Subvenciones para la subtitulación de obras audiovisuales producidas y/o coproducidas en Cataluña
Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Obtener una subvención para la subtitulación de obras audiovisuales producidas o coproducidas en Cataluña, con el fin de impulsar la presencia del cine catalán en el extranjero.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas de producción audiovisual independientes.
Requisitos principales
- Ser una empresa de producción audiovisual independiente inscrita en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (ICAA), o en un registro equivalente de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en España.
Plazos
El plazo de solicitud fue del 19 de febrero al 6 de marzo de 2024.
Duración del trámite
6 meses (plazo máximo para resolver)
Resumen
Subvenciones destinadas a la subtitulación de obras audiovisuales producidas o coproducidas en Cataluña, con el objetivo de promover la presencia del cine catalán en el extranjero.
Lo que necesitas
- Requisitos: Ser una empresa de producción audiovisual independiente inscrita en el Registro de empresas audiovisuales de Cataluña o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales (ICAA), o en un registro equivalente de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo con establecimiento operativo en España.
- Documentos requeridos: Cuenta justificativa con justificantes de gasto.
- Costes: No hay tasas asociadas a este trámite.
- Plazos: El plazo de solicitud fue del 19 de febrero al 6 de marzo de 2024.
Cómo hacerlo
- Solicitar:
- Acceder a la sede electrónica del Institut Ramon Llull a través de este enlace: Iniciar.
- El plazo de solicitud fue del 19/02/2024 al 06/03/2024.
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar a partir de la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas.
- Recibir la subvención:
- El Institut Ramon Llull iniciará la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez realizada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa.
- Justificar la subvención:
- La persona beneficiaria debe presentar en el Institut Ramon Llull, como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
- El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar desde la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y la resolución de otorgamiento todavía no ha sido publicada, el plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación. En cualquier caso, la fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 20 de noviembre del año de la convocatoria.
Ayuda
- Organismos responsables:
Normativa
- RESOLUCIÓN de 25 enero de 2024, por la que se abre la convocatoria 2024 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la subtitulación de obras audiovisuales producidas y/o coproducidas en Cataluña (ref. BDNS 741443)
- RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2024, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de 21 de diciembre de 2023 por el que se modifican las bases existentes y se aprueban bases nuevas que deben regir la concesión de subvenciones del Consorcio Instituto Ramon Llull.