Generalitat de Cataluña

  • Se convoca concurso oposición, mediante promoción interna, para cubrir 57 plazas de la categoría de cabo de la escala técnica (grupo C, subgrupo C1) del cuerpo de bomberos de la Generalitat (convocatoria 83/16).

    Leer más

    Plazo de presentación de solicitudes: 20 días naturales, a contar del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el DOGC, es decir, del sábado 17 de septiembre al 6 de octubre de 2016, ambos inclusive.
    Para consultas o dudas: primero consultad las bases de la convocatoria y anexos; si la duda persiste, podéis llamar al teléfono 93 551 20 00 de lunes a viernes en horario de atención al público, de 8.00 a 15.00 horas.

    A quién va dirigido

    A las personas que reúnan los requisitos para participar en el proceso de selección y superen las diferentes pruebas.

    Solicitar la inscripción

    Plazos

    20 días naturales a contar del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el DOGC, es decir del sábado 17 de septiembre al 6 de octubre de 2016, ambos inclusive.

    Documentación

    El impreso de solicitud de participación por vía telemática o presencial está dentro del Paso 1. Solicitar.

    A efectos de admisión a esta convocatoria se tendrán en cuenta los datos que las personas participantes hayan declarado, como ciertas, en la solicitud de participación. Por lo tanto, quien incurra en inexactitudes o falsedades podrá ser excluido de la convocatoria en cualquier momento.

    En este sentido, la persona participante sólo tendrá que aportar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y, si fuese necesaria, la documentación acreditativa de los méritos cuando el Tribunal Calificador acuerde y haga pública la fecha o fechas de presentación de la documentación acreditativa de los requisitos, de los méritos o de cualquier otra documentación que la persona, participante tendrá que presentar.

    Requisitos

    Las personas participantes tienen que cumplir los requisitos siguientes:

    1. a) Ser funcionarias de carrera de la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalitat.
    2. b) Tener una antigüedad mínima de dos años de servicio activo como funcionarias de carrera en la categoría de bombero/a de primera de la escala técnica del cuerpo de bomberos de la Generalitat.
    3. c) Encontrarse, respecto de la Generalitat de Catalunya, en el cuerpo, la escala y la categoría mencionadas en alguna de las situaciones administrativas siguientes: servicio activo, excedencia voluntaria por incompatibilidades con prestación de servicios en cualquier otro lugar de la Administración de la Generalitat y sector público adscrito, servicios especiales, servicios en otras administraciones públicas o cualquier otra situación administrativa con derecho a reserva del puesto de trabajo o destino.
    4. d) Estar en posesión del permiso de conducir de vehículos de la categoría C, en vigor, o permisos equivalentes de acuerdo con la normativa aplicable.
    5. e) Poseer los conocimientos de nivel intermedio de catalán (B2) o superior.
    6. f) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para ejercer las funciones propias de las plazas que hay que cubrir.
    7. g) Satisfacer la tasa de inscripción que corresponda.

    Las personas participantes tienen que cumplir los requisitos de participación establecidos el último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo el correspondiente a lengua catalana, y se tienen que seguir cumpliendo hasta la fecha de toma de posesión.

    Tasas

    Ordinario: 38,20 euros.

    - Con bonificación por solicitud y pago telemáticos: 30,60 euros.

    - Con bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general: 26,75 euros.

    - Con bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría especial: 19,10 euros.

    - Con bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general y por solicitud y pago telemáticos: 19,10 euros.

    - Con bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría especial y por solicitud y pago telemáticos: 11,50 euros.

    Bonificaciones

    Las personas participantes autorizan el órgano convocante a hacer las comprobaciones necesarias para acreditar las situaciones de bonificación del importe de la tasa, a menos que desmarquen la casilla correspondiente de la solicitud de participación. En caso de que no se autorice el órgano convocante, las personas participantes tienen que presentar la documentación acreditativa de las situaciones alegadas en los lugares de presentación que constan en la base 3.1.b) y siempre dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    Plazos
    Del17.09.2016al 06.10.2016

    La solicitud de participación se puede tramitar por via telemática o presencial.

    Por internet

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Asimismo, son válidas las solicitudes presentadas en los registros de los órganos u oficinas que establecen los artículos 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correus, se tiene que hacer en sobre abierto a fin de que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

  • La producción agraria ecológica es un sistema de producción y elaboración de productos agrarios naturales. El objetivo principal es la obtención de alimentos de máxima calidad. Las técnicas en esta producción son respetuosas con el medio ambiente y la protección de los animales .

    Por este motivo, cuando circunstancialmente no se puede llegar a los estándares de calidad, a fin de garantizar la continuidad de la producción ecológica, la reglamentación europea recogida en los artículos 9,18,37,39,42,47 y 95 permite solicitar una autorización de excepción.

    • Autorización para aumentar el porcentaje de reposición con ganado no ecológico (art. 9 ).
    • Autorización para realizar operaciones de mutilación al ganado ecológico (art. 18 ).
    • Reconocimiento de inicio del período de conversión de tierras asociadas a la producción de ganado ecológico no herbívoro ( art. 37).
    • Autorización para mantener atado el ganado ecológico (art. 39).
    • Autorización de uso temporal de alimentación no ecológica (art.47).
    • Autorización para mantener atado el ganado ecológico como medida transitoria (art. 95).
    • Autorización para introducir animales no ecológicos en explotaciones avícolas ecológicas ( art. 42 ).
    • Comunicación de inicio de producción de animales no ecológicos destinados a la reposición de explotaciones ecológicas de avicultura de puesta.
    Leer más

    A quién va dirigido

    A personas físicas o jurídicas con explotaciones de producción ecológica.

    Solicitar la autorización

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Hay que adjuntar a la solicitud:

    • DNI, NIF, NIE del solicitante y del representante ante el Consejo Catalán de la Producción Agraria Ecológica, si no se ha presentado antes en el departamento.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

  • La Producción Integrada se puede definir como un sistema agrícola de producción de alimentos de calidad, mediante métodos respetuosos con la salud humana y el medio ambiente, minimizando el uso de productos agroquímicos, optimizando los métodos de producción y disminuyendo los residuos.

