Subvenciones para la movilidad internacional individual en los ámbitos del audiovisual, las artes escénicas, la música, las artes visuales, el diseño y la arquitectura.
Actualizado el 24 de febrero de 2025
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Objetivo
Ofrecer ayudas económicas para que profesionales de diferentes disciplinas artísticas puedan realizar estancias internacionales que impulsen la difusión de la cultura catalana.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas, profesionales, ciudadanía y entidades del ámbito cultural.
Requisitos principales
- Ser profesional de los ámbitos del audiovisual, las artes escénicas, la música, las artes visuales, el diseño o la arquitectura.
- El proyecto debe contribuir a la presencia y difusión de la creación cultural catalana en el exterior.
Plazos
Del 11 al 27 de junio de 2024, ambos inclusive.
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El pago de la subvención se realiza tras la justificación de la actividad subvencionada.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para la movilidad internacional individual en los ámbitos del audiovisual, las artes escénicas, la música, las artes visuales, el diseño y la arquitectura.
Quién puede usar este servicio:
- Ciudadanía
- Empresas y profesionales
- Entidades
Plazos:
- El plazo de presentación de solicitudes es del 11 al 27 de junio de 2024.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- La documentación específica se detalla en la normativa y bases de la convocatoria.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene tasas asociadas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Solicitar: Presentar la solicitud dentro del plazo establecido.
- Por Internet:
- <a href="https://oficinavirtual.llull.cat/ov/es/formulari_vestibol/musica">Iniciar<span>. Acceder a Solicitar</span></a>
- Presencialmente:
- <a href="https://www.llull.cat/espanyol/subvencions/mobilitat_musica_esceniques_forms.cfm">Subvenciones de l’Institut Ramon Llull para la movilidad de artistas para actuaciones en el ámbito de la música y de las artes escénicas</a>
- Dónde puedes hacer el trámite:
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863">Institut Ramon Llull<span>. Abrir en una nueva ventana.</span></a>
- Por Internet:
- Recibir la respuesta de la Administración: La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses.
- Justificar la subvención: El plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes a partir de la finalización de la actividad subvencionada y, en todo caso, siempre antes del 15 de diciembre del año de la convocatoria.
- Por Internet:
- Las personas físicas preferentemente por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
- Las personas físicas empresarias y las personas jurídicas sólo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
- Presencialmente:
- Se recomienda pedir cita previa.
- Las personas físicas preferentemente por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull. Se podrá utilizar también el canal presencial, mediante la presentación de la solicitud en el registro de la sede de Barcelona (Avenida Diagonal 373, 08008 Barcelona) o bien en cualquiera de los registros y oficinas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En el caso de presentar la solicitud en papel, el formulario normalizado se encuentra en el registro del Institut Ramon Llull y en Internet en la página web <a href="http://www.llull.cat">http://www.llull.cat</a>.
- Las personas físicas empresarias y las personas jurídicas sólo por vía telemática utilizando la sede electrónica del Institut Ramon Llull.
- Por correo postal:
- En la dirección de la sede:
- Consorcio Institut Ramon Llull
- Avenida Diagonal, 373
- 08008 Barcelona (España)
- Se recomienda pedir cita previa.
- En la dirección de la sede:
- Por Internet:
- Realizar el pago: El pago se tramitará una vez efectuada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
Ayuda
Contacto:
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=2221">Departament de Cultura</a>
- <a href="https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863">Institut Ramon Llull</a>
Normativa
- <a href="https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=986977">RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2024, por la que se abre la convocatoria 2024 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la movilidad internacional individual en los ámbitos del audiovisual, las artes escénicas, la música, las artes visuales, el diseño y la arquitectura (ref. BDNS 763315).</a>
- <a href="https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=964244">RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2023, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección, de 16 de junio de 2023, por el que se modifican las bases existentes y se aprueban nuevas bases que deben regir la concesión de subvenciones del Consorcio Instituto Ramon Llull.</a>