Subvenciones para la realización de series y largometrajes de animación destinados a ser emitidos por televisión

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objetivo de estas subvenciones es apoyar la producción de series y largometrajes de animación para ser emitidos por televisión, con una clara voluntad innovadora, tanto desde la perspectiva formal como la técnica, y que estén dirigidos preferentemente a un público objetivo joven. Esta subvención quiere fomentar la aplicación de las nuevas tecnologías en la producción de la animación y la búsqueda de nuevos canales de explotación, así como la creación de productos de alta cualidad dirigidos a los mercados nacionales e internacionales.

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El plazo de solicitud es del 19 de junio al 9 de septiembre del 2013.

A quién va dirigido

  • A las empresas de producción independientes que estén inscritas en el Registro de Empresas Audiovisuales de Cataluña o domiciliadas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con establecimiento permanente en Cataluña.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

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Plazos

El plazo de solicitud es del 19 de junio al 9 de septiembre del 2013.

Documentación

Documentación administrativa
En el formulario de solicitud se autoriza al Instituto Catalán de las Empresas Culturales a consultar de oficio los datos establecidos en el punto 7 de las Bases generales reguladoras y no habrá, por tanto, aportar la documentación administrativa.
La no autorización implicará la presentación correspondiente.
Documentación sobre el proyecto

  1. Memoria del proyecto, según modelo del ICEC, que debe incluir:
    -Datos identificativos del proyecto.
    -Historial de la empresa productora solicitante y del / de la productor / a ejecutivo /.
    -Historial de la experiencia de la empresa en la producción de animación para cine, televisión o de contenidos destinados a nuevos medios audiovisuales. Se incluyen, como nuevos medios audiovisuales, la telefonía móvil, Internet y la producción de videojuegos.
    -Sinopsis argumental del proyecto.
    -Descripción de la tecnología empleada en la producción, así como su impacto en la concepción artística del proyecto.
    -Historial del / de la guionista o guionistas.
    -Historial del / de la director / ao directores / as del proyecto.
    -Plan de trabajo donde se especifique la fecha de inicio del rodaje y del final completo de la producción.
    -Plan de ventas nacional e internacional.
    -En caso de que se tenga intención de asistir a festivales o mercado de animación, relación de éstos.
    -Detalle de los planes de producción futuros, con dos años de proyección.
    -En caso de coproducciones con productoras de otras comunidades autónomas o productoras internacionales, historial que recoja la trayectoria de éstas.
  2. Ficha artística y técnica del proyecto, según el modelo del Instituto Catalán de las Empresas Culturales. con el detalle de los elementos siguientes:
    -Relación nominal y domicilio de los / las actores / actrices previstos para interpretar las voces de los personajes principales y secundarios.
    -Relación nominal y domicilio de los profesionales: guionista y, si procede, autor / a de la obra original preexistente en la que se base el guión; director / a; productor / a ejecutivo /; director / a de animación; diseñador / a de personajes; director / a de producción; compositor / a de la banda sonora, y técnico / a de sonido.
    -Relación de las empresas auxiliares con domicilio social o establecimiento permanente en Cataluña y detalle de las funciones que deben ejercer.
  3. Presupuesto económico, según modelo del ICEC, que incluya:
    -Coste del proyecto y porcentaje de participación de cada coproductor
    -Presupuesto de gastos, desglosado por partidas, donde se especifiquen los trabajos efectuados por personas físicas o jurídicas domiciliadas o con establecimiento permanente en Cataluña.
  4. Previsión de ingresos.
  5. Plan de financiación.
  6. Guión del proyecto propuesto.
  7. Documentación acreditativa de tener los derechos o, como mínimo, una opción sobre los derechos del guión y, si procede, sobre la obra literaria original o sobre cualquier otra fuente original que genere derechos. En caso de presentar sólo una opción, ésta debe reflejar las condiciones del futuro contrato.
  8. Biblia gráfica del proyecto que contenga el diseño de personajes principales, los fondos y otros elementos visuales relevantes para la animación.
  9. En caso de que exista, muestra significativa de la animación en su fase de desarrollo en formato DVD.
  10. Contrato del / de la guionista o guionistas.
  11. Contrato del / de la director / ao directores / as del proyecto. En su defecto, carta de compromiso.
  12. Contratos de coproducción y / o preventas firmados si hay, o en su defecto, cartas de compromiso de las empresas de televisión con el porcentaje y el importe de las respectivas participaciones.
  13. Otros acuerdos o cartas de interés de televisiones, distribuidoras de vídeo / DVD, así como de otras distribuidoras de contenidos, tales como operadores de telefonía móvil o portales de Internet, en el proyecto audiovisual para el que se solicita la subvención , si los hay.
  14. Resoluciones de subvenciones procedentes de otras administraciones públicas destinadas a la producción de la obra, si los hay.
  15. Documentación acreditativa de los recursos propios destinados a la financiación del proyecto.

