Subvenciones para la subtitulación de obras audiovisuales producidas y/o coproducidas en Cataluña

Actualizado el 23 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una subvención para la subtitulación de obras audiovisuales catalanas, fomentando su difusión internacional.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas de producción audiovisual independientes inscritas en el registro correspondiente.

Requisitos principales

  • Estar inscrito en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales gestionado por el ICAA o equivalente.
  • Cumplir con los requisitos especificados en la convocatoria.

Plazos

Del 19/02/2024 al 06/03/2024 (FUERA DE PLAZO)

Duración del trámite

Máximo 6 meses para la resolución.

Información adicional

El plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada, con fecha límite el 20 de noviembre del año de la convocatoria.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la subtitulación de obras audiovisuales producidas o coproducidas en Cataluña. El objetivo es impulsar la presencia del cine catalán en el exterior.

Quién puede solicitarlo: Empresas de producción audiovisual independientes inscritas en el registro correspondiente.

Plazo: Del 19 de febrero al 6 de marzo de 2024 (FUERA DE PLAZO).

Lo que necesitas

  • Estar inscrito en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o equivalente.
  • Cumplir con los requisitos especificados en la convocatoria.

Cómo hacerlo

  1. Solicitar: Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull (<a href="https://oficinavirtual.llull.cat/ov">https://oficinavirtual.llull.cat/ov</a>).
  2. Recibir la respuesta: La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses.
  3. Recibir la subvención: El pago se tramitará una vez realizada la actividad y presentada la documentación justificativa.
  4. Justificar la subvención: Presentar una cuenta justificativa con los justificantes de gasto en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad.

Después de hacerlo

  • El Institut Ramon Llull verificará la documentación justificativa.
  • Se realizará el pago del importe total concedido.

Preguntas frecuentes


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