
    2. incluyan nuevas especies
    3. hayan transcurrido 10 años desde la inscripción o desde la última confirmación o renovación de la inscripción.

    Cualquier otra modificación de los datos que figuran en el registro se comunicará.  

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    A quién va dirigido

    A los titulares de los centros de cría, suministradores y usuarios de animales para la experimentación ubicados en Cataluña.

    Solicitar la inscripción o la renovación

    Plazos

    La inscripción de un centro nuevo se debe solicitar previamente al inicio de la actividad.
    La confirmación de la inscripción se debe solicitar previamente a realizar los cambios de estructura y/o de actividad.
    La renovación se solicitará cuando hayan transcurrido 10 años desde que se hizo la última anotación en el Registro (por inscripción, por confirmación o para renovación).

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Programa higiénico y sanitario que prevea todas las medidas de control que establezca la normativa vigente.
    2. Relación del personal especializado (personal para atender a los animales, personal experimentador, personal investigador, personal asesor en bienestar animal) con la especificación de su formación, titulación y, si procede, experiencia. Los centros usuarios universitarios y los centros públicos de investigación, únicamente deben presentar la relación del personal para atender a los animales y la del personal asesor en bienestar animal.
    3. En caso que se trate de un centro usuario, composición del comité ético de experimentación animal.
    4. Memoria de los centros de cría y suministradores (según modelo normalizado M0354-DO3).
    5. Memoria de centros usuarios (según modelo normalizado M0354-DO4).
    6. El Plan de actuación en caso de emergencia o catástrofe.

    No será necesario presentar la documentación que se haya presentado anteriormente y siga vigente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    El Registro se estructura en las secciones siguientes, en función de las actividades que desarrollen los centros inscritos:

    1. Centros de cría.
    2. Centros suministradores.
    3. Centros usuarios.

    En el caso de que un mismo centro esté integrado por unidades separadas físicamente y con funcionamiento y organización independiente, cada unidad debe figurar inscrita con carácter de centro, si bien todas pueden tener el mismo comité ético de experimentación animal.

    Hay que solicitar la renovación de la inscripción en el registro cuando

    1. se produzcan cambios significativos en la estructura y / o en las actividades que puedan afectar negativamente el bienestar de los animales
    2. incluyan nuevas especies
    3. hayan transcurrido 10 años desde la inscripción o desde la última confirmación o renovación de la inscripción.

    Comunicar la modificación, suspensión o cese

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    En todos los casos
    Documentación a adjuntar a la comunicación si es diferente a la que se haya presentado anteriormente o no es vigente:

    • Documentación acreditativa de titularidad del centro
    • Documentación acreditativa de la representación

    En las comunicaciones de cambio de datos

    Además de lo anterior, se deberá aportar la siguiente documento que haya variado o no siga vigente.

    • Programa higiénico y sanitario que prevea todas las medidas de control que establece la normativa vigente.
    • Relación del personal especializado (personal para atender a los animales, personal experimentador, personal investigador, personal asesor en bienestar animal), con la especificación de su formación, titulación y, en su caso, experiencia. Los centros usuarios universitarios y los centros públicos de investigación, únicamente deben presentar la relación del personal para atender a los animales y la del personal asesor en bienestar animal.
    • En caso de que se trate de un centro usuario, composición del comité ético de experimentación animal.
    • En el caso de centros de cría y suministradores, composición del órgano encargado del bienestar de los animales.
    • Memoria de los centros de cría y suministradores (según modelo normalizado M0354-DO3)
    • Memoria de centros usuarios (según modelo normalizado M0354-DO4)
    • Plan de actuación en caso de emergencia o catástrofe.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

  • Las empresas encargadas de la ejecución de voladuras especiales, necesitan autorización administrativa y se inscriben en un registro. Esta inscripción tiene validez anual y sirve para todo el territorio nacional. Esta autorización se debe pedir a la autoridad competente de la demarcación territorial donde la empresa tenga su sede social se ha de aportar un certificado de la autoridad minera competente que diga que la mencionada empresa cumple los requisitos siguientes:

