Subvencions per a programes de formació adreçades a persones treballadores ocupades ocupades que promou el Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya. Programa 'A mida'.
Información Rápida
Objetivo
Subvenciones para financiar programas de formación no formal para la cualificación y recualificación de la población activa en Cataluña, en sectores estratégicos.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales con domicilio fiscal y centro operativo en Cataluña.
Requisitos principales
- Estar legalmente constituidas, con domicilio fiscal y centro operativo principal en Cataluña.
- Realizar las actividades objeto de la subvención en Cataluña.
- Presentar la declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH).
- Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad.
- Cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad y las obligaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 28 de octubre de 2023, a las 00.00 h, hasta el 10 de noviembre de 2023, a las 14.00 h.
Duración del trámite
El plazo máximo para notificar y emitir resolución es de seis meses a contar desde la fecha de publicación de esta convocatoria.
Información adicional
Los plazos de ejecución y finalización de las acciones formativas de los programas de formación son hasta el 31 de diciembre de 2024.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para programas de formación no formal dirigidos a la cualificación y recualificación de la población activa en Cataluña, promovidos por el Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas a título individual.
- Agrupaciones de empresas.
- Consorcios.
- Organismos y entidades sectoriales.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
- Ten en cuenta los plazos de presentación de solicitudes.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Declaración responsable relativa al cumplimiento de los requisitos y obligaciones.
- Memoria descriptiva del programa subvencionable, firmada electrónicamente.
- Documentación acreditativa de la representación con la que se actúa (si es necesario).
- Documento de nombramiento de la persona representante o apoderada única de la agrupación (en caso de agrupaciones de empresas sin personalidad jurídica).
- Hoja de domiciliación bancaria debidamente cumplimentada.
Requisitos previos:
- Estar legalmente constituidas, con domicilio fiscal y centro operativo principal en Cataluña.
- Realizar las actividades objeto de la subvención en Cataluña.
- Presentar la declaración responsable sobre el cumplimiento del principio de no perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales (DNSH).
- Presentar declaración sobre si se han solicitado y/o se han obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad.
- Cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual.
- Estar al corriente de pago de las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad y las obligaciones ante la Tesorería General de la Seguridad Social.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene costes.
- El plazo de presentación de solicitudes es del 28 de octubre de 2023 a las 00:00 h hasta el 10 de noviembre de 2023 a las 14:00 h.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud a través de la aplicación Conforcat (Iniciar . Acceder a Aplicación Conforcat) dentro del plazo establecido.
- Recibir respuesta de la Administración: La administración tiene un plazo máximo de seis meses para notificar la resolución. Si no se recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.
Información sobre cada etapa:
- Solicitar: Accede a la aplicación Conforcat y sigue las instrucciones para completar y presentar la solicitud.
- Recibir respuesta de la Administración: La resolución se notifica a través del Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para recibir respuesta es de seis meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si la solicitud es aprobada, se concederá la subvención para el programa de formación.
- Si la solicitud es denegada, se indicarán los motivos de la denegación.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para notificar la resolución es de seis meses.
Siguientes pasos:
- En caso de aprobación, seguir las instrucciones para la ejecución del programa de formación y la justificación de la subvención.
- En caso de denegación, se puede presentar un recurso de reposición ante la persona titular de la dirección del Consorcio para la Formación Continua de Cataluña en el plazo de un mes.
Ayuda
Contacto:
- Consorci per a la Formació Contínua de Catalunya.
Recursos adicionales:
Preguntas frecuentes:
- Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.