Subvencions per a la traducció d'obres literàries i de pensament originals en llengua catalana i occitana (en la seva varietat aranesa)
Información Rápida
Objetivo
Fomentar la traducción a otras lenguas de obras literarias o de pensamiento originales en lengua catalana y occitana.
¿Quién puede solicitarlo?
Editoriales (personas físicas o jurídicas) y agencias literarias extranjeras.
Requisitos principales
- Tener programada la traducción a otras lenguas de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana.
- Haber adquirido los derechos de edición para la publicación de la obra en soporte libro impreso y con distribución comercial.
Plazos
Del 12/02/2024 al 30/04/2024,del 02/05/2024 al 20/06/2024,del 29/07/2024 al 31/10/2024,del 12/02/2025 al 29/05/2025
Duración del trámite
Máximo 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Subvenciones para la traducción de obras literarias
Subvenciones para fomentar la traducción a otras lenguas de obras literarias o de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa).
¿Qué es?
Las tipologías de obras literarias o de pensamiento cuya traducción se subvenciona son las siguientes: narrativa,poesía,teatro,cómic y pensamiento (no-ficción y humanidades). A efectos de estas bases,se consideran obras de no ficción subvencionables las siguientes obras:obras de alta divulgación o monografías sobre temas de actualidad; reportajes o crónicas periodísticas; biografías,autobiografías y dietarios; y obras de ensayo literario. Se consideran obras de humanidades subvencionables:obras de carácter académico en el ámbito de las humanidades y las ciencias sociales; obras clásicas del pensamiento catalán del siglo XX; obras no literarias de la tradición catalana medieval.
Organismo responsable:
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales | Entidades
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las editoriales (personas físicas empresarias o personas jurídicas,públicas o privadas,españolas o extranjeras) que tengan programada la traducción a otros lenguas de obras literarias y de pensamiento originales en lengua catalana y occitana (en su variedad aranesa) durante el año de la convocatoria o el siguiente y hayan adquirido,a tal efecto,los derechos de edición para la publicación de la obra en soporte libro impreso y con distribución comercial,incluyendo necesariamente la venta en librerías. Asimismo,también pueden ser personas beneficiarias de estas subvenciones las agencias literarias extranjeras.
Plazos
1ª convocatoria 2024- del 12 de febrero al 30 de abril de 2024,ambos inclusive. 2ª convocatoria 2024:del 2 de mayo al 20 de junio de 2024,ambos inclusive. 3ª convocatoria 2024- del 29 de julio al 31 de octubre de 2024,ambos inclusive. 1ª convocatoria 2025:del 12 de febrero al 29 de mayo de 2025,ambos inclusive.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
- Solicitar subvención
- Recibir la respuesta de la Administración
- Recibir la subvención
- Justificar la subvención