Subvenciones para la movilidad internacional individual en los ámbitos del audiovisual, las artes escénicas, la música, las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Estas subvenciones apoyan la movilidad internacional de profesionales creativos para promover la cultura catalana en el extranjero.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas, profesionales y ciudadanos del ámbito cultural.

Requisitos principales

  • Ser dramaturgo/a, compositor/a, coreógrafo/a, director/a de escena y orquesta, cineasta, intérprete, artista visual, arquitecto, diseñador, comisario o programador de festivales y equipamientos culturales.
  • Contribuir a la presencia y difusión de la creación cultural catalana en el exterior.

Plazos

Del 11 al 27 de junio de 2024.

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

El pago de la subvención se realiza una vez efectuada la actividad y presentada la documentación justificativa.

Resumen

Subvenciones para la movilidad internacional individual en los ámbitos del audiovisual, las artes escénicas, la música, las artes visuales, el diseño y la arquitectura.

¿Qué es?

Subvenciones para la movilidad internacional individual de dramaturgos/as, compositores/as, coreógrafos/as, directores/as de escena y orquesta, cineastas, intérpretes, artistas visuales, arquitectos, diseñadores, comisarios y programadores de festivales y equipamientos culturales que contribuyan a la presencia y difusión de la creación cultural catalana en el exterior.

¿A quién va dirigido?

Ciudadanía, empresas y profesionales, y entidades.

Lo que necesitas

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes es del 11 al 27 de junio de 2024, ambos inclusive.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Cómo hacerlo

Pasos a realizar

  1. Solicitar
  2. Recibir la respuesta de la Administración
    • La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas con los mismos medios y con las mismas condiciones y efectos previstos en la base 12.3 para la notificación de las resoluciones de inadmisión o desistimiento.
  3. Justificar la subvención
    • El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada y, en todo caso, siempre antes del 15 de diciembre del año de la convocatoria.
    • Por Internet:
      • Las personas físicas preferentemente por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull. Se podrá utilizar también el canal presencial, mediante la presentación de la solicitud en el registro de la sede de Barcelona (Avenida Diagonal 373, 08008 Barcelona) o bien en cualquiera de los registros y oficinas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentar la solicitud en papel, el formulario normalizado se encuentra en el registro del Institut Ramon Llull y en Internet en la página web http://www.llull.cat.
      • Las personas físicas empresarias y las personas jurídicas sólo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
    • Presencialmente:
      • Se recomienda pedir cita previa.
      • Las personas físicas preferentemente por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull. Se podrá utilizar también el canal presencial, mediante la presentación de la solicitud en el registro de la sede de Barcelona (Avenida Diagonal 373, 08008 Barcelona) o bien en cualquiera de los registros y oficinas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentar la solicitud en papel, el formulario normalizado se encuentra en el registro del Institut Ramon Llull y en Internet en la página web http://www.llull.cat.
      • Las personas físicas empresarias y las personas jurídicas sólo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
    • Por correo postal:
      • En la dirección de la sede: Consorcio Institut Ramon Llull Avenida Diagonal, 373 08008 Barcelona (España) Se recomienda pedir cita previa.
  4. Realizar el pago
    • El pago de la subvención se tramitará una vez efectuada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa.

Ayuda

Normativa


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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