    • Los/las agricultores/as pueden colocar la etiqueta identificativa, "la mariquita" al obtener la autorización del Consejo Catalán de la Producción Integrada, siempre que previamente hayan obtenido certificación a través de una entidad de control y certificación.
      El personal técnico (con el que deben contar obligatoriamente todos los operadores productores y elaboradores) puede hacer los cursos para técnicos responsables de producción integrada o bien solicitar la homologación de la formación, si puede acreditar una experiencia de más de 4 años en producción integrada.
    • Las empresas fitosanitarias pueden también solicitar la incorporación de sus productos a la producción integrada.
    Leer más

    A quién va dirigido

    • A agricultores/oras que se quieran incorporar al régimen de producción integrada y quieran utilizar su distintivo de garantía (logotipo de PI).
    • Al personal que quiera prestar los servicios como técnico/a.
    • A las empresas que comercializan productos fitosanitarias.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar la incorporación de productos fitosanitarios a PI

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Hay que adjuntar a la solicitud:

    • Fotocopia de la última actualización de la hoja de registro del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.
    • Dossier técnico del producto fitosanitario o documentación complementaria que se disponga sobre el producto comercial.

    Requisitos

    La empresa deberá estar registrada previamente en el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    Habrá que hacer constar:

    • Nombre comercial del producto fitosanitario.
    • Materia activa y porcentage de riqueza del producto comercial.
    • Cultivo de P.I. al que se quiere incorporar el producto fitosanitario.
    • Uso autorizado para el que se solicita la incorporación.

    Presencialmente

    Se debe presentar conjuntamente en:

    Comité de Evaluación de Productos Fitosanitarios
    Gran Vía de las Cortes Catalanas 612-614
    08007 - Barcelona
    Tel: 93.304.67.00

    Unidad de Producción Integrada
    Avda. Rovira Roure núm. 191
    25198 - Lleida
    Tel: 973.22.08.68

    Solicitar la autorización del distintivo de garantía PI

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Requisitos

    Los requisitos de tramitación varían en función de si se hace venta directa o bien se tiene un rol intermediario en la cadena de producción.

    1. Solicitar la inscripción en el Registro del Consejo.
    2. En el caso de ser operador productor que realiza venta directa, presentar la comunicación al CCPI de la realización de venta directa.
    3. En el caso de tener un rol intermediario de operador-elaborador, estar en posesión de la certificación de Producción Integrada. Esta certificación puede ser individual o agrupada.
    4. Solicitar la autorización de un modelo de etiqueta.

    Para facilitar las gestiones el Consejo Catalán proporciona una aplicación informática con usuario y clave de acceso.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    ¿Qué productos se pueden etiquetar?
    Se pueden etiquetar todos los productos que tienen norma técnica de producción integrada en Cataluña.
    Se puede utilizar el logotipo sobre el producto recolectado pero no en los productos transformados que se deriven. Sólo en el caso de que exista la norma técnica del producto transformado se podrá utilizar el logotipo del Consejo sobre este producto transformado. Actualmente existe la norma técnica de transformación del aceite, la de la fruta seca elaborada y la de elaboración de vinos.

    Por internet

    En la misma aplicación se puede solicitar el alta.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Solicitar la homologación del personal técnico que quiera actuar como asesor

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    1. Fotocopia compulsada del título universitario.
    2. Curriculum vitae documentado (debe incluir una copia o fotocopia de los justificantes de las actividades que se indican).

    Requisitos

    1. Presentar una solicitud de homologación de la actividad formativa en producción integrada, de acuerdo con el modelo normalizado disponible.
    2. Acreditar una experiencia de más de cuatro años en producción integrada, mediante la presentación de un currículum documentado en el que se indicará como mínimo lo siguiente:
      • La/s titulación/es universitaria/s de que se dispone, la cual deberá justificar mediante fotocopia compulsada del título.
      • La relación de tareas y puestos de trabajo desarrollados.
      • La relación de publicaciones y comunicaciones realizadas.
      • La actividad docente desarrollada (cursos, conferencias, etc.).
      • La participación en congresos, cursos, jornadas, etc., relacionados con la producción integrada.
      • Toda la otra documentación que se considere de interés en relación con la producción integrada.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    La Comisión de Evaluación de la Formación en Producción Integrada (C. Rovira Roure, 191, 25198 Lleida) es el órgano que aprueba o deniega las solicitudes.

    Composición

    • Jefe/a del Servicio de Formación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca o persona en quien delegue.
    • Director/a del Centro de Formación y Estudios Agrorurales o la persona en quien delegue.
    • Presidente/a del Consejo Catalán de la Producción Integrada o la persona en quien delegue.
    • Coordinador/a de las agrupaciones de defensa vegetal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Pesca.
    • Coordinador/a de producción integrada.

    Presencialmente

    Se puede solicitar en:

    Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

    Producción Integrada: Rovira Roure, 191, 25198 Lleida.

  • Subvenciones del Programa "Creamos ocupación para jóvenes" para la realización de proyectos que desarrollen actuaciones ocupacionales para favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes de 18 a 29 años.

    Leer más
    • Plazo para las entidades locales y agentes sociales: del 12 al 28 de noviembre de 2013, incluido.
    • Plazo para las empresas: un mes desde la fecha de inicio del contrato.

    A quién va dirigido

    A entidades promotoras (entidades responsables de ejecutar las actuaciones de prospección y asesoramiento de empresas, orientación y acompañamiento en el proceso de contratación y formación, y formación adaptada a las necesidades del puesto de trabajo).

