Subvenciones para la movilidad de autores de la literatura catalana y aranesa fuera del dominio lingüístico de ambas lenguas (L0123)

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer subvenciones para apoyar la movilidad de autores de literatura catalana y aranesa fuera de los territorios donde se hablan estas lenguas.

¿Quién puede solicitarlo?

Autores de literatura catalana y aranesa, incluyendo escritores, ilustradores, traductores, moderadores y expertos. Si son ilustradores, deben residir en Cataluña o las Islas Baleares.

Requisitos principales

  • Ser autor de literatura catalana o aranesa (escritor, ilustrador, traductor, moderador o experto).
  • Si es ilustrador, estar domiciliado en Cataluña o Islas Baleares.

Plazos

La 1ª convocatoria de 2025 estará abierta del 12 de marzo al 16 de junio de 2025.

Duración del trámite

Máximo 6 meses para recibir respuesta tras la convocatoria.

Información adicional

El pago de la subvención se realiza una vez efectuada la actividad y presentada la documentación justificativa.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para apoyar la movilidad de autores de la literatura catalana y aranesa fuera del ámbito lingüístico de estas lenguas.

¿Quién puede usar este servicio?

Autores de literatura catalana y aranesa (escritores, ilustradores, traductores, moderadores y expertos). Si eres ilustrador, debes residir en Cataluña o las Islas Baleares.

Antes de empezar

Ten en cuenta que la convocatoria estará abierta del 12 de marzo al 16 de junio de 2025.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Cuenta justificativa con comprobantes de gastos.

Costes y plazos

  • Este trámite no tiene tasas asociadas.
  • El plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Solicitar la subvención:
    • Plazo: Del 12/03/2025 al 16/06/2025.
    • Por Internet:
      • Subvenciones: Iniciar (Acceder a Subvenciones).
    • Presencialmente:
  2. Recibir la respuesta de la Administración:
    • La Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a los interesados.
  3. Justificar la subvención:
    • Debes presentar al Institut Ramon Llull una cuenta justificativa con los comprobantes de gasto en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada.
  4. Recibir la subvención:
    • El pago se tramitará una vez efectuada la actividad y presentada la documentación justificativa.

Normativa


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

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