Venta a distancia de medicamentos veterinarios no sujetos a prescripción
Información Rápida
Objetivo
Permite a los establecimientos minoristas y farmacias autorizadas comunicar el inicio de la venta online de medicamentos veterinarios que no requieren receta.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas y profesionales del sector farmacéutico y veterinario.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos del capítulo V del Real Decreto 666/2023 para establecimientos y sitios web.
Plazos
La comunicación debe realizarse antes de iniciar la actividad de venta a distancia.
Duración del trámite
Indeterminado.
Información adicional
La venta a distancia está limitada a medicamentos que no requieren prescripción veterinaria, desde farmacias y establecimientos autorizados, con asesoramiento de un farmacéutico responsable.
Resumen
Este trámite permite a los establecimientos minoristas y farmacias autorizadas comunicar el inicio de la venta online de medicamentos veterinarios que no requieren receta. Es un requisito previo para comenzar a vender estos productos a distancia.
Lo que necesitas
- Requisitos: Cumplir con las normas del capítulo V del Real Decreto 666/2023.
- Coste: El trámite es gratuito.
- Plazos: La comunicación debe realizarse antes de iniciar la actividad.
Cómo hacerlo
- Comunicar:
- Accede a la plataforma online a través de este enlace: Iniciar.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La administración revisará la comunicación. Si todo está correcto, incluirá el establecimiento en el listado de comercios autorizados para la venta a distancia. Si hay problemas, se notificará al interesado.
Después de hacerlo
- Si la comunicación es correcta, el establecimiento será incluido en el listado de comercios autorizados.
- Si la comunicación no cumple los requisitos, se emitirá una resolución que dejará sin efecto la actividad.