Subvenciones para proyectos destinados a la recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y los derechos humanos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos destinados a la recuperación y fomento de la memoria democrática, y de promoción de la paz y los derechos humanos, y se abre la convocatoria para el bienio 2014 a 2015.

Objeto:
Regular las subvenciones a proyectos destinados a la recuperación y el fomento de la memoria democrática, y la promoción de la paz y los derechos humanos en Cataluña. En concreto, se da apoyo a las líneas temáticas:

  • Línea 1. Proyectos de recuperación y difusión de la memoria democrática: preferentemente, proyectos de recogida de testimonios del exilio y la deportación republicanos, y de la posguerra catalana, así como también proyectos de documentación y geolocalización de fosas comunes y lugares de represión de la Guerra Civil y la posguerra en Cataluña.
  • Línea 2. Proyectos de difusión y sensibilización en materia de derechos humanos: preferentemente, los centrados en la situación de los derechos humanos dentro del actual contexto socioeconómico de Cataluña, y proponer nuevas líneas de actuación.
  • Línea 3. Proyectos de difusión y sensibilización en el campo de la cultura de la paz: preferentemente, proyectos transversales y con incidencia intergeneracional.

Los proyectos objeto de estas subvenciones deben realizarse íntegramente en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2014 y el 30 de abril de 2015, y en su mayor parte dentro del ámbito territorial de Cataluña.
Importe:
Se dota esta convocatoria con un importe máximo de 200.000 euros.

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Plazo: del 28 de junio al 21 de julio de 2014.

A quién va dirigido

Pueden optar a las subvenciones previstas en esta Orden las entidades sin ánimo de lucro y las fundaciones, domiciliadas en Cataluña, cuyo objeto tenga relación directa con las finalidades que son objeto de subvención en esta Orden. Quedan excluidas las entidades y fundaciones orgánicamente vinculadas a partidos políticos, organizaciones sindicales o asociaciones empresariales.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar y justificar la subvención

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 28 de junio al 21 de julio de 2014, ambos incluidos.

Documentación

Documentación que hay que adjuntar al formulario de solicitud:

  1. Memoria explicativa y detallada de la actividad (firmado por el representante de la entidad y sellado).
  2. Presupuesto detallado de ingresos y gastos (firmado por el representante de la entidad y sellado).
  3. Documentación acreditativa de ser el representante legal de la organización o entidad solicitante.
  4. Documento de constitución de la persona jurídica representada, inscrito en el registro correspondiente. Si esta documentación está disponible en el Registro General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia, el Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales lo verificará de oficio.
  5. Pasaporte de la persona firmante (en el caso de personas extranjeras sin NIE).
  6. DNI / NIE (sólo si no se autoriza la consulta telemática en el formulario).
  7. NIF de la entidad (sólo si no se autoriza la consulta telemática).
  8. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Tesorería General de la Seguridad Social (sólo si no se autoriza la consulta telemática en el formulario. En este caso, si hace la tramitación por Internet, habrá que agregar todos los certificados que ocurra en un único archivo).
  9. Si hacéis la tramitación por Internet, a la documentación anterior habrá que añadir el Anexo de datos específicos para la solicitud por Internet

En el caso de tramitación presencial, toda la documentación presentada deberá ser original o copia compulsada. Para obtener una copia compulsada, hay que aportar el original y copia de la documentación. El registro en el que se presente la solicitud comprobará la identidad de la copia con el original, compulsar la copia y devolverá el original a la persona solicitante.
En el caso de tramitación por medios electrónicos, se pueden presentar copias digitalizadas de los documentos en sustitución de las copias compulsadas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico los ciudadanos a los servicios públicos. Su fidelidad a los originales se garantiza mediante el uso de firma electrónica avanzada. El Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales podrá solicitar al archivo correspondiente cotejo del contenido de las copias aportadas. Ante la imposibilidad de este cotejo y con carácter excepcional, podrá requerir al solicitante para que exhiba el documento o la información original. La aportación de tales copias implica la autorización al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales para acceder y tratar la información personal que contengan estos documentos.
No será necesario presentar la documentación de los apartados 3, 4, 5, 6, 7 y 8 que ya haya sido entregada con anterioridad al Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde su presentación y que no haya sufrido ninguna modificación. En este caso, habrá que indicar la fecha y el órgano de presentación de los documentos y el procedimiento al que hacían referencia.
En el caso de tramitación por medios electrónicos, no será necesaria la aportación de la documentación del apartado 3 si la solicitud se presenta por Internet utilizando el sistema de firma electrónica y esta acredita que el firmante tiene poderes suficientes para actuar en nombre de la entidad solicitante.

Tamaño de los documentos adjuntos: cada uno de los documentos que adjuntáis al formulario de solicitud no puede superar un tamaño determinado. Si ninguno de ellos la superara, la Oficina Virtual de Trámites (OVT) no os dejará incorporarlo y no podréis proseguir la tramitación.
Para evitarlo, os recomendamos que leáis las siguientes: Recomendaciones y buenas prácticas para escanear y adjuntar documentos a los formularios de trámites del OVT

Requisitos

Actividades y conceptos subvencionables

Con carácter general, son gastos subvencionables los que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el ámbito temporal de ejecución previsto en la convocatoria.

Son subvencionables los gastos directamente relacionados con el objeto de la subvención, es decir, los gastos derivados de actividades destinadas a la recuperación y el fomento de la memoria democrática, y la promoción de la paz y los derechos humanos. Se incluyen:

a) Exposiciones, libros, publicaciones y material divulgativo.
b) Cursos, congresos, jornadas, conferencias y seminarios.
c) Búsqueda, recogida de fuentes y documentación.

