Subvenciones para obras de adecuación en el interior de las viviendas para personas mayores

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una subvención para realizar obras de adecuación en el interior de la vivienda para personas mayores de 65 años o más, mejorando su calidad de vida y seguridad.

¿Quién puede solicitarlo?

Unidades de convivencia en que alguno de sus miembros sea una persona de 65 años o más y que vivan en la vivienda objeto de la adecuación.

Requisitos principales

  • Tener 65 años o más y residir en la vivienda.
  • Cumplir con los límites de ingresos establecidos.
  • Ser propietario, usufructuario o arrendatario de la vivienda.
  • La vivienda debe tener un informe de idoneidad técnica favorable.
  • Las obras no pueden haber comenzado antes de la fecha de publicación de la convocatoria.

Plazos

Del 18/03/2024 al 28/06/2024

Duración del trámite

El plazo máximo para dictar la resolución de concesión de la subvención es de tres meses a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Información adicional

El importe de la subvención es del 100% del presupuesto protegible, con un límite de 4.000 euros por vivienda. Estas subvenciones son incompatibles con cualquier ayuda o subvención por el mismo objeto proveniente de otras administraciones públicas y entidades de derecho público.

Resumen

Estas subvenciones están destinadas a ayudar a personas mayores a realizar obras de adecuación en el interior de sus viviendas, mejorando su calidad de vida y seguridad. Se aplican a viviendas ubicadas en Girona, Tarragona, Lleida y Terres de l'Ebre.

Importante: La convocatoria no incluye la demarcación de Barcelona.

Lo que necesitas

  • Documentación: DNI, justificante de ingresos, volante de convivencia, nota simple de la propiedad, presupuesto detallado de las obras, fotografías del estado actual de la vivienda.
  • Requisitos: Ser mayor de 65 años, residir en la vivienda, cumplir con los límites de ingresos establecidos, y que la vivienda tenga un informe de idoneidad técnica favorable.
  • Coste: No hay tasas asociadas a este trámite.

Cómo hacerlo

  1. Solicitar: Presenta la solicitud y la documentación requerida dentro del plazo establecido (del 18 de marzo al 28 de junio de 2024).
  2. Recibir la respuesta: La administración tiene un plazo máximo de tres meses para resolver y notificar la resolución. Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido denegada.
  3. Presentar documentación adicional (si es necesario): Una vez iniciadas las obras o recibida la resolución provisional, puedes presentar documentación complementaria.

Después de hacerlo

  • Plazo de ejecución de las obras: Las obras deben iniciarse en un plazo máximo de 3 meses desde la notificación de la resolución provisional y finalizar en un plazo máximo de 3 meses desde el inicio.
  • Justificación de gastos: Una vez finalizadas las obras, deberás presentar las facturas y justificantes de gasto.

Ayuda

  • Contacto: Para cualquier consulta, dirígete a la oficina local de vivienda que te corresponda. Puedes encontrar las oficinas en este enlace.
  • Normativa: Consulta la normativa aplicable para conocer todos los detalles y requisitos.

Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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