Subvencions per a l’organització de festivals i trobades nacionals de cultura popular i tradicional

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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L'objecte d'aquestes subvencions és contribuir al finançament de l?organització de festivals i trobades nacionals de cultura popular i tradicional catalana.

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Plazo de presentación de solicitudes: del 5 al 18 de abril de 2016.

A quién va dirigido

  • A les corporacions locals o ens que en depenen
  • A les fundacions i a les associacions, amb domicili social a Catalunya.

No poden optar a aquestes subvencions les federacions d'entitats.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 5 al 18 d'abril de 2016.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Proyecto de actividad o actuación.
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto.
  3. Documento que acredite la implicación en el proyecto de otros agentes implicados de diferentes municipios o comarcas, si procede.

Requisitos

  1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
  2. Las actividades subvencionadas se pueden realizar tanto dentro como fuera del ámbito territorial de Cataluña.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalidad de Cataluña, con el Estado y con la Seguridad Social.
  5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
    • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
    • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
  6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
  7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  9. Hay que presentar una solicitud por cada festival o encuentro nacional siempre que no formen parte de un único proyecto.
  10. La subvención mínima por proyecto se establece en 400,00 euros.
  11. Se tienen que inadmitir las solicitudes de subvención de importe inferior a 400,00 euros o que contengan un presupuesto del proyecto inferior a 800,00 euros. Asimismo se denegarán las solicitudes de subvención para proyectos que, una vez valorados, solo puedan obtener una subvención inferior a 400,00 euros.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

A los efectos de esta línea de subvenciones se consideran festivales de cultura popular y tradicional el conjunto de actividades artísticas o culturales no profesionales organizadas en una misma población o ámbito geográfico y durante un periodo de tiempo determinado, relacionadas con el marco de actuación establecido por la Ley 2/1993, de 5 de marzo, de fomento y protección de la cultura popular y tradicional y del asociacionismo cultural. Asimismo se consideran encuentros nacionales las concentraciones territoriales de entidades y grupos del mismo ámbito asociativo festivo de cultura popular y tradicional catalana.

Criterios de valoración:

La puntuación máxima del proyecto será de 10 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:

  1. El interés cultural del proyecto, teniendo en cuenta su calidad, su grado de consolidación y las posibilidades de incidencia en el incremento de públicos o la captación de nuevos públicos en el ámbito de la cultura popular y tradicional catalana o del asociacionismo cultural (hasta 3 puntos).
  2. Las propuestas innovadoras en el ámbito de la cultura popular y tradicional (hasta 1,5 puntos).
  3. La viabilidad económica de las acciones del proyecto, valorada por el plan de financiación (hasta 1 punto).
  4. El hecho de que en la organización de la actividad estén implicados agentes de diferentes municipios, comarcas o países (hasta 1,5 puntos).
  5. El plan de comunicación y difusión previsto (hasta 2 puntos).
  6. Transparencia en la gestión de la actividad, control y avaluación de la actividad i participación ciudadana en el diseño de la actividad (hasta 1 punto).

Comisión de valoración:

Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se publicaran en breve.

Plazos

Del05.04.2016al 18.04.2016

Para tramitar la solicitud necesitará tener un certificado digital.
El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .
Los entes locales tendrán que presentar las solicitudes a través firma electrónica reconocida.
Más información sobre los sistemas de firma electrónica

Por internet

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat


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Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

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