    A entidades contratantes: para la actuación de experiencia profesional mediante contrato laboral, pueden ser beneficiarias las empresas, así definidas en el derecho mercantil, y las entidades e instituciones sin ánimo de lucro siempre que hayan sido seleccionadas por las entidades previstas en el apartado 1 la base 3 de la Orden EMO/256/2015, de 5 de agosto. También podrán ser beneficiarias de esta actuación subvencionable las entidades previstas en el apartado 1 de la base 3 de la Orden, sean o no entidades promotoras, pero con una limitación del 25% del número total de contratos suscritos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda (convocatoria 2015)

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes de las entidades contratantes es de dos meses desde la fecha de inicio del contrato laboral.

    Documentación

    Documentació que se debe adjuntar a la solicitud:
    Entidades promotoras:

    1. Anexo para entidades vinculadas/asociadas (G146NFOJ-035), si procede.
    2. Hoja de domiciliación bancaria, si procede.
    3. Copia documentación representación de la persona que firma, si procede.
    4. Declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración (G146NIA-207) (obligatorio en caso de pedir una subvención superior a 10.000?).
    5. Declaración de documentación ya presentada (G146NIA-208), si procede.

    En el caso que haya entidades asociadas o vinculadas:

    1. Copia documentación representación de la persona que firma, si procede.
    2. Documentación acreditativa de la asociación o vinculación entre la entidad promotora y la entidad asociada/vinculada.
    3. Declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración (G146NIA-207), (obligatorio en caso de pedir una subvención superior a 10.000?).
    4. Declaración de documentación ya presentada (G146NIA-208), si procede.

    Entidades contratantes previamente seleccionadas por parte de las entidades promotoras:

    1. Anexo de datos específicos (G146NFOJ-037). Sólo en la presentación mediante la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña (Canal Empresa).
    2. Copia documentación representación de la persona que firma, si procede.
    3. Hoja de domiciliación bancaria, si procede.
    4. Contrato o contratos de trabajo.
    5. Alta/s en la Seguridad Social.
    6. Copia del convenio entre la entidad promotora y la contratante, o en el caso de promotoras que actúen como contratantes Comunicación al SOC de la contratación de participantes.
    7. Declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración (G146NIA-207), (obligatorio en caso de pedir una subvención superior a 10.000?).
    8. Declaración de documentación ya presentada (G146NIA-208), si procede.
    9. Documento de prórroga negociada con la Administración sobre las obligaciones ante el Estado, la Generalidad y la Seguridad Social, si procede.
    10. Si el titular es una persona física, copia del alta de la seguridad social o último recibo de la cuota de autónomo.


    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Personas beneficiarias

    Personas jóvenes de 18 a 29 años en situación de desempleo que dispongan del título de Enseñanza Secundaria Obligatoria, de bachillerato o de un Ciclo Formativo de Grado Medio. En ningún caso pueden disponer de una titulación superior a las mencionadas.
    Guía de prescripciones técnicas para entidades locales y organizaciones empresariales o sindicales

    Guía de prescripciones técnicas para entidades contratantes

    Por internet

    1. Tramitación mediante la plataforma EACAT: presentarán la solicitud a través de este canal las entidades descritas en la base 3.1.a) del Anexo 1 de la Orden de bases (Orden EMO/256/2015, de 5 de agosto), tanto si son entidades promotoras como si no lo son.
    2. Tramitación mediante la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña (Canal Empresa): presentarán la solicitud a través de este canal las entidades descritas en la Base 3.1.b) del Anexo 1 de la Orden de bases, tanto si son entidades promotoras como si no lo son, y las descritas en la Base 3.2 del Anexo 1 de la misma Orden de bases.
      Instrucciones
    • En el apartado "Solicitud para la actuación de experiencia profesional mediante contrato laboral" las entidades deberán indicar los datos de los jóvenes contratados. Al especificar las horas que cada participante trabaja semanalmente, se calculará automáticamente la cuantía solicitada.

    En la solicitud se debe anexar también la documentación que se especifica en el apartado 'Documentación'.

    Solicitar la ayuda (convocatoria 2016)

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes para las entidades promotoras será del 1 al 15 de septiembre de 2016, ambas fechas inclusive.
    El plazo de presentación de solicitudes de las entidades contratantes es de dos meses desde la fecha de inicio del contrato laboral.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Para las solicitudes de las entidades promotoras (actuaciones a, b y c):

    1. Hoja de domiciliación bancaria (si procede) F0602/F0651.
    2. Anexo para entidades asociadas o vinculadas - G146NFOJ-035 (si procede).
    3. Documentación acreditativa de la representación con la que actua la persona que firma.
    4. Documento de prórroga negociada con la Administración sobre las obligaciones ante el Estado, la Generalidad y la Seguridad Social (si procede).

    Para las solicitudes de las entidades contratantes (actuación d):

    1. Anexo de datos específicos a la solicitud (G146NFOJ-037).
    2. Convenio entre la entidad promotora, asociada o vinculada y la entidad contratante (G146NFOJ-018).
    3. Anexo Convenio entre entidad promotora, asociada o vinculada y la entidad contratante (G146NPJO-183).
    4. Anexo al contrato trabajo-formación (si procede).
    5. Hoja de domiciliación bancaria (si procede) F0602/F0651.
    6. Contratos de trabajo y altas a la Seguridad Social de los participantes contratados por los que se pide la subvención.
    7. Poderes de representación. Documento obligatorio para personas jurídicas, sólo en el caso que se hayan hecho modificaciones recientes y los nuevos datos todavía no consten en el registro, o si la firma digital no lo acredita.
    8. Documento de prórroga negociada con la Administración sobre las obligaciones ante el Estado, la Generalidad y la Seguridad Social (si procede).
    9. Si el titular es una persona física, se debe presentar la copia compulsada del alta de la Seguridad Social (o variación de datos actualizado-TA0521) o último recibo de la cuota de autónomo.
    10. En caso de sociedades civiles privadas (SCP), original y fotocopia o copia compulsada de la escritura pública o contrato de constitución.
    11. NIF del representante legal (en caso de no autorizar la consulta).

