Subvenciones para proyectos de entidades sin ánimo de lucro destinados al fomento de la paz
Información Rápida
Objetivo
Subvencionar proyectos de entidades sin ánimo de lucro destinados al fomento de la paz en los ámbitos de interés del ICIP.
¿Quién puede solicitarlo?
Asociaciones,fundaciones o cooperativas sin ánimo de lucro con sede en Cataluña.
Requisitos principales
- Ser una asociación,fundación o cooperativa sin ánimo de lucro.
- Tener sede en Cataluña.
- El proyecto debe estar destinado al fomento de la paz.
- Cumplir con las bases reguladoras específicas.
Duración del trámite
No especificado
¿Qué tienes que saber?
¿Qué es?
El objeto de estas bases es subvencionar proyectos de entidades sin ánimo de lucro destinados al fomento de la paz en alguno de los ámbitos materiales de interés del ICIP,descritos en la base 1.2 y siguiendo alguna de las metodologías descritas en la base 1.3.
Los ámbitos temáticos de interés del ICIP,a efectos de estas bases,serán los siguientes:
- Construcción de paz,seguridad y desarme.
- Promoción de la convivencia ciudadana,prácticas de diálogo y solución pacífica de los conflictos.
- Educación por|para la paz y fomento de la cultura de paz.
Las metodologías en la conceptualización o ejecución de los proyectos pueden ser de investigación,desarrollo,divulgación,formación,expresiones artísticas,etc.
Este trámite sólo se puede realitzar por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computarà a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
¿A quién va dirigido?
Entidades
Pueden optar a las subvenciones establecidas en este acuerdo las asociaciones,fundaciones o cooperativas sin ánimo de lucro con sede en Cataluña. Quedan expresamente excluidas de estas subvenciones las universidades,los partidos políticos,los sindicatos,las asociaciones empresariales y las administraciones públicas.