Subvenciones para proyectos de educación para el desarrollo. Convocatoria 2022
Información Rápida
Objetivo
Apoyar proyectos de educación para el desarrollo impulsados por ONGDs o universidades públicas catalanas, que vinculen fenómenos locales con los globales y contribuyan a mejorar la situación provocada por la pandemia de la COVID-19.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD), universidades públicas catalanas y centros de investigación públicos catalanes adscritos a las mismas, o agrupaciones de estas entidades.
Requisitos principales
- Las ONGDs deben estar inscritas en el registro correspondiente y tener sede o delegación permanente en Cataluña, además de contar con una base social mínima de 25 personas.
- Las universidades públicas catalanas y centros de investigación deben no tener ánimo de lucro y tener sede en Cataluña.
- Los proyectos deben dirigirse a prioridades del Plan Director y incluir actuaciones en Cataluña con impacto local, nacional o internacional.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud de subvención fue del 8 al 28 de julio de 2022.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del proyecto.
Información adicional
Este trámite solo puede realizarse por Internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para proyectos de educación para el desarrollo (EpD) impulsados por organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGDs) con sede en Cataluña y/o por universidades públicas catalanas y centros de investigación públicos catalanes adscritos a éstas. El objetivo es apoyar proyectos que vinculen los fenómenos locales con los globales, integren la educación global y promuevan los derechos humanos, contribuyendo a mejorar la situación provocada por la pandemia de la COVID-19.
Quién puede usar este servicio:
- Otras administraciones
- Empresas y profesionales
- Entidades
Antes de empezar:
Este trámite solo puede realizarse por Internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Proyecto narrativo (según el modelo normalizado).
- Presupuesto completo del proyecto (según modelo normalizado).
- Matriz de planificación y cronograma (según el modelo normalizado).
- Si procede, cuando el proyecto se realice con agrupaciones de entidades, documento de identificación de las entidades agrupadas (según modelo normalizado).
Requisitos previos:
- Las ONGDs deben estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID).
- Las ONGDs deben tener sede social o delegación permanente en Cataluña inscrita en el registro oficial correspondiente y contar con una base social (personas asociadas, voluntariado o asimilable) de la ONGD en Cataluña: debe poder acreditarse un número mínimo de veinticinco (25) personas entre todas estas categorías.
- Las universidades públicas catalanas y/o centros de investigación públicos catalanes adscritos a estas no deben tener afán de lucro y tener sede social o delegación con establecimiento permanente en territorio catalán.
- El centro de investigación público catalán adscrito a una universidad pública catalana no debe tener personalidad jurídica diferenciada (NIF) de la universidad a la que se adscribe.
- Es necesario que los proyectos objeto de subvención se dirijan al menos a una de las prioridades del objetivo estratégico 2, desplegar los ejes temáticos de las actuaciones de EpD del Plan director.
- Incluyan actuaciones en Cataluña de eco local, nacional y/o internacional.
- Trabajen como mínimo una de las cuatro dimensiones siguientes: Sensibilización, Educación y formación, Investigación, Movilización e incidencia.
- La cuantía solicitada de subvencionar a la ACCD por proyecto presentado a título individual debe estar comprendida entre un mínimo de 30.000 euros y un máximo de 60.000 euros y la cuantía solicitada de subvencionar a la ACCD por proyecto presentado en agrupación de entidades debe estar comprendida entre un mínimo de 30.000 euros y un máximo de 100.000 euros.
- Tengan la duración prevista en la base específica 5.1.
Costes y plazos:
- No hay tasas asociadas al trámite.
- El plazo para presentar la solicitud de subvención fue del 8 al 28 de julio, ambos incluidos.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar la subvención: Presentar la solicitud mediante el formulario electrónico y la documentación requerida.
- Aportar documentación, alegar o desistir: Presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y anexar la documentación pertinente.
- Aceptar la propuesta provisional de la subvención y reformulación: Presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y la documentación requerida.
- Solicitar vista del expediente: Presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y el documento con los datos identificativos del expediente.
- Recibir la respuesta de la Administración: La resolución se notificará mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat (tauler.gencat.cat) en un plazo máximo de seis (6) meses.
- Recibir la ayuda: El pago de las subvenciones consistirá en un primer pago en concepto de anticipo del 90% de la subvención, que se tramitará a partir de la concesión de la subvención. El segundo pago, del 10% restante, se tramitará cuando la ACCD apruebe el informe final justificativo de la subvención.
- Presentar recurso: Presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y anexar la documentación pertinente.
- Presentar documentación de actuaciones de seguimiento: Presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y la documentación requerida.
- Justificar la subvención según cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría: Presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y la documentación requerida.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud y la documentación requerida, la administración revisará la solicitud y emitirá una resolución. Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la subvención.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para la resolución es de seis (6) meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña.
Siguientes pasos:
Una vez recibida la subvención, es necesario realizar las actuaciones de seguimiento y justificar la subvención según la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditoría.
Ayuda
Contacto:
- Departament d'Unió Europea i Acció Exterior
- Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament
Recursos adicionales:
- RESOLUCIÓ EXI/1563/2021, de 19 de maig, per la qual s'aproven les bases reguladores generals del procediment per a la concessió de subvencions en l'àmbit de la cooperació al desenvolupament (DOGC núm. 8418 publicat el 26/05/2022)
- RESOLUCIÓ XGO/1995/2022, de 26 de juny, per la qual s'aproven les bases reguladores específiques del procediment per a la concessió de subvencions a projectes de desenvolupament i d'educació per al desenvolupament (DOGC núm. 8698 publicat el 29/06/2022)
- Llei 26/2010, del 3 d'agost, de règim jurídic i de procediment de les administracions públiques de Catalunya
- Decret Legislatiu 3/2002, de 24 de desembre, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de finances públiques de Catalunya
- Ordre VEH/79/2020, de 9 de juny, per la qual es modifica l'Ordre ECO/172/2015, de 3 de juny, sobre les formes de justificació de subvencions.
- Acord del Govern pel qual s'aprova la Instrucció per a la unificació de criteris en la gestió general de les subvencions tramitades per l'Administració de la Generalitat i pels ens que conformen el seu sector públic
- Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions
- Reial Decret 887/2006, de 21 de juliol, pel qual es s’aprova el Reglament de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions
- Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques
- Reial decret 1619/2012, de 30 de novembre, pel qual es s’aprova el Reglament pel qual es regulen les obligacions de facturació
- Decret 138/2008, de 8 de juliol, d'indemnitzacions per raó del servei
- Acord GOV/85/2016, de 28 de juny, pel qual s'aprova la modificació del model tipus de bases reguladores aprovat per l'Acord GOV/110/2014, de 22 de juliol, pel qual s'aprova el model tipus de bases reguladores dels procediments per a la concessió de subvencions en règim de concurrència competitiva, tramitats per l'Administració de la Generalitat i el seu sector públic, i se n'aprova el text íntegre
- RESOLUCIÓN XGO/2142/2022, de 1 de julio, por la que se abre la convocatoria de subvenciones a proyectos de desarrollo y de educación para el desarrollo para el ejercicio 2022-2023 (ref. BDNS 637546).
Preguntas frecuentes:
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