    Requisitos

    Los establecidos en la base 5 de la Orden EMO/256/2015, de 5 de agosto.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Personas destinatarias del programa
    Las personas jóvenes de entre 18 y 29 años, ambos inclusive, en situación de desempleo que disponen del título de enseñanza secundaria obligatoria, de bachillerato, o bien de un ciclo formativo de grado medio.

    Entidades beneficiarias

    1. Las entidades locales siguientes:
      • Los ayuntamientos de Cataluña o sus organismos autónomos o entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquéllos, correspondientes a los municipios de más de 20.000 habitantes en las demarcaciones de Barcelona, Tarragona y Girona.
      • Los ayuntamientos de Cataluña o sus organismos autónomos o entidades con competencia en materia de políticas activas de empleo, desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquéllos, correspondientes a los municipios de más de 12.000 habitantes en la demarcación de Lleida.
      • Los consejos comarcales que abarquen un territorio de más de 20.000 habitantes.
      • Entidades jurídicas de creación voluntaria, constituidas de acuerdo con la normativa de régimen local vigente en Cataluña, de ámbito supramunicipal con participación mayoritaria por parte de administraciones públicas y competencias en políticas activas de empleo, promoción económica y desarrollo local, que abarquen un territorio de más de 8.000 habitantes.
    2. Las organizaciones empresariales y sindicales intersectoriales más representativas en el ámbito territorial de Cataluña, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y el artículo 7.1 de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical, respectivamente. Estas entidades deberán presentar una única solicitud de subvención que abarque un ámbito territorial de actuación pluriprovincial.

    Plazos

    Del01.09.2016al 15.09.2016

    Por internet

    Las entidades locales presentarán la solicitud de subvención a través de la extranet de las administraciones públicas catalanas, plataforma EACAT.

    ¿Cómo hacerlo?

    1. Acceder a la web de EACAT.
    2. Buscar el trámite: "SOC - FEM empleo para jóvenes" (actuaciones a, b y c) o bien "SOC - FEM Empleo para Jóvenes - Contratación" (actuación d) (FOJ 2016).
    3. Rellenar la solicitud. El formulario deberá ir firmado digitalmente.
      Tramitar la solicitud adjuntando los documentos anexos correspondientes.

    Entidades contratantes

    Formulario no disponible para las entidades contratantes.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    La solicitud de subvención de las organizaciones empresariales y sindicales para la realización de las actuaciones prospección y asesoramiento de empresas; orientación y acompañamiento y formación, se presentarán presencialmente en el registro administrativo del Servicio Público de Empleo de Cataluña (c/ Llull 297, Barcelona) o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y se dirigirán a la directora del Servicio Público de Empleo de Cataluña.

    Por correo electrónico

    Las solicitudes también se deben enviar al Área de Nuevos Yacimientos de Empleo e Innovación Social por correo electrónico a la dirección femocupaciojove.soc@gencat.cat

  • El objetivo del programa "Diagnosis y acompañamiento financiero" es el de favorecer la mejora de la gestión financiera así como el acceso o el mantenimiento de la financiación de la empresa catalana con el fin de incrementar su competitividad y poder consolidar y hacer crecer la actividad económica en una coyuntura económica de restricción del crédito empresarial.

    Leer más

    Hasta el 31/12/2014 o hasta agotar presupuesto.

    A quién va dirigido

    A empresas con ánimo de lucro, con domicilio social en Cataluña, y que no sean autónomos.

    Organismo responsable

    Solicitar el programa

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es hasta el 31 de diciembre de 2014 o hasta agotar el presupuesto.

    Requisitos

    • Empresa con ánimo de lucro.
    • Domicilio social o sede operativa en Cataluña.
    • Con cierto recorrido.
    • Que no sean autónomos.
    • Que no hayan recibido una ayuda previa por el mismo programa/fase en convocatorias anteriores.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    El programa "Diagnosis y acompañamiento financiero" es un programa que ofrece asesoramiento experto para la mejora de la gestión financiera de la empresa. Es un programa subvencionado al 100% por ACCIÓ.
    El programa consta de dos fases:

    1. Fase de diagnosis económico-financiera:
      Consta de una reunión de unas 3 horas con un consultor experto en financiación
      En esta reunión se revisará la documentación económico-financiera de la empresa y, al acabar, el consultor hará una diagnosis así como también propondrá medidas de mejora.
    2. Fase de acompañamiento en investigación de financiación a las entidades financieras:
      Consta de 5 horas de asesoramiento más.
      En este caso, el mismo asesor podrá dar apoyo en la puesta en práctica de las mejoras propuestas. Estas mejoras pueden ser, por ejemplo, el acompañamiento a las entidades financieras o búsqueda de business angels, crowdlending, etc.
      Esta segunda fase se prestará a las empresas que lo soliciten y que el consultor considere adecuada atendida la situación de la empresa y previa realización de la fase de diagnosis.

    Observaciones
    Las cinco entidades colaboradoras designadas para poder realizar este Programa son: AEBALL, CECOT, CENTRO METALÚRGICO DE SABADELL, CIESC y PIMEC. La empresa puede elegir la que quiera, aunque a efectos prácticos, se suele trabajar con más cercana geográficamente:

    Zona geográfica de más influencia
    AEBALLL'Hospitalet de Llobregat, Baix Llobregat y cercanías
    CECOTVallès Occidental (principalmente Terrassa) y cercanías
    CENTRE METAL·LÚRGIC DE SABADELL
    Vallès Occidental (principalmente Sabadell) y cercanías
    FOMENTtotes les comarques
    PIMECtodas las comarcas

    Plazos

    Hasta al 12.05.2014

    Por internet

    Para poder solicitar el Programa hace falta que introduzcáis vuestros datos en el formulario y, una vez completado, la entidad escogida por vosotros, os contactará en las próximas 48 horas laborables para asignaros un consultor financiero experto.

