Subvenciones para la producción de series audiovisuales de ficción en versión original catalana u occitana en su variante aranesa

Actualizado el 24 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Subvencionar la producción de series audiovisuales de ficción en versión original catalana u occitana (aranés) que destaquen por su innovación.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas productoras audiovisuales independientes inscritas en el registro correspondiente.

Requisitos principales

  • Participación mínima del 25% en la financiación y derechos de explotación.
  • Incorporar estudiantes o graduados en prácticas.
  • Contrato o carta de compromiso con una empresa de comunicación audiovisual televisiva o plataforma VOD.
  • Financiación garantizada del 30% al presentar la solicitud y del 60% en un plazo determinado.
  • Presupuesto mínimo de 4.000.000,00 de euros.
  • Cesión de derechos sobre el guion a la empresa productora.
  • Haber efectuado el pago del guion.

Plazos

Del 26 de junio al 16 de julio de 2024.

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la producción de series audiovisuales de ficción en catalán u occitano (aranés). Se busca apoyar proyectos innovadores en lo formal y técnico.

Quién puede solicitarlo: Empresas productoras audiovisuales independientes.

Plazo: Del 26 de junio al 16 de julio de 2024.

Lo que necesitas

Documentación requerida

  • Memoria artística del proyecto (según modelo ICEC).
  • Guion de todos los capítulos (o del primero con sinopsis de los demás).
  • Piloto del primer capítulo (si disponible).
  • Propuesta formal de la serie (biblia de personajes, diseño de producción, declaración de intenciones del director).
  • Memoria sobre medidas medioambientales y de sostenibilidad (según guía Catalunya Film Commission: https://issuu.com/icec_generalitat/docs/guia-filmacions?fr=sNjY0ZDc3MDAy).
  • Contrato o carta de compromiso con una empresa de comunicación audiovisual televisiva o plataforma de vídeo a la carta (VOD) de pago.
  • Contratos de coproducción (si aplica).
  • Certificado de saldo medio de los últimos tres meses.
  • Contratos de capitalización de honorarios (si aplica).
  • Documentación acreditativa del pago del guion.
  • Contrato con el guionista (cesión de derechos, importe de la contraprestación).
  • Presupuesto detallado (según modelo ICEC).
  • Plan de financiación.
  • Si es segunda temporada: documentación que acredite que la primera temporada ha sido finalizada y emitida.

Requisitos

  • La empresa productora debe tener una participación mínima del 25% en la financiación y derechos de explotación.
  • Incorporar a un mínimo de dos estudiantes o graduados de centros de estudios audiovisuales en prácticas.
  • Contar con un contrato o carta de compromiso con una empresa de comunicación audiovisual televisiva de amplia difusión en Cataluña.
  • Tener garantizada una financiación de como mínimo el 30% del presupuesto total del proyecto al presentar la solicitud.
  • Tener garantizada la financiación del 60% del presupuesto total del proyecto como máximo el 15 de noviembre del año posterior a la concesión de la subvención.
  • La temporada debe estar finalizada como máximo el 15 de noviembre del tercer año posterior a la concesión de la subvención.
  • La temporada debe tener un presupuesto a partir de 4.000.000,00 de euros.
  • Disponer del contrato en el que se acredite la cesión a la empresa productora de los derechos sobre el guion de todos los capítulos que integran la serie, el importe de la contraprestación correspondiente a su autor o autores, así como, en su caso, la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente.
  • Haber efectuado el pago del guion de la serie de acuerdo con el contrato formalizado entre las partes.

Costes

  • Este trámite no tiene tasas asociadas.

Cómo hacerlo

Paso a paso

  1. Solicitar: Presentar la solicitud y la documentación requerida a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya (https://ovt.gencat.cat/gsitgf/AppJava/traint/renderitzar.do?reqCode=inicial&set-locale=es_ES&idioma=es_ES&idServei=TEC078SOLC&urlRetorn=https%3A%2F%2Fweb.gencat.cat%2Fes%2Ftramits%2Ftramits-temes%2FSubvencions-a-la-produccio-de-series-audiovisuals-de-ficcio%3Fcategory%3D73da721c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&tpst=ae56fd5821cffc7f4784ac8db0c0e1a0). Es necesario disponer de certificado digital.
  2. Consultar el estado del trámite: A través del Área Privada de Trámites Gencat (https://ovt.gencat.cat/carpetaciutadana360#/consulta).
  3. Recibir la respuesta de la Administración: La resolución provisional se publicará en el Tablero de la Sede Electrónica de la Generalitat de Catalunya (https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=1). Los beneficiarios tendrán 10 días hábiles para presentar reformulaciones, renuncias o documentación adicional.
  4. Recibir la subvención: El pago se realizará en cuatro abonos (40%, 40%, 15% y 5%).
  5. Justificar la subvención: Presentar la documentación justificativa requerida a través de Trámites Gencat (https://ovt.gencat.cat/gsitfc/AppJava/tramit/quepro.do?reqCode=list&set-locale=es_ES&portalId=1).

Tiempos de espera

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. Si no hay resolución expresa en este plazo, la solicitud se entenderá desestimada por silencio administrativo.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria.

Siguientes pasos

Una vez recibida la subvención, se deben cumplir las obligaciones de justificación y los plazos establecidos.

Ayuda

Contacto

  • Consultas sobre el contenido de la subvención: 93 567 35 51, niniguez@gencat.cat
  • Consultas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66

Recursos adicionales

Normativa


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