Subvencions per a projectes quadriennals de recerca en matèria d'arqueologia i paleontologia

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Són subvencions destinades a donar suport als projectes quadriennals de recerca en matèria d?arqueologia i paleontologia per a la defensa i la conservació del patrimoni arqueològic i paleontològic català que requereixin fer a Catalunya intervencions arqueològiques, paleontològiques o de les dues tipologies.
Els projectes s'han de fer per un període quadriennal entre l?1 de gener de l?any de concessió i el 31 de desembre de l?última anualitat.

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Plazo de solicitud: del 3 de junio al 30 de septiembre de 2014.

Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y será necesario disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.

Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede pedir cita previa para hacer uso de este servicio.

A quién va dirigido

  • A entitats sense ànim de lucre
  • A empreses
  • A grups de recerca

Els projectes presentats han d?haver estat seleccionats en el marc d?una convocatòria del Departament de Cultura que tingui per objecte aprovar projectes quadriennals de recerca en matèria d?arqueologia i paleontologia.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 3 de junio al 30 de septiembre de 2014.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  • Presupuesto completo y detallado del proyecto

No se debe presentar proyecto de actividad o actuación que prevé la base general 7.1.a) ya que la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural requerirá a la dirección general competente en patrimonio cultural que le envíe el proyecto correspondiente, el cual debe haber sido aprobado por el Departamento de Cultura en el marco de la convocatoria al que hace referencia la base 1.2.

Requisitos

  1. El proyecto debe incluir la realización de una o varias intervenciones arqueológicas o paleontológicas en Cataluña durante su periodo de vigencia, que deben ser ejecutadas durante los plazos previstos y deben ser necesarias para el desarrollo del proyecto.
  2. Cada anualidad deben presentar el informe o informes de resultados del proyecto donde también se dé noticia suficiente del estado de su ejecución. La entrega será obligatoria en el plazo de dos meses desde la finalización de los trabajos de campo, firmada por la persona directora de la intervención, de acuerdo con el artículo 11.1.g) del Decreto 78/2002, de 5 de marzo, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.
  3. Cumplir y hacer cumplir las obligaciones de la promoción y de la dirección de la intervención previstas en el Decreto 78/2002, de 5 de marzo, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.
  4. Las personas físicas que sean autoras del informe de resultados del proyecto y de la memoria científica del proyecto subvencionado deben ceder, con carácter no exclusivo, los derechos de explotación de los datos incluidos en el informe de resultados y en la memoria del proyecto, con carácter indefinido y para todos los países del mundo, a fin de que el Departamento de Cultura la pueda difundir por cualquier medio.
  5. Comunicar a la dirección general competente en patrimonio cultural la bibliografía generada por el proyecto subvencionado y por los estudios del yacimiento o yacimientos que se intervengan.
  6. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
  7. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat de Catalunya, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
  8. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
    • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
    • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
  9. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
  10. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  11. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  12. Las intervenciones arqueológicas y paleontológicas deben estar integradas en un proyecto de investigación y corresponder a las actividades descritas en el artículo 3.3 y de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 78/2002, de 5 de marzo, del Reglamento de protección del patrimonio arqueológico y paleontológico.
  13. Las intervenciones han de haber sido autorizadas por la persona titular de la Dirección General del Patrimonio Cultural y deben haber sido realizadas o bien tener prevista la realización en los plazos que se indique.
  14. Las personas que hayan de ser autoras del informe de resultados y de la memoria científica de la intervención subvencionada deben ceder, con carácter no exclusivo, los derechos de propiedad intelectual de la obra subvencionada, con carácter indefinido y para todos los países del mundo, para que el Departamento de Cultura de la Generalidad de Cataluña pueda difundir por cualquier medio.
  15. La solicitud la debe presentar la persona física o representante legal de la entidad promotora de la intervención titular de la autorización.
  16. Se debe presentar una única solicitud de subvención.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

Cuantía

La cuantía de la subvención no puede ser superior en ningún caso al 80% del coste subvencionable de los proyectos de investigación. Por lo tanto, el importe solicitado no puede superar este límite.

Se determina aplicando sobre el importe solicitado el porcentaje correspondiente en función de la puntuación obtenida por el proyecto en la convocatoria del Departamento de Cultura de aprobación de proyectos cuatrienales de investigación a la que hace referencia la base 1.2:

a) Puntuación de 4,5: el 5% del importe solicitado.

b) Puntuación de más de 4,5 hasta 5,5: el 10% del importe solicitado.

c) Puntuación de más de 5,5 y hasta 7: el 40% del importe solicitado.

d) Puntuación de más de 7 y hasta 9: el 70% del importe solicitado.

e) Puntuación de más de 9 y hasta 10: el 100% del importe solicitado.

El importe resultante se puede aumentar o reducir proporcionalmente en función de la disponibilidad presupuestaria y el número de solicitudes.

Las solicitudes de subvención se deben tramitar obligatoriamente por la vía telemática.

Plazos

Del03.06.2014al 30.09.2014

Por internet

Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.


Oficinas de la administración

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Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

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Calle Provença 339, 08037, Barcelona

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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