  • Ayudar a la empresa a hacer los primeros pasos en su internacionalización, incidiendo en la selección de los productos/servicios con más potencial exportador, así como los países y canales de distribución más adecuados para la empresa.

    Leer más

    Plazo: hasta el 31 de diciembre del 2013

    A quién va dirigido

    A pequeñas y medianas empresas con establecimiento operativo en Cataluña, que en el ejercicio anterior a la solicitud hayan exportado menos del 5% de su volumen de facturación o/y que tengan menos de 15 trabajadores.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 31 de diciembre de 2013.

    Requisitos

    1. Que la empresa ya esté legalmente constituida.
    2. Que no exporte más de un 5% de su facturación.
    3. Que tenga menos de 15 trabajadores.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras Informaciones

    Características
    El programa ofrece un servicio individualizado a la empresa para que pueda acceder a las primeras fases del proceso exportador, asignando un asesor especializado en comercio internacional externo a la empresa.
    Metodología
    La empresa tendrá el apoyo de un asesor experto en comercio exterior, con conocimientos en organización y gestión de empresas, un mínimo de 10 años de experiencia práctica en empresa vendiendo en mercados internacionales.
    En un máximo de dos meses y 30 horas de dedicación, este especialista externo, conjuntamente con la empresa, elaborarán un Diagnóstico sobre el potencial de internacionalización de la compañía, y un Plan de Promoción Internacional adaptado a los recursos y necesidades de la empresa, que nos ayudará a definir los países donde tenemos más potencial de venta y mediante qué canales.
    Intensidad de la ayuda
    El Departamento de Empresa y Empleo junto con ACCIÓ subvencionan el 70% del programa, valorado en 2000 euros.
    El coste por parte de la empresa será de 600 euros + IVA.
    Observaciones
    ACCI?? ha firmado un convenio de colaboración con el Consejo de Cámaras de Cataluña para la difusión y gestión del programa "Empresa exporta".
    Las Cámaras que gestionan esta ayuda son:
    Cámara de Comercio de Barcelona
    902 448 448 - internacional@cambrabcn.org
    Cámara de Comercio de Girona
    972 418 500 - jbaque@cambragirona.org
    Cámara de Comercio de Lleida
    973 236 161 - jquejido@cambrescat.es
    Cámara de Comercio de Manresa
    938 724 222 - jferrer@cambramanresa.org
    Cámara de Comercio de Palamós
    972 314 077 - guillem@cambrapalamos.org
    Cámara de Comercio de Reus
    977 338 081 - internacional@cambrareus.org
    Cámara de Comercio de Sabadell
    937 451 263 - promociointernacional@cambrasabadell.org
    Cámara de Comercio de S. Feliu de Guíxols
    972 320 884 - elenarondos@cambrescat.es
    Cámara de Comercio de Tarragona
    977 219 676 - rbarros@cambratgn.org
    Cámara de Comercio de Tàrrega
    973 314 327 - areig@cambratarrega.com
    Cámara de Comercio de Terrassa
    937 339 833 - nbertran@cambraterrassa.es
    Cámara de Comercio de Tortosa
    977 441 537 - internacional@cambratortosa.com
    Cámara de Comercio de Valls
    977 600 909 - internacional@cambravalls.com

    Plazos

    Del09.11.2013al 31.12.2013

    Por correo electrónico

    Para solicitar el Programa Empresa Exporta, podéis poneros en contacto directamente con las diferentes entidades colaboradoras, a través de los contactos siguientes:
    Cámara de Comercio de Barcelona
    902 448 448 - internacional@cambrabcn.org
    Cámara de Comercio de Girona
    972 418 500 - jbaque@cambragirona.org
    Cámara de Comercio de Lleida
    973 236 161 - jquejido@cambrescat.es
    Cámara de Comercio de Manresa
    938 724 222 - jferrer@cambramanresa.org
    Cámara de Comercio de Palamós
    972 314 077 - guillem@cambrapalamos.org
    Cámara de Comercio de Reus
    977 338 081 - internacional@cambrareus.org
    Cámara de Comercio de Sabadell
    937 451 263 - promociointernacional@cambrasabadell.org
    Cámara de Comercio de S. Feliu de Guíxols
    972 320 884 - elenarondos@cambrescat.es
    Cámara de Comercio de Tarragona
    977 219 676 - rbarros@cambratgn.org
    Cámara de Comercio de Tàrrega
    973 314 327 - areig@cambratarrega.com
    Cámara de Comercio de Terrassa
    937 339 833 - nbertran@cambraterrassa.es
    Cámara de Comercio de Tortosa
    977 441 537 - internacional@cambratortosa.com
    Cámara de Comercio de Valls
    977 600 909 - internacional@cambravalls.com

  • Subvenciones del Programa "Jóvenes por el Empleo" de apoyo a la experiencia práctica de personas jóvenes desempleadas entre 16 y 25 años, y menores de 30 años en caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Se subvencionarán las siguientes actuaciones:

    • Orientación, tutorización y seguimiento individualizado.
    • Formación profesionalizadora.
    • Formación para la obtención del GES y acceso a ciclos de Grado Medio.
    • Experiencia profesional mediante contrato laboral.
    Leer más

    El plazo de presentación de solicitudes para entidades locales será del 15 al 30 de septiembre de 2016, ambas fechas incluidas.