    • Disponer de equipamiento técnico adecuado y unas disposiciones internas de seguridad para el manejo de los explosivos para los tipos de voladuras en los que se quieran inscribir.
    • Tener cubierta su responsabilidad civil, mediante una póliza de seguros.
    • Tener en plantilla como mínimo a una persona con el carné de artillero.
    • Titulados de minas en su caso según el tipo de voladura.
    Leer más

    A quién va dirigido

    A las empresas que quieran ejecutar voladuras especiales.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la inscripción

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación a adjuntar a la solicitud:

    Documentación

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la oficina OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez se dispone de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalidad de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de CaixaBank ("La Caixa") mediante su red de cajeros automáticos. En este caso, el pago se puede hacer con una tarjeta de crédito o débito de cualquiera entidad, o con una libreta o cuenta corriente de CaixaBank.

    Otras Informaciones

    Las voladuras consideradas especiales son las siguientes:

    1. Grandes voladuras: Son aquellas que debido a sus características geológicas locales, geometría, volumen relativo y carga máxima instantánea, requieran medidas preventivas complementarias a las exigibles por las voladuras convencionales.
    2. Voladuras bajo agua: Las que se realizan en ríos, lagos embalses o al mar y que por su proximidad puedan afectar a núcleos habitados.
    3. Demoliciones: Demoliciones de edificios y estructuras en general que sean cercanas a núcleos urbanos.
    4. Voladuras con riesgos peculiares: Son aquellas que pueden afectar a núcleos urbanos, instalaciones industriales, vías de comunicación, sistemas de transporte, presas, depósitos de agua y almacenamientos de sustancias peligrosas.
    5. Voladuras próximas a instalaciones eléctricas: Aquellas que están cerca de centros de producción, transformación y redes de transporte y distribución de energía eléctrica.
    6. Voladuras próximas a emisoras de ondas: Son las cercanas a estaciones de radio, televisión, radares o repetidores de alta frecuencia.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE), así como también en las oficinas de registro de entrada.

    Por correo electrónico

    Por correo postal

    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE), así como también en las oficinas de registro de entrada.

  • El Registro de Empresas Acreditadas (REO) es un registro administrativo de carácter público y funcionamiento telemático que depende de la Dirección de Relaciones Laborales. La inscripción es obligatoria por ley desde mayo de 2008 para todas aquellas empresas que quieran intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción. El objetivo del registro es garantizar determinados requisitos de calidad y solvencia de estas empresas, especialmente en el ámbito de la prevención de riesgos laborales y la calidad del empleo.

    Leer más

    Para hacer el pago de este trámite es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito).

    Con esta inscripción se puede trabajar en cualquier comunidad autónoma, ya que la inscripción es única y tiene validez en todo el territorio nacional. Tiene un periodo de validez de tres años, renovables por periodos iguales.

    A quién va dirigido

    A todas las empresas que tengan domicilio social en Cataluña y que pretendan ser contratadas o subcontratadas para realizar trabajos en una obra de construcción.

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribirse en el Registro

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Hay que adjuntar a la solicitud la siguiente documentación escaneada:

    1. Sistema de organización preventiva
    2. Formación en prevención de riesgos laborales de trabajadores/as (nivel directivo y productivo).

    La Administración facilita, en la página web del REA, modelos de documentos acreditativos de la organización preventiva y de la formación de los trabajadores/as que se pueden presentar de forma alternativa a los documentos indicados. Los documentos aportan firma manuscrita, por lo que se deben firmar, sellar y escanear para ser adjuntados como anexo al formulario de solicitud.

    Requisitos

    Para que una empresa pueda intervenir en el proceso de subcontratación en el sector de la construcción, como contratista o subcontratista, debe:

    1. Disponer de una organización productiva propia, contar con los medios materiales y personales necesarios, y utilizarlos para el desarrollo de la actividad contratada.
    2. Asumir los riesgos, obligaciones y responsabilidades propios del desarrollo de la actividad empresarial.
    3. Ejercer directamente las facultades de organización y dirección sobre el trabajo desarrollado por sus trabajadores/as en la obra.

