Subvenciones para las salas de exhibición cinematográfica, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación i Resiliéncia – Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
Información Rápida
Objetivo
Concesión de subvenciones a salas de exhibición cinematográfica en Cataluña para financiar actuaciones e inversiones vinculadas a la digitalización y aplicación de nuevas tecnologías.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, personas físicas o jurídicas, y entidades, públicas o privadas, que gestionen una sala de exhibición cinematográfica en Cataluña y estén inscritas en el registro correspondiente.
Requisitos principales
- Realizar las actuaciones entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
- Respetar el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH).
- Mantener las condiciones de trabajo pertinentes del personal laboral.
Plazos
El periodo para presentar las solicitudes fue del 16 al 31 de mayo de 2023, ambos inclusive.
Duración del trámite
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Información adicional
Las subvenciones son incompatibles con otras del ICEC para la misma finalidad, o con otras provenientes de fondos estructurales y programas de la Unión Europea o del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, si se destinan a financiar los mismos costes. Son compatibles con otras ayudas de otros departamentos de la Generalitat u otras entidades públicas o privadas nacionales, u organismos internacionales.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para salas de exhibición cinematográfica en Cataluña, con el objetivo de financiar la digitalización y la aplicación de nuevas tecnologías.
Quién puede usar este servicio:
Empresas y entidades que gestionen salas de exhibición cinematográfica en Cataluña.
Antes de empezar:
- Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
- Ten en cuenta que el plazo de solicitud ya ha finalizado (16 al 31 de mayo de 2023).
- La tramitación es obligatoriamente telemática y requiere certificado digital.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Formulario de solicitud.
- Documentación especificada en la base general 7 de la convocatoria.
- Información sobre el perceptor final de los fondos (si es diferente del solicitante).
- Proyecto de actividad detallado.
- Declaraciones responsables.
Requisitos previos:
- Estar inscrito en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el registro correspondiente.
- Realizar las actuaciones subvencionables entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2023.
- Cumplir con el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH).
- Mantener las condiciones de trabajo del personal.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
- El plazo de solicitud fue del 16 al 31 de mayo de 2023.
- El plazo máximo para la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud telemáticamente a través del enlace proporcionado.
- Consultar el estado del trámite: Verificar el estado de la solicitud en el Área Privada de trámites gencat.
- Recibir respuesta de la administración: La resolución se publicará en el Tablón de la Sede electrónica de la Generalitat de Cataluña.
- Recibir la subvención: El pago se tramitará una vez concedida la subvención.
- Justificación: Presentar la documentación justificativa en el último trimestre de 2023.
Información sobre cada etapa:
- Solicitud: Se requiere certificado digital para la tramitación telemática.
- Estado del trámite: Se puede consultar con el código (ID) o el número de expediente y el DNI/NIF.
- Respuesta de la administración: La publicación en el Tablón de la Sede electrónica sustituye a la notificación individual.
- Justificación: Se debe presentar un informe de actividades y un cuenta justificativa.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo para la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez concedida la subvención, se procederá al pago y se deberá justificar el uso de los fondos.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.
Siguientes pasos:
Presentar la documentación justificativa en el último trimestre de 2023 y un informe de resultados en el primer trimestre de 2024.
Ayuda
Contacto:
- Para dudas sobre el contenido de la línea de subvención: 93 116 34 09 y 93 316 28 08.
- Para consultas técnicas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66.
Recursos adicionales:
- Guía de la subvención 2023
- Memoria
- Presupuesto
- Plan de financiamento
- Modelo de declaraciones
- Cuenta justificativa 2023
- Cuenta justificativa 2023
Normativa
- Convocatoria para la concesión de subvenciones
- Texto refundido de las bases específicas
- Modificación de las bases específicas
- Bases específicas
- Texto refundido de las Bases Generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia tramitados por el ICEC
- Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales
- Modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
- Bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia