Validación de cursos para la mejora de la cualificación profesional agroalimentaria y del medio natural

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Validación de cursos para la mejora de la cualificación profesional agroalimentaria y del medio natural
El departamento competente en materia de agricultura, ganadería, pesca y alimentación, mediante la dirección general competente en materia de formación agraria, tiene como objetivo, entre otros, ejecutar y hacer el seguimiento de las políticas, las estrategias , los programas y los planes en materia de formación del mundo agrario y rural, así como ejecutar las actuaciones dirigidas a la formación de los agricultores, los ganaderos y otros operadores del ámbito rural.


¿Cuál es el objetivo de las validaciones?
Permitir la obtención de la calificación necesaria tanto a efectos de cumplir con los requisitos de las diferentes medidas y ayudas públicas a nivel autonómico, estatal o comunitario, como para la obtención de la acreditación que permita la realización de actividades reguladas por la Administración.
Asegurar la idoneidad de los programas, de los contenidos, del desarrollo de los cursos mencionados y del aprovechamiento académico de los alumnos, que deben haber superado la edad de escolarización obligatoria.

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A quién va dirigido

A los operadores del sector agroalimentario.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la subvención

Plazos

Al menos 15 días antes del inicio del curso.

Documentación

Solicitud de validación de formación

Requisitos

Para garantizar la calidad de la formación a impartir y otorgar la validación correspondiente se valorará el cumplimiento de los siguientes aspectos:

a) En la formación presencial:

  1. La idoneidad del programa de acuerdo con los objetivos del curso y la normativa vigente.
  2. Las condiciones del espacio y los equipamientos. Estas condiciones son, con carácter general, las que tenga estipuladas el organismo competente de la formación para el empleo.
  3. El número de alumnos, que debe ser como máximo de 30 personas matriculadas por curso, siempre que su normativa reguladora propia no indique otra capacidad.
  4. El régimen horario, con las limitaciones que las clases no pueden finalizar después de las 22 horas, las sesiones teóricas no pueden exceder las 5 horas por día y las sesiones prácticas no pueden exceder las 8 horas por día.
  5. El profesorado, que debe tener la cualificación profesional adecuada en la materia a impartir.
  6. Otros aspectos determinados por las especiales características del curso.

b) En la formación semipresencial o no presencial:

  1. La idoneidad del programa, el modelo pedagógico y las herramientas y materiales, de acuerdo con los objetivos del curso y la normativa vigente.
  2. El número de alumnos por tutor, que no puede ser superior a 30, siempre que su normativa reguladora propia no indique otra capacidad.
  3. El profesorado o los tutores, con la cualificación profesional adecuada en la materia a impartir o tutorizar.
  4. Otros aspectos determinados por las especiales características del curso.

Tasas

84 euros per curs de formació (llei 2/2014, de mesures fiscals, administratives, financeres i del sector públic).

Otras informaciones

Se pueden validarse los cursos dirigidos a la formación de todos los operadores del sector agroalimentario, impartidos de forma presencial, semipresencial.

Según la orden reguladora, se considera formación semipresencial aquella en la que como mínimo el 50% de las horas totales del curso se realiza de forma presencial, y formación no presencial, aquella en la que más del 50% de las horas totales del curso se realiza de forma no presencial. En las modalidades de formación semipresencial y no presencial se debe hacer un seguimiento del trabajo individual de los alumnos por parte de los profesores o tutores) o no presencial que se ajusten a alguna de las modalidades siguientes:

  1. Cursos de mejora de la cualificación profesional con una duración mínima de 20 horas.
  2. Cursos para obtener los conocimientos necesarios para desarrollar actividades establecidas por la Administración, de acuerdo con su normativa reguladora, y para obtener las ayudas correspondientes.

La solicitud se presentará preferentemente en la dirección electrónica: validacionsformacio@gencat.cat

Plazos

Del11.02.2015

La solicitud se debe presentar por correo electrónico.

Presencialmente

Puntos de tramitación:

Por correo electrónico

La solicitud se presentará preferentemente en la dirección electrónica: validacionsformacio@gencat.cat


Oficinas de la administración

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Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

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Calle Provença 339, 08037, Barcelona

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

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