Subvenciones para residencias de traductores/as de la literatura catalana y aranesa

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer subvenciones a traductores de literatura catalana y aranesa para realizar residencias.

¿Quién puede solicitarlo?

Traductores de literatura catalana y aranesa (ciudadanos, empresas y profesionales).

Requisitos principales

  • Ser traductor no residente en el dominio lingüístico de la obra a traducir.
  • Tener un contrato vigente con una editorial para traducir una obra de literatura catalana o aranesa (poesía, narrativa, teatro y no ficción).

Plazos

Del 12 de febrero al 15 de mayo de 2025, ambos inclusive.

Duración del trámite

6 meses

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para residencias de traductores de literatura catalana y aranesa, ofrecidas por el Institut Ramon Llull.

Quién puede usar este servicio:

  • Traductores que no residan en el dominio lingüístico de la obra que traducen.
  • Deben tener un contrato vigente con una editorial para traducir una obra de literatura catalana o aranesa (poesía, narrativa, teatro y no ficción).

Lo que necesitas

  • Documentos requeridos:
    • Formulario de solicitud.
    • Memoria explicativa del cumplimiento del fin y de las condiciones.
  • Plazos:
    • La solicitud se puede presentar del 12 de febrero al 15 de mayo de 2025.
    • La justificación de la subvención debe presentarse en un plazo de dos meses a partir de la finalización de la residencia.
  • Costes:
    • Este trámite no tiene tasas asociadas.

Cómo hacerlo

  1. Solicitar:
    • El plazo es del 12/02/2025 al 15/05/2025.
    • Por Internet:
      • Accede a los formularios de solicitud en este enlace: Iniciar (Acceder a Formularios de solicitud).
      • Se prefiere la tramitación telemática a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
    • Presencialmente:
    • Por correo postal:
      • Dirección: Consorcio del Institut Ramon Llull, Avenida Diagonal, 373, 08008 Barcelona (España).
  2. Recibir la respuesta de la Administración:
    • La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
    • La resolución se notificará a los interesados.
  3. Recibir la subvención:
    • El Institut Ramon Llull iniciará el pago una vez aceptada la concesión por el beneficiario.
    • La aceptación debe hacerse al inicio de la residencia.
    • El pago de la manutención se hará efectivo al inicio de la residencia.
  4. Justificar la subvención:
    • Presentar una memoria explicativa del cumplimiento del fin y de las condiciones en el plazo de dos meses a partir de la finalización de la residencia.

Después de hacerlo

  • Plazos de resolución:
    • La resolución se emitirá en un plazo máximo de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

Ayuda

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