    Además de los requisitos anteriores, las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos en una obra de construcción también deberán acreditar:

    1. Que disponen de recursos humanos, en su nivel directivo y productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales, así como de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
    2. Las empresas acreditan el cumplimiento de los requisitos a los que se refieren los apartados 1), 2) y 3), mediante la declaración firmada por el representante legal de la empresa, que figura incluida en el formulario de solicitud de inscripción.

    Tasas

    Para efectuar el pago es necesario disponer de tarjeta bancaria (crédito o débito). Vías de pago:

    • Por Internet, mediante la dirección: https://portal.lacaixa.es/pagos/impuestosrecibosmatriculas_ca.html, con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad bancaria
    • Mediante la red de cajeros automáticos "Servicaixa": con tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad, o si se dispone, con una libreta o una cuenta corriente de "La Caixa" / CaixaBank.
    En aplicación del artículo 53 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, a partir del 23 de junio de 2012, los trámites en el Registro de Empresas Acreditadas del Sector de la Construcción (REA) implican el pago previo de una tasa.

    Los hechos imponibles y las tasas a aplicar son las siguientes:

    • Para la tramitación de la solicitud de inscripción: 105 ?
    • Para la tramitación de la solicitud de renovación: 105 ?
    • Para la tramitación de la solicitud de variación de datos: 21 ?
    • Para la tramitación de la solicitud de cancelación a instancia de parte: 21 ?

    Otras informaciones

    La inscripción en el REA y el resto de trámites de este registro que se derivan de esta se efectúan únicamente de forma electrónica, por Internet o mediante el web del Departamento de Empresa y Empleo.
    La inscripción es exigible desde el 26 de agosto del año 2008.
    Casos de exención de la obligación de inscribirse en el REA:

    1. Los trabajadores autónomos sin asalariados, puesto que no son empresarios en sentido laboral.
    2. Los/Las promotores/as de obras que no tengan consideración de contratistas.

    Casos particulares
    Las empresas incluidas en el ámbito de aplicación de esta normativa, que desplacen trabajadores/as a España, en virtud de lo previsto en la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre ?desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional?, se deben inscribir en este registro con unas particularidades específicas en cuanto a la tramitación de la inscripción (no es necesaria la inscripción en el registro cuando la duración de los desplazamientos no excede los ocho días).

    Para hacer la inscripción, las empresas deben disponer de un certificado de firma electrónica, de persona jurídica o física con representación, que pueda ser validado por el CatCert. También se permite tramitar con un certificado de persona física idCat siempre que se adjunte a la solicitud el documento acreditativo de representación suficiente. Para más información pueden consultar la página del REA.

    Por internet

  • El Registro de empresas audiovisuales de Cataluña, (REAC), adscrito al Instituto Catalán de las Empresas Culturales (ICEC), es un registro de carácter público que agrupa las empresas con domicilio social en Cataluña, que se dedican a las actividades siguientes: la exportación, la distribución, el doblaje y la producción de obras audiovisuales, la exhibición de obras cinematográficas y los servicios técnicos auxiliares.
    La inscripción en el REAC és un requisito previo para obtener los certificados de calificación audiovisual y las ayudas establecidas por la Ley del Cine.

    Leer más

    El teléfono de contacto para cualquier duda relacionada con el REAC es el 93 552 91 61

    A quién va dirigido

    Deben inscribirse en el REAC todas las empresas domiciliadas en Cataluña que se dedican a las actividades siguientes:

    • Producción de obras audiovisuales
    • Distribución de obras audiovisuales
    • Exhibición de obras cinematográficas
    • Doblaje de obras audiovisuales
    • Empresas de exportació
    • Empresas de servicios técnicos auxiliares

    También se deberán inscribir en el REAC las entidades, públicas o privadas, titulares de salas de exhibición cinematogràfica con domicilio social a Cataluña que no tengan la condición de empresa.