    A quién va dirigido

    A entidades promotoras (entidades responsables de ejecutar las actuaciones de prospección y asesoramiento de empresas, orientación y acompañamiento en el proceso de contratación y formación y formación adaptada a las necesidades del puesto de trabajo).
    A entidades contratantes: para la actuación de experiencia profesional mediante contrato laboral, pueden ser beneficiarias las empresas, así definidas en el derecho mercantil, y las entidades e instituciones sin ánimo de lucro siempre que hayan sido seleccionadas por las entidades previstas en el apartado 1 de la base 4 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, modificada por la Orden EMO/254/2015, de 5 de agosto.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención (convocatoria 2015-2016)

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes de las entidades contratantes es de dos meses desde la fecha de inicio del contrato laboral.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Entidades contratantes previamente seleccionadas por parte de las entidades promotoras:

    1. Anexo de datos específicos G146NPJO-157
    2. Copia documentación poderes de representación de la persona que firma, si procede.
    3. Hoja de domiciliación bancaria, si procede.
    4. Contrato o contratos de trabajo.
    5. Alta/as a la Seguridad Social.
    6. Copia del convenio entre la entidad promotora y la contratante G146NPJO-182
    7. Anexo del convenio entre la entidad promotora y la contratante G146NPJO-183
    8. Anexo al contrato ? publicidad G146NPJO-184
    9. Declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración (G146NIA-207), (obligatorio en caso de pedir una subvención superior a 10.000?).
    10. Declaración de documentación ya presentada (G146NIA-208), si procede.
    11. Documento de prórroga negociada con la Administración sobre las obligaciones ante el Estado, la Generalidad y la Seguridad Social, si procede.
    12. Si el titular es una persona física, copia del alta de la seguridad social o último recibo de la cuota de autónomo.
    13. Comunicación de acuerdo para la formación (solo en el caso de contratos para la formación y el aprendizaje).

    Requisitos

    Establecidos en la base 6 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, modificada por el artículo 4 de la Orden EMO/254/2015, de 5 de agosto.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Personas beneficiarias

    Personas jóvenes de 16 a 25 años y menores de 30 años en caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en situación de desempleo con déficits formativos y con baja cualificación.

    Se entiende por personas jóvenes con baja cualificación aquellas que no disponen del graduado en ESO y aquellas que, a pesar de que lo han obtenido, no han continuado con los estudios postobligatorios y han abandonado el sistema educativo.


    Guía de prescripciones técnicas para las entidades locales-Jóvenes por el empleo 2015

    Guía de prescripciones técnicas para las entidades contratantes-Jóvenes por el empleo 2015



    Plazos

    Del09.05.2016al 01.12.2016

    Por internet

    Instrucciones
    En el apartado "Solicitud para la actuación de experiencia profesional mediante contrato laboral" las entidades deberán indicar los datos de los jóvenes contratados. Al especificar las horas que cada participante trabaja semanalmente, se calculará automáticamente la cuantía solicitada.

    En la solicitud se debe anexar la documentación que se especifica en el apartado 'Documentación'.

    Solicitar la subvención (convocatoria 2016-2017)

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes para entidades locales seran del 15 al 30 de septiembre de 2016, ambas fechas incluidas.

    El plazo de presentación de solicitudes de las entidades seleccionadas para la realización de la actuación de experiencia profesional es de dos meses desde la fecha de inicio del contrato laboral.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Entitats promotores:

    1. Anexo pera entidedes colaboradoras en la formación G146NPJO-197 , si procede.
    2. Memoria tecnica del proyecto.
    3. Hoja de domiciliación bancaria, si procede.
    4. Copia compulsada del contrato o contratos de trabajo.

    Entidades contratantes previamente seleccionadas por parte de las entidades promotoras:

    1. Anexo de datos específicos G146NPJO-157
    2. Copia documentación poderes de representación de la persona que firma, si procede.
    3. Hoja de domiciliación bancaria, si procede.
    4. Copia compulsada del contrato o contratos de trabajo.
    5. Alta/as a la Seguridad Social.
    6. Copia del convenio entre la entidad promotora y la contratante.
    7. Anexo del convenio entre la entidad promotora y la contratante.
    8. Anexo al contrato ? publicidad.
    9. Declaración relativa a las retribuciones de los órganos de dirección o administración (G146NIA-207), (obligatorio en caso de pedir una subvención superior a 10.000?).
    10. Declaración de documentación ya presentada (G146NIA-208), si procede.
    11. Documento de prórroga negociada con la Administración sobre las obligaciones ante el Estado, la Generalidad y la Seguridad Social, si procede.
    12. Si el titular es una persona física, copia del alta de la seguridad social o último recibo de la cuota de autónomo.
    13. Comunicación de acuerdo para la formación (solo en el caso de contratos para la formación y el aprendizaje).

    Requisitos

    Establecidos en la base 6 de la Orden EMO/251/2014, de 4 de agosto, modificada por el artículo 4 de la Orden EMO/254/2015, de 5 de agosto.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    Personas beneficiarias

    Personas jóvenes de 16 a 25 años y menores de 30 años en caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, en situación de desempleo con déficits formativos y con baja cualificación.

    Se entiende por personas jóvenes con baja cualificación aquellas que no disponen del graduado en ESO y aquellas que, a pesar de que lo han obtenido, no han continuado con los estudios postobligatorios y han abandonado el sistema educativo.

    Plazos

    Del15.09.2016al 30.09.2016

    Por internet

    Entidades promotoras

    Instrucciones

    1. Buscar enEACAT el tramite: "SOC - Programa Joves per l'Ocupació (JPO 2016)"
    2. Acceder al formulario pulsando el botón verde "Descarga" y descargue-el en su ordenador. Si no ve este botón consulte los roles y los plazos de presentación.
    3. Rellene , valide y firme digitalmente dentro del mismo formulario, en el cuadro específico para la firma que se encuentra al final, mediante el Adobe Reader. Dentro del mismo formulario hay que anexar la documentación que se especifica en el apartado 'Documentación'.
    4. Remítase a EACAT, en la pestaña "Trámites" y luego "Ventanilla de registro". Allí anexarlo donde indica "Trámite a presentar", y cuando el documento se haya cargado, ya puede enviarlo pulsando el botón "Tramita". En unos segundos podrá acceder al recibo de presentación de su trámite con el registro de salida de su ente y el de entrada del ente destinatario.

    Entidades contratantes

    Formulario no disponible para las entidades contratantes.

  • El objetivo del programa es ayudar a la empresa a iniciarse en la exportación, incidiendo en la selección de los productos/servicios con más potencial exportador, así como los países y canales de distribución más adecuados para la empresa.

