Subvencions a empreses editorials de música

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El objeto de esta línea de subvenciones es apoyar a las empresas editoriales de música en las siguientes modalidades:

a) La edición de partituras de profesionales de la composición musical de Cataluña de especial interés cultural o de difícil comercialización. A los efectos de estas bases, se entiende por profesional de la composición musical de Cataluña el que reside en Cataluña y, en caso de profesionales de la composición musical de Cataluña difuntos, los que nacieron o residieron la mayor parte de su vida en Cataluña.

b) La digitalización de partituras no digitales y la transformación de estas, ya digitalizadas, a formatos actualizados para su comercialización.

c) La realización de actividades dirigidas a la promoción y comercialización del catálogo editorial de partituras, ya sea a través de los medios de comunicación o bien mediante plataformas en la red.

Estas subvenciones tienen la consideración de ayudas de "Minimis"

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El plazo de presentación de solicitudes es del 1 al 17 de marzo de 2016, ambos incluidos

Esta ayuda es de tramitación telemática obligatoria

Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en línea

Para información sobre del contenido de la subvención: 935 67 35 68; 93 554 78 55

Para información sobre la tramitación telemática: 935 529 166

Horario: de 9 a 14h. de lunes a viernes.

A quién va dirigido

Pueden optar a las subvenciones las empresas privadas editoriales de música

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes es del 01 al 17 de marzo de 2016, ambos incluidos

Documentación

Documentación administrativa:

En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras .
La no autorización implicará la presentación correspondiente .

Documentación a presentar con la solicitud

  1. Memoria del proyecto
  2. Presupuesto del proyecto

Documentación addicional

Las empresas propuestas como beneficiarias en la resolución provisional han de presentar addicionalmente, en el caso de la modalidad para la edición de partituras de profesionales de la composición musical de Cataluña de especial interés cultural o de difícil comercialización (base 1.1.a):

Documentación acreditativa conforme el editor ha publicado un mínimo de seis obras de profesionales de la composición musical de Cataluña en el año anterior al de concesión de la subvención. sin perjuicio de la excepción establecida en la base 3.1.b)

Requisitos

Para poder optar a las subvenciones se deben cumplir, además de los establecidos en la base general 3, los siguientes requisitos:

1. Modalidad de subvenciones para la edición de partituras de profesionales de la composición musical de Cataluña de especial interés cultural o de difícil comercialización (base 1.1.a):

  1. Las actividades objeto de subvención deben llevarse a cabo durante el año de concesión de la subvención.
  2. El editor debe haber publicado un mínimo de seis obras de profesionales de la composición musical de
    Cataluña en el año anterior al de concesión de la subvención. Este requisito no será de aplicación a las
    empresas editoriales de nueva creación. A los efectos de estas bases se considera empresa editorial de nueva
    creación aquella que se haya constituido en el año de concesión de la subvención o en el año anterior al de la
    concesión de la subvención

  3. Los textos que acompañen a las partituras deben estar redactados al menos en catalán de acuerdo con la normativa establecida por el Institut d'Estudis Catalans y/o en occitano, de acuerdo con la Gramatica occitana de Loís Alibèrt. Los textos en la variante aranesa deben estar redactados de acuerdo con el texto Normes ortografiques der aranés, aprobado en pleno del Conselh Generau d?Aran el 5 de octubre de 1999.
  4. La partitura no debe haber sido publicada en catalán u occitano en los últimos diez años.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con la compra de novedades en catalán destinadas al Sistema de Lectura Pública (Orden CLT/437/2005).

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases no son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para el mismo objeto de cualquier administración pública, entidad o empresa privada cuando el conjunto de las aportaciones supere el 30% de los costes de producción acreditables.

2. Modalidad de subvenciones para la digitalización de partituras (base 1.1.b):

  1. Las actividades objeto de subvención deben llevarse a cabo durante el año de concesión de la subvención.
  2. Al menos el 50% de los/las autores/as de las obras objeto de digitalización deben ser profesionales de la composición musical de Cataluña, según la definición establecida en la base 1.1.a).
  3. Debe tratarse de recursos digitales accesibles en un repositorio OAI: recursos sujetos a la norma ISO 15836 (Dublin Core), definidos de acuerdo con las especificaciones The Open Archives Initiative Protocol for Metadata Harvesting.

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con otras subvenciones,ayudas, ingresos o recursos del Instituto Catalán de las Empresas Culturales y de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, así como de otras entidades públicas o privadas.


3. Modalidad de subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la promoción y comercialización del catálogo editorial de partituras (base 1.1.c):

  1. Las actividades objeto de subvención deben llevarse a cabo durante el año de concesión de la subvención.
  2. Al menos el 50% de los/las autores/as promocionados/as con la campaña deben ser profesionales de la composición musical de Cataluña, según la definición establecida en la base 1.1.a).