    Por empresas se entiende, tanto personas físicas como jurídicas dedicadas a actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con finalidades lucrativas. No se consideran empresas las asociaciones, las fundaciones ni cualquier otra entidad privada sin ánimo de lucro aunque realicen estas actividades económicas.

    Las empresas o entidades que no tienen domicilio social en Cataluña pero que explotan salas de exhibición cinematogràfica han de comunicar al ICEC el inicio de su actividad exhibidora en Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la inscripción

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    • Copia compulsada de la escritura pública de constitución de la empresa (personas jurídicas), o copia de los estatutos de constitución de asociaciones con actividad de exhibición cinematográfica, debidamente inscritas en el Registro público correspondiente.
    • Si se utiliza nombre comercial, marca o rótulo de establecimiento, se ha de aportar un justificante de su inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual.
    • En caso de ser titular de una sala de exhibición de cine, se debe adjunt la fitxa técnica de la sala cinematográfica, de acuerdo con el modelo normalizado.

    Requisitos

    1. Tener el domicilio social establecido en Cataluña
    2. Y, si el solicitante es persona jurídica, ha de constar expresamente en sus estatutos, como objeto mercantil propio de la empresa, la actividad que corresponda a la sección a la que solicita su inscripción.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Mofificar / Cancelar la inscripción

    Plazos

    Este trámite puede realizarse en cualquier momento

    Documentación

    Si se conumincan cambios relacionados con los datos técnicos de la sala d'exhibición se ha de adjuntar la ficha técnica modificada

    En caso de cancelación informar de la fecha de baja del IAE

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • En el Registro de Empresas Instaladoras Petrolíferas de Categoría 1 (REIP-1) se inscriben las empresas que se dedican a realizar, modificar y mantener instalaciones de hidrocarburos líquidos de las clases C y D con un límite de almacenaje de 10.000 litros, pero sin poder acceder al recinto confinado, una vez en servicio la instalación. Al inscribirse en el registro, se recibe un certificado de inscripción.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A las empresas, ya tengan personalidad física o jurídica, que quieran realizar, ampliar, modificar, mantener y reparar las instalaciones de hidrocarburos líquidos antes de su puesta en servicio.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Inscribirse en el Registro

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento previamente a iniciar la actividad.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de laGeneralitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. La inscripción como empresa instaladora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial, y habilita para actuar en todo el territorio de Cataluña.
    2. Para realizar trabajos de cualquier tipo de instalación, es necesario que tanto el profesional instalador como la empresa para la que trabaja (en el certificado de inscripción en el REIP-1) estén autorizados para la categoría correspondiente o superior.
    3. El instalador deberá tener en vigor su carné para poder vincularse a la empresa instaladora petrolífera.
    4. La inscripción tiene una vigencia de cinco años.
    5. Las empresas inscritas deberán disponer de un sello normalizado para legalizar las instalaciones, según este modelo.

    Para realizar trabajos en las instalaciones, es necesario que tanto el profesional instalador como la empresa para la que trabaja estén autorizados para la categoría correspondiente o superior. Así, para poder inscribirse en el REIP-1, se debe disponer, como mínimo, de un instalador con carné IP-1 o IP-2 (en este último caso, a pesar de la categoría IP-2 del instalador, las instalaciones por realizar serán las correspondientes a la categoría de la empresa REIP-1).

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en cualquiera de las:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE)

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE)

    Solicitar un duplicado del certificado de inscripción

    Plazos

    La solicitud se puede realizar en cualquier momento.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. El duplicado del certificado se puede pedir en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    2. La empresa debe tener en vigor su registro.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Modificar la inscripción

    Plazos

    Se debe solicitar cuando se produce la modificación de los datos del certificado de inscripción.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    1. Se entiende por ?Modificación de datos? la que suponga variaciones esenciales de los datos anteriormente declarados (cambios de denominación, de titular, convalidaciones y otras modificaciones que supongan cambios en la inscripción existente).
    2. No se amplía el periodo de vigencia del certificado, se mantiene la misma fecha de caducidad que ya ten??a.
    3. Los profesionales instaladores vinculados a la empresa instaladora deberán tener en vigor el carné en el momento de solicitar la modificación de los datos en el registro.

