Subvenciones para proyectos de desarrollo. Convocatoria 2023-24

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Estas subvenciones apoyan proyectos de desarrollo y educación global impulsados por organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) con sede en Cataluña, universidades públicas catalanas y la Universitat Oberta de Catalunya (UOC). Los proyectos deben integrar el enfoque de género y derechos humanos.

¿Quién puede solicitarlo?

Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) con sede en Cataluña, universidades públicas catalanas y centros de investigación adscritos, y la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  • Estar inscrita en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo previsto en la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, gestionado por la ACCD, o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID).
  • Tener sede social o delegación permanente en Cataluña inscrita en el registro oficial correspondiente.
  • Contar con base social (personas asociadas, voluntariado o asimilable) de la ONGD en Cataluña: debe poder acreditarse un número mínimo de veinticinco (25) personas entre todas estas categorías.
  • La entidad beneficiaria debe ejecutar el presupuesto de la subvención, y así debe constar en el presupuesto.
  • No tener afán de lucro.
  • Tener sede social o delegación con establecimiento permanente en territorio catalán.
  • El centro de investigación público catalán adscrito a una universidad pública catalana no debe tener personalidad jurídica diferenciada (NIF) de la universidad a la que se adscribe.
  • Cumplir, como mínimo, una (1) de las prioridades establecidas en los siete (7) objetivos estratégicos de desarrollo, bajo el EGyBDH, establecidos en el Plan director.
  • Los proyectos deben concretarse en los países que incluyen las siguientes regiones: Región Mesoamericana, Región Andina, Mediterráneo y Oriente Medio, África Subsahariana, Zonas y colectivos especialmente vulnerables.
  • Se realicen mediante una o más entidades socias locales con sede social o delegación permanente en los países o territorios donde se desarrolle el proyecto, ya sea institucional o una entidad sin ánimo de lucro.
  • Tengan la duración prevista en la base específica 5.1.
  • La cuantía solicitada de subvencionar a la ACCD por proyecto presentado a título individual debe estar comprendida entre un mínimo de 40.000 euros y un máximo de 100.000 euros y la cuantía solicitada de subvencionar a la ACCD por proyecto presentado en agrupación de entidades debe estar comprendida entre un mínimo de 60.000 euros y un máximo de 200.000 euros.

Plazos

El plazo para presentar la solicitud de subvención es del 14 de junio al 11 de julio, ambos incluidos.

Duración del trámite

El plazo máximo para notificar y emitir la resolución es de seis (6) meses a contar del día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Información adicional

Este trámite solo puede realizarse por Internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para proyectos de desarrollo y educación global. Estas ayudas están dirigidas a organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) con sede en Cataluña, universidades públicas catalanas y la Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

Quién puede usar este servicio:

  • Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD) con sede en Cataluña.
  • Universidades públicas catalanas y centros de investigación adscritos.
  • La Universitat Oberta de Catalunya (UOC).

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos especificados en las bases reguladoras.
  • Ten a mano toda la documentación necesaria en formato electrónico.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Estar inscrito en el registro correspondiente (ONGD, universidades, etc.).
  • Cumplir con los requisitos de arraigo en Cataluña (en el caso de las ONGD).
  • Asegurarse de que el proyecto cumple con las prioridades establecidas en el Plan director.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene costes asociados.
  • El plazo para presentar la solicitud es del 14/06/2023 al 11/07/2023.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar la subvención:
    • Plazo: Del 14/06/2023 al 11/07/2023
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de solicitud.
    • Enlace al formulario: Iniciar
  2. Aportar documentación, alegar o desistir:
    • Plazo: Del 11/07/2023 al 31/12/2023
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
    • Enlace al formulario: Iniciar
  3. Reformulación (si procede):
    • Plazo: Del 20/11/2023 al 01/12/2023
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
    • Enlace al formulario: Iniciar
  4. Solicitar vista del expediente:
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
    • Enlace al formulario: Iniciar
  5. Recibir la respuesta de la Administración:
  6. Recibir la ayuda:
    • Se abonará un anticipo del 95% del importe de la subvención tras la notificación de la resolución.
    • El 5% restante se abonará tras la aprobación del informe final justificativo.
  7. Presentar recurso (si procede):
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
    • Enlace al formulario: Iniciar
  8. Presentar documentación de actuaciones de seguimiento:
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
    • Enlace al formulario: Iniciar
  9. Justificar la subvención:
    • Cómo: Por Internet, a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
    • Enlace al formulario: Iniciar

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La Administración revisará la documentación presentada.
  • Se publicará la resolución en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para notificar la resolución es de seis meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Siguientes pasos:

  • Si la subvención es concedida, se procederá al abono según lo establecido en las bases reguladoras.
  • Se deberá justificar la subvención en los plazos y formas establecidos.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:


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