Requisitos

Para poder optar a la subvención se deben cumplir, además de los requisitos establecidos en la base general 3, los requisitos y condiciones:

  1. El proyecto audiovisual debe estar finalizado como máximo el 15 de septiembre del tercer año posterior al de la concesión de la subvención.
  2. El largometraje de animación debe tener una duración mínima de 55 minutos.
    Las series de animación deben tener una duración global mínima de 150 minutos.
  3. El / La destinatario / a de la subvención debe encargarse de la producción ejecutiva del proyecto, de modo que la persona física encargada de la producción ejecutiva ha de depender contractualmente. Asimismo, el gasto correspondiente a la aportación de la empresa solicitante al conjunto del proyecto se ha de facturar a nombre de la empresa solicitante.
  4. Incorporar a la producción, en régimen de prácticas para alguna de las especialidades de guión, producción, diseño de personajes y fondos, animación o dirección, 2 alumnos o graduados / as de centros de estudios audiovisuales reglados o universitarios de enseñanza audiovisual o artístico de Cataluña.
  5. En caso de que el proyecto audiovisual no haya iniciado el rodaje en el momento de presentación de la solicitud, la empresa productora debe comunicar al Instituto Catalán de las Empresas Culturales la fecha de inicio de rodaje en un plazo no inferior a los quince días previos. Asimismo la empresa productora debe comunicar al Instituto Catalán de las Empresas Culturales la fecha de fin de rodaje en un plazo no superior a los treinta días posteriores. Se considera inicio de rodaje la fecha de inicio del movimiento en los dibujos y fin de rodaje el momento en el que finalice el proceso de producción y postproducción de la imagen y antes del proceso de mezclas.
  6. El contenido del proyecto no puede derivar de ninguna serie de televisión ya desarrollada.
  7. El gasto en la producción y postproducción de la participación catalana en el proyecto debe corresponder, en un 75% como mínimo, a trabajos efectuados por personas físicas o jurídicas domiciliadas o con establecimiento permanente en Cataluña. A los efectos de estas bases se entiende por participación catalana la inversión económica realizada por empresas productoras domiciliadas en Cataluña o en un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y con establecimiento permanente en Cataluña.
  8. El proyecto debe haber sido financiado en más de un 50% por empresas con domicilio social en Cataluña o bien de un estado miembro de la Unión Europea o asociado al Espacio Económico Europeo y establecidas en Cataluña, o hecho por sociedades participadas en más de un 50% para las empresas.
  9. Quedan exceptuados del cumplimiento de este requisito las producciones con una proyección internacional acreditada o con un interés artístico o cultural o con un presupuesto elevado. Corresponde a la comisión prevista en la base 7.2 asesorar al órgano instructor en la aplicación de estas excepciones. No se puede entender, en ningún caso, que una producción tiene un presupuesto elevado si es inferior a la media resultante de los presupuestos de producciones subvencionadas durante el año anterior al de concesión de la subvención.
  10. Disponer de una carta de compromiso en la que se especifique la cuantía de la participación, con una empresa titular de la explotación de un canal de televisión que garantice una amplia difusión en abierto en el territorio de Cataluña.
  11. El largometraje o serie de animación debe tener versión en catalán y se emitirá en su primera emisión en abierto en Cataluña en dicha versión.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Definiciones de interés

Se entenderá por empresa productora audiovisual independiente la persona física o jurídica que cumple las siguientes condiciones: tiene una personalidad jurídica distinta de la de una empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual; no participa de manera directa o indirecta en más del 15% del capital social de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual; su capital social no tiene una participación directa o indirecta superior al 15% por parte de una o varias empresas prestadoras de servicios de comunicación audiovisual, y en los últimos tres ejercicios fiscales no ha facturado más del 90% de su volumen de facturación a una misma empresa prestadora de servicios de comunicación audiovisual.

Plazos

Del19.06.2013al 09.09.2013

El plazo de solicitud es del 19 de junio al 9 de septiembre del 2013.

Por internet

Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en la Oficina Virtual de Trámites


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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