Se consideran no subvencionables los gastos indirectos y los derivados de las actuaciones siguientes:

- La adquisición de bienes para el funcionamiento ordinario de las entidades.
- La construcción y adquisición de bienes inmuebles, u obras de conservación o mejora de estos bienes.
- La adquisición de maquinaria, utillaje, mobiliario y equipamientos, incluyendo equipos informáticos, así como los trabajos de instalación ? instalación y montaje que requieran.
- Las atenciones protocolarias y de naturaleza similar, como obsequios o comidas.

Tampoco son subvencionables los impuestos directos, como el IRPF, o indirectos, como el IVA, el cual sólo será subvencionable en los casos que la entidad sea consumidora final de IVA, ni las cotizaciones a la Seguridad Social.

Cada entidad puede presentar un máximo de un proyecto, tanto de forma individual como conjuntamente con otras entidades.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

El procedimiento de concesión de la subvención con independencia de la línea temática del proyecto, se hará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los siguientes criterios y sobre un máximo total de 100 puntos, repartidos de la siguiente manera:

  1. Calidad del proyecto presentado (hasta 30 puntos).
    Con este criterio se valora la coherencia, concreción, claridad y detalle de la propuesta; público destinatario, y objetivos y resultados esperados, así como la presencia de indicadores de evaluación cualitativos y cuantitativos.
  2. Viabilidad técnica y económica del proyecto (hasta 20 puntos).
    Con este criterio se valora la trayectoria de la entidad o fundación y la claridad, detalle y pertenencia del presupuesto, así como el grado de adaptación del proyecto a la actividad y la diversidad de fuentes de financiación adicionales.
  3. Interés social en Cataluña (hasta 20 puntos).
    Con este criterio se valora la incidencia social que el proyecto puede tener en Cataluña, y su proyección e impacto.
  4. Asunción de las líneas temáticas de actuación preferentes (hasta 10 puntos).
    Con este criterio se valora la adecuación del proyecto a las líneas temáticas de actuación preferentes indicadas en la base 1 de esta Orden.
  5. Colaboración con otras entidades sin ánimo de lucro (hasta 10 puntos)
    Con este criterio se valora la integración del proyecto subvencionado en un marco de colaboración con otras entidades o fundaciones.
  6. Plan de comunicación (hasta 5 puntos).
    Con este criterio se valora el alcance de la difusión del proyecto, según los medios empleados por parte de las entidades y fundaciones para difundir las actividades.
  7. Contribución de la actividad en la cohesión territorial (hasta 5 puntos).
    Con este criterio se valoran el grado de descentralización y el nivel de incidencia del proyecto en el territorio, a fin de contribuir al equilibrio territorial.

En caso de empate, la Comisión de Selección debe dar preferencia al proyecto que tenga una puntuación más alta en el criterio 7.3 d) y, si el empate persistiera, en los criterios 7.3 a), b) yc), por este orden.

Los proyectos que no obtengan un mínimo de 60 puntos no serán subvencionables. Las subvenciones se otorgarán en orden descendente de puntuación hasta agotar el importe total de la dotación de la convocatoria.

Plazos

Del28.06.2014al 21.07.2014

Por internet

Instrucciones:

  • Descarguen el formulario.
  • Preparen la documentación que hay que adjuntar a la solicitud consultando el apartado de Documentación . Tengan especialmente en cuenta el documento Anexo de datos específicos para la tramitación por Internet , imprescindible para la tramitación por medios electrónicos.
  • Rellene el formulario de solicitud por Internet teniendo en cuenta lo siguiente:
    • En el apartado Datos de identificación de la persona presentadora introduzca los datos del representante legal de la entidad solicitante.
    • En el apartado Datos de identificación de la persona jurídica solicitante introduzca los datos de la entidad solicitante incluyendo los Datos del/de la representante de la persona jurídica que deberán coincidir con las introducidas en el apartado de Datos de identificación de la persona presentadora.
  • Adjunten al formulario la documentación anexa que proceda.
  • Si dispone de certificado digital, firme el formulario teniendo en cuenta lo siguiente con respecto al apartado "Indicar el tipo de solicitud que desea realizar":
    • Si su certificado digital es personal (idCAT, dni electrónico etc ...) seleccione la opción Firma la persona presentadora. En este caso, como que el certificado digital no acredita su representación legal de la entidad solicitante deberá anexar al formulario el documento acreditativo correspondiente.
    • Si su certificado digital es de persona jurídica (e identifica la entidad solicitante) o de representante (y le identifica como representante legal de la entidad solicitante) seleccione la opción Firma la persona solicitante. En este caso, no será necesario aportar el documento acreditativo de la representación legal.
    • En ambos casos, seleccione la opción Solicitud con certificado digital.
  • Si no dispone de certificado digital para firmar el formulario de solicitud, haga lo siguiente con respecto al apartado "Indicar el tipo de solicitud que desea realizar":
    • Seleccione la opción Firma la persona presentadora.
    • Seleccione la opción Solicitud sin certificado digital.
  • Además, en este caso, cuando se envía el formulario de solicitud a tramitar debe descargar e imprimir el documento de acuse de recibo que se generará automáticamente, firmarlo y hacerlo llegar, en el plazo de 10 días, en la sede de la Dirección General de Relaciones Institucionales y con el Parlamento (C. de la Tapineria, 10, 08002 Barcelona) o en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
  • Desde el mismo formulario, presione "trámite en línea" y, desde la página resultante (Paso 3), seleccione el archivo y enviarlo a tramitar


Obtención de un certificado digital: si no disponen de certificado digital, consulten aquí cómo obtener uno.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se puede presentar en varios lugares:


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.