Suma't: Programa de Experiencia Profesional para el empleo juvenil en Cataluña
El Proyecto "Suma't" combina acciones de orientación, formación y de adquisición de experiencia profesional en empresas, con el objetivo de mejorar la cualificación profesional de las personas jóvenes desempleadas y facilitar su inserción laboral en las empresas.
Leer másEstas actuaciones están cofinanciadas por el Programa Operativo de intervención comunitaria del Fondo Social Europeo en el marco del objetivo de competitividad regional y empleo en la Comunidad Autónoma de Cataluña (PO Regional 2007ES052PO007).
A quién va dirigido
A entidades locales, empresas y consejos comarcales.
Organismo responsable
- Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Secretaria General de Treball, Afers Socials i Famílies
- Servei Public d'Ocupacio de Catalunya (SOC)
Normativa
Solicitar la ayuda
Plazos
- El plazo para presentar la solicitud para las entidades locales finaliza el 22 de noviembre de 2010, incluido.
- El plazo para presentar las solicitudes para las empresas seleccionadas finaliza un mes desde la fecha de inicio del contrato.
Documentación
Documentación que debe adjuntarse en la solicitud:
- Poder suficiente en derecho que acredite las facultades de representación de los firmantes de la solicitud para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante.
- Fotocopia de la tarjeta de identificación de la entidad y del documento de identidad de la persona que actúa en nombre y representación de la persona jurídica solicitante.
- Declaración expresa de la persona responsable donde hace constar que la entidad no ha sido sancionada, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo.
- Declaración conforme la entidad solicitante cumple los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
- Declaración expresa conforme no se incurre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Declaración expresa que la entidad cumple la cuota de reserva para la integración de las personas con disminución de acuerdo con la Ley 19/1982, de 7 de abril, o aplica las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 246/2000, de 24 de julio.
- Declaración que la entidad cumple con la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y la adopción de medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación entre mujeres y hombres.
- Hoja de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada.
- Declaración de la existencia de otras subvenciones o ayudas públicas y / o privadas, nacionales o internacionales, para el mismo concepto, con indicación del programa al que se acoge, de la cuantía solicitada, del porcentaje que suponen del coste total del proyecto, de si se encuentran en fase de solicitud o concesión y con cargo a qué entidad pública o privada se ha solicitado. En caso de no haber solicitado otras, se debe adjuntar una declaración responsable en este sentido.
- Declaración responsable de la entidad o las entidades beneficiarias que abarque:
- las remuneraciones que percibe el personal directivo de la entidad subvencionada, entendiendo por directivo o directiva a la persona que ejerce funciones ejecutivas y de administración;
- el compromiso de dar publicidad a las remuneraciones en la memoria de los estados contables;
- el compromiso de mantenimiento, en el marco de la relación laboral preexistente y durante el período de vigencia de la subvención, de la estructura retributiva citada, en cumplimiento del artículo 92.2 i) y los apartados a), b), c ) y d) del artículo 90 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
- Declaración de no incurrir en los supuestos del artículo 92.bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
- Las empresas también deben adjuntar una copia del contrato o contratos y de las correspondientes alta/as a la Seguridad Social.
Las declaraciones de los puntos 3, 4, 5, 6, 7 y 9 están incluídas en la hoja de solicitud.
Datos y documentos que la ciudadanía se ahorra de aportar a la Administración.
Requisitos
- En el caso de que se trate de una empresa con una plantilla de 50 o más personas trabajadoras o más, cumplir la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de personas trabajadoras con discapacidad sobre el número total de personas trabajadoras de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20 de abril de 2005), el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales, y el Decreto 246/2000, de 24 de julio.
- Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como las obligaciones ante la Seguridad Social.
- Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones.
- No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de disminuidos o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5 / 2000, de 4 de agosto.
- Cumplir la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, las empresas deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. En el caso de las empresas de más de 250 trabajadores/as, estas deberán elaborar y aplicar con carácter obligatorio un Plan de Igualdad, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
- En el caso de empresas que tengan una plantilla igual o superior a 25 personas, deberán indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley 5 / 2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista que añade un nuevo apartado 7 al artículo 92 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
- Cumplir las obligaciones y no incurrir en los supuestos de prohibición establecidos en los artículos 90 bis, 92.2 i) y 92 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
Tasas
No hay tasas asociadas a esta trámite.
Otras informaciones
Destinatarios
- Para las actuaciones de tutorización, formación y acompañamiento a la inserción:
- Las entidades locales correspondientes a los municipios de más de 30.000 habitantes en la demarcación de Barcelona.
- Las entidades locales correspondientes a los municipios de más de 20.000 habitantes en el resto de demarcaciones.
- Consejos comarcales y entidades jurídicas de creación voluntaria, constituidas de acuerdo con la normativa de régimen local vigente en Cataluña, de ámbito supramunicipal con participación mayoritaria por parte de administraciones públicas y competencias en políticas activas de empleo, promoción económica y desarrollo local, que abarquen un territorio de más de 20.000 habitantes.
- Para las actuaciones de experienciación profesional en empresas:
- Empresas que hayan sido seleccionadas por las entidades locales anteriores.
Beneficiarios
Personas jóvenes desempleadas mayores de 18 años y menores de 25 años que no hayan finalizado la educación secundaria obligatoria, y que estén inscritas en la Oficina de Trabajo como demandantes de empleo no ocupadas.
El proyecto Suma't será implementado en colaboración con las entidades locales de municipios de más de 20.000 habitantes y de más de 30.000 habitantes, en el caso de la demarcación de Barcelona. Las Oficinas de Trabajo serán las responsables de seleccionar y derivar a las personas participantes a las entidades locales, con el apoyo del Servicio Público de Ocupación de Cataluña en el proceso de búsqueda y selección de las empresas más adecuadas para la contratación de las personas participantes en el programa.
Las actuaciones ocupacionales a desarrollar con el Proyecto Suma't son:
- Tutorización y acompañamiento a la inserción.
- Actuaciones de formación:
- Formación profesionalizadora.
- Formación para el logro de competencias clave.
- Formación para facilitar la obtención del título de graduado en ESO.
- Experiencia profesional en empresas mediante el contrato de formación.
Para cualquier consulta relacionada con el programa SUMA'T se puede escribir a la dirección de correo electrónico bustia.innovadors@gencat.cat o llamar al teléfono 935 536 188.
Plazos
Hasta al 11.04.2012
Presencialmente
Puntos de tramitación
- Servei Territorial de Girona del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Servei Territorial de Lleida del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Servei Territorial de Tarragona del Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
- Servei d'Ocupació de Catalunya (SOC)
Se puede presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Por correo electrónico
La solicitud debe presentarse tanto por el registro del SOC como por correo electrónico a la dirección bustia.innovadors@gencat.cat.
En todo caso, a efectos administrativos sólo tienen validez las solicitudes que entren físicamente por registro.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781