Las subvenciones que se conceden de acuerdo con estas bases son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos del Instituto Catalán de las Empresas Culturales y de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, así como de otras entidades públicas o privadas.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Gastos subvencionables

No se consideran gastos subvencionables los gastos siguientes:

1. Modalidad de subvenciones para la edición de partituras de profesionales de la composición musical de Cataluña de especial interés cultural o de difícil comercialización (base 1.1.a):

  • Los gastos de promoción.
  • Los gastos de coordinación de la edición que superen el 10% del coste del proyecto.

2. Modalidad de subvenciones para la digitalización de partituras (base 1.1.b):

  • Las inversiones (equipamiento técnico, informático, mobiliario, etc.).

3. Modalidad de subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la promoción y comercialización del catálogo editorial de partituras (base 1.1.c):

  • Los gastos de edición.
  • Las inversiones (equipamiento técnico, informático, mobiliario, etc.).
  • Los gastos de mantenimiento de las páginas web y los blogs de las empresas solicitantes.

Cuantía

1. Las subvenciones consisten en una dotación económica no porcentual, en función de la puntuación obtenida de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 7, de las disponibilidades presupuestarias y del número, la naturaleza y los importes de los proyectos.

2. La cuantía de la subvención para cada modalidad de ayuda deberá ser inferior a 60.000,00 euros y, acumulada con otras ayudas de minimis de cualquier administración pública otorgadas durante el ejercicio fiscal corriente y los dos anteriores, no podrá superar los 200.000,00 euros.

3. Para la modalidad de subvenciones para la edición de partituras de profesionales de la composición musical de Cataluña de especial interés cultural o de difícil comercialización (base 1.1.a), la cuantía de la ayuda no podrá ser superior al 35% del coste del proyecto.

Criterios de valoración

Las solicitudes se valoran de acuerdo con los siguientes criterios:


1. Modalidad de subvenciones para la edición de partituras de profesionales de la composición musical de Cataluña de especial interés cultural o de difícil comercialización (base 1.1.a):

  1. El interés cultural o de referencia. Hasta un máximo de 12 puntos.
  2. La edición de obras poco difundidas o de difícil comercialización. Hasta un máximo de 8 puntos.
  3. La viabilidad y las fuentes de financiación del proyecto, donde se valora la incidencia de la comercialización en el ámbito del dominio lingüístico catalán, occitano e internacional, según la lengua de publicación. Hasta un máximo de 5 puntos.
  4. Trayectoria de la editorial. En este apartado se valora el conjunto de su catálogo así como su política de distribución. Hasta un máximo de 10 puntos.
  5. La edición relacionada con conmemoraciones o efemérides de interés cultural. Hasta un máximo de 5 puntos.

2. Modalidad de subvenciones para la digitalización de partituras (base 1.1.b):

  1. Viabilidad y alcance de la actuación. En este apartado se valora la financiación, incluido el grado de aportación de recursos propios o de terceros, así como el plan de comercialización de los contenidos digitales desde Internet. Hasta un máximo de 12 puntos.
  2. La digitalización de partituras con dificultades de comercialización o de difícil acceso (descatalogadas y/o agotadas o que ya no se distribuyan). Hasta un máximo de 8 puntos.
  3. Trayectoria de la editorial. En este apartado se valora el conjunto de su catálogo así como su política de distribución. Hasta un máximo de 10 puntos.

3. Modalidad de subvenciones para la realización de actividades dirigidas a la promoción y comercialización del catálogo editorial de partituras (base 1.1.c):

  1. Viabilidad. En este apartado se valora la financiación, incluido el grado de aportación de recursos propios o de terceros, así como las campañas que impliquen alianzas o iniciativas conjuntas entre editores, libreros, medios de comunicación y otros agentes. Hasta un máximo de 13 puntos.
  2. Lugar de actuación y campaña de comunicación. En este apartado se valora el impacto y el alcance territorial, así como la innovación de la campaña y su incidencia en los medios. Hasta un máximo de 12 puntos.
  3. Promoción de obras, géneros y públicos estratégicos, con especial atención a las obras de fondo o referencia y a las colecciones de autoría catalana, según la definición de la base 1.a). Hasta un máximo de 15 puntos.
  4. Trayectoria de la editorial. En este apartado se valora el conjunto de su catálogo así como su política de distribución. Hasta un máximo de 10 puntos.

Plazos

Del01.03.2016al 17.03.2016

Por internet

Consultar las condiciones técnicas necesarias para los trámites en linea


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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