Subvencions per a l'edició d'obres literàries d'especial interès cultural en català i occità

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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L'objecte d'aquestes subvencions és donar suport a l?edició d?obres literàries d?especial interès cultural en llengua original catalana o occitana. S?hi inclou la producció i l?edició de títols individuals o de col·leccions d?obres de literatura en forma de llibre o en d?altres suports.

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Plazo de solicitud: el 5 al 18 de abril de 2016

A quién va dirigido

Poden optar a les subvencions les empreses editorials, ja siguin persones físiques o jurídiques, amb seu social en un estat membre de la Unió Europea o associat a l'Espai Econòmic Europeu, quan el seu projecte tingui incidència a Catalunya, amb acreditació de distribució i comercialització.

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Normativa

Documentación relacionada

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Plazos

Plazo de solicitud: del 5 al 18 de abril de 2016

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Proyecto de actividad o actuación
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
  3. Currículum del autor o autora y de las otras personas con responsabilidad en la edición (como conservadoras, compiladoras, antólogas, etc.), así como el resto de documentación que la persona solicitante considere necesaria.
  4. Memoria explicativa de la trayectoria de la editorial.

Requisitos

  1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
  2. Realizar la actividad subvencionada dentro de los territorios del dominio lingüístico.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
  4. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
  5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
    • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
    • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
  6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
  7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  9. Las obras objeto de la solicitud tienen que haber sido publicadas o se tienen que publicar dentro del año de concesión de la subvención.
  10. Se tiene que tener un plan de comercialización (con independencia de los resultados de venta) a través de los canales habituales de venta de libros, incluidas las bibliotecas, y siempre las librerías.
  11. Tienen que ser primeras ediciones, o bien reediciones de títulos cuya edición anterior feche de más de 10 años. Se consideran primeras ediciones las ediciones críticas.
  12. Los textos en catalán tienen que estar redactados de acuerdo con las normativas establecidas por el Instituto de Estudios Catalanes. Los textos en occitano tienen que estar redactados de acuerdo con la Gramatica occitana de Loís Alibèrt. Los textos en la variante aranesa tienen que estar redactados de acuerdo con las Normes ortografiques der aranés, texto aprobado en el Pleno del Conselh Generau de Arán el 5 de octubre de 1999.
  13. Quedan excluidos los proyectos que hayan recibido otras ayudas para el mismo objeto de cualquier administración pública, entidad o empresa privada cuando el conjunto de las aportaciones supere el 30% de los costes de producción acreditables.
  14. Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con la compra de novedades en catalán destinadas al sistema de lectura pública, llevada a cabo por el Departamento de Cultura (Orden CLT/437/2005).
  15. Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases no son compatibles con las ayudas para la misma obra en la producción editorial en catalán y en occitano y para la edición de partituras de compositores o compositoras catalanes convocados por el Instituto Catalán de las Empresas Culturales.
  16. Las propuestas que hayan sido subvencionadas como proyectos no pueden ser subvencionadas posteriormente como obras publicadas.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Criterios de valoración:

a) El interés cultural o de referencia (hasta un máximo de 5 puntos).

b) La trayectoria de la editorial y la adecuación entre el presupuesto presentado y el proyecto (hasta un máximo de 5 puntos).

c) Otros factores que hagan destacable el proyecto, como el currículum del autor o autora y de las otras personas con responsabilidad en la edición; que tenga relación con conmemoraciones o efemérides de interés cultural; la edición simultánea en lengua catalana y occitana, etc. (hasta 5 puntos).

Para poder optar a las subvenciones hay que alcanzar una puntuación mínima de 10 puntos en el conjunto de criterios.

Comisión de valoración:

Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se podrán consultar en breve.

Esta línea de subvenciones es de tramitación telemática obligatoria.

Plazos

Del05.04.2016al 18.04.2016

Por internet

Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales

Más información sobre los sistemas de firma electrónica

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat


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Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

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Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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