Subvenciones para programas concertados de desarrollo. Convocatoria 2022 - 2024
Información Rápida
Objetivo
Apoyar proyectos de desarrollo impulsados por ONGDs y universidades públicas catalanas en países receptores de ayuda oficial al desarrollo, contribuyendo a mejorar la situación provocada por la pandemia de la COVID-19.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones no gubernamentales de desarrollo (ONGD), universidades públicas catalanas y centros de investigación públicos catalanes adscritos a las mismas, y agrupaciones de personas jurídicas.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
- Estar inscritas en el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo previsto en la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo, gestionado por la ACCD, o en el Registro de organizaciones no gubernamentales de desarrollo adscrito a la Agencia Española de Cooperación Internacional al Desarrollo (AECID).
- Tener sede social o delegación permanente en Cataluña inscrita en el registro oficial correspondiente.
- Contar con base social (personas asociadas, voluntariado o asimilable) de la ONGD en Cataluña: debe poder acreditarse un número mínimo de veinticinco (25) personas entre todas estas categorías.
- Cumplir, como mínimo, una (1) de las prioridades establecidas en los siete (7) objetivos estratégicos de desarrollo, bajo el EGyBDH, establecidos en el Plan director.
- Los proyectos deben concretarse en los países que incluyen las siguientes regiones: Región Mesoamericana, Región Andina, Mediterráneo y Oriente Medio, África Subsahariana, Zonas y colectivos especialmente vulnerables.
Plazos
El plazo para presentar la solicitud de subvención fue del 22 de julio al 14 de septiembre de 2022.
Duración del trámite
Variable, dependiendo del proyecto. El periodo de ejecución de las actuaciones subvencionables es de un mínimo de 10 meses hasta un máximo de 18 meses.
Información adicional
Este trámite solo puede realizarse por Internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para programas concertados de desarrollo, dirigidas a ONGDs y universidades públicas catalanas. El objetivo es apoyar proyectos de desarrollo en países receptores de ayuda oficial, contribuyendo a mejorar la situación provocada por la pandemia de la COVID-19.
Quién puede usar este servicio:
- Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD).
- Universidades públicas catalanas y centros de investigación públicos catalanes adscritos a las mismas.
- Agrupaciones de personas jurídicas.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos de las entidades beneficiarias y de los proyectos.
- Ten preparada la documentación necesaria en formato electrónico.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Proyecto narrativo (según el modelo normalizado).
- Presupuesto completo del proyecto (según modelo normalizado).
- Matriz de planificación y cronograma (según el modelo normalizado).
- Si procede, documento de identificación de las entidades agrupadas (según modelo normalizado).
Requisitos previos:
- Estar inscrito en los registros correspondientes (ONGD).
- Tener sede social o delegación permanente en Cataluña.
- Contar con una base social mínima en Cataluña (ONGD).
- Cumplir con los objetivos estratégicos del Plan Director.
- El proyecto debe realizarse en los países y regiones especificados en las bases.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo para presentar la solicitud fue del 22 de julio al 14 de septiembre de 2022.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar la subvención:
- Accede al formulario electrónico de solicitud a través de Tràmits gencat.
- Adjunta la documentación requerida.
- Aportar documentación, alegar o desistir:
- Utiliza el formulario electrónico de aportación de documentación para añadir información adicional, presentar alegaciones o desistir de la solicitud.
- Aceptar la propuesta provisional de la subvención y reformulación:
- Si la propuesta es inferior a lo solicitado, reformula el presupuesto y actualiza la documentación.
- Presenta el documento de aceptación y la documentación requerida a través del formulario electrónico.
- Solicitar vista del expediente:
- Si deseas revisar el expediente, utiliza el formulario electrónico de aportación de documentación y adjunta el documento con los datos identificativos del expediente.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La resolución se notificará mediante publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat.
- El plazo máximo para la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
- Recibir la ayuda:
- El pago se realiza mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada.
- Se realiza un primer pago del 90% como anticipo y un segundo pago del 10% restante tras la aprobación del informe final justificativo.
- Presentar recurso:
- Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso a través del formulario electrónico de aportación de documentación.
- Presentar documentación de actuaciones de seguimiento:
- Utiliza el formulario electrónico de aportación de documentación para presentar la documentación de seguimiento requerida.
- Justificar la subvención:
- Presenta la documentación justificativa a través del formulario electrónico de aportación de documentación, incluyendo la memoria técnica, la matriz de planificación actualizada y el informe final económico.
Ayuda
Contacto:
Recursos adicionales:
- Tràmits gencat
- Resolución de concesión de subvenciones a programas concertados de desarrollo y educación para el desarrollo para el ejercicio 2022-2024.
Normativa
- Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña
- Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña
- Orden VEH/79/2020, de 9 de junio, por la cual se modifica el Orden ECO/172/2015, de 3 de junio, sobre las formas de justificación de subvenciones.
- Acuerdo del Gobierno por el cual se aprueba la Instrucción para la unificación de criterios en la gestión general de las subvenciones tramitadas por la Administración de la Generalitat y por los entes que conforman su sector público
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
- Real decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento por el cual se regulan las obligaciones de facturación
- Decreto 138/2008, de 8 de julio, de indemnizaciones en razón del servicio
- Acuerdo GOV/85/2016, de 28 de junio, por el cual se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo GOV/110/2014, de 22 de julio, por el cual se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalitat y su sector público, y se aprueba el texto íntegro
- Resolución EXI/1563/2021, de 19 de mayo, por la cual se aprueban las bases reguladoras generales del procedimiento para la concesión de subvenciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo
- RESOLUCIÓN XGO/2176/2022, de 8 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de subvenciones para la realización de programas concertados de desarrollo y educación para el desarrollo.
- RESOLUCIÓN XGO/2299/2022, de 14 de julio, por la que se abre la convocatoria de subvenciones para la realización de programas concertados de desarrollo y de educación para el desarrollo para los ejercicios 2022 a 2024 (ref. BDNS 639657).