Subvenciones para la publicación en el extranjero de obras ilustradas (2aC 2023)
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer apoyo económico para cubrir los gastos de remuneración del ilustrador/a de obras ilustradas que se publiquen en el extranjero.
¿Quién puede solicitarlo?
Editoriales, personas físicas empresarias o personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la publicación o coedición de obras ilustradas cuyo ilustrador/a esté domiciliado en Cataluña o Islas Baleares.
Requisitos principales
- La obra debe publicarse en una lengua distinta al catalán u occitano.
- Debe publicarse en formato de libro impreso.
- Debe tener distribución comercial.
- La autoría de la ilustración y del texto deben estar identificadas.
- El ilustrador/a debe estar domiciliado en Cataluña o Islas Baleares.
Plazos
Del 2 de mayo al 29 de junio de 2023, ambos incluidos.
Duración del trámite
Máximo 6 meses para recibir respuesta.
Información adicional
El pago del 100% de la subvención se realizará tras la presentación de la documentación justificativa.
Resumen
Subvenciones destinadas a financiar los gastos de remuneración del ilustrador/a de obras ilustradas que se publiquen en el extranjero. La obra debe cumplir ciertos requisitos como ser publicada en una lengua distinta al catalán u occitano, en formato de libro impreso, con distribución comercial, identificación de autorías y con el ilustrador/a domiciliado en Cataluña o Islas Baleares.
¿Qué tienes que saber?
¿Qué es?
Es la 2.ª convocatoria 2023 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la publicación en el extranjero de obras ilustradas. Se financian los gastos correspondientes a la remuneración del ilustrador/a de obras ilustradas, siempre y cuando la obra cumpla con:
- Que la obra sea publicada en una lengua distinta a la catalana y/u occitana (en su variedad aranesa).
- Que la obra sea publicada en soporte libro impreso.
- Que la obra cuente con distribución comercial.
- Que la autoría de la ilustración y del texto de la obra sean identificadas.
- Que el/la ilustrador/a de la obra sea una persona domiciliada en Cataluña o en las Islas Baleares.
Organismo responsable
¿A quién va dirigido?
Pueden ser personas beneficiarias de estas subvenciones las editoriales, personas físicas empresarias o personas jurídicas, públicas o privadas, españolas o extranjeras, que tengan programada la publicación o la coedición de obras ilustradas cuyo/a ilustrador/a sea una persona domiciliada en Cataluña o en las Islas Baleares.
Plazos
Del 2 de mayo al 29 de junio de 2023, ambos incluidos.
Documentación
No se especifica la documentación necesaria en este apartado.
Requisitos
No se especifica los requisitos en este apartado.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Solicitar subvención
Las solicitudes y los otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones se deben realizar por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon [...]
Plazos: Del 02/05/2023 al 29/06/2023
Las solicitudes y los otros trámites asociados al procedimiento de concesión y justificación de las subvenciones se deben realizar por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
Por Internet
Solicitar . Acceder a Solicitar
https://www.llull.cat/catala/subvencions/subvencions.cfm
Presencialmente
Dónde puedes hacer el trámite
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Recibir la respuesta de la Administración
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se [...]
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas con los mismos medios y con las mismas condiciones y efectos previstos en la base 12.3 para la notificación de las resoluciones de inadmisión o desistimiento.
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Recibir la subvención
El pago del 100% se tramitará una vez se haya presentado la documentación justificativa de la actividad subvencionada y del gasto correspondiente en los términos que se indican en la base 16.
El pago del 100% se tramitará una vez se haya presentado la documentación justificativa de la actividad subvencionada y del gasto correspondiente en los términos que se indican en la base 16.
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Justificar la subvención
El plazo de presentación de la documentación justificativa de las subvenciones otorgadas será desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución de concesión de las subvenciones hasta [...]
El plazo de presentación de la documentación justificativa de las subvenciones otorgadas será desde el día siguiente de la fecha de publicación de la resolución de concesión de las subvenciones hasta el día 30 de noviembre del año siguiente al de la convocatoria.
Las personas beneficiarias deberán presentar al Institut Ramon Llull, como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
Normativa
- RESOLUCIÓN de 12 de abril de 2023, por la que se abre la 2a convocatoria 2023 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la publicación en el extranjero de obras ilustradas
- RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2023, por la que se modifica la dotación presupuestaria de la 2ª convocatoria 2023 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la publicación en el extranjero de obras ilustradas (ref. BDNS 687652).
- RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2023, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de fecha 15 de diciembre de 2022, por el que se modifican las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de pública concurrencia del Consorcio del Instituto Ramon Llull.
- RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2023, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de fecha 31 de marzo de 2023 por el que se modifican las bases que deben regir la concesión de subvenciones del Consorcio Institut Ramon Llull.