    Presencialmente

    Descargar el formulario y marcar la modalidad de modificación.

    Se puede presentar en cualquiera de las:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE)

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE)

    Cambiar de titular

    Plazos

    Se solicita en el momento en que el titular de la empresa cambia de nombre.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de laGeneralitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. El cambio de titular del registro de empresa instaladora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    2. Se ampliará a cinco años la vigencia del certificado de inscripción.
    3. Los profesionales instaladores deberán solicitar el cambio de empresa de sus carnés.
    4. Las empresas inscritas deberán disponer de un sello normalizado para legalizar las instalaciones, según este modelo.

    Presencialmente

    Descargar el formulario y marcar la modalidad de modificación.

    Se puede presentar en cualquiera de las:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Obtener un certificado de no sanción

    Plazos

    El certificado de no sanción de empresa se puede solicitar en cualquier momento.

    Requisitos

    Solo podrán obtener el certificado de no sanción las empresas que no estén inhabilitadas para el ejercicio de la actividad. OGE no resolverá y, por lo tanto, enviará al órgano técnico responsable las solicitudes de certificados sobre empresas inhabilitadas o en situación irregular.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. El certificado de no sanción se puede pedir en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    2. La empresa debe tener en vigor su registro.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Renovar la inscripción

    Plazos

    Se debe solicitar antes de la caducidad de la inscripción.

    Requisitos

    La presentación de la declaración responsable implica el cumplimiento, por parte del titular o representante de la empresa, de los siguientes requisitos:

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la propia OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de laGeneralitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. La renovación del registro como empresa instaladora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial independientemente del lugar de residencia.
    2. Se ampliará a cinco años la vigencia del certificado de inscripción.
    3. Los profesionales instaladores vinculados a la empresa instaladora deberán tener en vigor el carné en el momento de solicitar la renovación del registro.

    Presencialmente

    Descargar el formulario y marcar el apartado de renovación.

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Dar de baja la inscripción

    Plazos

    Se solicitará en el momento en que se deje de desarrollar definitivamente la actividad.

    Requisitos

    El hecho de presentar la declaración responsable implica que el titular o representante de la empresa cumpla los requisitos siguientes:

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Pueden solicitar la baja de uno o más ámbitos de actuación de forma simultania. Si solicitan la baja de todos los ámbitos de actuación de la empresa, el Registro se dará de baja.

    La solicitud de baja de la inscripción como empresa instaladora y/o mantenedora se puede solicitar en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.

    Descargar el formulario

    Presencialmente

    Se puede presentar en:

    Por correo postal

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

    Por correo electrónico

    Por correo postal
    Las solicitudes se pueden enviar por correo ordinario a las Oficinas de Gestión Empresarial (OGE).

  • Las empresas instaladoras de instalaciones petrolíferas de categoría 2 podrán iniciar su actividad en Cataluña con la comunicación previa de incorporación al ámbito correspondiente del Registro de los Agentes de la Seguridad Industrial de Cataluña (RASIC). También se tendrá que comunicar los cambios sustanciales que afecten la empresa.

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    A quién va dirigido

    A las empresas que quieran instalar, ampliar, modificar, mantener y reparar las instalaciones de hidrocarburos líquidos antes de poner en servicio la instalación. Para realizar estos trabajos es necesario que tanto los profesionales como la empresa estén inscritos dentro de la categoría correspondiente.

    Las empresas que intervienen en la instalación, el mantenimiento y la reparación de instalaciones y productos industriales que provengan otras Comunidades Autónomas del Estado Español y que estén inscritas en su respectivo registro no será necesario que comuniquen el inicio de actividad en Cataluña, será suficiente con su inscripción de origen.

    Organismo responsable

    Normativa

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.