    Leer más

    Plazo: hasta el 18 de diciembre de 2014, o hasta agotar el presupuesto.

    A quién va dirigido

    A empresas con ánimo de lucro y establecimiento operativo en Cataluña, que en el ejercicio anterior no hayan exportado o bien hayan exportado un máximo del 15% de su volumen de facturación y que tengan un máximo de 50 trabajadores/as.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 18 de diciembre de 2014, o hasta agotar el presupuesto.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad solicitante, en caso de que éste no esté inscrito en el Registro Mercantil. En caso de que este documento ya haya sido presentado en convocatorias anteriores de ACCIÓ, no será necesario presentarlo en esta convocatoria siempre que el solicitante presente una declaración responsable en la que se especifique este documento, la fecha en que se presentó a ACCIÓ y se haga constar que sigue estando vigente.
    2. Declaración conforme no se han recibido ni solicitado otras ayudas para los mismos gastos subvencionables, procedentes de cualesquiera administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales.
    3. En su caso, detalle de las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso, especificando la cuantía, la fecha de la concesión y el ente otorgante.

    Estas dos declaraciones forman parte del impreso de solicitud.
    El solicitante deberá señalar, en el impreso de solicitud, cuál de las entidades colaboradoras acreditadas quiere que sea la que gestione su solicitud junto con ACCIÓ.
    La firma de la solicitud implica la autorización a la Administración de la Generalidad de Cataluña para la función de comprobación de oficio de los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña, y de las obligaciones con la Seguridad Social por parte del solicitante.

    Requisitos

    1. En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalitat de Catalunya 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94, de 20.4.2005); el Real decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el cual se regulan los enclaves laborales (BOE nº. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC nº. 3196, de 2.8.2000).
    2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat de Catalunya, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
    3. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
    4. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 90 bis, apartados a), b), c), d) y e) y 92.2.i) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
    5. No haber sido sancionadas, en resolución firme, para la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado para Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
    6. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

    El cumplimiento de estos requisitos se tendrá que acreditar mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta el órgano competente de la Administración para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    El Programa ofrece un servicio de asesoramiento individualizado a la empresa para que pueda disponer de su Plan de Promoción Internacional adaptado a sus recursos y necesidades y que será elaborado de forma conjunta.
    Este plan determinará cuáles son los productos o servicios de la empresa idóneos para comenzar a exportar, así como los mercados y los canales más adecuados para empezar a hacerlo. El plan dispondrá también de un presupuesto y un cronograma de acciones ajustado a las necesidades de la empresa.
    Metodología
    Este asesoramiento será realizado por un asesor experto en comercio internacional y deberá estar acreditado por ACCIÓ mediante un proceso público. Los asesores acreditados podrán ser consultados en la página web de ACCIÓ y serán elegidos por la empresa.
    La empresa contará con 20h de dedicación del asesor experto en comercio exterior mencionado, durante 3 meses.
    Intensidad de la ayuda
    El coste por parte de la empresa será de 600 euros + IVA.
    ACCIÓ se hará cargo de la diferencia entre los gastos de asesoramiento descritas en este programa, que tienen un coste de 1.300 ? y el importe de 600 ? que deberá pagar el beneficiario a la entidad colaboradora para participar en el programa.
    Observaciones
    ACCIÓ comparte el programa "Empresa Exporta" con las entidades empresariales orientadas a la internacionalización en Cataluña.
    Las entidades que gestionan este programa son:

    AMEC
    934 150 422 ? ipuigdemassa@amec.es
    CECOT
    937 366 005 - exportacio@cecot.org
    FOMENT
    934 841 220 - sramirez@foment.com
    PIMEC
    934 964 500 - tforrellat@pimec.org
    SECARTYS
    931 828 810 - sprieto@secartys.org

    Plazos

    Del25.07.2014al 18.12.2014

    Por internet

    Las solicitudes se tendrán que formalizar con los impresos normalizados que están disponibles en el web de ayudas de ACCIÓ, y tienen que ir dirigidas al consejero delegado de ACCIÓ.
    Esta posibilidad no excluye la obligación de presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de la solicitud, a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').
    Consultar el horario de registro de documentación

    Por correo postal

    Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').
    Consultar las instrucciones para el registro administrativo

  • Subvenciones para la realización de acciones de formación con la modalidad de compromiso de contratación dentro del Programa Forma e Inserta 2016, que se enmarca en la formación de oferta dirigida prioritariamente a personas desempleadas que promueve el Servicio Público de Empleo de Cataluña.

    Leer más

    Plazo de solicitud: del 6 de julio al 15 de novembre de 2016 (incluido)

    A quién va dirigido

    A empresas, asociaciones empresariales, gremios y otras entidades con establecimiento operativo en Cataluña que se comprometan a contratar como mínimo el 60% del alumnado otorgado, los cuales deben realizar al menos el 75% de la especialidad o itinerario formativo subvencionado.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 6 de julio al 31 de octubre de 2016.

    Inicio de las acciones aprobadas: desde el día de la notificación de la Resolución de otorgamiento hasta el 30 de diciembre de 2016.

    Finalización de las acciones aprobadas: hasta el 31 de octubre de 2017.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
    Documentación común a todas la solicitudes:

    En el caso de empresas de nueva creación o que no estén inscritas en el Registro Mercantil o que hayan modificado su capacidad técnica respecto a la gestión de las acciones:

    En el caso que la solicitud no esté mecanizada (formación a medida o itinerarios formativos mixtos) mediante el sistema informático del SOC se deberá presentar:

    En el caso que se subcontrate la formación se debe adjuntar:

    En el caso de empresas asociadas, agremiadas o vinculadas a la entidad solicitante y que ejecuten alguna parte de la acción formativa:

    En el caso que se soliciten especialidades formativas no vinculadas al Fichero catalán de especialidades formativas:

    En función de los casos específicos, también se deben adjuntar los documentos que figuran en el apartado IV "Documentación anexa a esta solicitud" del formulario de solicitud (G146NFO-357).
    Si se solicita formación a medida, se debe presentar el documento "Solicitud de inclusión de nuevas especialidades formativas G146NHCF-023".
    Se pueden solicitar itinerarios formativos mixtos (de módulos formativos de diferentes Certificados de Profesionalidad).

