Subvenciones para la publicación en el extranjero de obras ilustradas (3aC 2023)
Información Rápida
Objetivo
Subvenciones para financiar los gastos de remuneración del ilustrador/a de obras ilustradas publicadas en el extranjero y en una lengua distinta al catalán u occitano.
¿Quién puede solicitarlo?
Editoriales, personas físicas empresarias o personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la publicación o la coedición de obras ilustradas cuyo/a ilustrador/a sea una persona domiciliada en Cataluña o en las Islas Baleares.
Plazos
Del 03/07/2023 al 06/11/2023 (Fuera de plazo)
Duración del trámite
La resolución se emitirá en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Resumen
Este trámite corresponde a la 3ª convocatoria de 2023 para subvenciones destinadas a la publicación de obras ilustradas en el extranjero. El objetivo es apoyar la remuneración del ilustrador/a.
Quién puede usar este servicio:
- Editoriales, personas físicas empresarias o personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la publicación o la coedición de obras ilustradas cuyo/a ilustrador/a sea una persona domiciliada en Cataluña o en las Islas Baleares.
Lo que necesitas
- Documentación: (Ver sección específica de documentación, no detallada en el texto original)
- Requisitos: (Ver sección específica de requisitos, no detallada en el texto original)
- Plazos: Del 3 de julio al 6 de noviembre de 2023 (fuera de plazo actualmente).
Cómo hacerlo
- Solicitar la subvención:
- La solicitud se realiza telemáticamente a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
- También se puede realizar presencialmente en el Institut Ramon Llull (<a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863">https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863</a>).
- Enlace para iniciar el trámite online: <a href="https://oficinavirtual.llull.cat/ov/es">Iniciar</a>
- Recibir la respuesta de la Administración:
- La resolución se emitirá en un plazo máximo de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.
- Recibir la subvención:
- El pago del 100% se realizará tras presentar la documentación justificativa.
- Justificar la subvención:
- El plazo para presentar la justificación es desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión hasta el 30 de noviembre del año siguiente a la convocatoria.
- Se debe presentar una cuenta justificativa con los justificantes de gasto.
Después de hacerlo
- Seguimiento del estado de la solicitud.
- Cumplimiento de los requisitos de justificación.
Ayuda
- Contacto:
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=2221">Departament de Cultura</a>
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863">Institut Ramon Llull</a>
- Normativa:
- <a href="https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=963778">RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2023</a>
- <a href="https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=972674">RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA LA DOTACIÓN PRESUPUESTARIA</a>
- <a href="https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/?documentId=948898">RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2023</a>
- <a href="https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=957186">RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2023</a>