Subvenciones para la subtitulación de obras audiovisuales producidas y/o coproducidas en Cataluña. Conv. 2023

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una subvención para la subtitulación de obras audiovisuales producidas o coproducidas en Cataluña durante el año 2023.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas de producción audiovisual independientes inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales gestionado por el ICAA, o empresas de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en España.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en las bases de la convocatoria.
  • Ser una empresa de producción audiovisual independiente inscrita en el registro correspondiente.
  • Las subvenciones son incompatibles con otras ayudas por el mismo concepto.

Plazos

El plazo para presentar la solicitud fue del 24 de abril al 8 de mayo de 2023, ambos incluidos.

Duración del trámite

6 meses (plazo máximo para resolución)

Información adicional

El Institut Ramon Llull iniciará el pago del 100% del importe otorgado una vez realizada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la subtitulación de obras audiovisuales producidas o coproducidas en Cataluña. La convocatoria de 2023 está dirigida a empresas y profesionales del sector audiovisual.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas de producción audiovisual independientes.
  • Profesionales del sector audiovisual.
  • Entidades.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
  • Reúne toda la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Formulario de solicitud normalizado.
  • Proyecto de actividad que incluya un dossier informativo de la obra audiovisual.
  • Presupuesto completo y detallado de la actividad.
  • Acuerdo de coproducción con la empresa catalana, en su caso.
  • Acuerdos de coproducción internacional o con el agente de ventas internacional con la productora solicitante, si procede.
  • Documentación que acredite la trayectoria del director del filme.
  • Cartas de invitación o cualquier otra documentación acreditativa de festivales, mercados, muestras y ciclos de cine internacionales donde se haya presentado o deba presentarse la obra audiovisual finalizada, si procede.
  • Enlace para visionar online (vimeo, youtube, etc.) la obra audiovisual original finalizada.
  • Declaración responsable relativa a la versión original del filme.
  • Declaración responsable de la condición de empresa de producción audiovisual independiente, de acuerdo a la base 2.1.
  • Acuerdos con otras empresas coproductoras extranjeras, con productoras asociadas extranjeras o con agentes de ventas internacionales, en su caso.

Requisitos previos:

  • Ser una empresa de producción audiovisual independiente inscrita en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales gestionado por el ICAA.
  • Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en las bases de la convocatoria.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene costes asociados.
  • El plazo para presentar la solicitud fue del 24 de abril al 8 de mayo de 2023.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Solicitar: Presentar la solicitud a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull (https://oficinavirtual.llull.cat/ov).
  2. Recibir la respuesta de la Administración: La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.
  3. Recibir la subvención: El Institut Ramon Llull iniciará la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez realizada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa.
  4. Justificar la subvención: La persona beneficiaria deberá presentar al Institut Ramon Llull, como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez presentada la justificación, el Institut Ramon Llull revisará la documentación y procederá al pago de la subvención.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para la resolución es de seis meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria.

Ayuda

Contacto:

  • Departament de Cultura.
  • Institut Ramon Llull.

Recursos adicionales:


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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