    En ambos casos se deberá presentar el documento "Acción formativa no mecanizada G146NFO-360".

    Requisitos

    Los definidos en la base 3 del anexo 1 de la Orden EMO/185/2014, de 13 de junio, modificado por el artículo 4 de la Orden EMO/203/2015, de 1 de julio.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Más información:
    Guía para la gestión de acciones de formación para el empleo Forma e Inserta 2016
    Preguntas más frecuentes

    Plazos

    Del06.07.2016al 15.11.2016

    Por internet

    La solicitud (G146NFO-357) y los otros documentos se mecanizarán en la aplicación informática del Servicio Público de Empleo de Cataluña (GIA).
    Se debe seguir la Guía para la gestión de acciones de formación para el empleo Forma e Inserta 2016.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Por correo postal

    Por correo administrativo dirigido a la oficina que le corresponda de la red de Oficinas de Gestión Empresarial o a la dirección del SOC (calle Llull, 297, 08019 Barcelona).
    La fecha de la solicitud será la de llegada al registro del punto de tramitación.

  • Se convoca el Programa ICREA Academia con el objetivo de incentivar y recompensar la labor investigadora del personal docente e investigador que hace investigación en la universidad y, muy especialmente, a lo que se encuentra en fase plenamente activa y de expansión de su actividad investigadora.
    El profesorado beneficiario será reconocido como investigador / a ICREA Academia. Este reconocimiento comporta la dedicación prioritaria del beneficiario a las actividades de investigación en una universidad pública de Cataluña durante los 5 años de duración del Programa.

    Con este programa se quiere contribuir a la intensificación de la investigación ya la retención de talento investigador dentro del sistema universitario de Cataluña.

    Leer más

    Plazo: del 11 de diciembre de 2013 al 21 de enero de 2014, a las 14 horas.

    A quién va dirigido

    Al personal docente y investigador contratado o funcionario de las universidades públicas de Cataluña

    Organismo responsable

    Normativa

    Inscribirse al programa

    Plazos

    El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 11 de diciembre de 2013 y finaliza el 21 de enero de 2014 a las 14 horas.

    Documentación

    Documentación para adjuntar al formulario de solicitud:

    1. A la solicitud, que debe cumplimentarse en inglés, se a de incluir información de la investigación efectuada en los últimos cinco años:
      • Selección de las 5 publicaciones más relevantes desde 2009
      • Proyectos de investigación desde 2009
      • Premios y honores desde 2009
      • Otros méritos de investigación desde 2009
      • Planes de investigación para los próximos 5 años.
    2. Además hay que adjuntar el currículum completo en inglés y en formato pdf (màx. 2 Mb)

    Requisitos

    Puede participar en el Programa, el personal docente y investigador contratado o funcionario de las universidades públicas de Catalunya, que a 21 de enero de 2014, reúna los siguientes requisitos:

    1. Estar en posesión del título de doctor/a.
    2. Tener una vinculación permanente y a tiempo completo en una universidad pública de Catalunya.
    3. Encontrarse en situación de servicio activo en una universidad pública de Catalunya y estar impartiendo docencia de manera regular.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Contenido del Programa
    El Programa supone para cada investigador/a reconocido com ICREA Academia, con caracter anual y durante 5 años, lo siguiente:

    1. Un premio personal de 16.000 ? (cantidad bruta) de libre disposición.
    2. Una ayuda de 20.000 ? para la universidad a la que pertenece el investigador/a. Esta ayuda se ha de destinar, de acuerdo con el investigador/a ICREA Academia, a proyectos de investigación y/o acciones directamente relacionadas con su actividad de investigación, y muy especialmente a la contratación de personal que permita rebajar la tarea docente del investigador/a ICREA Academia
    3. Un cánon de 4.000 ? para la universitat a la que pertenece el investigador/a para la participación en la gestión del Programa.
    4. El reconocimiento cómo investigador/a ICREA Academia comporta la dedicación prioritária a actividades de investigación a una universidad pública de Catalunya durante los cinco años de duración del Programa.
    5. La dedicación prioritária a actividades de investigación puede ser compatible, excepcionalmente, con la realización de estancias de investigación, de caracter temporal, del investigador/a ICREA Academia a universidades y/o centros de fuera de Catalunya, siempre que sean autorizadas por su universidad, y por ICREA a efectos de la permanencia en el Programa.

    El número máximo de candidato/os que pueden ser reconocidos cómo investigador/a ICREA Academia en esta convocatória és de 30. La dotación económica total de cada ICREA Academia és de 40.000 euros anuales que se haran efectivos durante 5 años (siempre y cuando se cumplan los requisitos del punto 4.1), y que són financiados con cargo al presupuesto de ICREA. Los efectos económicos del Programa se computan a partir del 1 de enero de 2014.

    Compatibilidad

    • El premio percibido por el investigador ICREA Academia és compatible amb cualquier otro premio, ayuda o otros recursos que perciba el investigador/a ICREA Academia.
    • El régimen de compatibilidad de la ayuda percibida por la universidad se determina en el convenio de adhesión al Programa subscrito per ICREA y la correspondiente universidad.

    Para más información referente a este programa se puede consultar el siguiente enlace .

    Plazos

    Del11.12.2013al 21.01.2014

    • El candidato/a debe presentar la solicitud únicamente por vía telemática mediante el botón "Apply" ubicado en el enlace "Inscribirse"
    • En el formulario de solicitud, que debe cumplimentarse en inglés, se incluirá la documentación especificada en el paso 1

    Por internet

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.